Aprueban Pautas de Evaluación de la Competencia Técnica de los Postulantes al Registro de Instaladores de Gas Natural

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Transcripción:

Fecha de Publicación: 11/11/2005 Aprueban Pautas de Evaluación de la Competencia Técnica de los Postulantes al Registro de Instaladores de Gas Natural RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 1266-2005-OS-GG Lima, 31 de octubre de 2005 VISTO: El Memorando Nº 2921-2005-GFH-UPP de la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarburos por el cual se somete a la aprobación de la Gerencia General, las Pautas de Evaluación de la Competencia Técnica de los Postulantes al Registro de Instaladores de Gas Natural; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución del Consejo Directivo del OSINERG Nº 163-2005-OS/CD, fue aprobado el Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural; Que, en el artículo 2 de la mencionada resolución se autoriza a la Gerencia General de OSINERG a dictar las disposiciones complementarias que sean necesarias para la aplicación de la mencionada resolución; Que, el Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural en su artículo 6 establece que las personas naturales que deseen solicitar su inscripción en el Registro de Instaladores de Gas Natural deberán obtener previamente, según la categoría a la que postulan, una Constancia de Competencia Técnica, para lo cual es necesario la aprobación de una evaluación; Que, asimismo, el artículo 8 del Reglamento citado en el párrafo precedente establece que, dicha evaluación se llevará a cabo por Organismos Certificadores (OC) acreditados por INDECOPI para tal fin; Que, la disposición transitoria del Reglamento en mención, establece que, en tanto INDECOPI pueda acreditar a los Organismos Certificadores de la Competencia Técnica de Instaladores de Gas Natural (OC), dichos organismos serán reconocidos por OSINERG; Que, el artículo 7 del Reglamento en mención señala que OSINERG establecerá las pautas que se utilizarán, en cada una de las categorías, para la evaluación de la competencia técnica de los solicitantes al Registro de Instaladores de Gas Natural; Que, con la finalidad de establecer las pautas a ser aplicadas por los Organismos Certificadores 1

de la Competencia Técnica, para la evaluación de la competencia técnica de los solicitantes al Registro de Instaladores de Gas Natural, se han elaborado las Pautas de Evaluación de la Competencia Técnica de los Postulantes al Registro de Instaladores de Gas Natural, a ser aplicadas por el Organismo Certificador de la Competencia Técnica; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Resolución de Consejo Directivo de OSINERG Nº 163-2005-OS/CD; Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarburos. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Pautas de Evaluación de la Competencia Técnica de los Postulantes al Registro de Instaladores de Gas Natural, a ser aplicadas por el Organismo Certificador de la Competencia Técnica, las mismas que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la página Web de OSINERG. EDWIN QUINTANILLA ACOSTA Gerente General PAUTAS DE EVALUACIÓN DE LA COMPETENCIA TÉCNICA DE LOS POSTULANTES AL REGISTRO DE INSTALADORES DE GAS NATURAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objetivo Establecer las pautas que se utilizarán, en cada una de las categorías, para la evaluación de la competencia técnica de los postulantes al Registro de Instaladores de Gas Natural dentro del marco de la legislación vigente. Artículo 2.- Alcance El presente procedimiento es de aplicación para la evaluación de la competencia técnica de los postulantes al Registro de Instaladores de Gas Natural que postulen como persona natural a cualquiera de las categorías IG - 1, IG - 2, IG - 3. TÍTULO II 2

DEFINICIONES Artículo 3.- Para efecto de las presentes pautas se entenderá por: 3.1 Organismo Certificador de la Competencia Técnica de Instaladores de Gas Natural (En adelante Organismo Certificador): a la entidad reconocida por OSINERG que cuenta con un Sistema de Gestión de la Calidad y que es competente para evaluar instaladores de gas natural y certificar su competencia. 3.2 Responsable del Registro de Instaladores: a OSINERG, quien establecerá y administrará el Registro de Instaladores de Gas Natural. TÍTULO III PROCEDIMIENTO CAPÍTULO I CONDICIONES PREVIAS Artículo 4.- Categorías de Instaladores La Constancia de la Competencia Técnica de los Instaladores de Gas Natural se otorgará para las categorías IG-1, IG-2 e IG-3, establecidas en el artículo 4 del Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural. CAPÍTULO II CRITERIOS DE EVALUACIÓN Artículo 5.- Campos de Evaluación Los aspectos a ser evaluados para la expedición de la constancia de competencia técnica, son: a) Formación profesional y académica, b) Conocimientos teóricos-prácticos, y c) Atributos personales. Artículo 6.- Formación profesional y académica De acuerdo a la categoría el postulante debe de tener la siguiente formación: - Categoría IG - 1: Poseer TÍTULO a nombre de la Nación de Técnico en Instalaciones de Gas 3

Natural otorgado por una entidad pedagógica de formación técnica reconocida por el Ministerio de Educación o haber recibido capacitación equivalente relacionada a la construcción, reparación y mantenimiento de instalaciones internas de gas natural en una entidad pedagógica de formación técnica; en ambos supuestos la duración de la capacitación deberá ser de, por lo menos, 360 horas. - Categoría IG - 2: Poseer el grado de Bachiller de Ingeniería Mecánica, Civil, Industrial y/o ramas afines. - Categoría IG - 3: Poseer título profesional de Ingeniería Mecánica, Civil, Industrial y/o ramas afines. Artículo 7.- Conocimientos teóricos-prácticos De acuerdo a la categoría, el postulante debe contar con los siguientes conocimientos: - Categoría IG - 1: Contar con conocimientos teóricos-prácticos en instalaciones de gas natural, cumpliendo como mínimo con lo indicado en el Anexo A del Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 163-2005-OS/CD. - Categoría IG - 2: Contar con conocimientos teóricos-prácticos en instalaciones de gas natural, cumpliendo como mínimo con lo indicado en el Anexo B del Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 163-2005-OS/CD. - Categoría IG - 3: Contar con conocimientos teóricos - prácticos en instalaciones de Gas Natural, cumpliendo como mínimo con lo establecido en el Anexo C del Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 163-2005-OS/CD. Artículo 8.- Atributos personales Los atributos personales que se considerarán para la evaluación de los postulantes serán los siguientes: a) Ser mayor de 18 años de edad. b) No tener antecedentes penales ni policiales. c) Acreditar tener un estado de salud que le permita desarrollar adecuadamente el trabajo encomendado. d) Cumplir el Perfil psicológico, diseñado para cada categoría. La verificación de la competencia en lo referente a los atributos personales se realizará mediante entrevista u otros métodos de evaluación documentaria que permitan determinar si el postulante cuenta con los atributos requeridos para llevar a cabo la labor de instalador de gas 4

natural. CAPÍTULO III EVALUACIÓN Artículo 9.- Evaluación 9.1 La evaluación se inicia con la solicitud del postulante en la que deberá presentar la información señalada en el FORMATO A y FORMATO B (Anexos 1 y 2); adjuntando la documentación requerida por el Organismo Certificador para la evaluación de los campos establecidos en el artículo 5. 9.2 El Organismo Certificador (OC), evalúa la documentación presentada por los postulantes, procediendo a realizar una entrevista personal, a fin de determinar si cumplen con los criterios de evaluación establecidos en los literales a) y c) del artículo 5. 9.2(*)NOTA SPIJ Si la etapa anterior es satisfactoria se coordina una evaluación teórica - práctica (sobre los requerimientos citados en los Anexos A, B y C del Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 163-2005-OS/CD) que consiste, según la categoría, en una evaluación teórica cuya puntuación aprobatoria es de 70/100 de la valoración establecida para el caso; y luego en una evaluación práctica basada en la ejecución de un proyecto de instalación. 9.3(*)NOTA SPIJ Durante la ejecución del proyecto, el experto del Organismo Certificador evaluará el desempeño del postulante tomando como referencia los elementos de evaluación (VER ANEXO 5) que le sean aplicables al proyecto seleccionado. 9.4(*)NOTA SPIJ Si el examen teórico - práctico es satisfactorio, el experto del Organismo Certificador emitirá un informe recomendando la calificación según la categoría. Dicho informe será remitido al área pertinente del Organismo dentro de un plazo máximo de dos (02) hábiles contabilizados a partir de la culminación del examen. 9.5(*)NOTA SPIJ El Organismo Certificador procederá a emitir, en base al informe señalado en párrafo anterior y dentro de un plazo no mayor de dos (02) días hábiles a partir de la recepción del mismo, una Constancia de Competencia Técnica numerada, válida por dos años, según categoría, como evidencia de la calificación otorgada al postulante según modelo del FORMATO C (Anexo 3). 9.6(*)NOTA SPIJ Se comunica al postulante en forma escrita, oral, telefónica o a través de otro medio de comunicación disponible, el resultado de la evaluación, en un plazo no mayor de 2 días hábiles, contabilizados a partir del día siguiente de efectuada la evaluación, y en caso que ésta no sea satisfactoria, se indicará en forma escrita o electrónica las razones que motivaron esta decisión. 9.7(*)NOTA SPIJ Luego de formalizada la calificación, y con la constancia otorgada por el 5

Organismo Certificador, el Instalador solicitará a OSINERG su inscripción en el Registro de Instaladores de Gas Natural conforme al procedimiento establecido en el Reglamento del Registro de Instaladores de Gas Natural aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 163-2005-OS/CD. OSINERG podrá verificar en cualquier instancia de la certificación, el proceso de evaluación aplicado por el Organismo Certificador a los postulantes, a fin de asegurar el cumplimiento de las pautas establecidas en el presente documento. CAPÍTULO IV PADRÓN Artículo 10.- Padrón. El Organismo Certificador llevará un padrón de las personas que aprobaron la evaluación indicándose el número de constancia expedida según modelo del FORMATO D (Anexo 4), el cual se pondrá a disposición de OSINERG. Cada Organismo Certificador será responsable de mantener permanentemente actualizado su padrón, debiendo comunicar a OSINERG cualquier cambio realizado en el mismo. Artículo 11.- Mantenimiento en el Padrón y Renovación de Constancias. 11.1 El instalador deberá iniciar, como máximo treinta (30) días calendario antes de la caducidad de su Constancia de Competencia Técnica, el proceso de renovación de la misma. Para tal efecto, deberá cumplir con los requerimientos estipulados en los literales c) y d) del artículo 8, y rendir un nuevo examen teórico-práctico en la categoría correspondiente. Asimismo, deberá cumplir con los nuevos requisitos y disposiciones que emita OSINERG, de ser el caso. 11.2 Aquellos instaladores que acrediten continuidad en el servicio, no requerirán rendir el examen teórico-práctico a que se hace referencia el numeral 11.1. Dicha acreditación se realizará a través de las copias de actas de inspección de las instalaciones realizadas y la evaluación de desempeño de la entidad en donde presta servicio (si corresponde). Para tal efecto se considerará: 11.2.1 Categoría IG - 1: Haber participado en por lo menos 30 instalaciones en el lapso de dos años. 11.2.2 Categoría IG - 2: Haber participado en por lo menos 15 instalaciones en el lapso de dos años. 11.2.3 Categoría IG - 3: Haber participado en por lo menos 10 instalaciones en el lapso de dos años. 6

En cualquiera de las tres categorías, se deberá haber ejecutado por lo menos el 30% de las instalaciones en el último año, habiéndose obtenido resultados satisfactorios en las evaluaciones del Concesionario, y de la entidad donde presta servicios (en el caso que corresponda). Artículo 12.- Cancelación del Padrón. El Organismo Certificador eliminará de su padrón a aquellos instaladores que no hayan cumplido con renovar su constancia de competencia técnica después de haber caducado la misma, debiendo dar cuenta de tal hecho a OSINERG. Artículo 13.- Confidencialidad Los instaladores firmarán un acuerdo con el Organismo Certificador, mediante el cual garantizan que la información recibida de los usuarios (nombres, planos, etc.), se mantiene en estricta confidencialidad, y no se utilizarán para otros fines que no sean los del servicio requerido, bajo responsabilidad. ANEXO 1 FORMATO A HOJA DE DATOS La información y documentación aquí solicitada será utilizada en el Proceso de Evaluación de Instaladores y será tratada de manera confidencial por el Organismo Certificador (OC). Adjuntar los documentos que sustenten lo declarado en esta Hoja de Datos (certificados, constancias, declaraciones juradas, etc.), asimismo; identificar cada documento con un número o código de referencia. 1. DATOS PERSONALES 1.1 Nombre completo: 1.2 Fecha de nacimiento: 1.3 Nacionalidad: 1.4 Domicilio: Código postal: País: Teléfono: Fax (*): Correo electrónico (*): 1.5 Empleo actual Nombre de la empresa: Dirección: 7

Telf.: Fax: Correo electrónico: 1.6 Idioma materno: 1.7 Categoría a la que postula IG-1 IG-2 IG-3 Nota: (*): Colocar una línea en el espacio si no cuenta con esta información 2. FORMACIÓN 2.1 Formación profesional (educación técnica/ universitaria/ post-grado). Describa claramente su formación profesional y grado y/o título (s) obtenido (s). Inicio/ Término Documento de Para ser llenado Grado o Título o Institución Referencia por OC Equivalente (mes/año) (indique número CONFORME o código) SI NO 2.2 Formación académica (Opcional) Coloque la información de cursos teórico - prácticos desarrollados en una entidad pedagógica de formación técnica reconocida por el Ministerio de Educación: Inicio/ Término Constancia Para ser llenado Título del Institución por OC curso (mes/año) (indique número CONFORME o código) SI NO 3. EXPERIENCIA LABORAL Indique la experiencia laboral de los últimos 5 años, especifique la institución donde laboró, la actividad de la empresa, el cargo desempeñado, mes y año de inicio y fin y tiempo. Empiece por el más reciente. 8

INICIO/ Para ser llenado TÉRMINO/ DOC. REF. por OC INSTITUCIÓN O ACTIVIDAD DE FUNCIÓN/ TIEMPO (Indique EMPRESA LA EMPRESA CARGO (mes/año/años número o CONFORME y meses) código) SI NO 4. EXPERIENCIA EN INSTALACIONES DE GAS NATURAL Liste su experiencia en la ejecución de instalaciones de gas natural en los últimos años en el formato adjunto: INICIO/ Para ser llenado TÉRMINO/ DOC. REF. por OC INSTITUCIÓN O ACTIVIDAD DE FUNCIÓN/ TIEMPO (Indique EMPRESA LA EMPRESA CARGO (mes/año/años número o CONFORME y meses) código) SI NO 5. DECLARACIÓN Yo, el (la) abajo firmante declaro que la información proporcionada es verdadera y los documentos que se adjuntan son auténticos. FECHA: FIRMA: ANEXO 2 9

FORMATO B DECLARACIÓN JURADA Yo,, identificado(a) con documento, con domicilio en, distrito de provincia de, departamento de declaro bajo juramento que: 1 Tengo un buen estado de salud, que me permitirá desarrollar adecuadamente los trabajos encomendados. 2 No tengo antecedentes policiales. 3 No tengo antecedentes penales. 4 No estoy impedido(a) de contratar con el Estado. ANEXO 3 FIRMA NOMBRE Y APELLIDOS FORMATO C DEL POSTULANTE MODELO DE CONSTANCIA DE COMPETENCIA TÉCNICA DEL INSTALADOR Const. Nº como Organismo Certificador, con domicilio social en: DEJA CONSTANCIA: Que el Sr., ha cumplido con las 10

evaluaciones teóricas y prácticas exigidas en el reglamento para la categoría. Al respecto se otorga la presente Constancia de Competencia Técnica: ----------------------------------------------------------------------------------------------- válido para el periodo ddd/mmm/aaaaa - ddd/mmm/aaaaa Lima, de del 200_. [FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE DEL ORGANISMO CERTIFICADOR] ANEXO 4 FORMATO D PADRÓN DE PERSONAS QUE APROBARON EL EXAMEN TEÓRICO-PRACTICO Y CONSTANCIAS EMITIDAS POR EL ORGANISMO CERTIFICADOR NÚMERO NOMBRE ESTADO DEL PADRÓN PADRÓN Emisión Constancia Renovación Cancelación Enlace Web: Anexo 5 (PDF). 11