PROGRAMA DE BLINDAJE ELECTORAL 2016 PARÁMETROS DE ACTUACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

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Transcripción:

PROGRAMA DE BLINDAJE ELECTORAL 2016 PARÁMETROS DE ACTUACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

PRINCIPIO BÁSICO CONSTITUCIONAL DEL BLINDAJE ELECTORAL De acuerdo al artículo 134 Constitucional, se señala que los servidores públicos en todo momento deberán aplicar con imparcialidad los recursos públicos bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos. Con relación a la propaganda dicho artículo establece bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

SUPUESTOS DE VIOLACIONES al ARTÍCULO 134 LO QUE NO PUEDE REALIZAR UN SERVIDOR PÚBLICO Que la difusión de la propaganda tenga como finalidad influir en la equidad de la contienda electoral. Que la propaganda utilice imágenes, símbolos, nombres o voces de los servidores públicos y que sea difundida en medios de comunicación social. Utilizar y administrar los recursos públicos y programas sociales que tienen a su disposición, de manera partidista, clientelar o personal. Difundir propaganda gubernamental haciendo referencia a partidos políticos, candidato, elección, fecha electiva o utilizar la palabra voto o cualquiera relacionada con las elecciones. Asistir a actos proselitistas celebrados en día y horas hábiles. 3

SUPUESTOS QUE NO SE CONSIDERAN VIOLACIONES al ARTÍCULO 134 LO QUE sí PUEDE REALIZAR UN SERVIDOR PÚBLICO Desempeñar sus funciones únicamente para el ejercicio de las actividades que tiene encomendadas constitucional y legalmente. La difusión del ejercicio de sus actividades deberá realizarse sin influir directa o indirectamente a favor o en contra de determinado partido político o candidato. La cobertura informativa está permitida, lo prohibido es la difusión de programas sociales durante las campañas electorales. Realizar las actividades con la finalidad de dar continuidad e implementar los acuerdos, planes y programas que tengan programados, siempre que no impliquen o puedan implicar el apoyo a determinado partido político o la inhibición del voto a determinado partido político o candidato. La asistencia de servidores públicos en días inhábiles a actos proselitistas no está restringida en la ley. Las campañas de información, educación, salud y protección civil pueden seguir siendo difundidas en medios de comunicación social (acuerdo INE CG61/2015). La simple circunstancia de que en notas periodísticas, fotografías e impresiones de internet, aparezca la imagen y nombre de un funcionario público, en diversos actos públicos, no es suficiente para acreditar el uso de los medios de comunicación para hacerse promoción de manera personal y directa. La incorporación de fotografías o el nombre de algún servidor público en los portales de internet institucionales no constituye promoción personalizada si es de carácter meramente informativo (SUP-RAP-67/2009, SUP-RAP-150/2009 y SUP-RAP-271/2009). 4

CONDUCTAS PROHIBIDAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE MARCA EL INE LO QUE NO debe hacer UN SERVIDOR PÚBLICO Condicionar la entrega de recursos provenientes de programas públicos federales, locales o municipales, en dinero o en especie, el otorgamiento de la administración o la provisión de servicios o programas sociales. Amenazar o condicionar con no entregar recursos, en dinero o en especie, provenientes de programas sociales. Suspender la entrega de recursos provenientes de programas públicos. Recoger, retener o amenazar con hacerlo, la credencial para votar, a cambio de la entrega o mantenimiento de recursos públicos. Entregar, otorgar, administrar o proveer recursos con elementos simbólicos de partidos y candidatos. Permitir o tolerar la utilización de los recursos a su cargo o que tenga a su disposición para promover o influir o inhibir, de cualquier forma, en el voto respecto de un partido político o candidato. Utilizar medios de comunicación social oficiales, así como los sitios de internet oficiales y sus redes sociales, para promover o influir, de cualquier forma, en el voto a favor o en contra de un partido político, coalición, aspirante, precandidato o candidato. Emplear recursos públicos que vulneren la equidad de la competencia entre los partidos políticos, coaliciones, aspirantes, precandidatos o candidatos a juicio de la autoridad electoral. Comisionar al personal a su cargo para la realización de actividades político-electorales. 5

Difundir informes de labores desde la campaña hasta la jornada electoral. Utilizar medios de transporte de propiedad pública para asistir a eventos político-electorales. Durante las campañas electorales y hasta la jornada electoral, la inclusión de elementos visuales con lemas de gobierno puede ser contrario al principio de imparcialidad. El uso de los padrones de beneficiarios para promocionar a cualquier gobierno, partido o candidato vulnera la imparcialidad en el proceso electoral. 6

CONDUCTAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS CONSIDERADAS COMO DELITOS ELECTORALES LO QUE debe evitar UN SERVIDOR PÚBLICO Coaccionar o amenazan a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición. Condicionar la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un precandidato, candidato, partido o coalición. Destinar, utilicar o permitir la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado. Proporcionar apoyo o prestar algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sea que lo haga por sí mismo o a través de sus subordinados, en sus horarios de labores. Solicitar a sus subordinados, por cualquier medio, aportaciones de dinero o en especie para apoyar a un precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política. Abstenerse de entregar o negar, sin causa justificada, la información que le sea solicitada por la autoridad electoral competente, relacionada con funciones de fiscalización. 7

Quejas y denuncias: Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) Lo atendemos y asesoramos para recibir sus quejas, denuncias, solicitudes, sugerencias y reconocimientos. Recuerde que debe proporcionar los datos que identifiquen a la o el servidor público que denuncia, como su nombre, localidad o municipio en donde trabaja, programa social en el que se desempeña y describir la manera cómo sucedieron los hechos que denuncia, indicando lugar y fecha. Puede comunicarse vía telefónica al Órgano Interno de Control (01 55) 5328 5000, ext. 51508 y 51467 LADA sin costo 01 800 714 8340 Correo electrónico organo.interno@sedesol.gob.mx Secretaría de la Función Pública (SFP) Centro de Atención de Quejas y Denuncias Ciudad de México y Área Metropolitana (01 55) 2000 2000 LADA sin costo 01 800 112 8700 Correo electrónico contactociudadano@funcionpublica.gob.mx Procuraduría General de la República (PGR) Denuncie cuando alguna o algún servidor público de la SEDESOL recoja su credencial de elector o condicione la entrega de apoyos, la prestación de un servicio o la realización de obras para que vote por algún partido político o candidato. Para denunciar, llame sin costo a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) 01 800 833 7233

PROGRAMA DE BLINDAJE ELECTORAL 2016 PARÁMETROS DE ACTUACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN ÉPOCAS DE RESTRICCIÓN ELECTORAL Se terminó de imprimir en febrero de 2016, con un tiraje de x ejemplares. EJEMPLAR GRATUITO, PROHIBIDA SU VENTA.

www.gob.mx/sedesol