AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL

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1 AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Número: 102 Año: 2017 Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Jueves 30 de Noviembre de 2017 Ayuntamiento 2016-2018 2017. Año del Centenario de las Constituciones Mexicana y Mexiquense de 1917 SUMARIO I. CONVOCATORIA PÚBLICA A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, A PARTICIPAR EN LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, EN CABILDO ABIERTO, CON CARÁCTER DE ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA CORRESPONDIENTE, A CELEBRARSE EL DÍA 15 DE DICIEMBRE DE 2017, A LAS 12:00 HORAS EN EL SALÓN DE CABILDOS, RECINTO OFICIAL DE LAS SESIONES DEL AYUNTAMIENTO. II. ORDEN DEL DÍA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI; ESTADO DE MÉXICO, CORRESPONDIENTE, CON CARÁCTER DE ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA Y DE RÉGIMEN SOLEMNE, QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 04 DE DICIEMBRE DE 2017, A LAS 12:00 HORAS, EN EL SALÓN DE CABILDOS, RECINTO OFICIAL DE LAS SESIONES DEL AYUNTAMIENTO, SITO EN EL CUARTO PISO DEL PALACIO MUNICIPAL, EN LA QUE EL MTRO. VÍCTOR MANUEL ESTRADA GARIBAY, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO; POR EL PERÍODO 2016-2018; RENDIRÁ AL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL EL SEGUNDO INFORME, POR ESCRITO Y EN MEDIO ELECTRÓNICO, DEL ESTADO QUE GUARDA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL; Y DE LAS LABORES REALIZADAS DURANTE EL PRESENTE EJERCICIO.

2 EL C. VICTOR MANUEL ESTRADA GARIBAY, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, POR EL PERIODO 2016-2018, A SUS HABITANTES, SABED: QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 115 FRACCIONES II Y III DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 122 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO; 2,3, 31 FRACCION I, 48 FRACCION III Y 91 FRACCION VIII DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MEXICO, EL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, POR EL PERIODO 2016-2018 EXPIDE EL PRESENTE: DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO DIEZ, DE LA CENTESIMA DECIMA TERCERA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER DE EXTRAORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA EL DÍA JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2017; EL AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR: I. CONVOCATORIA PÚBLICA A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, A PARTICIPAR EN LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, EN CABILDO ABIERTO, CON CARÁCTER DE ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA CORRESPONDIENTE, A CELEBRARSE EL DÍA 15 DE DICIEMBRE DE 2017, A LAS 12:00 HORAS EN EL SALÓN DE CABILDOS, RECINTO OFICIAL DE LAS SESIONES DEL AYUNTAMIENTO. DIEZ.- Se somete a consideración del Ayuntamiento el asunto relativo a la Aprobación, en su caso, de la Convocatoria Pública a los Habitantes del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, a participar en la Sesión del Ayuntamiento, en Cabildo Abierto, con Carácter de Ordinaria de Tipo Pública correspondiente, a celebrarse el Día 15 de Diciembre de 2017, a las 12:00 horas en el Salón de Cabildos, Recinto Oficial de las Sesiones del Ayuntamiento, Sito en el cuarto piso del Palacio Municipal, de conformidad con lo previsto por el Artículo 28 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; así como la Aprobación, en su caso, del Orden del Día para la celebración de dicha Sesión, mismo que será inserto en la Convocatoria Pública a los Habitantes del Municipio que tengan interés en registrarse a participar en la misma. Aprobándose por unanimidad, bajo el siguiente: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112 primer párrafo, 113, 116 primer párrafo, 122 primer párrafo, 128 fracciones I, II y XII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 27 primer párrafo, 31 fracciones I y XXXIX; y 48 fracciones I, II, y XVI, 49, 86, 87 fracción I, y 91 fracción XIV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 27, 28, 30 primer párrafo; 34, 35, 37, 38 fracción I y 46, del Bando Municipal 2017 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; 3 fracción I inciso a), 5, 7 y 21 fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, y 3, 6, 8, 19 y 78 fracciones II y III del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; y de sus Comisiones, por el Período 2016-2018, le solicito atentamente, de conformidad con sus atribuciones y de considerarlo procedente, que por su conducto se incluya dentro del Orden del Día de la próxima Sesión del Ayuntamiento, la propuesta del siguiente: PUNTO DE ACUERDO: APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, A PARTICIPAR EN LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, EN CABILDO ABIERTO, CON CARÁCTER DE ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA CORRESPONDIENTE, A CELEBRARSE EL DÍA 15 DE DICIEMBRE DE 2017, A LAS 12:00 HORAS EN EL SALÓN DE CABILDOS, RECINTO OFICIAL DE LAS SESIONES DEL AYUNTAMIENTO, SITO EN EL CUARTO PISO DEL PALACIO

3 MUNICIPAL, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO; ASÍ COMO LA APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL ORDEN DEL DÍA PARA LA CELEBRACIÓN DE DICHA SESIÓN, MISMO QUE SERÁ INSERTO EN LA CONVOCATORIA PÚBLICA A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO QUE TENGAN INTERÉS EN REGISTRARSE A PARTICIPAR EN LA MISMA. Lo anterior, bajo la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con el fin de dar puntual cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 27 del Bando Municipal 2017 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; 23, 24, 25 y 27 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; y de sus Comisiones, por el Período 2016-2018, que prevén que los ayuntamientos sesionarán en cabildo abierto cuando menos bimestralmente; que el cabildo en sesión abierta es la sesión que celebra el Ayuntamiento, en la cual los habitantes participan directamente con derecho a voz pero sin voto, a fin de discutir asuntos de interés para la comunidad y con competencia sobre el mismo; que en este tipo de sesiones el Ayuntamiento escuchará la opinión del público que participe en la sesión y podrá tomarla en cuenta al dictaminar sus resoluciones; que el ayuntamiento deberá emitir una convocatoria pública quince días naturales previos a la celebración del cabildo en sesión abierta para que los habitantes del municipio que tenga interés se registren como participantes ante la Secretaría del Ayuntamiento; se somete a consideración de este cuerpo colegiado, la Aprobación, de la Convocatoria Pública a los Habitantes del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, a la Sesión del Ayuntamiento en Cabildo Abierto, con Carácter de Ordinaria de tipo Pública correspondiente, a celebrarse el día 15 de diciembre del 2017, a las 12:00 horas en el Salón de Cabildos, Recinto Oficial de las Sesiones del Ayuntamiento, sito en el cuarto piso del Palacio Municipal, de conformidad con lo previsto por el Artículo 28 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; así como la Aprobación, en su caso, del Orden del Día para la celebración de dicha Sesión, mismo que será inserto en la Convocatoria Pública a los Habitantes del Municipio que tengan interés en registrarse a participar en la misma, bajo los siguientes términos: CONVOCATORIA PÚBLICA EL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, POR EL PERÍODO 2016-2018, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO; 5, 7, 9, 15, 20, 21, 24, 25 Y 27 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO; Y DE SUS COMISIONES, POR EL PERÍODO 2016-2018, ASÍ COMO DEL ACUERDO RECAÍDO AL PUNTO DIEZ DEL ORDEN DEL DÍA DE LA CENTÉSIMA DÉCIMA TERCERA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER DE EXTRAORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA DE FECHA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, CONVOCA A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, A PARTICIPAR EN LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO EN CABILDO ABIERTO, CON CARÁCTER DE ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, CORRESPONDIENTE, A CELEBRARSE EL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL 2017, A LAS 12:00 HORAS EN EL SALÓN DE CABILDOS, RECINTO OFICIAL DE LAS SESIONES DEL AYUNTAMIENTO, SITO EN EL CUARTO PISO DEL PALACIO MUNICIPAL, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, BAJO LAS SIGUIENTES: BASES PRIMERA.- Son habitantes del Municipio de Cuautitlán Izcalli, las personas que residan en él temporal o permanentemente. SEGUNDA.- La Sesión del Ayuntamiento en Cabildo Abierto es aquella en la que se discutirá dentro de la competencia del Ayuntamiento, asuntos de interés para la comunidad y donde los habitantes registrados podrán

4 participar hasta con dos intervenciones en el desahogo de los puntos del Orden del Día referidos al interés de la comunidad, contando con derecho a voz, pero sin voto. TERCERA.- En las Sesiones del Ayuntamiento en Cabildo Abierto, se escuchará la opinión de las personas que participan en ellas, opinión que podrá ser tomada en cuenta por el Ayuntamiento, en caso de acuerdos. CUARTA.- Los habitantes interesados en registrarse como participantes en la Sesión del Ayuntamiento en Cabildo Abierto deberán hacerlo personalmente en las oficinas de la Secretaría del Ayuntamiento, sito en Av. Primero de Mayo No. 100, Colonia Centro Urbano, C.P. 54700, Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, en un horario de 09:00 a 15:00 horas. QUINTA.- Los requisitos para el registro son los siguientes: I. Los habitantes interesados en participar deberán registrarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la Convocatoria Pública en la Gaceta Municipal, en los estrados de la Secretaría del Ayuntamiento, y misma que podrá ser consultada en la página web del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli. II. Llenar formato de solicitud, que se le proporcionará al momento de registro; III. Presentar original y copia de su identificación oficial con fotografía para su cotejo; IV. Presentar constancia de vecindad expedida por la Secretaría del Ayuntamiento; V. Entregar el contenido de su participación en medios digital e impreso; éste último firmado. SEXTA.- Podrán registrarse hasta cinco participantes, en los puntos del Orden del Día, en que exista presentación de asuntos. SÉPTIMA.- La celebración de la Sesión del Ayuntamiento en Cabildo Abierto correspondiente, de carácter Ordinaria, de Tipo Pública, se llevará a cabo el día 15 de diciembre del 2017, a las 12:00 horas, en el Salón de Cabildos, Recinto Oficial de las Sesiones del Ayuntamiento, sito en el cuarto piso del Palacio Municipal, de acuerdo al siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Lista de Asistencia y, en su caso, declaración del quórum legal. 2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la Sesión del Ayuntamiento, con Carácter de de Tipo Pública. (Correspondiente) 3. Lectura del Orden del Día. 4. Se somete a consideración del Ayuntamiento, el asunto relativo a la Aprobación, en su caso, del Reglamento Interno de la Tesorería Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, de conformidad con el Dictamen que emite la Comisión de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal. 5. Asuntos Generales. 6. Clausura de la sesión. OCTAVA.- Los participantes deberán asistir puntualmente a la sesión del Ayuntamiento en Cabildo Abierto debidamente convocada, en la hora, fecha y día señalados para su celebración. En caso contrario, se cancelará su registro y participación. Asimismo, están obligados a guardar respeto y compostura, no tomar parte en las deliberaciones del Ayuntamiento, ni expresar manifestaciones que alteren el orden en el Recinto Oficial. Únicamente la persona registrada podrá participar en la sesión. NOVENA.- El participante solo podrá hacer uso de la palabra cuando le sea concedido por quien preside la sesión, hasta por cinco minutos. DÉCIMA.- Quien presida la sesión hará preservar el orden público, pudiendo ordenar al infractor abandonar el Recinto Oficial o en caso de reincidencia remitirlo a la autoridad competente para la sanción procedente. DÉCIMA PRIMERA.- La convocatoria será publicada en los Estrados de la Secretaría del Ayuntamiento y en la Gaceta Municipal, Periódico Oficial del Gobierno Municipal; y podrá ser consultada en la página web del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli: www.cuautitlanizcalli.gob.mx.

5 DÉCIMA SEGUNDA.- Lo no previsto en la presente convocatoria, se sujetará a lo que resuelva el Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, por el Período 2016-2018, conforme a la normatividad municipal vigente. Cuautitlán Izcalli, Estado de México, a 30 de noviembre del 2017. C. DENISSE GARCÍA DOMÍNGUEZ PRIMERA SÍNDICA C. VÍCTOR MANUEL ESTRADA GARIBAY, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, POR EL PERÍODO 2016-2018. C. GUSTAVO ÓSCAR SCHIAVON MONROY SEGUNDO SÍNDICO C. JUAN ANTONIO PAREDES GÓMEZ TERCER SÍNDICO C. NAYADES LUISA ARIAS CAMARERO PRIMERA REGIDORA C. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ SEGUNDO REGIDOR C. MARÍA ISABEL MORALES FRANCO TERCERA REGIDORA C. AQUILINO MOISÉS SALGADO MONROY CUARTO REGIDOR C. LORENA LÓPEZ RAMOS QUINTA REGIDORA C. RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEXTO REGIDOR C. GREGORIO ROMERO ESPINOSA OCTAVO REGIDOR C. GLORIA GONZÁLEZ DÍAZ SÉPTIMA REGIDORA C. LORENA JOSEFINA MORFÍN ORTÍZ NOVENA REGIDORA C. EMMANUEL MEDINA GONZÁLEZ DÉCIMO REGIDOR C. ERICA CASTAÑEDA LÓPEZ DÉCIMA PRIMERA REGIDORA C. MIGUEL ÁNGEL LOA SAUCEDO DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR C. ELSA BECERRIL MIRANDA DÉCIMA TERCERA REGIDORA C. NANCY YURIDIA TORIZ QUEZADA DÉCIMA CUARTA REGIDORA C. IGNACIO PILIADO JIMÉNEZ DÉCIMO QUINTO REGIDOR C. VERÓNICA LETICIA OCHOA ESPINOS DÉCIMA SEXTA REGIDORA Fundan lo anterior lo dispuesto por los siguientes: C. RUBÉN REYES MADERO SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO El artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base

6 de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre; Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal. Los artículos 113, 116 primer párrafo, 122 primer párrafo, 123; y 128 fracciones I, II, III y XII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, establecen que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento con la competencia que le otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente Constitución y las leyes que de ellas emanen; los ayuntamientos serán asamblea deliberante y tendrán autoridad y competencia propias en los asuntos que se sometan a su decisión, que los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables; que dentro de las atribuciones de los presidentes municipales, están entre otras las de presidir las sesiones de sus ayuntamientos, ejecutar las decisiones de los ayuntamientos e informar de su cumplimiento; cumplir y hacer cumplir dentro del municipio, las leyes federales y del Estado y todas las disposiciones que expidan los mismos ayuntamientos; así como expedir los acuerdos necesarios para el cumplimiento de las determinaciones del ayuntamiento. Los artículos 3, 27 primer párrafo, 28, 30 primer párrafo, 31 fracciones I y XXXIX; 48 fracciones I, II, V y XVI, 49, 86, 87 fracción I, 89, 90 y 91 fracción II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establecen que los municipios del Estado regularán su funcionamiento de conformidad con lo que establece esta ley, los Bandos municipales, reglamentos y demás disposiciones legales aplicables; que los Ayuntamientos como órganos deliberantes deberán resolver colegiadamente los asuntos de su competencia; que los ayuntamientos sesionarán cuando menos una vez cada ocho días o cuantas veces sea necesario en asuntos de urgente resolución, a petición de la mayoría de sus miembros y podrán declararse en sesión permanente cuando la importancia del asunto lo requiera; que las sesiones de los ayuntamientos serán públicas y se celebrarán en la sala de cabildos; que sesionarán en cabildo abierto cuando menos bimestralmente; que el cabildo en sesión abierta es la sesión que celebra el Ayuntamiento, en la cual los habitantes participan directamente con derecho a voz pero sin voto, a fin de discutir asuntos de interés para la comunidad y con competencia sobre el mismo, que en este tipo de sesiones el Ayuntamiento escuchará la opinión del público que participe en la sesión y podrá tomarla en cuenta al dictaminar sus resoluciones; asimismo que el Ayuntamiento deberá emitir una convocatoria pública quince días naturales previos a la celebración del cabildo en sesión abierta para que los habitantes del municipio que tengan interés se registren como participantes ante la Secretaría del Ayuntamiento; que para la celebración de las sesiones se deberá contar con un orden del día; que las sesiones del ayuntamiento serán presididas por el presidente municipal o por quien lo sustituya legalmente; que dentro de las atribuciones del ayuntamiento están las de expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general para el cumplimiento de sus atribuciones; así como promover en la esfera de su competencia lo necesario para el mejor desempeño de sus funciones; que el presidente municipal tiene entre sus atribuciones las de presidir y dirigir las sesiones del ayuntamiento; ejecutar los acuerdos del ayuntamiento e informar su cumplimiento, convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias a los integrantes del ayuntamiento; así como cumplir y hacer cumplir dentro de su competencia, las disposiciones contenidas en las leyes y reglamentos federales, estatales y municipales; que para el cumplimiento de sus funciones, el presidente municipal se auxiliará de los demás integrantes del ayuntamiento, así como de los órganos administrativos y comisiones que esta Ley establezca; que para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, el ayuntamiento se auxiliará con las dependencias y entidades de la administración pública municipal, que en cada caso acuerde el cabildo a

7 propuesta del presidente municipal, las que estarán subordinadas a este servidor público. Que el servidor público titular de las referidas dependencias y entidades de la administración municipal, ejercerá las funciones propias de su competencia y será responsable por el ejercicio de dichas funciones y atribuciones contenidas en la Ley, sus reglamentos interiores, manuales, acuerdos, circulares y otras disposiciones legales que tiendan a regular el funcionamiento del Municipio; que para el despacho, estudio y planeación de los diversos asuntos de la administración municipal, el ayuntamiento, entre otras, contará por lo menos con la secretaría del ayuntamiento; que las dependencias y entidades de la administración pública municipal, tales como organismos públicos descentralizados, empresas de participación mayoritaria y fideicomisos, ejercerán las funciones propias de su competencia previstas y serán responsables del ejercicio de las funciones propias de su competencia, en términos de la Ley o en los reglamentos o acuerdos expedidos por los ayuntamientos; que los titulares de cada una de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, acordarán directamente con el presidente municipal o con quien éste determine; que la Secretaría del Ayuntamiento estará a cargo de un Secretario, entre cuyas atribuciones está la de emitir los citatorios para la celebración de las sesiones de cabildo convocadas legalmente. Los artículos 27, 28, 30 primer párrafo; 31, 32, 33, 34, 35, 37, 38 fracción I y 46 del Bando Municipal 2017 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, prevé que el Gobierno del Municipio está depositado en un cuerpo colegiado denominado Ayuntamiento, y la ejecución de sus acuerdos corresponderá a la o el Presidente Municipal; que para el despacho de los asuntos municipales, el Ayuntamiento cuenta con una o un Secretario, cuyas atribuciones están señaladas en la Ley Orgánica y demás disposiciones jurídicas y reglamentarias aplicables; que para el cumplimiento de sus funciones la o el Presidente Municipal se auxiliará de las demás personas que integran el Ayuntamiento, que las sesiones del Ayuntamiento se celebrarán en el Recinto Oficial denominado Salón de Cabildos, ubicado en el Palacio Municipal; que el Ayuntamiento sesionará por lo menos una vez cada ocho días cuantas veces sea necesario en asuntos de urgente resolución y que las sesiones abiertas serán bimestrales; que las sesiones del Ayuntamiento serán ordinarias o extraordinarias, públicas o abiertas, resolutivas o solemnes, su desarrollo se sujetará a lo establecido en la Ley Orgánica y en las disposiciones reglamentarias aplicables; que la o el Presidente Municipal tiene la representación jurídica del Municipio, del Ayuntamiento y de las dependencias que conforman la Administración Pública Municipal; que la o el Presidente Municipal podrá expedir los acuerdos y ejecutar las acciones necesarias para el buen funcionamiento de la Administración Pública Municipal recabando la autorización del Ayuntamiento, cuando proceda, en términos de Ley; que la Administración Pública Municipal estará conformada por dependencias, organismos desconcentrados y entidades que estarán subordinadas al Presidente Municipal, que la Administración Pública Municipal contará entre otras con la Secretaría del Ayuntamiento; y que las y los servidores públicos deberán cumplir con las atribuciones, facultades y responsabilidades que establezcan el Bando Municipal, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general que emita el Ayuntamiento. Los artículos 20, 21, 24, 25, 27 y 78 fracciones II y III del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; y de sus Comisiones, por el Período 2016-2018, prevén que, las sesiones del Ayuntamiento se clasifican por su Carácter, en ordinarias y extraordinarias; por su Tipo, en públicas y abiertas; y por su Régimen, en resolutivas y solemnes; que son sesiones ordinarias aquellas que se ocupen del análisis, discusión y resolución de los asuntos turnados a las Comisiones del Ayuntamiento y demás asuntos, autorizaciones o acuerdos que sean competencia del Ayuntamiento; que son sesiones abiertas, las que celebra el Ayuntamiento, en el cual los habitantes participan directamente con derecho a voz pero sin voto, a fin de discutir asuntos de interés para la comunidad y con competencia sobre el mismo; que en este tipo de sesiones el ayuntamiento escuchará la opinión del público que participe en la sesión y podrá tomarla en cuenta al dictaminar sus resoluciones; que el Ayuntamiento a través de la Secretaría del Ayuntamiento, emitirá convocatoria pública, en la convocatoria se asentarán las bases, en donde quedará establecido el número de participaciones y el tiempo de la participación, por lo menos con quince días naturales previos a la celebración de la sesión abierta, conforme a la ley; que el

8 Ayuntamiento sesionará en cabildo abierto cuando menos bimestralmente; que dentro de las atribuciones de la o el Presidente Municipal, están las de presidir y dirigir las sesiones del Ayuntamiento y proponer puntos de acuerdo. Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, se somete a consideración del Ayuntamiento, la aprobación del siguiente: A C U E R D O: PRIMERO.- SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PÚBLICA A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, A PARTICIPAR EN LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, EN CABILDO ABIERTO, CON CARÁCTER DE ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA CORRESPONDIENTE, A CELEBRARSE EL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL 2017, A LAS 12:00 HORAS EN EL SALÓN DE CABILDOS, RECINTO OFICIAL DE LAS SESIONES DEL AYUNTAMIENTO, SITO EN EL CUARTO PISO DEL PALACIO MUNICIPAL, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO; ASÍ COMO EL ORDEN DEL DÍA PARA LA CELEBRACIÓN DE DICHA SESIÓN, MISMO QUE SERÁ INSERTO EN LA CONVOCATORIA PÚBLICA A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO QUE TENGAN INTERÉS EN REGISTRARSE A PARTICIPAR EN LA MISMA, BAJO LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: CONVOCATORIA PÚBLICA EL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, POR EL PERÍODO 2016-2018, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO; 5, 7, 9, 15, 20, 21, 24, 25 Y 27 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO; Y DE SUS COMISIONES, POR EL PERÍODO 2016-2018, ASÍ COMO DEL ACUERDO RECAÍDO AL PUNTO DIEZ DEL ORDEN DEL DÍA DE LA CENTÉSIMA DÉCIMA TERCERA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER DE EXTRAORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA DE FECHA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, CONVOCA A LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, A PARTICIPAR EN LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO EN CABILDO ABIERTO, CON CARÁCTER DE ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, CORRESPONDIENTE, A CELEBRARSE EL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL 2017, A LAS 12:00 HORAS EN EL SALÓN DE CABILDOS, RECINTO OFICIAL DE LAS SESIONES DEL AYUNTAMIENTO, SITO EN EL CUARTO PISO DEL PALACIO MUNICIPAL, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, BAJO LAS SIGUIENTES: BASES PRIMERA.- Son habitantes del Municipio de Cuautitlán Izcalli, las personas que residan en él temporal o permanentemente. SEGUNDA.- La Sesión del Ayuntamiento en Cabildo Abierto es aquella en la que se discutirá dentro de la competencia del Ayuntamiento, asuntos de interés para la comunidad y donde los habitantes registrados podrán participar hasta con dos intervenciones en el desahogo de los puntos del Orden del Día referidos al interés de la comunidad, contando con derecho a voz, pero sin voto. TERCERA.- En las Sesiones del Ayuntamiento en Cabildo Abierto, se escuchará la opinión de las personas que participan en ellas, opinión que podrá ser tomada en cuenta por el Ayuntamiento, en caso de acuerdos. CUARTA.- Los habitantes interesados en registrarse como participantes en la Sesión del Ayuntamiento en Cabildo Abierto deberán hacerlo personalmente en las oficinas de la Secretaría del Ayuntamiento, sito en Av. Primero de

9 Mayo No. 100, Colonia Centro Urbano, C.P. 54700, Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, en un horario de 09:00 a 15:00 horas. QUINTA.- Los requisitos para el registro son los siguientes: I. Los habitantes interesados en participar deberán registrarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la Convocatoria Pública en la Gaceta Municipal, en los estrados de la Secretaría del Ayuntamiento, y misma que podrá ser consultada en la página web del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli. II. Llenar formato de solicitud, que se le proporcionará al momento de registro; III. Presentar original y copia de su identificación oficial con fotografía para su cotejo; IV. Presentar constancia de vecindad expedida por la Secretaría del Ayuntamiento; V. Entregar el contenido de su participación en medios digital e impreso; éste último firmado. SEXTA.- Podrán registrarse hasta cinco participantes, en los puntos del Orden del Día, en que exista presentación de asuntos. SÉPTIMA.- La celebración de la Sesión del Ayuntamiento en Cabildo Abierto correspondiente, de carácter Ordinaria, de Tipo Pública, se llevará a cabo el día 15 de diciembre del 2017, a las 12:00 horas, en el Salón de Cabildos, Recinto Oficial de las Sesiones del Ayuntamiento, sito en el cuarto piso del Palacio Municipal, de acuerdo al siguiente: ORDEN DEL DIA 1. Lista de Asistencia y, en su caso, declaración del quórum legal. 2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la Sesión del Ayuntamiento, con Carácter de de Tipo Pública. (Correspondiente) 3. Lectura del Orden del Día. 4. Se somete a consideración del Ayuntamiento, el asunto relativo a la Aprobación, en su caso, del Reglamento Interno de la Tesorería Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, de conformidad con el Dictamen que emite la Comisión de Revisión y Actualización de la Reglamentación Municipal. 5. Asuntos Generales. 6. Clausura de la sesión. OCTAVA.- Los participantes deberán asistir puntualmente a la sesión del Ayuntamiento en Cabildo Abierto debidamente convocada, en la hora, fecha y día señalados para su celebración. En caso contrario, se cancelará su registro y participación. Asimismo, están obligados a guardar respeto y compostura, no tomar parte en las deliberaciones del Ayuntamiento, ni expresar manifestaciones que alteren el orden en el Recinto Oficial. Únicamente la persona registrada podrá participar en la sesión. NOVENA.- El participante solo podrá hacer uso de la palabra cuando le sea concedido por quien preside la sesión, hasta por cinco minutos. DÉCIMA.- Quien presida la sesión hará preservar el orden público, pudiendo ordenar al infractor abandonar el Recinto Oficial o en caso de reincidencia remitirlo a la autoridad competente para la sanción procedente. DÉCIMA PRIMERA.- La convocatoria será publicada en los Estrados de la Secretaría del Ayuntamiento y en la Gaceta Municipal, Periódico Oficial del Gobierno Municipal; y podrá ser consultada en la página web del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli: www.cuautitlanizcalli.gob.mx. DÉCIMA SEGUNDA.- Lo no previsto en la presente convocatoria, se sujetará a lo que resuelva el Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, por el Período 2016-2018, conforme a la normatividad municipal vigente. Cuautitlán Izcalli, Estado de México, a 30 de noviembre del 2017. C. VÍCTOR MANUEL ESTRADA GARIBAY, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, POR EL PERÍODO 2016-2018.

10 C. DENISSE GARCÍA DOMÍNGUEZ PRIMERA SÍNDICA C. GUSTAVO ÓSCAR SCHIAVON MONROY SEGUNDO SÍNDICO C. JUAN ANTONIO PAREDES GÓMEZ TERCER SÍNDICO C. NAYADES LUISA ARIAS CAMARERO PRIMERA REGIDORA C. ESTEBAN FERNÁNDEZ CRUZ SEGUNDO REGIDOR C. MARÍA ISABEL MORALES FRANCO TERCERA REGIDORA C. AQUILINO MOISÉS SALGADO MONROY CUARTO REGIDOR C. LORENA LÓPEZ RAMOS QUINTA REGIDORA C. RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEXTO REGIDOR C. GREGORIO ROMERO ESPINOSA OCTAVO REGIDOR C. GLORIA GONZÁLEZ DÍAZ SÉPTIMA REGIDORA C. LORENA JOSEFINA MORFÍN ORTÍZ NOVENA REGIDORA C. EMMANUEL MEDINA GONZÁLEZ DÉCIMO REGIDOR C. ERICA CASTAÑEDA LÓPEZ DÉCIMA PRIMERA REGIDORA C. MIGUEL ÁNGEL LOA SAUCEDO DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR C. ELSA BECERRIL MIRANDA DÉCIMA TERCERA REGIDORA C. NANCY YURIDIA TORIZ QUEZADA DÉCIMA CUARTA REGIDORA C. IGNACIO PILIADO JIMÉNEZ DÉCIMO QUINTO REGIDOR C. VERÓNICA LETICIA OCHOA ESPINOS DÉCIMA SEXTA REGIDORA C. RUBÉN REYES MADERO SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO SEGUNDO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA MUNICIPAL, PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL. TERCERO.- INSTRUYASE AL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, LLEVAR A CABO LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA A LOS HABITANTES DE ESTE MUNICIPIO, QUE TENGAN INTERÉS EN REGISTRARSE A PARTICIPAR EN LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO EN CABILDO ABIERTO, CON CARÁCTER DE ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, CORRESPONDIENTE, MISMA QUE SE DETALLA EN EL NUMERAL PRIMERO DEL PRESENTE ACUERDO. CUARTO.- INSTRÚYASE AL COORDINADOR GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL A FIN DE QUE LLEVE A CABO LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA, EN LOS TÉRMINOS DEL NUMERAL PRIMERO DEL

11 PRESENTE ACUERDO, EN LA PÁGINA WEB DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI: www.cuautitlanizcalli.gob.mx. QUINTO.- CÚMPLASE. DADO EN EL SALÓN DE CABILDOS DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL, EN LA CENTÉSIMA DÉCIMA TERCERA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER DE EXTRAORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE, POR LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO ONCE, DE LA CENTESIMA DECIMA TERCERA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER DE EXTRAORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA EL DÍA JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2017; EL AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR: II. ORDEN DEL DÍA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI; ESTADO DE MÉXICO, CORRESPONDIENTE, CON CARÁCTER DE ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA Y DE RÉGIMEN SOLEMNE, QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 04 DE DICIEMBRE DE 2017, A LAS 12:00 HORAS, EN EL SALÓN DE CABILDOS, RECINTO OFICIAL DE LAS SESIONES DEL AYUNTAMIENTO, SITO EN EL CUARTO PISO DEL PALACIO MUNICIPAL, EN LA QUE EL MTRO. VÍCTOR MANUEL ESTRADA GARIBAY, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO; POR EL PERÍODO 2016-2018; RENDIRÁ AL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL EL SEGUNDO INFORME, POR ESCRITO Y EN MEDIO ELECTRÓNICO, DEL ESTADO QUE GUARDA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL; Y DE LAS LABORES REALIZADAS DURANTE EL PRESENTE EJERCICIO. ONCE.- Se somete a consideración del Ayuntamiento el asunto relativo a la Aprobación, en su caso, del Orden del Día para la Celebración de la Sesión del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli; Estado de México, correspondiente, con Carácter de Ordinaria, de Tipo Pública y de Régimen Solemne, que se llevará a cabo el día 04 de diciembre de 2017, a las 12:00 horas, en el Salón de Cabildos, Recinto Oficial de las Sesiones del Ayuntamiento, sito en el cuarto piso del Palacio Municipal, en la que el Mtro. Víctor Manuel Estrada Garibay, Presidente Municipal Constitucional de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; por el Período 2016-2018; Rendirá al Ayuntamiento Constitucional el Segundo Informe, por escrito y en medio electrónico, del Estado que guarda la Administración Pública Municipal; y de las Labores Realizadas durante el Presente Ejercicio, de conformidad con lo previsto por los Artículos 128 fracción VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; y 17 y 48 fracción xv de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. Aprobándose por unanimidad, bajo el siguiente: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112 primer párrafo, 113, 116 primer párrafo, 122 primer párrafo, 128 fracciones I, II y XII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 3, 27 primer párrafo, 31 fracciones I y XXXIX; y 48 fracciones I y II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 27, 30 primer párrafo; y 35 del Bando Municipal 2017 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México y 78 fracciones II, III y X del Reglamento Interior del

12 Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; y de sus Comisiones, por el Período 2016-2018; y en ejercicio de las atribuciones que me son conferidas, incluyo dentro del Orden del Día de la Sesión del Ayuntamiento, la propuesta del siguiente: PUNTO DE ACUERDO: APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL ORDEN DEL DÍA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER DE ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA Y DE RÉGIMEN SOLEMNE, CORRESPONDIENTE, QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 04 DE DICIEMBRE DE 2017, A LAS 12:00 HORAS, EN EL SALÓN DE CABILDOS, RECINTO OFICIAL DE LAS SESIONES DEL AYUNTAMIENTO, SITO EN EL CUARTO PISO DEL PALACIO MUNICIPAL, EN LA QUE EL MTRO. VÍCTOR MANUEL ESTRADA GARIBAY, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO; POR EL PERÍODO 2016-2018; RENDIRÁ AL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL EL SEGUNDO INFORME, POR ESCRITO Y EN MEDIO ELECTRÓNICO, DEL ESTADO QUE GUARDA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL; Y DE LAS LABORES REALIZADAS DURANTE EL PRESENTE EJERCICIO, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR LOS ARTÍCULOS 128 FRACCIÓN VI DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; Y 17 Y 48 FRACCIÓN XV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. Con el fin de dar puntual cumplimiento a lo previsto en el artículo 128 fracción VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 17 y 48 fracción XV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, el Mtro. Víctor Manuel Estrada Garibay, Presidente Municipal Constitucional de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, por el Período 2016-2018, rendirá al Ayuntamiento su Segundo Informe por escrito y en medio electrónico del estado que guarda la Administración Pública Municipal; y de las labores realizadas durante el presente ejercicio. Asimismo, el artículo 30 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; y de sus Comisiones, por el Período 2016-2018, establece que en las sesiones solemnes sólo podrán tratarse los asuntos que hayan sido incluidos y aprobados previamente en el Orden del Día y únicamente podrán intervenir los oradores que hayan sido designados en sesión previa, por ello se propone a este cuerpo colegiado tenga a bien aprobar el Orden del Día para la celebración de la sesión del Ayuntamiento, con Carácter Ordinaria, de Tipo Pública y de Régimen Solemne, que corresponda en número, misma que se llevará a cabo el próximo día lunes cuatro de diciembre del año dos mil diecisiete, a las doce horas en el Salón de Cabildos, Recinto Oficial de las Sesiones del Ayuntamiento, sito en el cuarto piso del Palacio Municipal, bajo el tenor siguiente: ORDEN DEL DÍA: 1. Lista de Asistencia y, en su caso, declaración del quórum legal. 2. Lectura del Orden del Día. 3. El Mtro. Víctor Manuel Estrada Garibay, Presidente Municipal Constitucional de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; por el Período 2016-2018; Rinde al Ayuntamiento Constitucional el Segundo Informe por escrito y en medio electrónico del estado que guarda la Administración Pública Municipal; y de las labores realizadas durante el Presente Ejercicio, de conformidad con lo previsto por los artículos 128 fracción VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; y 17 y 48 fracción XV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. 4. Clausura de la sesión.

13 Con la rendición del Segundo Informe por escrito y en medio electrónico del estado que guarda la Administración Pública Municipal; y de las labores realizadas durante el Presente Ejercicio, el Presidente Municipal Constitucional de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, cumple con los objetivos, misión, visión, estrategias y líneas de acción plasmadas en el Plan de Desarrollo Municipal 2016-2018 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. Fundan lo anterior lo dispuesto por los siguientes: El artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre; Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal. Los artículos 113, 116 primer párrafo, 122 primer párrafo, 123; y 128 fracciones I, II, III y VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, establecen que cada municipio será gobernado por un ayuntamiento con la competencia que le otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente Constitución y las leyes que de ellas emanen; los ayuntamientos serán asamblea deliberante y tendrán autoridad y competencia propias en los asuntos que se sometan a su decisión, que los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, desempeñarán facultades normativas, para el régimen de gobierno y administración del Municipio, así como funciones de inspección, concernientes al cumplimiento de las disposiciones de observancia general aplicables; que dentro de las atribuciones de los presidentes municipales, están entre otras las de presidir las sesiones de sus ayuntamientos, ejecutar las decisiones de los ayuntamientos e informar de su cumplimiento; cumplir y hacer cumplir dentro del municipio, las leyes federales y del Estado y todas las disposiciones que expidan los mismos ayuntamientos; y rendir al ayuntamiento en sesión solemne de cabildo, dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de diciembre de cada año, un informe por escrito y en medio electrónico del estado que guarda la administración pública municipal y de las labores realizadas durante el ejercicio. Los artículos 3, 17, 27 primer párrafo, 28 primero y tercer párrafo, 30 primer párrafo, 31 fracciones I y XXXIX; 48 fracciones I, II, V y XV y XVI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establecen que los municipios del Estado regularán su funcionamiento de conformidad con lo que establece esta ley, los Bandos municipales, reglamentos y demás disposiciones legales aplicables; que dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de diciembre de cada año, el ayuntamiento se constituirá solemnemente en cabildo, a efecto de que el presidente municipal rinda un informe por escrito y en medio electrónico del estado que guarda la administración pública municipal y de las labores realizadas durante el ejercicio. Dicho informe se publicará en la página oficial, en la Gaceta Municipal y en los estrados de la Secretaría del ayuntamiento para su consulta; que los Ayuntamientos como órganos deliberantes deberán resolver colegiadamente los asuntos de su competencia; que los ayuntamientos sesionarán cuando menos una vez cada ocho días o cuantas veces sea necesario en asuntos de urgente resolución, a petición de la mayoría de sus miembros y podrán declararse en sesión permanente cuando la importancia del asunto lo requiera; que las sesiones de los ayuntamientos se celebrarán en la sala de cabildos; y cuando la solemnidad del caso lo requiera, en el recinto previamente declarado oficial para tal efecto; que las sesiones del ayuntamiento serán presididas por el presidente municipal o por quien lo sustituya legalmente; que dentro de las atribuciones del ayuntamiento están las de expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de

14 observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general para el cumplimiento de sus atribuciones; así como promover en la esfera de su competencia lo necesario para el mejor desempeño de sus funciones; que el presidente municipal tiene entre sus atribuciones las de presidir y dirigir las sesiones del ayuntamiento; ejecutar los acuerdos del ayuntamiento e informar su cumplimiento, convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias a los integrantes del ayuntamiento; entregar por escrito y en medio electrónico al ayuntamiento, dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de diciembre de cada año, en sesión solemne de cabildo, un informe del estado que guarda la administración pública municipal y de las labores realizadas durante el ejercicio. Dicho informe se publicará en la página oficial, en la Gaceta Municipal y en los estrados de la Secretaría del ayuntamiento para su consulta; así como cumplir y hacer cumplir dentro de su competencia, las disposiciones contenidas en las leyes y reglamentos federales, estatales y municipales. Los artículos 27, 30 primer párrafo; 31, 32, 33, 35 del Bando Municipal 2017 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, prevén que el Gobierno del Municipio está depositado en un cuerpo colegiado denominado Ayuntamiento, y la ejecución de sus acuerdos corresponderá a la o el Presidente Municipal; que para el cumplimiento de sus funciones la o el Presidente Municipal se auxiliará de las demás personas que integran el Ayuntamiento; que las sesiones del Ayuntamiento se celebrarán en el Recinto Oficial denominado Salón de Cabildos, ubicado en el Palacio Municipal; que el Ayuntamiento sesionará por lo menos una vez cada ocho días cuantas veces sea necesario en asuntos de urgente resolución; que las sesiones del Ayuntamiento serán ordinarias o extraordinarias, públicas o abiertas, resolutivas o solemnes, su desarrollo se sujetará a lo establecido en la Ley Orgánica y en las disposiciones reglamentarias aplicables; que la o el Presidente Municipal podrá expedir los acuerdos y ejecutar las acciones necesarias para el buen funcionamiento de la Administración Pública Municipal recabando la autorización del Ayuntamiento, cuando proceda, en términos de Ley. Los artículos 7, 8, 9, 10, 15, 20, 21, 26, 29, 30, 42, 43 primer párrafo, y 78 fracciones II, III, X y XIX del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; y de sus Comisiones, por el Período 2016-2018, prevén que, la o el Presidente Municipal convocará a sesión del Ayuntamiento, correspondiendo a la o el Secretario, emitir el citatorio respectivo para su celebración, debiendo notificar a los integrantes del Ayuntamiento en términos del presente reglamento; que la o el Secretario, al citar a sesión del Ayuntamiento, acompañará a la convocatoria el soporte documental en que se sustenten los puntos contenidos en el Orden del Día; que la convocatoria que se emita para celebrar sesiones del ayuntamiento deberá indicar lugar, día, hora, clasificación de la sesión y orden del día, anexando, en su caso, copia del acta de la sesión anterior y soporte documental, tratándose de sesiones ordinarias; que las sesiones ordinarias se convocarán mediante citatorio, con al menos veinticuatro horas de anticipación y por escrito; que las Sesiones del Ayuntamiento se celebrarán en el recinto oficial denominado Salón de Cabildos, ubicado en el Palacio Municipal; que las sesiones del Ayuntamiento se clasifican por su Carácter, en ordinarias y extraordinarias; Tipo, en públicas y abiertas; y Régimen, en resolutivas y solemnes; que son sesiones ordinarias aquellas que se ocupen del análisis, discusión y resolución de los asuntos turnados a las Comisiones del Ayuntamiento y demás asuntos, autorizaciones o acuerdos que sean competencia del Ayuntamiento; que el Ayuntamiento sesionará por lo menos una vez cada ocho días, con carácter ordinario; que son sesiones solemnes aquellas en las que la o el Presidente Municipal entrega el Informe del Estado que guarda la Administración Pública Municipal y de las labores realizadas durante el ejercicio, así como en aquellos casos señalados por disposición de ley. En tales sesiones se observará un protocolo especial y no se incluirán asuntos generales. Que en las sesiones solemnes sólo podrán tratarse los asuntos que hayan sido incluidos y aprobados previamente en el Orden del Día y únicamente podrán intervenir los oradores que hayan sido designados en sesión previa; que las sesiones del Ayuntamiento serán presididas por la o el Presidente Municipal o por quien legalmente lo sustituya, en términos de la Ley Orgánica Municipal; que las sesiones del Ayuntamiento se desarrollarán en estricto apego al Orden del Día; que la o el Presidente Municipal, convocará a sesiones del Ayuntamiento,

15 teniendo entre otras atribuciones presidir y dirigir las sesiones del Ayuntamiento; proponer puntos de acuerdo; someter a consideración los asuntos del Orden del Día; así como las demás que le señalen las leyes y reglamentos aplicables. Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, se somete a consideración del Ayuntamiento, la aprobación del siguiente: A C U E R D O: PRIMERO.- SE APRUEBA DEL ORDEN DEL DÍA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO, CON CARÁCTER DE ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA Y DE RÉGIMEN SOLEMNE, CORRESPONDIENTE, QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 04 DE DICIEMBRE DE 2017, A LAS 12:00 HORAS, EN EL SALÓN DE CABILDOS, RECINTO OFICIAL DE LAS SESIONES DEL AYUNTAMIENTO, SITO EN EL CUARTO PISO DEL PALACIO MUNICIPAL, EN LA QUE EL MTRO. VÍCTOR MANUEL ESTRADA GARIBAY, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO; POR EL PERÍODO 2016-2018; RENDIRÁ AL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL EL SEGUNDO INFORME, POR ESCRITO Y EN MEDIO ELECTRÓNICO, DEL ESTADO QUE GUARDA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL; Y DE LAS LABORES REALIZADAS DURANTE EL PRESENTE EJERCICIO, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR LOS ARTÍCULOS 128 FRACCIÓN VI DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; Y 17 Y 48 FRACCIÓN XV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO, BAJO EL TENOR SIGUIENTE: ORDEN DEL DÍA: 1. Lista de Asistencia y, en su caso, declaración del quórum legal. 2. Lectura del Orden del Día. 3. El Mtro. Víctor Manuel Estrada Garibay, Presidente Municipal Constitucional de Cuautitlán Izcalli, Estado de México; por el Período 2016-2018; Rinde al Ayuntamiento Constitucional el Segundo Informe por escrito y en medio electrónico del estado que guarda la Administración Pública Municipal; y de las labores realizadas durante el Presente Ejercicio, de conformidad con lo previsto por los artículos 128 fracción VI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; y 17 y 48 fracción XV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. 4. Clausura de la sesión. SEGUNDO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA MUNICIPAL, PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL. TERCERO.- UNA VEZ RENDIDO EL SEGUNDO INFORME, MATERIA DEL ORDEN DEL DÍA APROBADO EN EL NUMERAL PRIMERO DEL PRESENTE ACUERDO, INSTRÚYASE AL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, LLEVAR A CABO LA PUBLICACIÓN DEL MISMO, EN LOS ESTRADOS DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO, PARA SU CONSULTA. CUARTO.- UNA VEZ RENDIDO EL SEGUNDO INFORME, MATERIA DEL ORDEN DEL DÍA APROBADO EN EL NUMERAL PRIMERO DEL PRESENTE ACUERDO, INSTRÚYASE AL COORDINADOR GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL A FIN DE QUE LLEVE A CABO LA PUBLICACIÓN DEL MISMO EN LA PÁGINA WEB DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI: www.cuautitlanizcalli.gob.mx.