PRINCIPALES RESPONSABILIDADES LEGALES DE LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO MARCAS, PROPIEDAD INTELECTUAL E INTERNET MARÍA GONZÁLEZ GORDON. 30 de mayo del 2012 Centro de Responsabilidad Social de la Abogacía
SIGNOS DISTINTIVOS: MARCAS Y NOMBRES COMERCIALES
Índice SIGNOS DISTINTIVOS 1. Qué es una marca? 2. Para qué sirve una marca? 3. Por qué hay que registrar una marca? 4. Tipos de marcas 5. Acciones para defender las marcas 6. Actuaciones complementarias a los registros de marca DATOS PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL Y PROTECCIÓN DE 3
Propiedad Industrial Marcas Signos distintivos Nombres comerciales 4
1. Qué es una marca? Artículo 4. Concepto de marca. 1. Se entiende por marca todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de otras. 5
2. Para qué sirve una marca Principales funciones de una marca: Función de indicación del origen empresarial Función publicitaria Función de condensación del goodwill 6
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3. Por qué hay que registrar una marca? Regla general: Derecho de exclusiva: Explotar Excluir Excepción: Marcas notorias no registradas 12
MARCAS Solicitud tradicional Solicitud online Nacionales Comunitarios 138,94 (1 clase) 90 (adicionales) 1050 (3 clases) 150 (adicionales) 118,10 (1 clase) 76,50 (adicionales) 900 (1 clase) 13
OJO!!! Timo 14
4. Tipos de marcas I Las marcas se pueden clasificar según: a) El territorio en el que generan derechos 1. Nacionales Ley 17/2001 de marcas 2. Comunitarias Reglamento 207/2009 de Marca Comunitaria 3. Internacionales Arreglo y protocolo de Madrid De registro internacional de marcas 15
4. Tipos de marcas II b) El signo que las represente 1. Denominativas: MANOS UNIDAS 1. Gráficas : 2. Mixtas: 3. 16
5. Acciones en defensa de la marca I Compe- tencia desleal Nombres de dominio Marcas Asociación de Amigos 30/05/2012 17
5. Acciones para defender las marcas II a) Legislación marcaria: Ley 17/2001 de Marcas 1.Caducidad: Una asociación no usa durante 7 años una marca que tiene. 2. Reivindicatoria: Una asociación tiene registrada una marca en un país y cuando va a registrarla en otro ya está registrada. (Agentes) 3. Nulidad: Se registra una marca parecida o igual a otra para productos o servicios parecidos o iguales. 4. Infracción: Se está utilizando la marca de una asociación por parte de otra sin su consentimiento. 18
5. Acciones para defender las marcas III b) Acciones de la Ley de Competencia Desleal: 1. Confusión: Se crea un error que lleva a consumidor a creer que una marca es otra. 2. Aprovechamiento de la reputación ajena: Se utilizan unos símbolos de otra marca para beneficio propio. 3. Denigración: Una asociación dice en su página web que la asociación de la competencia son unos ladrones. 4. Publicidad desleal: Una asociación dice que dirige en un proyecto cuando realmente lo dirige y asume otra. 19
6. Actuaciones complementarias INTERNAS 1. Guía de estilo (Art. 3) 2. Guía de comportamiento (Arts. 9 a 11) http://www.cruzroja.es/pls/portal30/docs/p AGE/VOLUNTARIADO/PG_PORTADA_PRINCIP AL/PG_NORMATIVA/RGO_OCTUBRE_2006.P DF CON TERCEROS Contratación/Colaboración 1.Transferencia 2. Cesión de uso - Exclusiva - Territorio - Tiempo - Facultades - Condiciones 3. Concursos 30/05/2012 20
Propiedad Industrial De fondo INVENCIONES Patentes Modelos de Utilidad De forma Diseños industriales 21
PROPIEDAD INTELECTUAL. DERECHOS DE AUTOR
INDICE 1. Normativa aplicable 2. Conceptos básicos 3. Formas de protección 4. Derechos de propiedad intelectual 5. Transmisión derechos de explotación 6. Cesión de derechos 7. Otros derechos 30/05/2012 23
1. NORMATIVA APLICABLE Convenio de Berna Tratados OMPI de Internet de 1996 Tratado OMPI sobre Derechos de Autor Tratado OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas Directiva 2001/29/CE de armonización de determinados aspectos relativos a los Derechos de Autor y Derechos Afines en la Sociedad de la Información Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual Ley 19/2006 de tutela de derechos Ley 23/2006 de modificación Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) Circular 1/2006, de 5 de mayo, de la Fiscalía General del Estado sobre Propiedad Industrial e Intelectual 30/05/2012 24
2. CONCEPTOS BÁSICOS Objeto. Obras originales (artículo 10 y ss LPI) Concepto de originalidad (subjetiva / objetiva) Sujeto. Autor persona física (artículo 5 y ss LPI) Titulares de derechos (cesionarios) Tipos de obras. Obra colectiva y obra en colaboración 30/05/2012 25
3. FORMAS DE PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Regla general: La creación es un acto constitutivo Refuerzo de la protección: - Registro General/Territorial de la Propiedad Intelectual - Registros privados - Deposito notarial - Declaraciones de terceros - El símbolo de copyright - Las Entidades de Gestión de Derechos de Autor 30/05/2012 26
4. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL DERECHOS MORALES Cuáles: divulgación, anónimo, paternidad, integridad/modificación, retirada y acceso al ejemplar único y raro. Características: Irrenunciables e inalienbles. Duración: perpetua (paternidad e integridad). DERECHOS DE EXPLOTACIÓN Derecho de reproducción. Derecho de distribución. Derecho de transformación. Derecho de comunicación pública (puesta a disposición). 27
5. LA TRANSMISIÓN DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN Forma escrita Cesión en exclusiva. Cesión en no exclusiva. Creaciones laborales y de encargo 28
6. CESIÓN INTERVIVOS DERECHOS DE EXPLOTACION Contenido de la cesión (contractual): Si la cesión tiene carácter exclusivo o no Ámbito territorial en el que se realiza la cesión Ámbito temporal de la cesión Modalidades que abarca la cesión Precio: Gratuita /onerosa Asunciones legales: 30/05/2012 Falta de mención del tiempo: 5 años Falta de mención del ámbito territorial: país en el que se realice la cesión Falta de mención de las modalidades de explotación: las que se deduzcan del contrato No se pueden ceder derechos sobre obras que se vayan a crear en el futuro No se pueden ceder derechos para modalidades no existentes en el momento de la cesión No se puede prohibir o limitar la capacidad del autor para crear obras en el futuro 29
6. OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Derechos de los artistas, intérpretes y ejecutantes Derechos de los productores de fonogramas Derechos de los productores de grabaciones audiovisuales Derechos de las entidades de radiodifusión 30/05/2012 30
PROTECCIÓN DE LAS PÁGINAS WEB Y DE SU CONTENIDO
PAGINAS WEB 1. Qué son (jurídicamente) las páginas web? 2. Elementos que conforman una página web a) Estructura b) Contenido 3. Protección: a) Regla general y Sistemas de protección complementaria b) Reservas de derechos y avisos legales 32
1. QUÉ SON (JURÍDICAMENTE) LAS PÁGINAS WEB? Es una obra de propiedad intelectual, formada por un conjunto de obras: Base de datos? Colección de obras? Obra en sí misma Nacimiento de los derechos en el momento de creación: Obra en continua transformación Titular de los derechos: Contenido: Elementos individuales (autoría) 33
2. ELEMENTOS QUE COMPONEN UNA PÁGINA WEB ESTRUCTURA/CONTINENTE Especial forma de recoger la información CONTENIDO Obras propias Obras de terceros Obras creadas por encargo/trabajadores asalariados Ejemplos: - Obras fotográficas/meras fotográficas - Obras literarias (textos) - Obras musicales - Obras plásticas - Programa de ordenador - Base de datos NOMBRES DE DOMINIO 34
PROTECCIÓN DE LAS PÁGINAS WEB 1. Regla general: La creación es constitutiva de derechos 2. Medidas de refuerzo: prueba fehaciente: - - - Registro de la propiedad intelectual Deposito notarial/protocolización de obra Declaraciones de terceros 3. Advertencias! - Reserva de derechos: TITULAR, Lugar, Año 2010 Gómez- Acebo & Pombo S.L.P. - Todos los derechos reservados - Avisos legales: contenido mínimo: http://www.gomezacebo- pombo.com/aviso_legal.cfm 35
AVISO LEGAL PÁGINAS WEB Acceder por medios electrónicos, de forma permanente, fácil, directa y gratuita, a la siguiente información: - Su nombre o denominación social; domicilio; dirección de correo electrónico; datos de inscripción en el Registro de Fundaciones/ Asociaciones - Si ejerce una profesión regulada deberá indicar: - datos del Colegio profesional y número de colegiado. - título académico oficial o profesional con el que cuente (lugar de expedición y normas profesionales) - Número de identificación fiscal. - Precios (con/sin impuestos), gastos de envío, etc - Códigos de conducta a los que esté adherido ( acceso para consulta electrónica). - Obligaciones de información sobre seguridad (virus informáticos) - CLÁUSULA DE PROPIEDAD INDUSTRIAL /INTELECTUAL - Cláusula de protección de datos 36
MUCHAS GRACIAS María Gonzalez Gordon mgonzalezg@gomezacebo- pombo.com Mayo 2012