BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES Núm. 184 Pág. 1 4 de diciembre de 2017 Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco (621/000006). Texto remitido por el Congreso de los Diputados (Corrección de errores). BOCG_D_12_184_1484 Proyecto de Ley por la que se aprueba la metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2017-2021 (621/000007). Texto remitido por el Congreso de los Diputados (Corrección de errores). BOCG_D_12_184_1485 Proposición de Ley de modificación de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para garantizar la efectividad de los actos de comunicación del Ministerio Fiscal (624/000007). Texto remitido por el Congreso de los Diputados (Corrección de errores). BOCG_D_12_184_1486 REGLAMENTO DEL BOCG_D_12_184_1483 cve: BOCG_S_12_184 Propuesta de reforma del Reglamento del Senado por la que se modifica el artículo 178 (626/000008). Enmiendas. http://www.senado.es D. L.: M-12.580/1961 - ISSN: 2172-9794
Pág. 2 Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco. (621/000006) (Cong. Diputados, Serie A, núm. 10 Núm. exp. 121/000010) TEXTO REMITIDO POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (Corrección de errores) Observado un error en la publicación del oficio por el que se comunica la entrada en el Senado del texto remitido por el Congreso de los Diputados referente al Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, (BOCG, Senado, número 181, de fecha 29 de noviembre de 2017), se inserta a continuación la corrección oportuna. En la página 1, donde dice: «Declarado urgente, la Mesa del Senado, en su reunión del día 28 de noviembre de 2017, al amparo de lo previsto en el artículo 135.6 del Reglamento del Senado, y por apreciarse circunstancias que aconsejan la modificación del plazo previsto en el apartado 1 de dicho artículo, ha acordado que el plazo, improrrogable, para la presentación de propuestas de veto finalice el próximo día 5 de diciembre, martes.» Debe decir: «Declarado urgente, la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 21 de noviembre de 2017, al amparo del artículo 129.3, ha acordado que el plazo, improrrogable, para la presentación de propuestas de veto finalice el próximo día 5 de diciembre, martes.» Palacio del Senado, 30 de noviembre de 2017. P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado. cve: BOCG_D_12_184_1484 http://www.senado.es D. L.: M-12.580/1961 - ISSN: 2172-9794
Pág. 3 Proyecto de Ley por la que se aprueba la metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2017-2021. (621/000007) (Cong. Diputados, Serie A, núm. 11 Núm. exp. 121/000011) TEXTO REMITIDO POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (Corrección de errores) Observado un error en la publicación del oficio por el que se comunica la entrada en el Senado del texto remitido por el Congreso de los Diputados relativo al Proyecto de Ley por la que se aprueba la metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2017-2021, (BOCG, Senado, número 181, de fecha 29 de noviembre de 2017), se inserta a continuación la corrección oportuna. En la página 1, donde dice: «Declarado urgente, la Mesa del Senado, en su reunión del día 28 de noviembre de 2017, al amparo de lo previsto en el artículo 135.6 del Reglamento del Senado, y por apreciarse circunstancias que aconsejan la modificación del plazo previsto en el apartado 1 de dicho artículo, ha acordado que el plazo, improrrogable, para la presentación de propuestas de veto finalice el próximo día 5 de diciembre, martes.» Debe decir: «Declarado urgente, la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 21 de noviembre de 2017, al amparo del artículo 129.3, ha acordado que el plazo, improrrogable, para la presentación de propuestas de veto finalice el próximo día 5 de diciembre, martes.» Palacio del Senado, 30 de noviembre de 2017. P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado. cve: BOCG_D_12_184_1485 http://www.senado.es D. L.: M-12.580/1961 - ISSN: 2172-9794
Pág. 4 Proposición de Ley de modificación de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para garantizar la efectividad de los actos de comunicación del Ministerio Fiscal. (624/000007) (Cong. Diputados, Serie B, núm. 162 Núm. exp. 122/000129) TEXTO REMITIDO POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (Corrección de errores) Observado un error en la publicación del oficio por el que se comunica la entrada en el Senado del texto remitido por el Congreso de los Diputados relativo a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para garantizar la efectividad de los actos de comunicación del Ministerio Fiscal, (BOCG, Senado, número 181, de fecha 29 de noviembre de 2017), se inserta a continuación la corrección oportuna. En la página 1, donde dice: «Declarada urgente, la Mesa del Senado, en su reunión del día 28 de noviembre de 2017, al amparo de lo previsto en el artículo 135.6 del Reglamento del Senado, y por apreciarse circunstancias que aconsejan la modificación del plazo previsto en el apartado 1 de dicho artículo, ha acordado que el plazo, improrrogable, para la presentación de propuestas de veto finalice el próximo día 5 de diciembre, martes.» Debe decir: «Declarada urgente, la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 21 de noviembre de 2017, al amparo del artículo 129.3, ha acordado que el plazo, improrrogable, para la presentación de propuestas de veto finalice el próximo día 5 de diciembre, martes.» Palacio del Senado, 30 de noviembre de 2017. P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado. cve: BOCG_D_12_184_1486 http://www.senado.es D. L.: M-12.580/1961 - ISSN: 2172-9794
Pág. 5 REGLAMENTO DEL Propuesta de reforma del Reglamento del Senado por la que se modifica el artículo 178. (626/000008) ENMIENDAS ENMIENDA NÚM. 1 Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS) El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda de modificación a la Propuesta de reforma del Reglamento del Senado por la que se modifica el artículo 178 presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) con número de expediente 626/000008. De modificación. ENMIENDA El punto 3 quedaría redactado como figura a continuación: «3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, un representante del Gobierno con rango no inferior al de Secretario de Estado comparecerá para informar del grado de cumplimiento de las mociones relacionadas con las competencias y funciones que tengan atribuidas, en la Comisión correspondiente a cada ámbito. Asimismo, en la Comisión Constitucional, un representante del Gobierno de igual rango comparecerá para informar en relación con las mociones cuyo contenido exceda de las competencias de un Departamento. Las comparecencias previstas en este apartado tendrán lugar en el primer mes del periodo de sesiones siguiente al cumplimiento del plazo previsto en el apartado anterior.» Palacio del Senado, 29 de noviembre de 2017. El Portavoz, Ander Gil García. ENMIENDA NÚM. 2 Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP) El Grupo Parlamentario Popular, presenta la siguiente enmienda a la Propuesta de reforma del Reglamento del Senado por la que se modifica el artículo 178 (626/000008). cve: BOCG_D_12_184_1483
Pág. 6 Artículo único. ENMIENDA Al artículo 178 se le añadirá un tercer punto, quedando redactado de la siguiente manera: «Artículo 178. 1. El Presidente de la Cámara dará inmediata cuenta al Gobierno o al órgano correspondiente de la aprobación de las mociones a las que se refieren los apartados a) y d) del artículo 174. 2. Dentro de los seis meses siguientes, el gobierno o el órgano correspondiente deberán informar sobre el cumplimiento dado a las mismas. Dicho informe será publicado por la Cámara. 3. Durante el primer mes hábil de cada periodo de sesiones, comparecerá en la Comisión Constitucional un representante del Ejecutivo para explicar el citado informe y responder a los requerimientos de los Grupos Parlamentarios.» Palacio del Senado, 30 de noviembre de 2017. El Portavoz, José Manuel Barreiro Fernández. cve: BOCG_D_12_184_1483 http://www.senado.es D. L.: M-12.580/1961 - ISSN: 2172-9794