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Transcripción:

MINISTERIO DE DEFENSA

EL IMNO LA BANDERA EL ESCUDO LA ANDERA E ESCUD EL HIMNO

LOS SÍMBOLOS DEL ESTADO ESPAÑOL Los símbolos nacionales son los elementos que representan a los estados, naciones y países. Generalmente estos símbolos se manifiestan a partir de representaciones visuales o verbales que pretenden difundir los valores históricos del país. Los símbolos del Estado español son, por tanto, un conjunto de distintivos empleados con carácter oficial para representar la soberanía de la nación. Los símbolos de España son: la Bandera de España, formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura, conforme a lo que establece el artículo 4.1. de la Constitución Española de 1978; el Escudo, regulado por la Ley 33/1981, de 5 de octubre, del Escudo de España; y la Marcha Granadera o Marcha Real Española, Himno Nacional reglamentado por el Real Decreto 1560/1997, de 10 de octubre. Todos ellos se encuentran vinculados a la historia militar de España; la bandera y el himno tienen un origen claramente militar, mientras que el escudo también tiene una estrecha vinculación con el Ejército. Los símbolos nacionales representan los poderes constitucionales del Estado y se encuentran vinculados en su génesis histórica a la Corona de España. Recogiendo este origen simbólico, el ordenamiento jurídico vigente reconoce estos símbolos como patrimonio de todos los españoles, establece su carácter oficial y regula su utilización, honores y protección. Con esta publicación se pretende divulgar la historia y significado de estos símbolos y acercar su conocimiento a todos los ciudadanos de una manera sencilla y visual.

La bandera es un símbolo empleado originalmente por los ejércitos como soporte visible para alzar los escudos de armas representativos de los monarcas, ayudando a sustituir el alzamiento de un pesado objeto metálico por la representación de este, bordada sobre un paño y unida a un asta, LA BANDERA cuyo resultado es un objeto ligero, fácilmente transportable y visible sobre las cabezas de los combatientes. Así, el Ejército español empleó históricamente muy diversas banderas hasta que la necesidad de buscar un paño de colores vivos sobre el que colocar las armas reales y que se distinguiese en alta mar fácilmente de los estandartes de los buques de guerra extranjeros, hizo que Carlos III encargara, en 1785, al secretario de Marina Antonio Valdés y Bazán, la sustitución del pabellón naval empleado hasta entonces, por otro más visible en la mar y para el uso de la Real Armada. Inicialmente se presentaron al Rey doce bocetos de entre los cuales el monarca eligió dos, por Real Decreto, de 28 de mayo de 1785, a los que varió las dimensiones de las franjas declarando reglamentario el primero para la Marina de Guerra y el segundo para la Mercante. La primera constituye el antecedente de la que es hoy la bandera de España, pues pasó a identificarse con todos los ejércitos nacionales y más tarde con la Nación española, a partir de la Real Orden Unificadora de Isabel II, de 13 de octubre de 1843, que establecía la sustitución de banderas, estandartes y escarapelas, por otras nuevas rojigualdas. Al año siguiente, se estableció que se izara la bandera nacional en todos los cuarteles y establecimientos militares con ocasión de las grandes solemnidades. Durante la Segunda República, el 27 de abril de 1931 se promulgó un decreto que determinaba la adopción de la bandera nacional tricolor formada por «tres bandas horizontales de igual ancho, siendo

Esta es nuestra bandera 1785 28 de mayo Por Real Decreto se aprueban las banderas para la Marina de Guerra y la Mercante. 1843 13 de octubre Un Real Decreto de Isabel II dispone que todas las banderas, estandartes y escarapelas adopten los colores rojo y amarillo. 29 de agosto Se restablece la bandera bicolor, roja y gualda, como bandera de España. 1981 28 de octubre Se dictamina que en la franja amarilla se podrá incorporar el escudo de España. 1936 1793 8 de marzo Se hace extensivo el uso de la bandera rojigualda a las plazas marítimas, castillos y defensas de las costas. 1931 27 de abril Decreto que determina la adopción de la bandera nacional tricolor: tres franjas iguales, roja, amarilla y morada. 1978 29 de diciembre La Constitución Española describe la bandera en su artículo 4.1., sin escudo. El rey Carlos III encargó al secretario de Marina Antonio Valdés y Bazán, la sustitución del pabellón naval empleado hasta entonces, por otro más visible en la mar y para el uso de la Real Armada. Inicialmente se presentaron al Rey doce bocetos de entre los cuales el monarca eligió dos, a los que varió las dimensiones de las franjas declarando reglamentario el primero para la Marina de Guerra y el segundo para la Mercante. Por orden de Carlos iii

la roja la superior; amarilla la central y morada oscura la inferior. En el centro de la banda amarilla figurará el escudo de España, adoptándose por tal el que figura en el reverso de las monedas de cinco pesetas acuñadas por el Gobierno Provisional en 1869 y 1870». Al estallar el alzamiento, el 18 de julio de 1936, entre las tropas sublevadas proliferaban diferentes banderas. Para evitarlo, el presidente de la Junta de Defensa Nacional, general Cabanellas, firmó un Decreto, el 29 de agosto de 1936, por el que se recuperó la bandera tradicional. En su artículo único dice: «Se restablece la bandera bicolor, roja y gualda, como bandera de España». En febrero de 1938, se dispuso que el escudo central fuera el de los Reyes Católicos colocado sobre el pecho de un águila negra y timbrado con una corona real abierta. Unos años más tarde, el Decreto, de 11 de octubre de 1945, aprobó el Nuevo Reglamento de Insignias, Banderas y Distintivos que reguló su uso y forma, detallando las características de la bandera nacional en sus tres modalidades: de unidades de las Fuerzas Armadas, buques de guerra y edificios. En 1975, con la restauración de la Casa de Borbón en la persona de Juan Carlos I, este reglamento fue sustituido por el Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero. Este difería del anterior en que el águila del escudo tenía las alas más abiertas y las columnas de Hércules vuelven a colocarse dentro de las alas Sabías que...? En el siglo XVIII la mayoría de los países europeos usaban banderas de fondo blanco, por lo que los barcos tenían problemas de identificación en alta mar. y la cinta con el lema «Una, grande, libre» se desplaza del cuello del águila, para situarse encima de su cabeza. La normativa vigente en la actualidad parte de la Constitución Española de 1978, que describe la Bandera en su artículo 4.1. sin escudo. Por encima de ideologías o partidismos la bandera de España nos representa a todos. Simboliza nuestra historia, nuestros derechos y libertades Tras numerosos reconocimientos legales desde entonces, la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, establece que «La bandera de España simboliza la nación; es signo de la soberanía, independencia, unidad e integridad de la patria y representa los valores superiores expresados en la Constitución». Dictamina que esta se usará con el nuevo escudo y debe utilizarse en todos los edificios públicos y actos oficiales, según ha interpretado también el Tribunal Supremo en una consolidada jurisprudencia recogida, entre otras muchas, en sus Sentencias de 24 de julio de 2007, 25 de noviembre de 2008 y 2 de diciembre de 2008.

EL ESCUDO El escudo de España resume la historia del país, puesto que los elementos heráldicos que lo componen se remontan a los distintos reinos medievales de España. Su proceso de formación ha estado constituido por diversas representaciones a lo largo de la historia, que han ido cambiando con las armas personales de los sucesivos monarcas españoles. Con el tiempo, la representación heráldica pasó de tener una significación personal, a adquirir una significación territorial, que en España parece consolidarse desde la guerra de la Independencia a partir de 1808, comenzando la progresiva identificación de las armas de los reyes con el conjunto de la Nación. Así, conviven diferentes heráldicas hasta que el rey Alfonso XIII por Real Orden, de 3 de julio de 1922, ordenó consultar a la Real Academia de la Historia, que por informe de 9 de enero de 1923, recomendó adoptar preferentemente como «blasón nacional» el creado en 1868, al que se añadirían la Corona Real y el escusón de la Casa de Borbón, acercándose progresivamente desde entonces las armas personales del rey y el emblema representativo de la Nación. Actualmente la disposición que regula el uso del escudo de España es la Ley 33/1981, de 5 de octubre, del Escudo de España, desarrollada en su expresión gráfica por el Real Decreto 2964/1981, de 18 de diciembre, por el que se hace público el modelo oficial del escudo de España, así como el Real Decreto 2267/1982, de 3 de septiembre, por el que se especifican técnicamente los colores del escudo de España. Los elementos del escudo, definidos por la Ley 33/1981, de 19 de octubre, del Escudo de España, son los siguientes:

Este es nuestro Escudo El escudo de España es cuartelado (dividido en cuatro) y entado en punta (con el triángulo curvilíneo desde el centro hasta la base). CORONA REAL Al timbre (insignia de la parte superior), corona real cerrada, que representa la Monarquía Española. ARMAS DE CASTILLA En el primer cuartel, la representación del Reino de Castilla. Sobre un fondo de gules (rojo), un castillo de oro almenado, mazonado (con líneas de piedras) de sable (negro) y aclarado (huecos) de azur (azul). ARMAS DE ARAGÓN En el tercero, la Corona de Aragón. Sobre fondo de oro, cuatro palos de gules (rojo). COLUMNAS DE HÉRCULES Las columnas de Hércules simbolizan el descubrimiento de América. Dos columnas de plata con base y capitel de oro sobre ondas de azur y plata. Superada la diestra de corona imperial y la siniestra de una corona real, ambas de oro y rodeando las columnas una cinta de gules (rojo), cargada de letras de oro en la diestra «Plus» y en la siniestra «Ultra».

ARMAS DE LEÓN En el segundo, el Reino de León. Sobre fondo de plata un león rampante de púrpura, linguado, uñado, armado de gules (rojo) y coronado de oro. ARMAS DE NAVARRA El cuarto, el Reino de Navarra. Sobre fondo de gules (rojo), una cadena de oro puesta en cruz, aspa y orla, cargada en el centro de una esmeralda en su color (verde). ARMAS DE GRANADA Entado (partición irregular situada en la punta), representando al Reino de Granada, fondo en punta de plata, una granada natural rajada de gules (rojo), tallada y hojada de dos hojas de sinople (verde). ARMAS DE BORBÓN Escusón (escudo de pequeño tamaño situado en el centro) de azur con tres lises de oro, puestas dos y una, la bordura lisa de gules (rojo). Representa la Casa de Borbón.

EL HIMNO El himno nacional tiene un origen militar, la Marcha Granadera, cuya primera mención documental data de 1749, siendo su primer manuscrito, encargado al maestro Manuel de Espinosa, en 1761. Su función era de toque militar para llamar a las armas, armonizar la marcha de la tropa y acompañar la rendición de honores militares. Pronto sobrepasó el ámbito de los honores castrenses y pasó a denominarse Marcha Real, llegando seguidamente a identificarse por el pueblo español como un símbolo de soberanía del conjunto de la Nación. Durante el Trienio Liberal (1820-1823), el Himno de Riego fue nombrado himno oficial de la monarquía constitucional española según decreto firmado por Fernando VII el 7 de abril de 1822. En 1870 el general Prim convocó un concurso nacional para crear un himno nacional. El jurado declaró el concurso desierto por considerar que ninguna de las marchas presentadas superaba en calidad a la Marcha Granadera, y aconsejó que se mantuviera como himno, pasando a denominarse Marcha Real. La Real Orden Circular de 27 de agosto de 1908 dispone que las bandas militares ejecuten la denominada Marcha Real Española y la Llamada de Infantes, ordenadas por el músico mayor del Real Cuerpo de Guardias Alabarderos, maestro don Bartolomé Pérez Casas. A pesar de la creencia popular, el Himno de Riego nunca fue oficialmente el himno de la Segunda República española. La Constitución Republicana de 1931 no especificó cuál era el himno nacional. Definió la bandera y el escudo, pero no el himno. Tampoco hay en la Gaceta ninguna disposición sobre este asunto.

Nuestro Himno 1749 Primera mención documental de la Marcha Granadera, durante el reinado de Fernando VI. 1908 1761 Primer manuscrito con la partitura de la marcha, realizado por Manuel Espinosa de los Monteros. 1768 Promulgación por Carlos III de las Ordenanzas Generales de Infantería donde aparece ya como toque militar. 1822 Durante el Trienio Liberal el Himno de Riego fue el himno oficial de la Monarquía Española. Una Real Orden dispone que las bandas militares ejecuten la Marcha Real ordenada por el maestro Bartolomé Pérez Casas. 1931 El Himno de Riego no fue oficialmente designado como himno de la Segunda República, aunque sustituyó a la Marcha Real. 1937 Se restituye la Marcha Granadera como himno nacional. 1997 Un Real Decreto regula el himno nacional y establece las dos versiones del mismo. 1870 El general Prim, convocó un concurso nacional para crear un himno nacional. El jurado declaró el concurso desierto por considerar que ninguna de las marchas presentadas superaba en calidad a la Marcha Granadera, y aconsejó que se mantuviera como himno, pasando a denominarse Marcha Real.

Sin embargo, una Orden Circular del Ministerio de la Guerra, de 30 de abril, rectificaba: «...hasta tanto se redacte un Reglamento de los Honores que por las Fuerzas del Ejército habrán de tributarse (...) las bandas de guerra sustituirán los toques de marcha antigua por un punto prolongado o un redoble de tambores en los casos en que corresponda batir marcha, hasta que se determine cuál ha de ser la marcha nacional. Hasta entonces también las bandas de música militares tocarán el Himno de Riego cuando el honor que se tribute tuviere asignada la Marcha Real en las antiguas disposiciones». En una Orden Circular del mismo Ministerio de la Guerra, de 25 de junio siguiente, se disponían los honores que en lo sucesivo tenían que tributarse a las autoridades y mandos existentes en aquel momento. En ella solo se empleaba la expresión himno nacional, sin aclarar cuál era este, dando por sobreentendido que era el Himno de Riego, que ha quedado como tal en el imaginario popular. Durante la Guerra Civil, se restableció la Marcha Granadera como himno nacional, por Decreto del 27 de febrero de 1937, pero fue necesaria la publicación en el BOE de un nuevo decreto fechado el 17 de julio de 1942 para que se le diese cumplimiento. En 1997 el Estado adquiere los derechos de explotación del himno, que pertenecían a los herederos del maestro Pérez Casas, mediante el Real Decreto 1543/1997, de 3 de octubre. Tras la aprobación de la Constitución Española de 1978 parecía procedente configurar jurídicamente el himno nacional. Desde la Presidencia del Gobierno se promovió la creación de un grupo de trabajo integrado por miembros de la Sección de Música de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y representantes de diversos ministerios, se encargó al maestro don Francisco Grau, coronel director de la Unidad de Música de la Guardia Real, que hiciera una nueva adaptación del himno. Finalmente, tras el informe favorable de la Real Academia, se aprobó una versión de la Marcha Granadera, que, respetando la armonización del maestro Pérez Casas, recupera la composición y tonos de su época de origen. En la actualidad, el himno nacional, está regulado por el Real Decreto 1560/1997, de 10 de octubre, en el que se describen los compases musicales, se establecen las dos versiones del mismo, la completa y la breve, y cuándo ha de utilizarse cada una de ellas. El maestro Grau ha cedido al Estado español todos los derechos de explotación sobre su obra creada, según recoge el Real Decreto 2027/1998, de 18 de septiembre. El himno español es uno de los tres del mundo que no tiene letra y es el tercero más antiguo tras los de Holanda y Reino Unido

Edita: Secretaría General Técnica. NIPO: 083-18-112-X. Depósito legal. M-6956-2016. Maqueta e imprime: Ministerio de Defensa SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PUBLICACIONES Y PATRIMONIO CULTURAL