PLAN DE TRABAJO COMISIÓN DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL

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Transcripción:

PLAN DE TRABAJO COMISIÓN DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL

La actividad que por excelencia dignifica al ser humano es el Trabajo. Alrededor del mismo circunda el contexto de las familias no sólo en México sino todo el mundo. El trabajo determina el ingreso familiar, la calidad de vida y el acceso a los satisfactores esenciales de las necesidades personales y sociales. Es el principal motor de la dinámica económica en nuestro país. Históricamente se ha significado también como el impulsor de diversos cambios en las estructuras sociales, generando movimientos sindicales y laboristas que han impactado la vida diaria de nuestro país y estado. Dentro de la división de poderes que enmarca nuestro actuar institucional y político como parte de una comunidad nacional y federal, asistimos a la conformación de una Legislatura Local, misma que para brindar los resultados esperados por sus representados, dentro de un marco normativo interno, divide las obligaciones del Pleno del Congreso en Comisiones para su mejor atención. La representación popular requiere del esfuerzo colegiado de los Diputados para lograr mejores condiciones de vida para los mexicanos y en especial para los poblanos. Para conseguir dicho fin es imprescindible enarbolar un esquema de trabajo planificado, que responda en todo momento a la alta exigencia popular por tener resultados que impacten en un mejor nivel de vida para todos. Es por eso que esta Presidencia propone mediante esta propuesta realizar un trabajo con criterios de eficiencia y alta precisión, con los cuales se espera dar cauce a los documentos de carácter legislativo remitidos a la misma, aprovechando aquellos que abonen a la consolidación de un marco jurídico e impulsen el fortalecimiento de políticas públicas para bien de las condiciones de trabajo y de previsión social de los poblanos. Para ello es pertinente citar el marco jurídico que regula el actuar de esta Comisión, los objetivos generales y específicos que se pretenden conseguir, así como las líneas de acción para lograr un mejor desempeño de la Comisión. 1

MARCO JURÍDICO Los ordenamientos legales aplicables de la naturaleza jurídica de los trabajos de la Comisión son los que a continuación se señalan: LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA ARTÍCULO 102 Para el mejor cumplimiento de sus responsabilidades el Congreso se organiza en Comisiones. Éstas, por sus funciones y competencias, se dividen en Generales y Transitorias. ARTÍCULO 119 Son Comisiones Generales las que tienen como función analizar y discutir las determinaciones turnadas por la Mesa Directiva o la Comisión Permanente, para elaborar los Dictámenes con Minuta de Decreto o resoluciones procedentes. ARTÍCULO 121 Las Comisiones Generales están integradas hasta por siete Diputados, de los cuales uno fungirá como Presidente, otro como Secretario y los restantes como es, con las atribuciones establecidas en la Sección Primera del presente Capítulo. ARTÍCULO 123 Las Comisiones Generales tendrán la competencia por materia derivada de su propia denominación, así como la que el Pleno le asigne mediante acuerdo. Las Comisiones Generales son las siguientes: XI.- Trabajo, Competitividad y Previsión Social; 2

REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA ARTÍCULO 45 Para el despacho de los asuntos que le corresponde conocer al Congreso, se nombrarán Comisiones Generales, las cuales analizarán, estudiarán, examinarán, dictaminarán y resolverán las determinaciones que para el efecto se les turnen, disponiendo de los recursos necesarios para el desempeño de sus funciones. ARTÍCULO 46 Las Comisiones Generales, dentro de su ámbito de competencia, estudiarán, analizarán y dictaminarán las iniciativas que les sean turnadas, debiendo participar en las discusiones que al efecto realice el Pleno del Congreso del Estado, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento y en la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla. ARTÍCULO 48 La competencia de las Comisiones Generales se deriva de su propia denominación, en correspondencia a las respectivas áreas de la Administración Pública Estatal y Municipal, de manera enunciativa más no limitativa conocerán de: XI.- TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL FACULTAD LEGAL a) Actualizar el marco normativo en materia laboral, de previsión y seguridad social, de las que sean competencia del Estado; b) Proponer adecuaciones a la legislación en el ámbito laboral y competencia estatal; c) Coadyuvar con las instancias correspondientes en la generación de empleos; y d) Las demás que le confiera este Reglamento, las Leyes aplicables o le asigne la Mesa Directiva, la Comisión Permanente o la Junta de Gobierno y Coordinación Política. 3

INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN La del Honorable Congreso del Estado de Puebla, según acuerdo del pleno de fecha 31 de Enero de 2014, quedó integrada de la siguiente forma: DIPUTADO CARGO PARTIDO Leobardo Soto Martínez Presidente Lizeth Sánchez García Secretario Francisco Mota Quiroz Pablo Rodríguez Regordosa Víctor Manuel Giorgana Jiménez Carlos Martínez Amador Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado 4

MISIÓN Legislar sobre las políticas públicas y mecanismos de carácter legal que le permitan el ejercicio pleno de sus atribuciones, obligaciones y derechos laborales en materia del Trabajo y Competitividad y Previsión Social, para el beneficio de los poblanos en general. Establecer el vínculo con los ciudadanos de los diferentes sectores para que nuestro quehacer este apegado a su realidad y a sus justas demandas. VISIÓN Ser una Comisión plural, incluyente, con contacto directo con la sociedad poblana en sus diferentes sectores, a fin de que en el periodo 2014-2018 se actualicen, estudien y dictaminen los asuntos turnados de manera expedita, eficiente, eficaz, en beneficio de los trabajadores de nuestro Estado. OBJETIVOS GENERALES Realizar la actualización permanente, sistemática, oportuna y pertinente del marco jurídico estatal en el ámbito laboral, de competitividad y previsión social, legislando disposiciones que permitan a nuestra entidad estar a la vanguardia en materia legal en comparación con los estados de la república mexicana, incluyendo también el ámbito internacional. Además, posicionar el marco jurídico poblano en la materia laboral, de competitividad y de previsión social como punta de lanza, aunado a la aplicación de estrategias y acciones, que permita a los diferentes sectores de la población inmersos en el ámbito productivo. Dar seguimiento a los trabajos de la LIX Legislatura, dotar de herramientas estadísticas que permitan elaborar un diagnóstico de los alcances de la problemática en el sector de los trabajadores formales e informales, así como su problemática; para fortalecer el marco jurídico vinculados con el trabajo, los derechos y obligaciones de los trabajadores, así como el fortalecimiento al desarrollo de sus capacidades así como su acercamiento a las innovaciones tecnológicas. 5

OBJETIVOS ESPECÍFICOS o Celebrar sesiones cuando menos una vez al mes, o según la trascendencia de los asuntos que así lo ameriten. o Revisión y adecuación del marco jurídico local para que garantice la democratización en el acceso a los bienes y servicios de Trabajo. o Revisión anual de avances y en su caso actualización de la Agenda Legislativa 2014-2018 en lo que corresponda a esta Comisión. o Trabajo coordinado entre las Comisiones Generales o Especiales en temas afines, que permita una visión y legislación integral en materia de Trabajo. o Fiscalizar el proyecto y ejercicio presupuestario de Trabajo. o Vinculación institucional a través de mecanismos de interlocución con los distintos órdenes de gobierno en materia de Trabajo; así como de carácter social, con organismos estatal, nacional e internacionales y sector académico que fomenten el desarrollo cultural en Puebla. MARCO JURIDICO Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla Ley Orgánica Municipal Ley de los Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento del Municipio de Puebla Ley Federal del Trabajo Ley Orgánica del Trabajo Ley de Trabajadores al Servicio del Estado Ley de Trabajadores del Estado de Puebla Otras leyes relacionadas 6

REVSIÓN DE LAS INICITAIVAS EN TRÁMITE DE LA LVIII LEGISLATURA o Dictaminar iniciativas de ley, seguimiento a puntos de acuerdo o pronunciamientos sobre trabajo, competitividad y previsión social, de la LVIII Legislatura. CALENDARIO DE LA COMISIÓN El dispositivo legal 46 del Reglamento Interior del H. Congreso del Estado, establece que la Comisión dentro de su ámbito de competencia, estudiará, analizará y dictaminará las iniciativas que le sean turnadas, para lo cual deberá sesionar cuando menos una vez al mes de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo. Por lo que se propone que las reuniones de esta Comisión sean el tercer lunes de cada mes de las 11:00 a las 13:00 horas. MES DIA Abril 21 Mayo 19 Junio 16 Julio 21 Agosto 25 Septiembre 15 Octubre 20 Noviembre 18 Diciembre 12 7