ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE BANCA MARCH

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Transcripción:

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE BANCA MARCH 1. Consejo de Administración. 2. Comisiones del Consejo de Administración. 2.1. Comisión de Auditoría. 2.2. Comisión Global de Riesgos y de Cambio Tecnológico. 2.3. Comisión de Nombramientos y Gobierno Corporativo. 2.4. Comisión de Retribuciones. 2.5. Comisión de Riesgos de Crédito. 3. Presidente y Consejero Delegado. 4. Comité de Dirección. 5. Directores de Área. 6. Unidades de Auditoría Interna, de Control Global de Riesgos y de Cumplimiento Normativo.

1. Consejo de Administración. El Consejo de Administración está regulado en los artículos 26-32 de los Estatutos sociales y en el Reglamento del Consejo de Administración, aprobado por éste en su reunión del día 22 de diciembre de 2009. Su composición es la siguiente (entre paréntesis, el carácter de cada Consejero): D. Juan March de la Lastra (Ejecutivo) Vicepresidenta Ejecutiva: Dª Rita Rodríguez Arrojo (Ejecutiva) Consejero Delegado: D. José Luis Acea Rodríguez (Ejecutivo) Consejeros: D. Juan March Delgado (Dominical) D. Carlos March Delgado (Dominical) D. Juan March Juan (Dominical) D. Javier Vilardell March (Dominical) D. Juan Carlos Villalonga March (Dominical) D. Jorge Bergareche Busquet (Ejecutivo, sin funciones ejecutivas en Banca March) D. Albert Esteve Cruella (Independiente) D. Moisés Israel Abecasis (Independiente) D. Santos Martínez-Conde Gutiérrez-Barquín (Ejecutivo, sin funciones ejecutivas en Banca March) D. Vicente Moreno García-Mansilla (Independiente) D. Ignacio Muñoz Pidal (Independiente) D. Nicolás Villén Jiménez (Independiente) Consejero Secretario: D. José Ignacio Benjumea Alarcón (Ejecutivo) El Consejero D. Ignacio Muñoz Pidal es el Coordinador de los Consejeros independientes, con las funciones que le atribuye el artículo 7 del Reglamento del Consejo de Administración.

2. Comisiones del Consejo de Administración. Las Comisiones del Consejo de Administración son la de Auditoría, la Comisión Global de Riesgos y de Cambio Tecnológico, la de Nombramientos y Gobierno Corporativo, la de Retribuciones y la Comisión de Riesgos de Crédito. 2.1. Comisión de Auditoría. La Comisión de Auditoría está regulada en el artículo 32 bis de los Estatutos sociales y en los artículos 15-19 del Reglamento del Consejo de Administración. Su composición es la siguiente: D. Nicolás Villén Jiménez D. Moisés Israel Abecasis D. Vicente Moreno García-Mansilla. Secretario: D. José Ignacio Benjumea Alarcón Asisten también a sus reuniones el Director del Departamento de Auditoría Interna, D. Juan José Murcia Martínez, y el Director del Área Financiera, D. Alberto del Cid Picado, este último siempre que la Comisión vaya a tratar asuntos relacionados con las cuentas anuales y demás información financiera. 2.2. Comisión Global de Riesgos y de Cambio Tecnológico. La Comisión Global de Riesgos y de Cambio Tecnológico está regulada en el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Administración. Su composición es la siguiente: D. Moisés Israel Abecasis D. Vicente Moreno García-Mansilla D. Ignacio Muñoz Pidal D. Nicolás Villén Jiménez

Secretario: D. José Ignacio Benjumea Alarcón Asisten también a sus reuniones la Directora del Departamento de Control Global de Riesgos, Dª Nieves Vila Puerta, y el Director del Área de Medios, D. Juan Carlos Segura Ginard, este último siempre que la Comisión vaya a tratar asuntos relacionados con el cambio tecnológico. 2.3. Comisión de Nombramientos y Gobierno Corporativo. La Comisión de Nombramientos y Gobierno Corporativo está regulada en el artículo 21 del Reglamento del Consejo de Administración. Su composición es la siguiente: D. Albert Esteve Cruella D. Moisés Israel Abecasis D. Vicente Moreno García-Mansilla D. Ignacio Muñoz Pidal Secretario: D. José Ignacio Benjumea Alarcón Asisten también a sus reuniones la Vicepresidenta Ejecutiva y Directora del Área de Recursos Humanos e Intangibles, Dª Rita Rodríguez Arrojo, y el Director del Departamento de Recursos Humanos, D. Anselmo Martín- Peñasco Ciudad. 2.4. Comisión de Retribuciones. La Comisión de Retribuciones está regulada en el artículo 22 del Reglamento del Consejo de Administración. Su composición es la siguiente: D. Ignacio Muñoz Pidal

D. Albert Esteve Cruella D. Moisés Israel Abecasis D. Vicente Moreno García-Mansilla Secretario: D. José Ignacio Benjumea Alarcón Asisten también a sus reuniones la Vicepresidenta Ejecutiva y Directora del Área de Recursos Humanos e Intangibles, Dª Rita Rodríguez Arrojo, y el Director del Departamento de Recursos Humanos, D. Anselmo Martín- Peñasco Ciudad. 2.3. Comisión de Riesgos de Crédito. La Comisión de Riesgos de Crédito está regulada en el artículo 14 del Reglamento del Consejo de Administración. Su composición es la siguiente: D. Santos Martínez-Conde Gutiérrez-Barquín D. José Luis Acea Rodríguez D. Jorge Bergareche Busquet D. Ignacio Muñoz Pidal Secretario: D. José Ignacio Benjumea Alarcón. Asiste también a sus reuniones el Director del Área de Riesgos de Crédito, D. Valentín Sánchez Pérez. 3. Presidente y Consejero Delegado. 3.1. Presidente. Además de las funciones que le corresponden por su condición de miembro del Consejo de Administración (apartado 1) y del Comité de Dirección (apartado 4), el Presidente dirige la actuación del Consejero Delegado y de las Áreas que dependen de él, orgánica o funcionalmente (apartado 5.2).

3.2. Consejero Delegado. Además de las funciones que le corresponden por su condición de miembro del Consejo de Administración (apartado 1) y del Comité de Dirección (apartado 4), el Consejero Delegado dirige la actuación de las Áreas que dependen de él, orgánica o funcionalmente (apartado 5.3), así como de las filiales Banco Inversis, March Asset Management y March JLT. Bajo su Presidencia se reunirá, con carácter semanal, el Comité Ejecutivo, del cual serán miembros los Directores de Área que dependan del Consejero Delegado, así como el Director del Departamento de Recursos Humanos, D. Anselmo Martín-Peñasco Ciudad. A sus reuniones asistirán también los demás directivos que el Consejero Delegado considere oportuno convocar. 4. Comité de Dirección. 5. Composición. El Comité de Dirección estará presidido por el Presidente del Consejo de Administración, y de él formarán parte también la Vicepresidenta Ejecutiva, el Consejero Delegado, el Director del Área Financiera y el Secretario General. Su composición es, por tanto, la siguiente: D. Juan March de la Lastra. Dª Rita Rodríguez Arrojo D. José Luis Acea Rodríguez D. Alberto del Cid Picado Secretario: 5.1. Competencias. D. José Ignacio Benjumea Alarcón El Comité de Dirección ejercerá las siguientes funciones: a) Proponer al Consejo de Administración la aprobación de los Presupuestos anuales y Planes estratégicos de Banca March y de las sociedades de su Grupo.

b) Decidir en todos aquellos asuntos relativos a la dirección del negocio que, por su importancia, deban someterse a su aprobación (salvo los que estén expresamente reservados al Consejo de Administración). c) Proponer al Consejo de Administración, previo informe de la Comisión Global de Riesgos y de Cambio Tecnológico, la aprobación de las Políticas de Riesgos, excepto la de Riesgos de Crédito; y gestionar la cartera propia y ejercer las demás competencias que, en relación con los riesgos de mercado, de liquidez y de tipo de interés, le atribuyan las respectivas Políticas. d) En materia de retribuciones: (i) examinar y dar su conformidad a las propuestas que deban presentarse en la Comisión de Retribuciones; (ii) fijar la plantilla máxima anual y los criterios básicos que habrán de seguirse en las altas y las bajas; y (iii) aprobar subidas retributivas que supongan un exceso sobre los límites máximos fijados en las bandas salariales aprobadas por la Comisión de Retribuciones; (iv) adoptar cualesquiera otras decisiones relativas a retribuciones que no estén expresamente atribuidas al Consejo de Administración o a la Comisión de Retribuciones, siempre que el Comité se las reserve. e) En materia de nombramientos: (i) (ii) (iii) examinar y dar su conformidad a las propuestas que deban presentarse en la Comisión de Nombramientos y Gobierno Corporativo; nombrar los directivos cuya idoneidad no deba ser evaluada por la Comisión de Nombramientos y Gobierno Corporativo; dar su conformidad a las propuestas de nombramientos de Consejeros y directivos de las sociedades que formen parte del Grupo Banca March; y (iv) adoptar cualesquiera otras decisiones relativas a nombramientos que no estén expresamente atribuidas al Consejo de Administración o a la Comisión de

Nombramientos y Gobierno Corporativo, siempre que el Comité se las reserve. f) Proponer al Consejo de Administración la aprobación de aquellas normas internas que vengan impuestas por disposiciones legales; y aprobar la restante normativa interna. g) Proponer al Consejo de Administración la aprobación de: (i) previo informe de la Comisión de Auditoría, el Informe Semestral y la Información con Relevancia Prudencial; (ii) previo informe de la Comisión Global de Riesgos y de Cambio Tecnológico, el Informe de Autoevaluación de Capital, el Marco de Apetito al Riesgo y el Plan de Recuperación; (iii) previo informe de la Comisión de Nombramientos y Gobierno Corporativo, las modificaciones de la Estructura Organizativa básica del banco. h) Determinar la estructura organizativa de cada una de las Áreas. i) Autorizar: (i) las inversiones en activos fijos, hasta un importe máximo de 2.500.000 euros; y (ii) las contrataciones, dentro de los límites y bajo las condiciones que fije el Consejo de Administración en la Política de Delegación de Servicios y de Contratación de Proveedores. j) Cualesquiera otras funciones que no estén expresamente atribuidas al Consejo de Administración, a sus Comisiones o a otros órganos del banco. 5.2. Régimen de funcionamiento. El Comité de Dirección se reunirá al menos dos veces al mes, excepto en el mes de agosto. En caso de ausencia del Presidente lo presidirá la Vicepresidenta Ejecutiva. En todos los demás aspectos relativos a su régimen de funcionamiento será de aplicación lo dispuesto para el Consejo de Administración en los artículos 8º y 9º del Reglamento del Consejo de Administración.

6. Directores de Área. Los Directores de Área integran la alta dirección y dependen orgánicamente de la Comisión de Riesgos de Crédito, del Presidente o del Consejero Delegado. Su nombramiento corresponde al Consejo de Administración, previa evaluación de su idoneidad por la Comisión de Nombramientos y Gobierno Corporativo. 6.1. Áreas que dependen orgánicamente de la Comisión de Riesgos de Crédito. De la Comisión de Riesgos de Crédito depende orgánicamente el Área de Riesgos de Crédito, sin perjuicio de la dependencia funcional del Consejero Delegado en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en relación con Recuperaciones. Su Director es D. Valentín Sánchez Pérez. 6.2. Áreas que dependen orgánicamente del Presidente. Del Presidente dependen, orgánica y funcionalmente, las siguientes Áreas: a) Área Financiera, cuyo Director es D. Alberto del Cid Picado. b) Área de Recursos Humanos e Intangibles, cuya Directora es la Vicepresidenta Ejecutiva, Dª Rita Rodríguez Arrojo. c) Área de Secretaría General, cuyo Director es D. José Ignacio Benjumea Alarcón. 5.3. Áreas que dependen orgánicamente del Consejero Delegado. Del Consejero Delegado dependen, orgánica y funcionalmente, las siguientes Áreas: a) Área de Banca Comercial y Privada, cuyo Director es D. Ángel Martínez Marañón. b) Área de Banca Corporativa, cuyo Director es D. José Manuel Arcenegui Linares. c) Área de Banca Patrimonial, cuyo Director es D. José Luis Santos García. d) Área de Medios, cuyo Director es D. Juan Carlos Segura Ginard.

e) Área de Productos, cuyo Director es D. Alberto del Cid Picado. 7. Unidades de Auditoría Interna, de Control Global de Riesgos y de Cumplimiento Normativo. 7.1. Unidad de Auditoría Interna. La Unidad de Auditoría Interna depende, orgánica y funcionalmente, de la Comisión de Auditoría. Su organización y funciones se regulan en el Estatuto de la Auditoría Interna, cuya aprobación corresponde a la Comisión de Auditoría, a propuesta del Comité de Dirección. El Director de Auditoría Interna será nombrado por el Consejo de Administración, previa evaluación de su idoneidad por la Comisión de Nombramientos y Gobierno Corporativo. 7.2. Unidad de Control Global de Riesgos. La Unidad de Control Global de Riesgos depende, orgánica y funcionalmente, de la Comisión Global de Riesgos y de Cambio Tecnológico. Sus funciones son las siguientes: a) Determinar, cuantificar y notificar adecuadamente todos los riesgos importantes de Banca March y de las demás sociedades de su Grupo. b) Participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgo y en todas las decisiones importantes de gestión de riesgos de Banca March y de las demás sociedades de su Grupo. c) Presentar una imagen completa de toda la gama de riesgos a los que se encuentren expuestas Banca March y las demás sociedades de su Grupo. d) Informar directamente a la Comisión Global de Riesgos y de Cambio Tecnológico sobre evoluciones específicas del riesgo que afecten o puedan afectar a Banca March o a cualquier sociedad de su Grupo. e) Elaborar: (i) las Políticas de Riesgos, excepto la de Riesgos de Crédito; (ii) el Informe de Autoevaluación de Capital;

(iii) el Marco de Apetito al Riesgo; (iv) el Plan de Recuperación. f) Cualesquiera otras funciones que le asigne la Comisión Global de Riesgos y de Cambio Tecnológico, siempre que no estén ya atribuidas a otro órgano de administración o dirección del banco. El Director de Control Global de Riesgos será nombrado por el Consejo de Administración, previa evaluación de su idoneidad por la Comisión de Nombramientos y Gobierno Corporativo. 7.3. Unidad de Cumplimiento Normativo. La Unidad de Cumplimiento Normativo depende, orgánica y funcionalmente, de la Comisión de Auditoría. Su organización y funciones se regulan en el Estatuto de la Función de Cumplimiento Normativo, cuya aprobación corresponde a la Comisión de Auditoría. El Director de Cumplimiento Normativo será nombrado por el Consejo de Administración, previa evaluación de su idoneidad por la Comisión de Nombramientos y Gobierno Corporativo.