DOCTORADO INDUSTRIAL

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REUNIDOS. representación de la misma en virtud de las competencias que le atribuyen los Estatutos

Transcripción:

DOCTORADO INDUSTRIAL (Aprobado en CD-UPM de 11 de julio de 2017) El título de Doctor podrá incluir en su anverso la mención Doctorado Industrial, siempre que el doctorando haya participado en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental directamente relacionado con la tesis doctoral y desarrollado en una Empresa del sector privado o del sector público o en una Administración Pública (en adelante, AAPP), que no podrá ser una Universidad. También deberá existir un contrato laboral o mercantil entre el doctorando y la Empresa o la Administración Pública. Además de los trámites habituales que debe realizar un doctorando, para obtener esta mención Doctorado Industrial será necesario realizar los siguientes: a) Que el doctorando comunique a la Comisión Académica del Programa de Doctorado (CAPD) la persona responsable en la Empresa o AAPP. Esta persona deberá ser designada durante el primer trimestre del trabajo de tesis y será la encargada de la comunicación entre la CAPD y la Empresa o AAPP. Posteriormente, podrá ser sustituida por otra si las circunstancias lo exigen (cambio de responsabilidad, jubilación, cambio de sede, etc.). b) El director o directores de la tesis podrán pertenecer tanto a la Empresa, AAPP, Universidad u otro Organismo de Investigación. En cualquier caso deberán ser aceptados por la CAPD como profesores del programa al menos durante el tiempo de realización de la tesis. c) El Plan de Investigación presentado en el primer año de tesis debe reflejar claramente el carácter industrial de dicha tesis. Será necesario que la CAPD apruebe este Plan para reconocer la mención Doctorado Industrial en caso de que se cumplan todos los requisitos. d) En caso de que el trabajo de tesis sea fruto de un trabajo de investigación conjunto entre la Universidad y la Empresa o AAPP, deberá existir un acuerdo marco y otro específico entre ambas partes, que proporcionará el Vicerrectorado de la UPM con competencias en doctorado. e) Al terminar el periodo de investigación y previo al trámite del depósito, la CAPD podrá aprobar la propuesta de Mención Doctorado Industrial para la tesis, para lo cual el doctorando deberá entregar: i. Una memoria donde se demuestre que la tesis está vinculada a un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental de la Empresa o AAPP. ii. Copia del contrato laboral que firmó con la Empresa o AAPP para demostrar su vinculación contractual durante el desarrollo de la tesis. La duración de este contrato deberá ser de al menos tres años de duración si la tesis es a tiempo completo y 5 si es a tiempo parcial, que debe estar comprendido dentro del período de elaboración de la tesis. Si la tesis se realizase en un tiempo menor, el contrato deberá abarcar al menos el período completo de realización de la misma.

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE POLITÉCNICA DE MADRID Y (LA EMPRESA O ADMINISTRACIÓN PÚBLICA) PARA LA REALIZACIÓN DE UN DOCTORADO INDUSTRIAL En Madrid, a de de 20. R E U N I D O S D. GUILLERMO CISNEROS PÉREZ, Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid (N.I.F. Q-2818015-F), en adelante UPM, con domicilio en la Calle Ramiro de Maeztu núm. 7, 28040 de Madrid, nombrado por Decreto 25/2016 de 5 de abril (BOCM de 6 de abril), del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que le confieren los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Decreto 74/2010, de 21 de octubre (BOCM del 15 de noviembre). De otra parte. D. de, actuando en representación (EMPRESA, ADMON. PUBLICA) en calidad de entidad, y con poder suficiente para la firma del presente Convenio. de esta Las partes, reconociéndose capacidad jurídica, competencia y legitimación suficientes para obligarse y a tal efecto suscribir el presente Convenio, MANIFIESTAN PRIMERO.- Que la (entidad firmante: EMPRESA, ADMON. PUBLICA) tiene por objeto y fines...... SEGUNDO.- Que la Universidad es una Institución de derecho público encargada del servicio público de la educación superior, que desarrolla actividades docentes, de estudio y de investigación, en el ámbito de sus competencias, que está interesada en

colaborar con otras Entidades públicas y privadas para la promoción de estas actividades. Que ambas instituciones consideran que la colaboración mutua puede contribuir a la mejor realización de las actividades propias de cada una de ellas, así como a la optimización de sus recursos materiales y humanos. Y que para poner en práctica esta colaboración, ambas partes han acordado la firma del presente convenio. OBJETO El objeto del presente convenio es la colaboración en un Doctorado Industrial, que supone la realización de una tesis doctoral en el marco de un proyecto de investigación de la empresa o AAPP encuadrado en las líneas de investigación de un Programa de Doctorado (en adelante, PD) de la UPM. Así, se propiciará a los doctorandos participantes su formación en un entorno dual, empresarial y académico. OBJETIVOS Entre los objetivos comunes se encuentran los siguientes: Por parte de la empresa o AAPP - Atraer a personas con conocimientos y competencias de alto valor añadido: el entorno empresarial contribuirá a formarlas según sus necesidades para que puedan convertirse en los futuros líderes en investigación e innovación. - Acceder a los grupos y centros de investigación de la UPM y a sus equipamientos e infraestructuras. Por parte de la UPM - Potenciar los mecanismos de transferencia de conocimiento con los entornos empresariales o de la administración pública. - Establecer relaciones sólidas con las organizaciones de los diferentes sectores industriales o de la administración. Por parte de los doctorandos

- Desarrollar su tesis doctoral en el ámbito de un proyecto de una empresa comprometida con la investigación y la innovación. - Trabajar con investigadores en un entorno científico y con el personal de la empresa durante el desarrollo del proyecto. NORMATIVA APLICABLE Real Decreto 99/2011 de 28 de enero, versión consolidada de 3 de junio de 2016, por el que se regulan las enseñanzas de doctorado, cuyo Artículo 15 bis describe el Doctorado industrial. ESTIPULACIONES Primera.- DESARROLLO DE LA TESIS El proyecto de investigación y la tesis doctoral se desarrollarán dentro del marco de este convenio de colaboración. Segunda.- CONDICIONES DEL CONTRATO Las condiciones específicas del contrato laboral o mercantil se recogerán en el anexo de cláusulas particulares a este convenio marco y en donde como mínimo se habrá de reflejar la duración del contrato. Tercera.- DEDICACIÓN DEL DOCTORANDO En el anexo de condiciones particulares se reflejará si la tesis se realiza con dedicación a tiempo completo o a tiempo parcial, como permite la normativa actual. La dedicación del doctorando al desarrollo de la tesis deberá distribuirse entre la empresa o AAPP y la universidad, de modo tal que sea factible la finalización del doctorado en el plazo previsto. En el documento de cláusulas particulares se ha de recoger la forma en que se distribuirá el tiempo de trabajo del doctorando entre el entorno académico y empresarial o de la administración. Universidad % Empresa o AAPP..% Cuarta.- PERSONAS RESPONSABLES DEL DOCTORADO El doctorando contará con un Tutor de la UPM designado por la Comisión Académica del PD (en adelante, CAPD); un Responsable designado por parte de la empresa o AAPP; un Director o dos Codirectores de tesis, que pueden ser tanto de la Universidad como de la Empresa o AAPP, y coincidir con el Tutor y Responsable, siempre que sean doctores y reúnan los requisitos establecidos por la normativa de doctorado. Éstos también serán designados por la CAPD. Las personas responsables se reflejarán en el documento de cláusulas particulares.

Quinta.- ADMISION DEL DOCTORANDO El alumno deberá ser admitido en un Programa de Doctorado de la UPM, de acuerdo con los requisitos de Acceso y Admisión de la Universidad. Sexta.- CONCESIÓN MENCIÓN DOCTORADO INDUSTRIAL Una vez se haya defendido la tesis doctoral de acuerdo con lo establecido en este convenio, se otorgará al doctorando la mención doctorado industrial. Séptima.- SEGUIMIENTO Y AVANCE DE RESULTADOS Para asegurar un adecuado seguimiento del desarrollo de la tesis, el Plan anual de Investigación deberá contar con el visto bueno de la persona responsable de la empresa o AAPP, además de los directores del trabajo y la CAPD. Octava.- DIFUSIÓN DE RESULTADOS De acuerdo con la reglamentación de doctorado de la UPM, para que una tesis doctoral pueda ser admitida a trámite de defensa deberá contar con resultados publicados en revistas de reconocido prestigio o con la existencia de patentes en explotación demostrada mediante contrato de compraventa o contrato de licencia. En la difusión de estos resultados, el doctorando deberá figurar con la afiliación a la EMPRESA o AAPP y a la UPM, con independencia de la propiedad industrial (ver cláusula duodécima). El centro responsable del programa de doctorado deberá validar que se cumple dicho avance de resultados antes del depósito de la tesis doctoral, informando de forma conveniente a la Comisión de Doctorado de la UPM. Si los doctorandos sujetos a este convenio desean utilizar resultados parciales o finales de su actividad para proceder a su publicación en forma de artículo, conferencia, memoria o cualquier otra que se estime, deberá solicitar conformidad de las partes por escrito, quienes deberán responder en un plazo máximo de dos meses comunicando su autorización, reservas o disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión. Novena.- MOVILIDAD Se deberá facilitar la movilidad del doctorando para asistencia a congresos, jornadas y similares que puedan favorecer la calidad de la tesis y la internacionalización del proyecto. En el anexo de cláusulas particulares se reflejarán las medidas a adoptar para tal fin.

Décima.- DURACIÓN El presente convenio entrará en vigor el día de la fecha de su firma y tendrá una duración mínima de tres años y prorrogarse de forma tácita hasta un máximo de 6 años. Transcurrido ese tiempo, deberá renovarse de forma expresa por un nuevo período. Undécima.- FINANCIACIÓN DEL PROYECTO En el caso de que sea necesario reflejar las condiciones de financiación de esta colaboración, éstas se recogerán en el anexo de cláusulas particulares. Duodécima.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL En el caso de que de los trabajos de la tesis se deriven resultados susceptibles de protección mediante patentes, registros de software u otros títulos de propiedad industrial, el doctorando figurará como inventor. Asimismo, se considerarán coinventores el (los) Director(es) de la tesis, y los investigadores que hayan participado activamente en la obtención del resultado a proteger. La distribución de la autoría corresponderá a los autores en la proporción que ellos determinen. La titularidad de los derechos de propiedad industrial se analizará caso a caso en función de la naturaleza de los trabajos, del porcentaje de financiación del doctorando por las partes, de los contratos previos suscritos y de la participación de los investigadores, que en el caso de ser profesores de la UPM corresponden a la Universidad. En todo caso se reconocerá a los autores/inventores de los trabajos en cualquier difusión o registro que se realice de los mismos y se actuará conforme a lo dispuesto en la legislación vigente y, en su parte, a la Normativa de Propiedad Intelectual de la UPM. Decimotercera.- CONFIDENCIALIDAD En caso de que se acuerde la existencia de convenios de confidencialidad o la posibilidad de generación de patentes que recaigan sobre el contenido de la tesis, la Comisión Académica del Programa de Doctorado solicitará a la Comisión de Doctorado de la UPM la confidencialidad de la tesis. La Comisión de Doctorado de la UPM podrá solicitar los informes adicionales que considere oportunos, y responderá a dicha solicitud en un plazo máximo de dos meses.

Decimocuarta.- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Ambas partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pueda surgir en el cumplimiento de este Convenio. En caso de divergencias en la interpretación y ejecución del mismo los Tribunales de Madrid serán los únicos competentes, renunciando expresamente ambas partes a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman el presente Convenio por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. Por la Universidad Politécnica de Madrid. EL RECTOR Por (entidad firmante) Fdo. D. Guillermo Cisneros Pérez Fdo. D.

ANEXO DE CLÁUSULAS PARTICULARES AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID Y (LA EMPRESA O ADMINISTRACIÓN PÚBLICA) PARA LA REALIZACIÓN DE UN DOCTORADO INDUSTRIAL En Madrid, a de de 20. R E U N I D O S De una parte D. Director de (Centro o Escuela), responsable del Programa de Doctorado en de la Universidad Politécnica de Madrid, De otra parte. D., actuando en representación de (EMPRESA O AAPP), en calidad de de esta entidad, y con poder suficiente para la firma del presente Convenio. MANIFIESTAN Este documento se firma al amparo del convenio marco firmado entre la UPM y la entidad (EMPRESA O AAPP) con fecha. y con objeto de fijar las condiciones específicas para la realización de un doctorado con Mención Industrial. DATOS DEL DOCTORANDO Nombre:. DNI /Pasaporte. CONDICIONES DEL CONTRATO ENTRE EL DOCTORANDO Y LA EMPRESA O AAPP Las condiciones específicas del contrato laboral o mercantil son las siguientes: Duración del contrato. Fecha de comienzo.

DEDICACIÓN DEL DOCTORANDO La tesis doctoral se realizará en régimen de tiempo completo o parcial de acuerdo con la normativa de doctorado vigente: Dedicación. La forma en que se distribuirá el tiempo de trabajo de tesis del doctorando entre el entorno académico y empresarial será la siguiente: Universidad Empresa.. DATOS DEL PROGRAMA DE DOCTORADO Programa de Doctorado. Coordinador del Programa de Doctorado Fecha de la CAPD en la que se aprueba la tramitación de este convenio PERSONAS RESPONSABLES DEL DOCTORANDO Tutor (designado por la UPM):.. Responsable (designado por parte de la empresa):... Director o directores de tesis (pueden ser tanto de la Universidad como de la Empresa, y coincidir con el Tutor y Responsable, siempre que sean doctores y reúnan los requisitos establecidos por la normativa de doctorado): Director/Codirector.. Director/Codirector. FINANCIACIÓN Los gastos derivados de la realización de la tesis doctoral tales como gastos de movilidad del doctorando y gastos académicos, deberán acordarse entre la empresa y el doctorando. En caso de que la realización de la tesis implique gastos por la realización del trabajo en la UPM por la utilización de equipos o prestación de servicios, éstos deberán reflejarse en un contrato específico entre las partes. Por la Universidad Politécnica de Madrid. EL DIRECTOR DE LA ESCUELA o CENTRO Por (entidad firmante) EL

Fdo. D. Fdo. D.