UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Biblioteca Universitaria REGLAMENTO DE PRÉSTAMO
|
|
- Felisa Franco de la Cruz
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Biblioteca Universitaria REGLAMENTO DE PRÉSTAMO Aprobado por la Comisión de Coordinación de la Biblioteca Universitaria, presidida por el Excmo. y Magfco. Rector de la ULPGC, el 21 de octubre de Modificado a 10 de marzo de 2010 con disposiciones relativas a alumnado con discapacidad. Modificado a 27 de junio de 2011 con la incorporación de disposiciones relativas al préstamo de lectores de libros-e, con la incorporación de la obligatoriedad para el alumnado de nuevo ingreso de la sesión de formación básica y la ampliación del derecho al servicio de préstamo al conjunto de la ciudadanía de Canarias. Modificado a 19 de julio de 2011 con la limitación de la renovación en línea de lectores de libros-e en periodos de préstamo especial. Modificado a 20 de abril de 2012 con la limitación del préstamo a usuarios externos de los manuales incluidos en los proyectos docentes de los diferentes grados. Modificado el 24 de julio de 2012 con la limitación del servicio a los residentes en la provincia de Las Palmas y otras disposiciones relativas a usuarios externos. Modificado el 1 de septiembre de 2014 con la ampliación del número de documentos en préstamo.
2 2 - Biblioteca Universitaria. Reglamento de préstamo. 1.PRÉSTAMO DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO El objetivo del préstamo es facilitar la consulta de los fondos bibliográficos de la Biblioteca, independientemente del presupuesto con el que éstos hayan sido adquiridos, fuera de sus locales. Este reglamento tiene como finalidad asegurar la disponibilidad y la conservación de la colección de la Biblioteca con las máximas garantías, dando a la misma el mayor rendimiento y priorizando la posibilidad de su uso por la comunidad universitaria, posibilitando también el acceso a la misma de cualquier ciudadano que lo precise, en razón de la necesaria apertura de la Universidad a su entorno social y en aras de la cooperación científica. 1. Definición Obtener en préstamo un documento de la colección de la Biblioteca implica sacarlo de sus locales, hacerse cargo por un periodo de tiempo determinado de su conservación y devolverlo dentro del plazo establecido. 2. Usuarios Para poder hacer uso del servicio de préstamo se deberá estar en posesión de la tarjeta universitaria de la ULPGC o de la tarjeta de lector expedida por la propia Biblioteca. Los alumnos de nuevo ingreso tendrán que haber realizado la sesión de formación básica ofertada por la Biblioteca en cualquiera de sus versiones, presencial o a través del Campus virtual. Las siguientes categorías de usuarios tendrán derecho a dicho servicio: La comunidad universitaria en su totalidad. Las personas mayores de edad, residentes en la provincia de Las Palmas, que manifiesten su interés en la utilización de la colección. 3. Niveles de Préstamo A. Personal docente e investigador de la ULPGC. B. Estudiantes de postgrado, personal investigador en formación, y personal de administración y servicios de la ULPGC. C. Estudiantes de grado de la ULPGC. D. Cualquier persona, mayor de edad, residente en la provincia de Las Palmas, que manifieste su interés en la utilización de la colección. 4. Condiciones y duración del préstamo Préstamo ordinario Los usuarios de tipo A podrán tener en préstamo hasta 45 documentos durante un curso académico.
3 Biblioteca Universitaria. Reglamento de préstamo 3 Los usuarios de tipo B podrán llevarse en préstamo 20 documentos durante 30 días, salvo en el caso de los ejemplares de préstamo restringido cuyo préstamo será de 7 días. Los usuarios de tipo C podrán tener en préstamo 10 documentos durante un periodo de 7 días. Los usuarios de tipo D podrán tener en préstamo 2 documentos durante un periodo de 7 días, exceptuando aquellos manuales incluidos en los proyectos docentes de los diferentes grados. Préstamo restringido Los usuarios tipo A, B y C podrán tener hasta 5 documentos de préstamo restringido durante 7 días, no renovable. Los usuarios tipo D podrán disponer de 2 documentos de préstamo restringido durante 7 días, no renovable. Préstamos de Fin de Semana Cualquier usuario, salvo los de tipo D, podrá llevarse en préstamo durante los fines de semana o días en que esté cerrada la biblioteca, un máximo de 3 obras de las consideradas de préstamo de fin de semana, pero deberá devolverlas antes de las 10 horas del primer día lectivo. El responsable de cada Biblioteca Temática determinará cuales son las obras sujetas a este tipo de préstamo. Préstamo para la docencia Los usuarios tipo A podrán disponer de los documentos necesarios para su uso en el aula en concepto de préstamo para la docencia. La duración máxima de este préstamo será de 24 horas, bajo la responsabilidad del docente. Proyectos de Investigación Los fondos bibliográficos adquiridos con cargo a proyectos de investigación tendrán unas condiciones preferentes de préstamo para el investigador responsable del proyecto y el resto del equipo. Se añadirán un total de 15 ejemplares más de la modalidad "Proyectos de Investigación" al cómputo total de los libros prestables por profesor. Estas condiciones preferentes tendrán una vigencia de 3 años. Periodos especiales de préstamo Durante las vacaciones de Navidad y Verano los préstamos tendrán una duración más amplia, aplicándose a todas las tipologías de usuarios, excepto a los usuarios tipo D, que mantendrán el periodo de préstamo ordinario.
4 4 - Biblioteca Universitaria. Reglamento de préstamo. 5. Renovaciones Las renovaciones se podrán realizar de forma presencial o a través de la página Web del catálogo de la Biblioteca, siempre y cuando las obras en préstamo no estén reservadas por otro usuario, sean documentos de préstamo restringido o de préstamo fin de semana. Una vez efectuadas las renovaciones permitidas, si el usuario sigue interesado en continuar disponiendo del documento y éste no ha sido objeto de reserva por parte de otro usuario, puede volver a disponer de él formalizando un nuevo préstamo. Los usuarios tipo A tendrán derecho a 1 renovación anual. Si transcurridos 30 días de la fecha de préstamo, el documento fuera solicitado por otro usuario éste deberá ser devuelto en el plazo de 3 días. La no devolución supondrá la suspensión del servicio de préstamo hasta el momento en que aquélla se haga efectiva. Los usuarios tipos B y C tendrán derecho a un máximo de 7 renovaciones. Los usuarios tipo D tendrán derecho a 1 renovación. 6. Reservas Si un usuario necesitara disponer de un documento que estuviera prestado en ese momento, podrá realizar una reserva sobre el mismo, autorizándose hasta un máximo de 5 reservas simultáneas. Las reservas se podrán realizar de forma presencial o a través de la página Web del catálogo de la Biblioteca. El personal de la Biblioteca realizará un único aviso al interesado cuando el documento esté disponible; a partir de ese momento las reservas se mantendrán activas 2 días hábiles más y, transcurrido ese plazo, los libros serán ofrecidos al siguiente usuario de la lista de reservas o reintegrados a las estanterías. 7. Documentos objeto de préstamo En principio, todo el material bibliográfico de la ULPGC puede ser prestado, con las siguientes excepciones: Las obras anteriores a Las obras de referencia (enciclopedias, catálogos, bibliografías y obras afines). Las publicaciones periódicas. Los atlas, mapas, hojas sueltas y láminas. Las tesis, tesinas y proyectos de fin de carrera no publicados. Los documentos que el responsable de la Biblioteca excluya del servicio de préstamo a causa de su rareza, mal estado de conservación, dificultad de reposición, etc.
5 8. Sanciones Biblioteca Universitaria. Reglamento de préstamo 5 En caso de pérdida o deterioro, el usuario deberá reponer la obra y, si estuviera agotada, deberá adquirir otra de características similares que le será propuesta por la Biblioteca. La no reposición supondrá la pérdida del derecho al préstamo de forma definitiva, independientemente de las medidas administrativas o legales que dispongan la legislación vigente y los reglamentos universitarios. Los retrasos en la devolución serán sancionados con 3 días de suspensión por cada documento y día natural de demora a partir de la fecha de devolución. Los retrasos en la devolución de un documento de préstamo restringido serán sancionados con 5 días de suspensión por cada documento y día natural de retraso a partir de la fecha de devolución. Los retrasos en la devolución de un documento de préstamo de fin de semana serán sancionados con 10 días de suspensión por cada uno de retraso. Se considerará como un día de retraso la entrega de la obra después de las horas del primer día lectivo. Las sanciones serán acumulativas. El retraso reiterado en la devolución de las obras comportará la suspensión temporal o definitiva del préstamo. En el caso de los usuarios de nivel D se perderá el derecho al préstamo durante un año cuando se produzcan retrasos reiterados hasta un máximo de tres. En caso de acumularse sanciones por un año en dos ocasiones, la siguiente implicará la pérdida definitiva de su condición de usuario del servicio de préstamo de la Biblioteca Universitaria. 9. Compromisos El usuario se compromete a tratar bien las obras que se lleva, ya que quedan bajo su custodia, y debe devolverlas en el mismo estado en el que se las llevó. En caso de extravío, hurto o deterioro grave debe reponerlas. Se compromete también a devolverlas en el plazo señalado. La Biblioteca Universitaria se compromete a mantener la confidencialidad sobre los datos del usuario y las obras que tiene o ha tenido en préstamo. Se compromete también a ayudarle en la localización de los libros que necesita, a informarle en todas las dudas e incidencias que surjan, a procurar que los demás usuarios cumplan las normas de modo que no sea perjudicado y a atender igualitariamente a todos los usuarios.
6 6 - Biblioteca Universitaria. Reglamento de préstamo. 2.PRÉSTAMO DE ORDENADORES PORTÁTILES La Biblioteca Universitaria pone a disposición de sus usuarios un servicio de préstamo de ordenadores portátiles. Podrán hacer uso de este servicio los miembros de la Comunidad Universitaria: estudiantes, profesores, personal investigador en formación y personal de administración y servicios de la ULPGC. Los equipos retirados en préstamo se destinarán única y exclusivamente a usos y finalidades académicas ligadas a actividades de estudio e investigación. Sólo se podrá disponer de un portátil en préstamo por usuario. 1. Petición del servicio El usuario solicitará el servicio en el mostrador de préstamo de cada Biblioteca Temática o en la Mediateca del Edificio Central de la Biblioteca Universitaria, tras la obligatoria presentación del carné inteligente de la ULPGC. El usuario podrá retirar en préstamo, junto con el portátil, el material accesorio disponible. No se podrán realizar reservas, excepto en el préstamo semanal. 2. Condiciones y duración del préstamo Préstamo por horas La duración del préstamo es de 4 horas, con posibilidad de renovación si en el momento de la devolución hubiera otros equipos disponibles para el préstamo. La devolución se efectuará, en cualquier caso, una hora antes del cierre de las instalaciones de la biblioteca donde se obtuvo. La utilización del portátil podrá realizarse tanto en la Biblioteca como en cualquiera de las instalaciones universitarias que estén habilitadas con cobertura de red inalámbrica. Préstamo nocturno El usuario podrá retirar en préstamo el portátil una hora antes del cierre de la Biblioteca. La devolución tendrá que realizarla antes de las 10 horas del día siguiente. Cada biblioteca reservará entre un 20% y un 30% de los equipos disponibles para este tipo de préstamo.
7 Préstamo de fin de semana Biblioteca Universitaria. Reglamento de préstamo 7 El usuario podrá retirar en préstamo el portátil los fines de semana o días en que esté cerrada la biblioteca. El préstamo se realizará a partir de las 18 horas del día anterior al cierre. Los estudiantes del turno de mañana que no puedan desplazarse a la biblioteca a esta hora, podrán realizar el préstamo a partir de las 14 horas. Para ello, cada biblioteca reservará el 20% de los equipos. La devolución se efectuará, ineludiblemente, antes de las 10 horas del primer día lectivo en la biblioteca donde se obtuvo, salvo para los estudiantes del turno de tarde que la podrán efectuar antes de las 15 horas. Para ello, cada biblioteca reservará el 20% de los equipos. Préstamo semanal El usuario podrá retirar el portátil durante 7 días con posibilidad de realizar un máximo de 7 renovaciones a través de la web, siempre y cuando no haya sido reservado por otro usuario. Tampoco se podrán realizar renovaciones por la web en período de préstamo especial. Cada biblioteca destinará un número limitado de portátiles para esta modalidad según la disponibilidad de equipos. 3. Sanciones En caso de incumplimiento de los plazos de devolución anteriormente establecidos se aplicarán las siguientes sanciones: Para el préstamo por horas: 7 días por cada hora o fracción de retraso. Para el resto de los préstamos: 15 días por cada día de demora, que se sumarán a los acumulados el día anterior. En caso de extravío, destrucción o deterioro del ordenador portátil se adoptará la medida de suspensión del servicio de préstamo y del resto de los servicios ofrecidos por la Biblioteca Universitaria hasta la reposición del ordenador por otro de iguales características o, en su caso, reparación del daño causado. Si la reposición o, en su caso, reparación del daño causado al ordenador portátil no se llevara a cabo, el responsable de la Biblioteca prestataria dará traslado de ello a la Comisión de Biblioteca Temática correspondiente para la adopción de las medidas cautelares que se estimen pertinentes hasta su traslado a la Comisión de Coordinación de la Biblioteca Universitaria. Las anteriores medidas se adoptarán sin perjuicio de la eventual exigencia de la responsabilidad disciplinaria, civil o penal en que hubiera podido incurrir el usuario.
8 8 - Biblioteca Universitaria. Reglamento de préstamo. 4. Compromisos Los equipos deben ser devueltos encendidos, con todos sus componentes en buen estado y con el resto de los accesorios prestados para que el personal de la biblioteca compruebe, en presencia del usuario, que se encuentra en perfectas condiciones. El usuario, a la firma del recibo de préstamo, se compromete a cumplir las condiciones de préstamo establecidas por la ULPGC. El usuario es totalmente responsable del equipo prestado, de su custodia y cuidado durante el período de préstamo y comunicará cualquier anomalía o mal funcionamiento del mismo al personal de la biblioteca. El usuario no podrá manipular ni el hardware ni el software instalados en el ordenador. Los equipos disponen de un software de autorreparación de contenidos que en cada arranque garantiza la operatividad del software, por lo que se reinician con la misma configuración de arranque. Por ello, cualquier dato que no se haya guardado previamente en la unidad D o en Mis Documentos se perderá al apagar el equipo. Se recomienda la utilización de memorias de almacenamiento USB externas o de CD/DVD para poder transportar datos. La Biblioteca no proporciona dispositivos de almacenamiento de datos y no se hace responsable de la pérdida de información que pudiera producirse. El mal uso de este servicio supondrá la pérdida de la condición de usuario de la Biblioteca de la ULPGC, tomándose las medidas disciplinarias y legales oportunas.
9 Biblioteca Universitaria. Reglamento de préstamo 9 3.PRÉSTAMO DE LECTORES DE E-BOOKS La Biblioteca Universitaria pone a disposición de sus usuarios un servicio de préstamo de lectores de libros electrónicos. Podrán hacer uso de este servicio los estudiantes, profesores, personal investigador en formación y personal de administración y servicios de la ULPGC. Los equipos retirados en préstamo se destinarán única y exclusivamente a usos y finalidades académicas ligadas a actividades de estudio e investigación. Sólo se podrá disponer de un lector en préstamo por usuario. 1. Petición del servicio El usuario solicitará el servicio en el mostrador de préstamo de cada Biblioteca Temática o en la Mediateca del Edificio Central de la Biblioteca Universitaria, tras la obligatoria presentación del carné inteligente de la ULPGC. El usuario podrá retirar en préstamo, junto con el lector de e-books, la funda, el cable conector Dock y el cargador. 2. Condiciones y duración del préstamo El usuario podrá retirar el lector de e-books durante 7 días con posibilidad de realizar reservas de los dispositivos que se encuentren prestados. Se podrán realizar hasta 7 renovaciones siempre que no se encuentre reservado por otro usuario. Tampoco se podrán realizar renovaciones por la web en período de préstamo especial. 3. Sanciones En caso de incumplimiento de los plazos de devolución anteriormente establecidos se sancionará con 15 días por cada día de demora. En caso de extravío, destrucción o deterioro del lector de e-books se adoptará la medida de suspensión del servicio de préstamo y del resto de los servicios ofrecidos por la Biblioteca Universitaria hasta la reposición del dispositivo por otro de iguales características o, en su caso, reparación del daño causado. Si la reposición o, en su caso, reparación del daño causado al lector de e- books no se llevara a cabo, el responsable de la Biblioteca prestataria dará traslado de ello a la Comisión de Biblioteca Temática correspondiente para la adopción de las medidas cautelares que se estimen pertinentes hasta su traslado a la Comisión de Coordinación de la Biblioteca Universitaria. Las anteriores medidas se adoptarán sin perjuicio de la eventual exigencia de la responsabilidad disciplinaria, civil o penal en que hubiera podido incurrir el usuario.
10 10 - Biblioteca Universitaria. Reglamento de préstamo. 4. Compromisos Los equipos deben ser devueltos encendidos y operativos, con todos sus componentes en buen estado y con el resto de los accesorios prestados para que el personal de la biblioteca compruebe, en presencia del usuario, que se encuentran en perfectas condiciones. El usuario, a la firma del recibo de préstamo, se compromete a cumplir las condiciones de préstamo establecidas por la ULPGC. El usuario es totalmente responsable del equipo y accesorios prestados, de su custodia y cuidado durante el período de préstamo y comunicará cualquier anomalía o mal funcionamiento del mismo al personal de la biblioteca. El usuario no podrá manipular ni el hardware ni el software instalados en el lector de e-books. La Biblioteca no proporciona dispositivos de almacenamiento de datos y no se hace responsable de la pérdida de información que pudiera producirse. El mal uso de este servicio supondrá la pérdida de la condición de usuario de la Biblioteca de la ULPGC, tomándose las medidas disciplinarias y legales oportunas. 4.Disposiciones transitorias Disposición transitoria 1ª.- El material bibliográfico que actualmente se encuentra depositado en departamentos, secciones u otras unidades se integrará en la Biblioteca Temática correspondiente. Hasta que se produzca la centralización definitiva de dicho material, su conservación, custodia y difusión es responsabilidad del prestatario, o en su caso, del responsable de la unidad donde esté ubicado. El personal de la Biblioteca tendrá libre acceso a los fondos bibliográficos depositados en dichas unidades, pudiendo efectuar revisiones periódicas del mismo y atender a su estado de conservación. 5.Disposición adicional El presente Reglamento General de Préstamo tendrá la debida publicidad entre todos los integrantes de la Comunidad Universitaria, debiendo estar a disposición de todos los usuarios en las diferentes Bibliotecas de la Universidad
NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE TENERIFE SUS EXTENSIONES Y AULA.
NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE TENERIFE SUS EXTENSIONES Y AULA. El presente documento interno pretende regular explícitamente, el uso del acceso,
Más detallesREGLAMENTO INTERNO POR EL QUE SE REGULA EL PRÉSTAMO DE IPADS Y LA NORMATIVA DE BUENAS PRÁCTICAS SOBRE SU UTILIZACIÓN
REGLAMENTO INTERNO POR EL QUE SE REGULA EL PRÉSTAMO DE IPADS Y LA NORMATIVA DE BUENAS PRÁCTICAS SOBRE SU UTILIZACIÓN Artículo 1. Objeto Por el presente Reglamento se regula el procedimiento de préstamo
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA UNIBE
REGLAMENTO BIBLIOTECA UNIBE ARTÍCULO I DEL HORARIO Y LOS SERVICIOS A) La Biblioteca UNIBE ofrece sus servicios a la comunidad universitaria y al público en general, de lunes a viernes en horario ininterrumpido
Más detalles[1] Buonocore, Domingo. Diccionario de bibliotecología. 2 ed. aum. Buenos Aires :Marymar, p.
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA: Conjunto ordenado de reglas o preceptos que sanciona la autoridad competente de una biblioteca con el fin de regular sus servicios y los derechos y obligaciones de quienes
Más detallesReglamento Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)
Reglamento de la Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto FLACSO-Sede Académica Argentina Reglamento Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)
Más detallesNORMATIVA DE PRÉSTAMO DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO Y MATERIALES ESPECIALES DE APOYO A LA DOCENCIA, LA INVESTIGACIÓN Y EL APRENDIZAJE
NORMATIVA DE PRÉSTAMO DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO Y MATERIALES ESPECIALES DE APOYO A LA DOCENCIA, LA INVESTIGACIÓN Y EL APRENDIZAJE Aprobada en junta de centro, 19 de mayo de 2015 Introducción La Biblioteca
Más detallesCONSEJO DIRECTIVO UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SEK
CONSIDERANDO CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSIDAD INTERNACIONAL SEK QUE: es indispensable reglamentar, en la Biblioteca, el ingreso y préstamo de los libros, así como del material bibliográfico que dispone; QUE:
Más detallesArtículo 1 Podrán hacer uso de la biblioteca "Monseñor Vicente F. Zazpe":
Usuarios Artículo 1 Podrán hacer uso de la biblioteca "Monseñor Vicente F. Zazpe": Autoridades Docentes Investigadores Alumnos Personal Administrativo y Personal No Docente UCSF Miembros de la Asociación
Más detallesLos alumnos del Pregrado de la Universidad ESAN tienen acceso a los servicios y productos de la Biblioteca y Centro de información ESAN/Cendoc.
REGLAMENTO BIBLIOTECA PREGRADO ESAN/Cendoc Biblioteca y Centro de Información 2011 1. Disposiciones generales Los alumnos del Pregrado de la Universidad ESAN tienen acceso a los servicios y productos de
Más detallesGuía de Uso de la Biblioteca
Guía de Uso de la Biblioteca Noviembre 2015 1 ÍNDICE 1. Disposiciones generales 3 2. De las colecciones 4 3. De los servicios 4 4. De los usuarios 5 4.1. Deberes 7 4.2. Sanciones 8 5. Disposición final
Más detallesREGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM
REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- Art. 2.- Art. 3.- El Decano de la Facultad, el Secretario Académico y
Más detallesBIBLIOTECA CNC POLITICAS DE ACCESO A RECURSOS DIGITALES Y USO DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS
ACCESO A RECURSOS DIGITALES La asignación del Usuario/Contraseña es exclusiva para la comunidad académica del New Cambridge School. El Usuario/Contraseña asignadas, es personal, confidencial e intransferible,
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD I.- INTRODUCCION I.1.- La biblioteca de la Facultad de Ciencias de la Salud forma parte de la Biblioteca Universitaria de Málaga, y sus
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES...2 CAPÍTULO I...2 DEFINICION...2 CAPÍTULO II...2 RESPONSABILIDAD...2 CAPÍTULO III...2 FUNCIONES...2
TÍTULO I Pág DISPOSICIONES GENERALES...2 CAPÍTULO I...2 DEFINICION...2 CAPÍTULO II...2 RESPONSABILIDAD...2 CAPÍTULO III...2 FUNCIONES...2 TÍTULO II...3 DE LA BIBLIOTECA...3 CAPÍTULO I...3 SERVICIOS...3
Más detallesUNIVERSIDAD AUTONOMA DE ENTRE RIOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA VIDA Y LA SALUD REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ENTRE RIOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA VIDA Y LA SALUD REGLAMENTO DE BIBLIOTECA DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: La Biblioteca de La Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud
Más detallesNormas del Buen Uso del Laboratorio de Cómputo
Normas del Buen Uso del Laboratorio de Cómputo NORMAS DEL BUEN USO DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO Uso del laboratorio NORMAS DEL BUEN USO DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO Uso del laboratorio 1. Se permite el uso
Más detallesControlar la calidad en el servicio que se ofrece. Cuidar la integridad física del acervo bibliográfico, mobiliario y equipo.
El presente reglamento tiene como propósito presentar las normas y políticas de acceso a los servicios bibliotecarios de la Universidad Pedagógica Nacional Unidad 061 y; el comportamiento que deberán observar
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye un acervo
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA I.- Disposiciones Generales Artículo 1. La finalidad del presente Reglamento es establecer los objetivos, estructura y operación de la Biblioteca Universidad Tecnológica de San
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Disposiciones generales Artículo 1.- Sobre el Servicio La Biblioteca, es un Centro de la Universidad de Piura que depende del Rectorado y que cuenta con una estructura administrativa
Más detallesCentro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno
Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECAS
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS 1 INDICE CAPÍTULO PÁG. I.- DISPOSICIONES GENERALES 3 II.- DEL ACCESO 3 III.- DE LA DISCIPLINA 4 IV.- DE LOS PRÉSTAMOS 4 IV.- DE LOS SERVICIOS 5 V.- SANCIONES 5 TRANSITORIOS 6
Más detallesReglamento del Área de Biblioteca
I N S T I T U T O U N I V E R S I T A R I O D E C I E N C I A S D E L A S A L U D F U N D A C I Ó N H. A. B A R C E LÓ Reglamento del Área de Biblioteca I. Introducción REGLAMENTO DEL ÁREA BIBLIOTECA Art
Más detallesSon funciones básicas de la Biblioteca Pública Municipal..." de Toral de los Vados:
Nº 26 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA PUBLICA MUNICIPAL DE TORAL DE LOS VADOS. EXPOSICION DE MOTIVOS. Las competencias municipales reguladas en el presente Reglamento, además de las específicamente señaladas
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA. Con el propósito de garantizar la adecuada prestación de sus servicios el
Página 1 de 5 REGLAMENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA Con el propósito de garantizar la adecuada prestación de sus servicios el Departamento de Biblioteca de la Fundación Universitaria Navarra - UNINAVARRA-,
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REVISION: 04 HOJA 1 DE 8 REGLAMENTO DE BIBLIOTECA D-22-01 MISIÓN Brindar eficiencia en la consulta de los materiales informativos que requieren los alumnos y maestros de la Universidad Cuauhtémoc, mediante
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA PÚBLICA DE GUIJUELO
Art. 1º: Acceso REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA PÚBLICA DE GUIJUELO CAPÍTULO I: ACCESO A LA BIBLIOTECA PÚBLICA DE GUIJUELO 1. El acceso a la Biblioteca Municipal de Guijuelo
Más detallesReglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción
Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción Artículo 1 El presente reglamento se establece con la finalidad de salvaguardar el acervo bibliográfico y documental, así como
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA ROGELIO SINÁN
Articulo 1. Definición REGLAMENTO BIBLIOTECA ROGELIO SINÁN La Biblioteca Rogelio Sinán, de la Universidad Latina de Panamá, es un centro de recursos para el aprendizaje, la docencia, la investigación y
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular el uso del Área materia del mismo, y sus disposiciones regirán para todas aquellas personas que utilicen
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CONTENIDO TÍTULO I TÍTULO II TÍTULO III TÍTULO IV TÍTULO V TÍTULO VI TÍTULO VII TÍTULO VIII TÍTULO IX TÍTULO X TÍTULO XI : DISPOSICIONES GENERALES : DE LOS USUARIOS : CARNÉ DE
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento establece las normas generales de organización y operación
Más detallesLineamiento de las Salas de Cómputo de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamiento de las Salas de Cómputo de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE LAS SALAS DE CÓMPUTO DE LA FACULTAD
Más detallesGUÍA DE USO DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO DE PORTÁTILES DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA
GUÍA DE USO DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO DE PORTÁTILES DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA (Aprobada en Comisión Técnica de Biblioteca el 22 de marzo de 2007) (Aprobada en Comisión General de Biblioteca
Más detallesBIBLIOTECA MARIANO MORENO
SECRETARÍA ACADÉMICA BIBLIOTECA MARIANO MORENO REGLAMENTO Aprobado por el HCS en la Sesión 606 con fecha 26/11/2015 MISIÓN La Misión de la Biblioteca Mariano Moreno es brindar a los alumnos, docentes y
Más detallesNORMAS PARA EL USO DE LABORATORIOS DE COMPUTACIÓN i
1. JUSTIFICACION NORMAS PARA EL USO DE LABORATORIOS DE COMPUTACIÓN i La Universidad Politécnica Salesiana como parte de su infraestructura tecnológica dispone de los Laboratorios de Computación, cuyo propósito
Más detallesReglamento para el Funcionamiento y Prestación de Servicios de la Biblioteca del Tribunal Supremo de Elecciones
Reglamento para el Funcionamiento y Prestación de Servicios de la Biblioteca del Tribunal Supremo de Elecciones Sesión 10-2001 del 1 de febrero de 2001 Publicado en La Gaceta n.º 53 del 15 de marzo de
Más detallesUNIVERSIDAD CATÓLICA DE MANIZALES VICERRECTORÍA ACADÉMICA
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE MANIZALES VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA HERMANA JOSEFINA NÚÑEZ GÓMEZ CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. La presente normatividad de la Biblioteca
Más detallesREGLAMENTO PARA LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CHIAPAS.
El Dr. Jorge Luis Zuart Macias, Rector de la Universidad Politécnica de Chiapas, en ejercicio de las facultades que me confieren los Artículos20 y 23 fracciones XVIII, del Decreto que Reforma, Adiciona
Más detallesMANUAL DEL USUARIO DE LA BIBLIOTECA DEL C.A. DE LA UNED DE PONTEVEDRA
MANUAL DEL USUARIO DE LA BIBLIOTECA DEL C.A. DE LA UNED DE PONTEVEDRA Sobre la Biblioteca La Biblioteca del Centro Asociado de la UNED de Pontevedra es un centro de recursos para el aprendizaje, la docencia,
Más detallesPROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS
PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa
Más detallesUniversidad de Buenos Aires Facultad de Medicina Escuela de Salud Pública Biblioteca Prof. Dr. David Sevlever REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
Universidad de Buenos Aires Facultad de Medicina Escuela de Salud Pública Biblioteca Prof. Dr. David Sevlever REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA Cuentan con el acceso permitido a la Biblioteca, los alumnos regulares,
Más detallesFACULTAD DE TRABAJO SOCIAL REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
FACULTAD DE TRABAJO SOCIAL REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Biblioteca de Trabajo Social Reglamento La Biblioteca tiene como misión facilitar y favorecer el acceso y la difusión de los recursos de información
Más detallesUNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Biblioteca Universitaria INFORME DEL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LA CARTA DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Biblioteca Universitaria INFORME DEL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LA CARTA DE SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA UNIVERSITARIA AÑO 2005 La carta de servicios de la Biblioteca Universitaria,
Más detallesCENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL NOROESTE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL NOROESTE REGLAMENTO DE BIBLIOTECA 1 ÍNDICE INTRODUCCIÓN 3 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 4 CAPÍTULO II DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 4 CAPÍTULO III SANCIONES 5
Más detallesEL CCS Y LA ESCUELA SUPERIOR DE CIENCIAS EMPRESARIALES RESUELVEN:
Doc: OSIDS003 Rev: 6 Pág: 1 El Reglamento de Circulación y Préstamo tiene por objeto establecer las pautas que regulan el servicio de consulta y préstamo de material bibliográfico existente en la biblioteca
Más detallesReglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria
Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria PREÁMBULO La sociedad actual demanda la implantación de una nueva cultura orientada a satisfacer
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA
ÍNDICE REGLAMENTO BIBLIOTECA ÍNDICE CAPÍTULO PRIMERO... 3 Generalidades... 3 CAPÍTULO SEGUNDO... 4 De los Servicios... 4 CAPÍTULO TERCERO... 5 Del Préstamo... 5 CAPÍTULO CUARTO... 6 Devolución de material...
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA CRA basado en el PEI Institucional
Liceo Nº 1 Javiera Carrera Biblioteca CRA Marina Silva Maturana REGLAMENTO BIBLIOTECA CRA basado en el PEI Institucional TITULO I Presentación El presente reglamento tiene como objetivo establecer las
Más detalles1. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA
1. REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA Préstamo Interno: El préstamo es personal, ya que el carné es intransferible. Al solicitar el material bibliográfico para consulta en la sala o fotocopia, debe dejar el carne
Más detallesLOGÍSTICA. Sistema de Gestión de la Calidad VAF Vicerrectoría Administrativa y Financiera. PROCESO y/o SUBPROCESO: PROCEDIMIENTO:
Versión: 01 Página 1 de 6 PROCESO y/o SUBPROCESO: PROCEDIMIENTO: LOGÍSTICA CONDICIONES GENERALES Se deben cumplir los lineamientos institucionales, leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas,
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECAS
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS Panamá, julio de 2011 ÍNDICE DE CONTENIDO Página Capítulo I. Disposiciones Generales... 2 Capítulo II. Usuarios y Servicios... 4 Capítulo III. Préstamos y Consultas de Libros...
Más detallesCAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS CAPÍTULO 2 DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS
BIBLIOTECA CENTRAL REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS ART. 1º. SON USUARIOS INTERNOS DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA, LOS ALUMNOS INSCRITOS EN LA ESCUELA NACIONAL DE CIENCIAS
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN
REGLAMENTOS DE SERVICIOS DE BIBLIOTECA TITULO I DE LAS BIBLIOTECAS Art. 1º Art. 2º Art. 3º Art. 4º Las Bibliotecas son el principal depósito oficial del patrimonio bibliográfico, hemerográfico y audiovisual
Más detallesCARTA DE SERVICIOS Biblioteca Universitaria (Acorde con la Norma UNE 93200:2008)
CARTA DE SERVICIOS Biblioteca Universitaria (Acorde con la Norma UNE 93200:2008) MISIÓN, OBJETIVOS Y USUARIOS La biblioteca es un centro de recursos para el aprendizaje, la docencia, la investigación y
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECAS:
REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS: COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SINALOA CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES Artículo 1.- La biblioteca es un servicio de apoyo académico a la investigación y docencia. Constituye
Más detallesEstantería abierta. un reto de organización y una oportunidad para la investigación
Estantería abierta un reto de organización y una oportunidad para la investigación NUESTRA BIBLIOTECA Es un centro especializado de recursos de la información. Comprende: Biblioteca Central / Biblioteca
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNMSM R.R. Nº R-03 TITULO I: ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNMSM R.R. Nº 04877-R-03 TITULO I: ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL Artículo 1 La organización y funciones del Sistema de Bibliotecas
Más detallesUNIVERSIDAD DE BURGOS SERVICIO DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES
NORMATIVA DE GESTIÓN DE LAS AULAS DE INFORMÁTICA DE CENTRO UNIVERSIDAD DE BURGOS CAPÍTULO I: NORMAS GENERALES. Artículo 1º. Definiciones. 1. Se define Aula de Informática de Centro de la Universidad de
Más detallesAnexo Acuerdo de Nivel de Servicio: Atención a Usuarios CSU Gestión de Nivel de Servicio
Gestión de Nivel de Servicio Vicerrectorado de TIC, Calidad e Innovación Área de Tecnologías de la Información [SISTEMA DE GESTIÓN DEL SERVICIO (SGS) ] Título Nombre del Fichero Autor SLA_ANEXO_S13.doc
Más detallesREGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS VERSIÓN 007 Aprobado por Consejo Universitario con Resolución N 0188-2016-CU-ULADECH Católica, de fecha 06 de febrero de 2016 CHIMBOTE PERÚ Versión:
Más detallesUniversidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA
Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE BIBLIOTECA JULIO DEL 2005 ÍNDICE Página CAPÍTULO I GENERALIDADES 2 CAPÍTULO II DE LAS COLECCIONES 2 CAPÍTULO III DE LOS SERVICIOS BIBLIOGRÁFICOS CAPÍTULO IV DEL
Más detallesLA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN ICFES CONSIDERANDO
RESOLUCIÓN No.t O O 7 6 ) DE LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN ICFES En ejercicio de las funciones conferidas por la Ley 1324 de 2009 y el numeral 9 del
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DEPARTAMENTO DE AGROECOLOGÍA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DEPARTAMENTO DE AGROECOLOGÍA REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE COMPUTO DEL DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y SERVICIO EN AGROECOLOGÍA Aprobado por el H. Consejo Departamental
Más detallesGUÍA DE ADQUISICIONES Universidad de Valladolid Biblioteca Universitaria CampusMiguelDelibes
Universidad de Valladolid CampusMiguelDelibes Contenido 1.- Principios generales... 3 2.- Qué adquirimos... 4 2.1.- Bibliografía de la Guía Docente... 5 Qué es...5 Cómo se estructura...6 Publicaciones
Más detallesLUNES A VIERNES De 8:00 a.m. a 12:00 m. y De 1:30 p.m. a 8:00 p.m.
LUNES A VIERNES De 8:00 a.m. a 12:00 m. y De 1:30 p.m. a 8:00 p.m. Formar parte del Núcleo Coordinador de un Sistema de Información que contribuya con normas y aplicación de políticas de información y
Más detallesb. Motivación: la aceptación o denegación de solicitudes económicas debe responder a criterios que respondan con objetividad a la decisión tomada.
Reglamento de Ayudas Económicas para Docentes del Departamento Académico de Derecho (Aprobado por el Consejo del Departamento Académico de Derecho el 16 de mayo de 2012) Artículo 1. Finalidad El presente
Más detallesNORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DEPARTAMENTO DE GEOFÍSICA
NORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1 El Laboratorio de Interpretación del Subsuelo está adscrito administrativamente al Departamento de Geofísica,
Más detallesEn las poblaciones que dispongan de más de un contenedor, se establecerán los puntos concretos de recogida.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA RECOGIDA, TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO TEMPORAL Y ELIMINACIÓN DE PILAS USADAS EN EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Más detallesREGLAMENTO INTERIOR DE BIBLIOTECA DE UNIVERSIDAD PANAMERICANA CAMPUS AGUASCALIENTES.
REGLAMENTO INTERIOR DE BIBLIOTECA DE UNIVERSIDAD PANAMERICANA CAMPUS AGUASCALIENTES. Art. 1 La BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD PANAMERICANA CAMPUS AGUASCALIENTES es un centro de información, estudio e investigación
Más detallesÍNDICE. Preámbulo. Disposiciones generales. Artículo Transitorio. Documentos directamente relacionados. Historial de cambios.
REG-104-01 USO DE SALAS MULTIMEDIALES DE LA BIBLIOTECA PAG. 1/9 ED. 2.1 ÍNDICE Preámbulo Título I. Título II. Título III. Disposiciones generales De los usuarios De las sanciones Artículo Transitorio Documentos
Más detallesINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL INFORMACIÓN SOBRE REMATES DE BIENES EMBARGADOS
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL INFORMACIÓN SOBRE REMATES DE BIENES EMBARGADOS Información General El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene el carácter de organismo fiscal autónomo y cuenta con
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL Instituto Barraquer de América Escuela Superior de Oftalmología Av. Calle 100 No. 18A- 51 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA EN SALUD VISUAL
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA E.U. POLITÉCNICA / E.T.S.I. INDUSTRIALES
1 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA E.U. POLITÉCNICA / E.T.S.I. INDUSTRIALES Aprobado por Junta de E.T.S.I.I. de 9 de febrero de 2005 y por Junta de E.U.P. de 12 de abril de 2005. (Modificado en 19 de
Más detallesGrado en Nutrición Humana y Dietética Centro: Facultad de Farmacia Campus: Alava
7. RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS 7.1. Justificación de la adecuación de los medios materiales y servicios disponibles: Aulas y espacios de trabajo: Se estima que se dispone de espacios suficientes y
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO. CAPÍTULO III. PRÉSTAMO EXTERNO Artículos 9 17
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA CONTENIDO CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 5 CAPÍTULO II. INTEGRACIÓN Artículos 6 8 CAPÍTULO III. PRÉSTAMO
Más detallesALCALDIA MUNICIPAL DE SANDONA
COORDINACIÓN DE BIBLIOTECA Y WEB MASTER En mi calidad de Coordinadora de master, Yo DAISSY MARCELA SAAVEDRA ZAMBRANO, Maestra en Artes visuales (UDENAR) identificada con cedula de ciudadanía 1.086.132.586
Más detallesEl presente reglamento establece normas y procedimientos para los servicios de la Biblioteca.
REGLAMENTO INTERNO Objetivo El presente reglamento establece normas y procedimientos para los servicios de la Biblioteca. Alcance La finalidad que persigue el presente reglamento es normar el uso, aprovechamiento
Más detallesREGLAMENTO BIBLIOTECA CRA
REGLAMENTO BIBLIOTECA CRA Curicó, Marzo 2016. REGLAMENTO BIBLIOTECA CRA Colegio Palencia SC La Biblioteca CRA del Colegio está a disposición de la comunidad educativa del establecimiento, la cual debe
Más detallesCONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PENCIL LIPGLOSS
CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PENCIL LIPGLOSS Artículo 1. Responsable de la promoción La sociedad responsable de la presente promoción es KIKO RETAIL ESPAÑA, S.L.U. (en adelante KIKO ) con CIF B-64774102
Más detallesNORMATIVA DEL SERVICIO DE PRESTAMO ENTRE BIBLIOTECAS DEL CBUA
NORMATIVA DEL SERVICIO DE PRESTAMO ENTRE BIBLIOTECAS DEL CBUA Artículo 1. Definición Sistema de circulación de documentos entre Bibliotecas integrantes del Consorcio de Bibliotecas Universitarias Andaluzas
Más detallesPLAN DE ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
PLAN DE ACTUACIONES DE LA DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA Curso académico 2015/2016 1 INTRODUCCIÓN El Reglamento de la Inspección de Servicios de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno,
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS REGULADORES DE TRANSPORTE COLECTIVO CAPITULO I - FUNDAMENTO LEGAL
Nº ORDEN 17 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS REGULADORES DE TRANSPORTE COLECTIVO CAPITULO I - FUNDAMENTO LEGAL Artículo 1º.- De conformidad con lo previsto en el artículo 58,
Más detallesAyuntamiento de Logroño
BASES REGULADORAS DE LA CESIÓN DE USO DE AULAS Y ESPACIOS CULTURALES EN EL CENTRO MUNICIPAL DE ENSEÑANZAS NO REGLADAS JULIO LUIS FERNÁNDEZ SEVILLA 1) OBJETO: La Casa de Rodrigo de Cabredo, sita en la C/
Más detallesNORMATIVA PROVISIONAL DEL SERVICIO DE PRESTAMO INTERBIBLIOTECARIO DE LA RED DE BIBLITOECAS DEL ARZOBISPADO DE GRANADA
NORMATIVA PROVISIONAL DEL SERVICIO DE PRESTAMO INTERBIBLIOTECARIO DE LA RED DE BIBLITOECAS DEL ARZOBISPADO DE GRANADA CONTROL DE DOCUMENTACIÓN Título Autor Aprobado por Descripción NORMATIVA PROVISIONAL
Más detallesCentro de Actividades Deportivas
Carta de servicios Centro de Actividades Deportivas 2012-2013 Periodo 2012-2013 Plano de localización 1. Complejo Deportivo Fuentenueva (sede central 2. Complejo Deportivo Cartuja Misión del Centro: La
Más detallesNormativa de préstamo del Servicio de Bibliotecas de la UAB
Normativa de préstamo del Servicio de Bibliotecas de la UAB Aprobada por la Comisión de Investigación de la Junta de Gobierno el 15 mayo de 1996, reformada por los acuerdos del 23 de abril de 1999, del
Más detallesLineamientos en relación con las tesis de posgrado (Maestrías Académicas y Doctorados)
Lineamientos en relación con las tesis de posgrado (Maestrías Académicas y Doctorados) La tesis deberá presentarse en el idioma oficial del país. En casos excepcionales y debidamente justificados, el Decanato
Más detallesBIBLIOTECA JUAN ROA VÁSQUEZ. Reglamento de Préstamo de Equipos. Capacitación sobre los servicios de la biblioteca... 8
Página: 1 de 9 REGLAMENTO DE PRÉSTAMO DE EQUIPOS Tabla de contenido DISPOSICIONES GENERALES... 2 USUARIOS... 2 HORARIO... 2 CONDICIONES GENERALES DEL PRÉSTAMO... 3 RESTRICCIONES... 6 RESPONSABILIDADES,
Más detallesPréstamo externo del material bibliográfico para javerianos. Préstamo interbibliotecario y servicios a usuarios externos
La Biblioteca es motivo de orgullo para nuestra Universidad, está creada para uso de toda la Comunidad Universitaria y así como ha servido a cientos de javerianos en el pasado también estará al servicio
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID. Título Segundo. De los órganos de gobierno. Capítulo II. Órganos unipersonales
Pág. 1 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobado por Junta de Gobierno de 8 de marzo de 2002 e incorpora las modificaciones aprobadas en Consejo de Gobierno de 14 de julio
Más detallesLa biblioteca es un lugar de investigación y estudio, donde se encuentran herramientas didácticas y tecnológicas para el uso de los alumnos y
La biblioteca es un lugar de investigación y estudio, donde se encuentran herramientas didácticas y tecnológicas para el uso de los alumnos y docentes. Página 1 Reglamento uso de Biblioteca CRA Horario
Más detallesReglamento de Biblioteca
Reglamento de Biblioteca El propósito de este reglamento, es dar a conocer a los usuarios de la Biblioteca, sus derechos y obligaciones en relación con los servicios bibliotecarios. CAPÍTULO I GENERALIDADES
Más detalles1.- REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA UNIVERSITARIA (Aprobado en Junta de Gobierno el 4 de noviembre de 1996)
1.- REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA UNIVERSITARIA (Aprobado en Junta de Gobierno el 4 de noviembre de 1996) TÍTULO I: Definición y funciones. TÍTULO II: Estructura de la Biblioteca. TÍTULO III: Órganos unipersonales
Más detallesCALENDARIO ESCOLAR CURSO 2016/2017 CALENDARIO
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN DE CÁDIZ, POR LA QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO Y LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO ACADÉMICO 2016/2017 CALENDARIO ESCOLAR
Más detallesIdazkaritza Teknikoaren Zerbitzua Servicio de Secretaría Técnica
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS TAREAS DE MANTENIMIENTO DEL PARQUE DE EQUIPOS DE USUARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ Udal Administrazioaren Saila Informazionaren
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UAQ
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UAQ Página 2 de 5 CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS ARTÍCULO 1.- Podrán hacer uso de los servicios bibliotecarios quienes
Más detallesSERVICIO DE INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA Y DOCUMENTAL. NORMATIVA DE USO DE LOS FONDOS BIBLIOGRÁFICOS Y
SERVICIO DE INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA Y DOCUMENTAL. NORMATIVA DE USO DE LOS FONDOS BIBLIOGRÁFICOS Y DOCUMENTALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE. PREÁMBULO El SIBID en cumplimiento de su función de custodia
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMAC
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNÓLOGICA DE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES QUE LE CONFIERE
Más detallesDECRETO SUPREMO N MINCETUR
DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y
Más detalles