INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA NÚM. 1 - LIBERTAS TORREVIEJA http://ies1libertas.edu.gva.es DENOMINACIÓN Bachillerato MODALIDAD Ciencias / Humanidades y Ciencias Sociales TITULACIÓN Bachillerato CURSO Primero y Segundo APROBADO POR: FECHA:
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Página 3 de 16 Revisión:1 01/06/2011 1. DESCRIPCIÓN GENERAL El Bachillerato constituye una etapa post-obligatoria incluida en la Educación Secundaria. El Bachillerato comprende dos cursos académicos, en los que los alumnos cursarán materias comunes, propias a la modalidad de bachillerato elegida y materias optativas. Normativa vigente: Ley Orgánica 8/1985 de 3 de Julio de 1985, Derecho a la educación (BOE de 04.07.85) Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. (BOE de 10.12.2013, nº 295) Decreto 87/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que establece el currículo y desarrolla la ordenación general de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato en la Comunitat Valenciana (DOCV de 10.06.2015) DECRETO 136/2015, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se modifican el Decreto 108/2014, de 4 de julio, del Consell, por el que se establece el currículo y desarrolla la ordenación general de la Educación Primaria en la Comunitat Valenciana, y el Decreto 87/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana. (DOCV de 09.09.2015) 2. FINALIDADES El bachillerato es una etapa postobligatoria de la educación secundaria que tiene por finalidad proporcionar al alumnado formación, madurez intelectual y humana, así como los conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Asimismo, capacitarán al alumnado para acceder a la educación superior. 3. CONDICIONES DE ACCESO Podrán acceder a los estudios de Bachillerato los alumnos y alumnas que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y hayan superado la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria por la opción de enseñanzas académicas. 3
Página 4 de 16 Revisión:1 01/06/2011 De acuerdo con el artículo 53.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño permitirá el acceso directo a cualquiera de las modalidades de Bachillerato. Asimismo, conforme al artículo 65.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el título de Técnico Deportivo permitirá el acceso a cualquiera de las modalidades de Bachillerato. 4. DURACIÓN Un curso académico, con 175 jornadas lectivas, incluidos los días dedicados a exámenes y actividades complementarias y extraescolares. La jornada es de mañana, de 8:00 a 15:05 con 7 periodos lectivos y 2 recreos. En 1º de Bachillerato los miércoles, jueves y viernes su horario lectivo finaliza a las 13:50. En 2º de Bachillerato los miércoles y viernes su horario lectivo finaliza a las 13:50. 1ª (55 ) 08:00 08:55 2ª (55 ) 08:55 09:50 3ª (55 ) 09:50 10:45 4ª Recreo 1 (20 ) 10:45 11:05 5ª (55 ) 11:05 12:00 6ª (55 ) 12:00 12:55 7ª (55 ) 12:55 13:50 8ª Recreo 2 (20 ) 13:50 14:10 9ª (55 ) 14:10 15:05 5. PERMANENCIA El alumnado tendrá derecho a permanecer escolarizado en Bachillerato, en régimen ordinario diurno, durante un máximo de cuatro años, consecutivos o no. El alumnado que agote dicho límite sin haber superado todas las materias podrá continuar sus estudios en los regímenes de Bachillerato nocturno o a distancia, así como presentarse a las pruebas que se organicen para obtener directamente el título de bachiller. 4
Página 5 de 16 Revisión:1 01/06/2011 6. CONDICIONES DE PROMOCIÓN Y TITULACIÓN Promoción Se promocionará al segundo curso cuando se hayan superado todas las materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias como máximo. Quienes promocionen al segundo curso sin haber superado todas las materias, deberán matricularse de las materias pendientes del curso anterior. Permanencia de un año más en el mismo curso. El alumnado que finalice el primer curso de Bachillerato y tenga evaluación negativa en más de dos materias, tendrá que permanecer un año más en primero, que cursará en su totalidad. Evaluación final de Bachillerato. Los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada al finalizar Bachillerato, en la que se comprobará el logro de los objetivos de esta etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes en relación con las siguientes materias: a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de asignaturas troncales. En el supuesto de materias que impliquen continuidad, se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso. b) Dos materias de opción cursadas en el bloque de asignaturas troncales, en cualquiera de los cursos. Las materias que impliquen continuidad entre los cursos primero y segundo sólo computarán como una materia; en este supuesto se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso. c) Una materia del bloque de asignaturas específicas cursada en cualquiera de los cursos, que no sea Educación Física ni Religión. Sólo podrán presentarse a esta evaluación aquellos alumnos y alumnas que hayan obtenido evaluación positiva en todas las materias. A estos efectos, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación con aquellos alumnos y alumnas que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una materia en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que los alumnos y alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque. 5
Página 6 de 16 Revisión:1 01/06/2011 La superación de esta evaluación requerirá una calificación igual o superior a 5 puntos sobre 10. Los alumnos y alumnas que no hayan superado esta evaluación, o que deseen elevar su calificación final de Bachillerato, podrán repetir la evaluación en convocatorias sucesivas, previa solicitud. Se tomará en consideración la calificación más alta de las obtenidas en las convocatorias a las que se haya concurrido. Se celebrarán al menos dos convocatorias anuales, una ordinaria y otra extraordinaria. En el caso de alumnos y alumnas que deseen obtener el título de Bachillerato por más de una modalidad, podrán solicitar que se les evalúe de las materias generales y de opción de su elección del bloque de asignaturas troncales, correspondientes a las modalidades escogidas. Título de Bachiller Para obtener el título de Bachiller será necesaria la superación de la evaluación final de Bachillerato, así como una calificación final de Bachillerato igual o superior a 5 puntos sobre 10. La calificación final de esta etapa se deducirá de la siguiente ponderación: a) con un peso del 60 %, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en Bachillerato. b) con un peso del 40 %, la nota obtenida en la evaluación final de Bachillerato. Asimismo, los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un título de Técnico o de Técnico Superior o de Técnico de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza, podrán obtener el título de Bachiller por la superación de la evaluación final de Bachillerato en relación con las materias del bloque de asignaturas troncales que como mínimo se deban cursar en la modalidad y opción que escoja el alumno o alumna. En el título de Bachiller deberá hacerse referencia a que dicho título se ha obtenido de la forma indicada en el párrafo anterior, así como la calificación final de Bachillerato, que será la nota obtenida en la evaluación final de Bachillerato. 6
Página 7 de 16 Revisión:1 01/06/2011 7. EVALUACIÓN Y MATERIAS INCOMPATIBLES En el supuesto de que algún alumno o alumna se matricule en una materia de modalidad de segundo curso que sea incompatible a efectos de evaluación con alguna de primero por no haber sido cursada por dicho alumno o alumna, este último o esta última deberá matricularse obligatoriamente de la materia de primero correspondiente. Esta materia de primer curso deberá ser cursada y, en su caso, podrá sustituir a la materia optativa de segundo curso; en cualquier caso, la evaluación de la materia de modalidad de segundo curso estará condicionada a la previa superación de la materia de primero. En aquellos casos en que las materias de segundo curso elegidas por parte del alumno o alumna impliquen continuidad con materias de primero que no hubiese cursado, el alumnado, o sus representantes legales si es menor de edad, deberá aceptar expresamente el conocimiento de dicha circunstancia y de las consecuencias derivadas de la misma previamente a formalizar su matrícula en las materias correspondientes. 8. CAMBIOS DE MODALIDAD En este caso, se requerirá que el alumno o alumna se matricule de las materias de segundo curso de la nueva modalidad elegida y, adicionalmente, de todas las 7
Página 8 de 16 Revisión:1 01/06/2011 materias de primero de la nueva modalidad que no hubiese superado previamente al cursar la anterior modalidad. Los cambios de modalidad también podrán ser solicitados por parte del alumnado que repita el segundo curso. En tal caso, habrá de matricularse de todas las materias de la nueva modalidad, de ambos cursos, que no hubiese superado previamente al cursar la anterior modalidad. En los procedimientos de cambio de modalidad, las materias cursadas y no superadas en primero en la modalidad que se abandona no tendrán la consideración de materias pendientes cuando no pertenezcan a la nueva modalidad elegida y, en consecuencia, no sea necesaria su superación para completar la nueva modalidad. Las materias del bloque de asignaturas troncales cursadas y superadas en la modalidad que se abandona cuya superación no sea necesaria para completar la nueva modalidad, podrán sustituir a las asignaturas especificas del primer o del segundo curso al realizar el cambio de modalidad. El alumnado que repita el primer curso podrá elegir una nueva modalidad al volver a cursar primero. El cambio de itinerario en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales se realizara en los mismos términos y siguiendo el mismo procedimiento establecido para los cambios de modalidad, por analogía. 8. CAMBIO DE LA PRIMERA LENGUA EXTRANJERA CURSADA El alumnado que haya cursado en primer curso una determinada Lengua Extranjera, y desee cambiar de Lengua Extranjera por razones justificadas, podrá solicitar dicho cambio si repite primer curso en su totalidad o bien en el momento en que se encuentre en condiciones de promocionar a segundo curso. Este cambio siempre estará supeditado a la oferta y a las posibilidades organizativas del centro. Cuando el cambio de Lengua Extranjera se produce al iniciar el segundo curso de la etapa: a) Si el alumno o alumna superó la Lengua Extranjera de primer curso, podrá matricularse en la nueva Lengua Extranjera de segundo curso tras la superación de una prueba de nivel a realizar por el departamento didáctico correspondiente, mediante la cual se acredite un nivel de competencia adecuado para iniciar el estudio de la lengua en segundo curso. En este caso, 8
Página 9 de 16 Revisión:1 01/06/2011 el alumno o alumna no tendrá que cursar la Lengua Extranjera de primer curso al considerarse que no existe incompatibilidad a efectos de evaluación. b) Si el alumno o alumna obtuvo evaluación negativa en la Lengua Extranjera de primer curso, podrá realizar el cambio de Lengua Extranjera si supera la prueba de nivel a que se refiere el apartado anterior, si bien deberá matricularse en la anterior Lengua Extranjera de primer curso como materia pendiente. Los cambios de Lengua Extranjera deberán ser autorizados por la dirección general competente en materia de ordenación y centros docentes de la Conselleria de Educación, según el siguiente procedimiento y plazo. La dirección de los centros públicos o los titulares de los centros privados remitirán las solicitudes del alumnado antes del 31 de octubre, adjuntando el informe del departamento didáctico respectivo, y un certificado expedido por el centro. La dirección general competente en materia de ordenación y centros docentes resolverá en el plazo máximo de tres meses. Las solicitudes podrán entenderse desestimadas si no se dictase resolución expresa en dicho plazo. 9. ANULACIÓN DE LA MATRÍCULA Los alumnos y alumnas podrán solicitar al director o directora del centro docente donde esté matriculado la anulación de la matrícula correspondiente cuando acredite hallarse en alguna de las circunstancias siguientes: 1. Enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico. 2. Incorporación a un puesto de trabajo 3. Obligaciones ineludibles de tipo personal o familiar que impidan la normal dedicación al estudio. 4. Otras circunstancias, debidamente justificadas, que revistan carácter excepcional. Las solicitudes deberán formularse, en todo caso, antes de finalizar el mes de abril. 10. MATERIAS, ITINERARIOS Y OPTATIVIDAD El I.E.S. NÚM. 1 - LIBERTAS oferta dos modalidades para el alumnado que cursa 1º de Bachillerato: 9
Página 10 de 16 Revisión:1 01/06/2011 1º BACHILLERATO MODALIDAD CIENCIAS MATERIA/HORAS 1º BLOQUE DE ASIGNATURAS TRONCALES 21 Filosofía 3 Lengua castellana y literatura 3 Primera lengua extranjera 3 Troncal de modalidad 1: Matemáticas I 4 Troncal de modalidad 2: Física y química 4 Troncal de modalidad 3: Dibujo Técnico I / Biología y 4 Geología BLOQUE DE ASIGNATURAS ESPECÍFICAS 7 Educación Física 2 BLOQUE I: 3 BLOQUE II: Anatomía Aplicada / Cultura científica / Religión 2 BLOQUE DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA 4 Valenciano: lengua y literatura 3 Tutoría 1 TOTAL 32 ESPECÍFICA BLOQUE I: Análisis Musical I; Dibujo Artístico I; Lenguaje y Práctica Musical; Segunda Lengua Extranjera I; Tecnología Industrial I; Tecnologías de la Información y la Comunicación I; Volumen; o una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o alumna, que será considerada específica a todos los efectos. Serán de oferta obligada las materias Segunda Lengua Extranjera I y Tecnologías de la Información y la Comunicación I, siempre que exista disponibilidad horaria de profesorado con destino definitivo en el centro para su impartición, y esta no implique un incremento de plantilla. 2º BACHILLERATO MODALIDAD CIENCIAS MATERIA/HORAS 2º BLOQUE DE ASIGNATURAS TRONCALES 21 Lengua castellana y literatura II 3 Primera lengua extranjera II 3 Historia de España 3 Troncal de modalidad 1: Matemáticas II 4 Troncal de modalidad 2: Física / Biología 4 Troncal de modalidad 3: Dibujo Técnico I I/ Química 4 BLOQUE DE ASIGNATURAS ESPECÍFICAS 8 Específica 1 4 Específica 2 4 BLOQUE DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA 4 Valenciano: lengua y literatura 3 Tutoría 1 TOTAL 33 10
Página 11 de 16 Revisión:1 01/06/2011 Geología En virtud del artículo 28.4 del Real Decreto 1105/2014, los alumnos y alumnas cursarán dos materias del bloque de asignaturas específicas, a elegir entre las siguientes: a) Análisis Musical II. b) Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente. c) Dibujo Artístico II. d) Fundamentos de Administración y Gestión. e) Historia de la Música y de la Danza. f) Imagen y Sonido. g) Psicología. h) Segunda Lengua Extranjera II. i) Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica. j) Tecnología Industrial II. k) Tecnologías de la Información y la Comunicación II. l) Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o alumna, que será considerada específica a todos los efectos. Serán de oferta obligada las materias Segunda Lengua Extranjera II y Tecnologías de la Información y la Comunicación II, siempre que exista disponibilidad horaria de profesorado con destino definitivo en el centro para su impartición, y esta no implique un incremento de plantilla. 1º BACHILLERATO MODALIDAD HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES MATERIA/HORAS 1º BLOQUE DE ASIGNATURAS TRONCALES 21 Filosofía 3 Lengua castellana y literatura 3 Primera lengua extranjera 3 ITINERARIO DE HUMANIDADES Troncal de modalidad 1: Latín I 11 ITINERARIO DE CIENCIAS SOCIALES Troncal de modalidad 1: Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I Troncal de modalidad 2: Griego I Troncal de modalidad 2: Economía 4 Troncal de modalidad 3: Asignatura a elegir entre: Historia del Mundo Contemporáneo 4 Literatura Universal. BLOQUE DE ASIGNATURAS ESPECÍFICAS 7 Educación Física 2 BLOQUE I: 3 4
Página 12 de 16 Revisión:1 01/06/2011 BLOQUE II: Anatomía Aplicada / Cultura científica / Religión 2 BLOQUE DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA 4 Valenciano: lengua y literatura 3 Tutoría 1 TOTAL 32 ESPECÍFICA BLOQUE I: Análisis Musical I; Dibujo Artístico I; Lenguaje y Práctica Musical; Segunda Lengua Extranjera I; Tecnología Industrial I; Tecnologías de la Información y la Comunicación I; Volumen; o una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o alumna, que será considerada específica a todos los efectos. Serán de oferta obligada las materias Segunda Lengua Extranjera I y Tecnologías de la Información y la Comunicación I, siempre que exista disponibilidad horaria de profesorado con destino definitivo en el centro para su impartición, y esta no implique un incremento de plantilla. 2º BACHILLERATO MODALIDAD HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES MATERIA/HORAS 2º BLOQUE DE ASIGNATURAS TRONCALES 21 Lengua castellana y literatura II 3 Primera lengua extranjera II 3 Historia de España 3 ITINERARIO DE HUMANIDADES Troncal de modalidad 1: Latín II ITINERARIO DE CIENCIAS SOCIALES Troncal de modalidad 1:/Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II Troncal de modalidad 2: Troncal de modalidad 2: Economía de la 4 Troncal de modalidad 3: Asignatura a elegir entre: Geografía Historia del Arte 4 Historia de la Filosofía BLOQUE DE ASIGNATURAS ESPECÍFICAS 8 Específica 1 4 Específica 2 4 BLOQUE DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA 4 Valenciano: lengua y literatura 3 Tutoría 1 TOTAL 33 En virtud del artículo 28.4 del Real Decreto 1105/2014, los alumnos y alumnas cursarán dos materias del bloque de asignaturas específicas, a elegir 12 4
Página 13 de 16 Revisión:1 01/06/2011 entre las siguientes: 1. Análisis Musical II. 2. Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente. 3. Dibujo Artístico II. 4. Fundamentos de Administración y Gestión. 5. Historia de la Música y de la Danza. 6. Imagen y Sonido. 7. Psicología. 8. Segunda Lengua Extranjera II. 9. Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica. 10. Tecnología Industrial II. 11. Tecnologías de la Información y la Comunicación II. 12. Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o alumna, que será considerada específica a todos los efectos. Serán de oferta obligada las materias Segunda Lengua Extranjera II y Tecnologías de la Información y la Comunicación II, siempre que exista disponibilidad horaria de profesorado con destino definitivo en el centro para su impartición, y esta no implique un incremento de plantilla. 11. EVALUACIÓN A comienzo de curso, el profesorado de las distintas asignaturas dará a conocer al alumnado por escrito los criterios de evaluación, calificación y recuperación de la materia. Al mes del inicio de curso, el Equipo Docente realizará una sesión de evaluación inicial con objeto de recoger e intercambiar información sobre las características del grupo y de sus alumnos/as. A lo largo del proceso de aprendizaje se realizarán tres sesiones de evaluación, repartidas proporcionalmente de acuerdo con el calendario lectivo. De cada sesión de evaluación se levantará acta, que el tutor/a entregará en Jefatura de Estudios. De cada sesión de evaluación se remitirá a los padres/madres del alumnado el correspondiente boletín de calificaciones. La evaluación de los alumnos y alumnas tendrá las siguientes características: 1. Se realizará teniendo en cuenta los objetivos educativos de la etapa que se desarrollan con los criterios que se establecen en el currículo y la programación de cada asignatura. 2. Además, en el I.E.S. NÚM. 1 - LIBERTAS se ha acordado desarrollar unos objetivos comunes a todas las asignaturas, que son: 13
Página 14 de 16 Revisión:1 01/06/2011 A. LECTURA COMPRENSIVA. Todas las asignaturas tienen en la lectura comprensiva un método de trabajo para potenciar la autonomía de los alumnos en la construcción de su propio aprendizaje. Por ello en todas las materias se desarrollarán actividades, tanto individuales como colectivas, sobre las distintas técnicas que la hacen efectiva en el dominio del lenguaje y la correcta interpretación de los distintos textos que cada una emplea para transmitir información, prescribir procedimientos o fomentar valores y hábitos. Para conseguir el dominio de los elementos del texto o vocabulario básico será necesaria la consulta habitual de diccionarios u otros tipos de instrumentos de interpretación. Después de una lectura global, para superar la superficialidad de la primera impresión se pasará a la lectura detenida con técnicas de fijación o recuerdo, subrayado, anotaciones y reescrito. Se realizarán síntesis verbales y escritas de los textos para promover la asimilación de sus contenidos y la comprensión de las relaciones lógicas que se establecen entre sus elementos. B. EXPRESIÓN ORAL Y ESCRITA. Desde todas las asignaturas se realizarán actividades que ayuden a potenciar y estimular el buen uso del idioma, tanto de su adecuada comprensión como de su expresión. Estas actividades podrán incluir, entre otras, las intervenciones orales breves, los debates, lecturas y exposiciones orales amplias, las composiciones escritas en lenguaje personal, los trabajos con artículos de prensa, la lectura de libros (distintos de los libros de texto). En las intervenciones orales se les corregirá a los alumnos los defectos de expresión, y en los exámenes y trabajos las faltas de ortografía y sintaxis. Tanto en la calificación de cada prueba corregida como en la evaluación trimestral, los profesores tendrán en cuenta, positiva o negativamente según los casos y del modo que estipule cada Departamento Didáctico, el avance o el nivel alcanzado por cada alumno/a con respecto a este objetivo común de expresión. 3. Se realizará de forma diferenciada por asignaturas teniendo en cuenta la madurez académica de los alumnos y sus posibilidades de progreso en estudios posteriores. 4. Debe realizarse de forma continua y tiene un carácter eminentemente formativo. El carácter continuo de la evaluación implica el seguimiento permanente del proceso educativo de los alumnos/as. Los profesores recogerán información mediante la observación sistemática, el análisis de los trabajos de los alumnos/as y las pruebas específicas. 5. La calificación se indicará según una escala numérica de 0 a 10. 6. La evaluación final será el resultado del proceso de evaluación continua y se realizará en el mes de junio. 7. Convocatoria extraordinaria. Si se suspende alguna asignatura en junio, hay una oportunidad para superarla en los exámenes extraordinarios que se 14
Página 15 de 16 Revisión:1 01/06/2011 realizarán en las fechas que determine la conselleria competente en materia de educación. 8. En la prueba extraordinaria, si el alumno no se presenta, la nota se reflejará como NP (no presentado) 9. Cada Departamento incluye en sus programaciones la forma en que concretarán los procesos de evaluación y recuperación en el marco de la evaluación continua. 12. SERVICIOS ADICIONALES DEL CURSO Biblioteca de consulta y préstamo durante los recreos que se asignen para ello. Departamento de Orientación Escolar. 15
Fecha de impresión: 01 de junio de 2011