UNIVERSIDAD DE PANAMÁ FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS PRESENTADO POR YADIRA ZULEIKA RUIZ B. JANIRA E. JAÉN P. FACILITADOR: CARLOS LEÓN MBA

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Transcripción:

UNIVERSIDAD DE PANAMÁ FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS PRESENTADO POR YADIRA ZULEIKA RUIZ B. JANIRA E. JAÉN P. FACILITADOR: CARLOS LEÓN MBA

INTRODUCCIÓN Déficit está relacionado con el mal aprovechamiento de los recursos en un Estado. Una nación tiene un déficit cuando el dinero que se ha utilizado en las transacciones, es superior a aquel que se ha recibido. Déficit fiscal es la diferencia negativa entre los ingresos y los egresos públicos en un cierto plazo determinado. Cuando los gastos estatales superan a los ingresos, se produce el déficit Cuando un país gasta más de lo que ingresa se dice que tiene un déficit fiscal Si gasta lo mismo que ingresa, un presupuesto equilibrado Si gasta menos que lo que entra en sus arcas, tiene un superávit.

Responsabilidad Fiscal en Panamá. Marco Legal Déficit fiscal en Panamá durante los últimos tres gobiernos Fondo de Ahorro de Panamá (FAP) La ley del Fondo de Ahorro de Panamá (FAP) vs del Fondo Fiduciario para el Desarrollo (FFD)

En el Título II, que el déficit fiscal: Representa en cada vigencia fiscal la porción del gasto público y de la concesión de préstamo del Sector Público No Financiero que excede a las entradas por concepto total de ingreso, donaciones y recuperaciones de tales préstamo y que cubre mediante la emisión neta de obligaciones que serían amortizadas en el futuro y/o reduciendo las tenencias de liquidez Artículo 11, acápite 2, que el déficit fiscal en el Sector Público No Financiero en ninguna vigencia fiscal excederá el 2% sobre el Producto Interno Bruto Nominal. La vigencia de esta Ley se suspende temporalmente durante los años 2004 y 2005; a través de la Ley N 51 del 7 de octubre del 2004.

Establece las normas, los principios y las metodologías para consolidar la disciplina fiscal en la gestión financiera del Sector Público. En el capítulo III, artículo 10, señala que el monto absoluto del déficit del Sector Público No Financiero, no podrá ser superior al uno por ciento (1%) anual del PIB En el artículo 11, se regula la suspensión temporal de los límites financieros, en casos de desastres naturales, emergencia nacional o cuando se experimente una tasa de crecimiento del PIB real del uno por ciento (1%) o menos

Ley 32 de 2009 Modifica La Ley 34 de 2008 Establece la suspensión temporal de los límites financieros cuando ocurra alguna de las siguientes situaciones: (1) En caso de emergencia nacional declarada por el Consejo de Gabinete (2) Cuando se experimente en la economía de Panamá una tasa de crecimiento del PIB real de 1% o menos, durante dos trimestres consecutivos, con base en las cifras publicadas por el Instituto de Estadística y Censo de la Contraloría General de la República

(3) Cuando la economía mundial esté creciendo durante dos trimestres consecutivos a una tasa de 1% real o menos y que el crecimiento promedio de la economía panameña sea de 5% o menos, durante seis meses consecutivo Dentro de los tres meses calendario siguientes al levantamiento del límite máximo del déficit, el Órgano Ejecutivo, presentará a la Asamblea Nacional una programación financiera revisada, en la que se vea reflejado y sustentado el cronograma de ajuste que permita regresar al límite financiero establecido en esta Ley

Cronograma de Ajuste Años Primer año Segundo año Tercer año Cuarto año Límite máximo del déficit 2.5% 2% 1.5% 1% Si en el año en el que se solicita la dispensa no se alcanza el límite máximo de déficit permitido, la diferencia podrá agregarse al límite de déficit previsto en el cronograma para el segundo año, sin que se exceda el 2.5% de déficit máximo anual.

Debido a los torrenciales aguaceros del 7 y 8 de diciembre del 2010, se emite la declaratoria de estado de emergencia y se solicita una dispensa temporal de los límites financieros sobre el déficit fiscal por emergencia nacional de acuerdo del Consejo de Gabinete (Resolución 214 de 10 de diciembre de 2010); Dispensa que es aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional Aumentando así el porcentaje de déficit fiscal para el año 2011 en un 3%, el cual debe decrecer hasta el 1% en el año 2014.

Ley 34 de 2008. Artículo 7 Ley 31 del 2011. Artículo 9 El Sector Público No Financiero está compuesto por todas las entidades del Gobierno General y las Empresas Públicas No Financieras y difiere del Sector Público total que incluye a las instituciones financieras públicas captadoras de depósitos y a la Autoridad del Canal de Panamá El Sector Público No Financiero está compuesto por todas las entidades del Gobierno General y las Empresas Públicas No Financieras y difiere del sector público total que incluye a las instituciones financieras públicas captadoras de depósito, la Autoridad del Canal de Panamá, el Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A., la Empresa Nacional de Autopistas S.A., y la Empresa de Transmisión Eléctrica S.A.. Excluyendo de esta forma del Sector Público No Financiero, para el cálculo del déficit fiscal y la deuda a estas instituciones

Crea el Fondo de Ahorro de Panamá y modifica la Ley 34 de 2008 sobre Responsabilidad Social Fiscal, aumentando el porcentaje del déficit 2012 2013 2014 2015 2016 2017 Límite máxi mo 2.9% 2.8% 2.7% 2% 1.5% 1%

El informe del Plan de Desarrollo Económico, Social y Financiero con Inversión en Capital Humano, octubre de 2001 señala que el déficit fiscal en el año 1999 fue de -1.4 y en el 2000 de -0.8 En el 2002 se fijó mediante la Ley 20 el déficit fiscal en el Sector Público No Financiero, no debe exceder el 2% del PIB nominal No obstante, el déficit fiscal para el 2003 fue de -4.8 y en el 2004 de -5.0; de acuerdo al Informe Sobre la Cuenta General del Tesoro Vigencia Fiscal -2004, presentado por el Ministerio de Economía y Finanza. En 1999 cuando la presidenta Mireya Moscoso asumió el poder, el presupuesto de Estado superaba los 2 mil 800 millones de dólares y al terminar su mandato en 2004 la cifra alcanzó los 6 mil millones de dólares

Se modifica la Ley en tres oportunidades Durante los años 2004 y 2005 se suspende temporalmente la Ley 20 de 2002, a través de la Ley N 51 del 7 de octubre de 2004 Se establece por medio de la Ley 34 de 2008, que el déficit fiscal no debe superar el uno por ciento (1%) anual En el año 2009 a pocos meses de su salida reforma está Ley, mediante la Ley 32 y establece que en casos de emergencia o cuando la economía mundial este creciendo, el déficit máximo anual puede ser hasta de un 2.5% Fija el déficit para los años fiscales 2009-2012 de la siguiente manera: 2009 (2.5%); 2010 (2%); 2011 (1.5%); 2012 (1%) Cuando Martín Torrijos asumió la Presidencia para 2005 el presupuesto general del Estado aprobado fue de 6 mil 192 millones de dólares y al terminar su administración en 2009 la cifra llegó a 9 mil 700 millones de dólares.

Su primer presupuesto (2010) alcanzó la suma de 10 mil 574 millones de dólares, en 2011 solicitó 13 mil millones de dólares y para el 2012, la cifra récord supera los 14 mil 468 millones de dólares. En dos años de gestión ha realizado 3 modificaciones a las leyes de responsabilidad social y ha solicitado una dispensa para aumentar el déficit fiscal En el año 2011 solicita a la Asamblea de Diputados una dispensa temporal de los límites financieros sobre el déficit fiscal, para hacerle frente a las inundaciones producto de los torrenciales aguaceros del 7 y 8 de diciembre del 2010

En el mismo año (2011) modifica la Ley 34 de 2008 excluyendo de la definición de Sector Público No Financiero a la instituciones públicas como el Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A., la Empresa Nacional de Autopistas S.A., y la Empresa de Transmisión Eléctrica S.A. Reforma a través de la Ley No. 72, la Ley 76 de 1976, la Ley 34 de 2008 y la Ley 62 de 2010 relativas a medidas fiscales Adiciona dos numerales al artículo 7 de la Ley 34 de 2008 sobre los Proyectos Llave en mano y los Proyectos de pago diferido

Los proyectos llave en mano son proyectos de inversión en los cuales el Gobierno puede ejecutar obras sin usar recursos inmediatos del presupuesto general y pagar al contratista en el momento en que se entrega de la obra Proyectos de pago diferido Son proyectos de inversión en que parte de los pagos al contratista se realizan durante la ejecución de la obra y parte con posterioridad a la entrega de la obra

En el 2012 aprueban la Ley No. 38 que modifica la Ley 34 de 2008 sobre Responsabilidad Social Fiscal aumentando el porcentaje Este aumento del déficit fiscal, les permitirá endeudarse en los años de gobierno que restan en una suma mayor a los cinco mil millones de dólares, superando así el monto de la deuda contraída por los gobiernos de Endara, Pérez Balladares, Mireya Moscoso y Martín Torrijos.

Se crea con la finalidad de: 1) Establecer un mecanismo de ahorro a largo plazo para el Estado panameño 2) Establecer un mecanismo de estabilización, para casos de estado de emergencia y desaceleración económica 3) Disminuir la necesidad de recurrir a instrumentos de deuda para atender las circunstancias descritas anteriormente 4) Complementar los objetivos anteriores, mediante una regla de contención de déficit para el Sector Público No Financiero mediante la Ley 34 de 2008, y sus posteriores modificaciones y reglamentaciones

Se generan de las siguientes aportaciones: 1) La totalidad de los activos del Fondo Fiduciario para el Desarrollo (FFD) 2) Toda contribución de la ACP al Tesoro Nacional, superior al 3.5% del PIB nominal del año en curso, a partir del año fiscal 2015 3) Las herencias, legados y donaciones que se le hagan; 4) Los recursos que por ley se destinen al FAP.

Fondo Fiduciario para el Desarrollo (FFD ) Creado Mediante la Ley 20 de 15 de mayo de 1995 Capital Proviene de los fondos provenientes de la venta de empresas Del proceso de venta de acciones de las empresas públicas corporatizadas, Del pago inicial de concesiones administrativas al sector privado Fondos provenientes de las ventas que realice la Autoridad de la Región Interoceánica Las herencias, legados y donaciones que se le hagan y los recursos que la Ley disponga que se destinen al Fondo; y las utilidades que se obtenga de la inversión de los fondos y reservas. La Ley del Fondo de Ahorro de Panamá (FAP) Creado Mediante la Ley 38 de 5 de junio 2012 Capital Proviene de la totalidad de los activos del FFD De la contribución de la ACP al Tesoro Nacional, superior al 3.5% del PIB nominal De las herencias, legados y donaciones que se le hagan; y los recursos que por ley destinen al FAP.

Fondo Fiduciario para el Desarrollo (FFD ) Retiro de fondos Los recursos de este Fondo sólo podrán ser utilizados en inversiones públicas de desarrollo e interés social, mediante las correspondientes autorizaciones presupuestarias, de acuerdo con las leyes vigentes en la materia. Un cinco por ciento (5%) de estos recursos serán destinados a inversiones públicas para el desarrollo e interés social, a través de obras circuitales, y otro cinco por ciento (5%) para inversiones en el sector agropecuario. La Ley del Fondo de Ahorro de Panamá (FAP Retiro de fondos Estado de emergencia declarado por Consejo de Gabinete, siempre que el costo asociado sea igual o superior al 0.5% del PIB. Desaceleración económica. Esta regla entrará a regir a partir del año fiscal 2015; Se podrá retirar hasta un 0.5% del PIB anualmente, con el único fin de prepagar y retirar deuda soberana emitida por el Estado a través del Gobierno Central, siempre que los activos del FAP sean superiores al 5% del PIB Nominal del año anterior

La Ley del Fondo de Ahorro de Panamá (FAP) Inversión En emisores e instrumentos fuera de Panamá, que hayan mantenido una calificación de riesgo equivalente a AA-o superior en los últimos 12 meses, emitida por al menos dos de las Agencias Calificadoras de riesgo internacional. Podrá invertir hasta un 10% de sus activos en títulos de deuda emitidos por la República de Panamá, a través del mercado secundario de capital internacional o nacional, de los cuales únicamente el 5% podrá ser a través del mercado secundario de capital nacional (notas del tesoro). Esta excepción regirá a partir del año 2015.

El aumento del déficit fiscal es un indicador de que los últimos gobiernos no han administrado con eficiencia los recursos del Estado Los cambios en la Ley de Responsabilidad Social se han estado haciendo para beneficiar los intereses de la clase que ostenta el poder en perjuicio de los que menos tienen Al excluir a empresas como la Autoridad del Canal de Panamá, el Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A., la Empresa Nacional de Autopistas S.A., y la Empresa de Transmisión Eléctrica S.A. del Sector Público No Financiero estas dejan de cumplir su rol social para atender al interés de los poderes que controlan el gobierno El Fondo de Ahorro Panameño permite al gobierno disponer de gigantescas sumas de dinero para continuar endeudándose; mientras la mayoría de los panameños cada día son más pobres