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CG A 63/16 ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES, MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICA EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS. Reunidos en Sesión Ordinaria, en la sede del Instituto Estatal Electoral los integrantes del Consejo General, previa convocatoria de su Presidente y determinación del quórum legal, con base en los siguientes: R E S U L T A N D O S I. En Sesión Ordinaria del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, celebrada el día treinta y uno de agosto del año dos mil quince, se aprobó el ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL PROYECTO DE PRESUPUESTO ANUAL DE EGRESOS DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, identificado bajo la clave CG-A-22/15, mismo que fue remitido mediante oficio número IEE/P/1575/2015, de fecha treinta y uno de agosto de dos mil quince, al Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, con copia al H. Congreso de Estado, con el objeto de que se procediera a su análisis, discusión y aprobación. II. Este Consejo General en sesión extraordinaria de fecha quince de octubre del año dos mil quince, emitió el ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DETERMINA EL MONTO A SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO PARA EL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DE CAMPAÑA DE LOS CANDIDATOS INDEPENDIENTES, EN EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2015 2016 identificado bajo la clave CG-A-33/15, determinando que el monto a incorporar en la partida referida, fuera la cantidad de $388,607.26 (TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SIETE PESOS 26/100 M.N.), acuerdo que se remitió mediante oficio IEE/P/2144/2015 de fecha dieciséis de octubre del año dos mil quince, al Ing. Carlos Lozano de la Torre, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, con copia al H. Congreso del Estado, con el objeto de que fuera integrado al Proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado del año dos mil dieciséis. III. El día treinta y uno de diciembre de dos mil quince, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, en su Tercera Sección, Tomo XVI, Número 26, Extraordinario, el Decreto número 271 mediante el cual el H. Congreso del Estado de Aguascalientes aprobó el Presupuesto de Egresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal del Año 2016. IV. En fecha nueve de enero de dos mil dieciséis, en Sesión Extraordinaria el Consejo General del Instituto Estatal Electoral emitió el ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL MEDIANTE EL CUAL APRUEBA LA APLICACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y EGRESOS DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, 1

ASÍ COMO EL PROGRAMA ANUAL DE ACTIVIDADES A REALIZAR, PRESENTADO POR EL PRESIDENTE DEL MISMO, identificado bajo la clave CG-A-04/16. V. En fecha diez de marzo de dos mil dieciséis, en Sesión Extraordinaria el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes emitió el ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL AMPLÍA Y MODIFICA SU PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, identificado bajo la clave CG-A-21/16. VI. En fecha veintiocho de julio de dos mil dieciséis, en Sesión Ordinaria el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes emitió el ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL, MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICA EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, identificado bajo la clave CG-A-60/16. C O N S I D E R A N D O PRIMERO. Que conforme a lo establecido en los artículos 116 fracción IV incisos b) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 Apartado B cuarto párrafo de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; y 66 párrafo primero del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes, el Instituto Estatal Electoral es un organismo público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, así como profesional en su desempeño; goza de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones; sus principios rectores son la certeza, la legalidad, la imparcialidad, la independencia, la máxima publicidad, la definitividad y la objetividad. SEGUNDO. Que de acuerdo con lo establecido en el Considerando anterior, el Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes goza de autonomía e independencia en cuanto al manejo y/o administración presupuestal de su patrimonio, siendo integrado parcialmente por las partidas que se señalan anualmente en el Presupuesto de Egresos del Estado, constituyendo la base del presente acuerdo. TERCERO. Que el primer párrafo del artículo 69 del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes establece como órgano superior de dirección y decisión electoral en el Estado al Consejo General del Instituto Estatal Electoral. CUARTO. Que el artículo 76 fracción III del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes estipula que corresponde al Consejero Presidente la atribución de ejercer el Presupuesto de 2

Egresos del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, bajo la aprobación y supervisión del Consejo General del citado organismo. QUINTO. Que el artículo 75 del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes, en sus fracciones XX, XXI y XXII señala que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral tiene las atribuciones de dictar los acuerdos necesarios a fin de cumplimentar lo establecido en el Código en cuestión; conocer, discutir y en su caso, aprobar los presupuestos de ingresos y egresos del Instituto así como los correspondientes informes anuales de su ejercicio; y establecer las normas, procedimientos y criterios para la administración de los recursos financieros y materiales del propio Instituto, por lo tanto este Consejo General resulta competente para emitir el presente acuerdo. SEXTO. Que en atención al acuerdo indicado en el Resultando V del presente instrumento, por el cual se aprueba una ampliación presupuestal, se colige que el monto total para el presupuesto de egresos de este organismo asciende a la cantidad de $84 075,897.12 (OCHENTA Y CUATRO MILLONES SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 12/100 M.N.). SÉPTIMO. Que en atención al acuerdo indicado en el Resultando VI, se modificó el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016 en razón de solventar lo necesario para el desarrollo de la Jornada Electoral. OCTAVO. Conforme a lo vertido en los Considerandos y en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, el gasto público se debe ejercer de conformidad con los principios rectores de eficiencia, eficacia, disciplina, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados; así como de racionalidad, austeridad, rendición de cuentas, perspectiva territorial y de género; por lo que de acuerdo con las necesidades presupuestarias actuales de este Instituto, es que se debe hacer una modificación al Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016, con la finalidad de mejorar el cumplimiento de los objetivos de los programas a cargo de este Organismo y brindar un servicio público de calidad que garantice el correcto desempeño de la función electoral. De las necesidades presupuestarias actuales, y aunado a las economías logradas en el capítulo 1000, es posible, además de necesaria, la adquisición de activos fijos para aumentar el patrimonio del Instituto, en función de lo ya observado en las actividades llevadas a cabo en el Proceso Electoral Local 2015-2016. Los activos fijos constan también en equipo de transporte, adquisición prioritaria a fin de cumplir a cabalidad las actividades propias del Instituto, ya que el actual equipo de transporte se encuentra en notoria desproporción y deterioro para satisfacer las actividades 3

diarias de este Organismo, y siendo deber del mismo brindar seguridad a los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones. En virtud de lo anterior este Consejo General considera procedente realizar una modificación al Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016 de acuerdo con lo siguiente: 1. Disminuir del Capítulo 1000 denominado Servicios Personales la cantidad de $2 199,000.00 (DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), como origen. 2. Aumentar el Capítulo 5000 denominado Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles la cantidad de $2 199,000.00 (DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100 M.N.), aumento conformado por el origen en cuestión. A efecto de dotar de mayor claridad a lo expuesto previamente, esta Autoridad Electoral determina ilustrarlo mediante la tabla que a continuación se inserta, apreciándose el estado de las partidas previo a esta aprobación y el resultado de las mismas con la modificación materia del presente acuerdo: Totales por Capítulo del Presupuesto 2016 del IEE Capítulo Descripción Monto TRANSFERENCIAS Nuevo Monto (+) (-) 1000 Servicios Personales 45,719,310.94-2,199,000.00 43,520,310.94 2000 Materiales y Suministros 24,483,921.82 - - 24,483,921.82 3000 Servicios Generales 13,289,664.36 - - 13,289,664.36 5000 Bienes Muebles e Inmuebles 583,000.00 2,199,000.00-2,782,000.00 Total I.E.E. 84,075,897.12 2,199,000.00 2,199,000.00 84,075,897.12 Por todo lo expuesto y con fundamento en los artículos 4, 66 primer párrafo, 69 primer párrafo, 75 fracciones XX, XXI y XXII y 76 fracción III del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes; 4 y demás relativos de la Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios; y 37 del Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, este Órgano superior de dirección y decisión electoral en el Estado procede a emitir el siguiente: 4

A C U E R D O PRIMERO. Este Consejo General es competente para emitir el presente acuerdo de conformidad con lo establecido en los Considerandos que lo integran. SEGUNDO. Este Consejo General aprueba la modificación al Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal del Año 2016, en términos del Considerando Octavo, en relación y de conformidad con los demás Considerandos que conforman el presente acuerdo. TERCERO. El presente acuerdo entrará en vigor y surtirá sus efectos legales al momento de su aprobación por este Consejo General. CUARTO. Notifíquese por estrados el presente acuerdo en términos de lo establecido por los artículos 318, 320 fracción III y 323 del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes; 45 y 46 párrafo segundo del Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral. QUINTO. Para su conocimiento general publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, así como en la página oficial de internet del Instituto Estatal Electoral, con fundamento en lo establecido por el artículo 46 párrafos primero y segundo del Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral. El presente acuerdo fue tomado en Sesión Ordinaria del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, celebrada a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil dieciséis.------------------- CONSTE.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- EL CONSEJERO PRESIDENTE EL SECRETARIO EJECUTIVO M. EN D. LUIS FERNANDO LANDEROS ORTIZ M. EN D. SANDOR EZEQUIEL HERNÁNDEZ LARA Así lo acordaron, por unanimidad de votos los Consejeros Electorales que integran el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, lo anterior de conformidad con la fracción II del artículo 38 del Reglamento de Reuniones y Sesiones del Consejo General del Instituto Estatal Electoral. 5