NORMATIVA DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO 1. INTRODUCCIÓN 2. USUARIOS 3. MATERIALES 4. RÉGIMEN DE PRÉSTAMO 5. CARACTERÍSTICAS DE LAS OPERACIONES ASOCIADAS AL PRÉSTAMO: 5.1 RESERVAS 5.2 RENOVACIONES 5.3 SANCIONES 1. INTRODUCCIÓN Todas las Bibliotecas de la Universidad Miguel Hernández de Elche (en adelante UMH), ofrecerán servicio de préstamo a los usuarios definidos en el apartado 2. Este Servicio se regirá por las normas aquí descritas y garantizara un acceso equitativo a todos los usuarios. Esta normativa tiene como principal objetivo, ofrecer la máxima difusión del fondo bibliográfico y documental perteneciente a la UMH y mantener el buen estado de conservación de este fondo. El préstamo, de los fondos bibliográficos y documentales que pertenecen a la UMH, podrá realizarse desde cualquiera de las Bibliotecas, independientemente de la ubicación del documento y/o del usuario. Del mismo modo, la devolución de los documentos prestados, podrá realizarse en cualquiera de las Bibliotecas de la UMH. El usuario debe tener en cuenta, cuando el documento solicitado esté ubicado en otro Campus, que éste no podrá estar disponible antes de 24 horas, debido al tiempo requerido para el envío desde la Biblioteca depositaria. SERVICIO DE BIBLIOTECAS UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
2. USUARIOS 2.1 SON USUARIOS DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO: Miembros de la Comunidad Universitaria: Personal docente e investigador de la UMH y de los Centros adscritos a la UMH Personal docente e investigador en calidad de Visitante. Becarios de Investigación y Estudiantes de postgrado. Contratados de Investigación (no PDI) Estudiantes de Grado de la UMH y de los Centros adscritos a la UMH Estudiantes de Grado provenientes de otras Universidades, cuya estancia en la UMH está motivada por algún tipo de Beca o programa reglado. Estudiantes de la Universidad de la Experiencia Miembros de la asociación de Antiguos Alumnos Personal de Administración y Servicios de la UMH Miembros de Organismos, Instituciones, Colegios Oficiales y Asociaciones acogidos a convenios o programas de colaboración con la UMH. Personas que formen parte de programas de colaboración y proyectos culturales de la UMH Personas no incluidas en ninguno de los apartados anteriores que sean avaladas temporalmente y por escrito por un profesor numerario de la UMH. 2.2 DENOMINACIÓN DE USUARIOS EN EL PROGRAMA DE GESTIÓN BIBLIOTECARIA UNICORN PDI-1 Personal Docente e Investigador de la UMH a tiempo completo (Catedráticos, Titulares, Contratados Laborales, Asociados e Investigadores del CSIC) y PAS Directores de Servicio. PDI-2.- Personal Docente e Investigador de la UMH a tiempo parcial (Profesores Asociados, Ayudantes, Contratados, etc.) ESTUDIANTE PG.- Estudiantes de Master oficial, Postgrado (Master, experto y especialista), Alumnos de doctorado, Becarios de investigación. ESTUDIANTE G.- Estudiantes de Grado, estudiantes de la Universidad de la Experiencia 2
PAS.- Personal de Administración y Servicios EXTERNO.- Estudiantes de intercambio, Egresados, Antiguos Alumnos inscritos en la Oficina de Antiguos Alumnos, Personas avaladas temporalmente por un profesor numerario de la UMH 2.3 IDENTIFICACIÓN DE LOS USUARIOS: Todos los usuarios deberán identificarse cada vez que utilicen el Servicio de préstamo. Para ello, presentarán la tarjeta universitaria de la UMH o DNI, excepto los usuarios externos que presentaran acreditación suficiente en los términos que requiera el servicio. 2.4 OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS: Todos los usuarios del Servicio de Bibliotecas están obligados a cumplir con las condiciones de uso del servicio y sus normas de funcionamiento y, en concreto a:! Cumplir con los trámites reglamentariamente establecidos para retirar el material bibliográfico y documental.! Devolver las obras prestadas en los plazos fijados! Respetar la integridad y conservación de los documentos y del material bibliográfico y documental. 3. MATERIALES Los documentos que forman parte del fondo bibliográfico y documental de la UMH son gestionados por el Servicio de Bibliotecas. Todos los documentos son objeto de préstamo, EXCEPTO los que se describen a continuación. Estos podrán ser prestados en condiciones excepcionales y consultados solo en las Bibliotecas, o en las dependencias adecuadas según las características de cada documento. Publicaciones periódicas, ya sean en formato papel, CD-ROM o Microforma. Obras de Referencias: enciclopedias, diccionarios, anuarios, etc., ubicados en la Biblioteca Obras de carácter singular: fondo antiguo, documentos de trabajo, estadísticas, mapas, microformas, material audiovisual, diapositivas, videos, etc. Tesis, tesinas, trabajos y proyectos fin de carrera, practicum y cualquier obra inédita con excepción de aquellas cuyo autores autoricen el préstamo. 3
Documentos que el responsable de la Biblioteca de cada Campus considere no prestables por sus especiales características. 3.1 IDENTIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS Con independientemente de su naturaleza, todos los materiales están clasificados según el tipo de consulta y/o usuarios al que vayan destinados, en algunos de los siguientes apartados: CORTO Documentos básicos para la docencia que tienen un periodo de préstamo breve. LARGO Documentos no considerados básicos para la docencia que, en consecuencia tienen un periodo de préstamo mas dilatado. SOLO-SALA - Documentos cuya consulta sólo está permitida en la Biblioteca y bajo las condiciones que establezca la misma. LIBREACCES - Documentos de libre acceso excluidos del préstamo. FIN-SEMANA - Documentos que solo serán prestados durante el fin de semana. PREFERENTE - Documentos adquiridos con cargo a Departamentos, Centros, Servicios, Proyectos o Contratos de Investigación o subvenciones externas específicas. Estos documentos tendrán, durante 5 años, unas condiciones preferentes de préstamo para el responsable de la adquisición. Al finalizar el periodo de préstamo inicial pasará a la categoría de Corto o Largo según convenga. Los documentos preferentes que hayan superado un periodo de préstamo de 3 años podrán ser solicitados por el personal de la Biblioteca cuando otro usuario los requiera en préstamo. El usuario tendrá un plazo máximo de 7 días para devolver el documento a la Biblioteca, y esta lo reintegrará al prestatario inicial en el plazo de 7 días. En el caso de que la persona a la que se le requiera un documento, para su uso por otro usuario, no pueda prescindir de ella durante el citado periodo, deberá designar otra fecha para poder hacer efectiva tal devolución. 4
4. REGIMEN DE PRÉSTAMO 4.1 PDI-1 Nº de total de documentos que pueden tener prestados: 50 CORTO: 15 días LARGO: 1 mes PREFERENTE: Hasta 5 años 4.2 PDI-2 Nº de total de documentos que pueden tener prestados: 15 CORTO: 15 días LARGO: 1 mes PREFERENTE: Hasta 5 años 4.3 ESTUDIANTES PG Nº de total de documentos que pueden tener prestados: 5 CORTO: 2 días LARGO: 2 semanas 4.4 ESTUDIANTES G y PAS Nº de total de documentos que pueden tener prestados: 2 CORTO :2 días LARGO: 7 días 4.5 EXTERNOS Nº de total de documentos que pueden tener prestados: 2 CORTO: 2 días LARGO: 2 días Todos los prestamos podrán ser renovados por un periodo igual siempre que no tengan reservas pendientes. 5
La situación de los préstamos, devoluciones, reservas, sanciones, etc...se puede consultar a través del WEBCAT, dentro del apartado de SERVICIOS AL USUARIO, en la opción de consultar ficha de usuario. 5. CARACTERÍSTICAS DE LAS OPERACIONES ASOCIADAS AL PRÉSTAMO: Reservas, Renovaciones, Sanciones 5.1 RESERVAS Todos los documentos que se prestan pueden ser reservados por los usuarios, siempre y cuando no exista alguna copia disponible en alguna de las Bibliotecas de la UMH. El número máximo de reservas por usuario será igual al número de documentos que ese usuario puede tener en préstamo. El usuario puede comprobar el estado de su reserva en el WEBCAT; no obstante, la Biblioteca comunicará la disponibilidad de la reserva al interesado. El plazo de recogida de la reserva será de un día. El usuario deberá cancelar la reserva cuando ya no precise el documento. 5.2 RENOVACIONES Los documentos que pueden ser renovados, lo serán por el mismo periodo por el que fueron prestados, siempre que no existan reservas pendientes y no haya expirado el periodo de préstamo. 5.3 SANCIONES POR PRESTAMO El incumplimiento de los plazos de devolución de las obras se sancionara con la suspensión del servicio de préstamo. La duración de la medida se determinará de acuerdo con el principio de proporcionalidad, atendiendo a la intención, la naturaleza de los perjuicios ocasionados, la reincidencia, si bien la medida más habitual será la imposibilidad de utilizar el servicio de préstamo durante tres días por cada obra y día de retraso en la devolución. La suspensión del servicio de préstamo, en caso de incumplimiento de plazos de devolución, podrá ser superior a un año e incluso suponer la exclusión del servicio con carácter indefinido 6
POR RESERVA La Biblioteca podrá sancionar a un usuario con la suspensión temporal del servicio de préstamo, cuando éste reserve de manera reiterada o indebida documentos que no retire posteriormente, siempre que no haya cancelado a tiempo sus reservas. POR PERDIDA O DESTRUCCIÓN En caso de perdida, destrucción parcial o total, o de no devolución de la obra prestada, el usuario tendrá que sustituirla por otro ejemplar de la misma edición y las mismas características. Si la obra que se ha de devolver estuviera agotada, tendrá que adquirir otra de características similares, a propuesta de la Biblioteca. Hasta que esto no se cumpla, el usuario quedará excluido del servicio de préstamo. POR HURTO O INTENTO DE HURTO El intento de robo de libros u otros documentos de la Biblioteca será sancionado con la suspensión del Carné y la restricción de uso de cualquiera de los servicios de las Bibliotecas de la UMH, incluida la entrada en sala. En caso de sonar la alarma, el personal de la Biblioteca podrá requerir mostrar el contenido de sus efectos personales. Todas las incidencias se pondrán en conocimiento de la Dirección de la Biblioteca, la cuál remitirá un informe al Presidente de la Comisión de Bibliotecas, para que actúe en consecuencia. Las infracciones graves podrán ser motivo de expulsión de la Biblioteca. Las medidas anteriormente expuestas serán de aplicación sin perjuicio de las acciones disciplinarias, civiles o penales que correspondan según los Estatutos de la UMH y la legislación vigente. 7