81,9(56,'$'',675,7$/)5$1&,6&2-26('(&$/'$6

Documentos relacionados
UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION No. 089 Noviembre 27 de 2002

Convocatoria nacional Jóvenes investigadores e innovadores 2016 COLCIENCIAS

CONSIDERACIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE OBRAS DE PRODUCCIÓN INTELECTUAL

FORMATO HOJA DE VIDA ASPIRANTES. OFERTA DIRECCIÓN TESIS Temática Profesor DATOS DEL ASPIRANTE

Concepto Grupo de Seguimiento al Régimen Salarial y Prestacional de los Profesores Universitarios.

Consejo de Gobierno 4 de marzo de 2015

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

2 9 '.-,',",,~.. ). 2008

CONVOCATORIA NO. FE 034 DOCENTE GERENCIA DE RIESGOS LABORALES Y SEGURIDAD PARA EL TRABAJO

EQUIVALENCIAS, CONVALIDACIONES Y EXENCIONES PARA LA PRUEBA PARA LA OBTENCIÓN DIRECTA DEL TÍTULO DE BACHILLER PARA PERSONAS MAYORES DE 20 AÑOS

Quiénes pueden inscribirse en la UCV?

CONVOCATORIA No. IFTDH DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO

REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SALUD DECRETO EJECUTIVO 339. (De 27 de agosto de 2007) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COLOMBIA CONVOCATORIA A CONCURSO PÚBLICO PARA PERSONAL DOCENTE

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS

Pontificia Universidad JAVERIANA Bogotá

CONVOCATORIA No. DRU - 041

RESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL PROGRAMA DE BECAS PARA LA EXCELENCIA DOCENTE

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN

RESOLUCIÓN RECTORAL No (Junio 8 de 2010)

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

REGLAMENTO DE PUBLICACIONES

Normativa Transferencia y Reconocimiento de créditos Centro Universitario EDEM

PRIMER NIVEL DE ATENCION

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS VICERRECTORIA ACADEMICA OFICINA DE DOCENCIA Datos a la fecha 3 de Diciembre de 2014

FEDERACIÓN COLOMBIANA DE GOLF DIVISIÓN PROFESIONAL REGLAMENTO 003

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

REGLAMENTO ESPECIAL DE ESTUDIOS REGIMEN SEMESTRAL DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO

CONCURSO PÚBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN DE OFICINAS DE FARMACIA

Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7

MINISTERIO DE CULTURA PROGRAMA NACIONAL DE CONCERTACIÓN CULTURAL

ACUERDO 365 (04 de noviembre de 2014)

M E M O R A N D O. Ingeniera ADRIANA MARCELA ORDÓÑEZ MARTÍNEZ, Directora de Desarrollo Humano

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS 2014

ANEXO No. 1 REGLAMENTO OPERATIVO JÓVENES INVESTIGADORES E INNOVADORES ALIANZA SENA Bogotá, D. C., 2016

ANEXO II BAREMO DE MÉRITOS. 1. Por cada año de servicios prestados como funcionario interino o contratado laboral:

OPOSICIONES 2010 SECUNDARIA

profesional Laboratorio del mercadotecnia o consumidor profesional en comercio Mercadeo internacional I

REQUISITOS DE ADMISIÓN PREGRADO Y POSGRADO

ANEXO I. Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 (marzo 23) CONSIDERANDO:

UNIVERSIDAD DE SUCRE SINCELEJO COLOMBIA CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO ACUERDO No.14 DE 2014

PRUEBAS LIBRES PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA

CONSEJO QUINTANARROENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Reglamento de Títulos y Grados (Documento Nº1.127 anexo al Decreto Nº142/92 del 7 de diciembre de 1992: modificado por decreto Nº97/2010 de fecha 10

INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN PUBLICACIÓN CONVOCATORIA EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

INFORMACIÓN E INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE CONVALIDACIÓN

XII. PATRIMONIO DE IMÁGENES EN MOVIMIENTO

Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recito fiscalizado estratégico, de conformidad con la

Vicerrectorado de Posgrado y Doctorado

Reglamento para la selección de Profesores Eventuales y Profesores Asistentes mediante el concurso de Banco de Datos

OBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO EL RÉGIMEN ESPECIAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS - CAS

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS

CONVOCATORIA A CONCURSO DE MÉRITOS PARA COORDINADOR INTERINO DE LA CARRERA DE INGENIERÍA EN MEDIO AMBIENTE CONVOCATORIA N /2016

PROCESO CAS N ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO

RESOLUCION DE DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA 20/2008

PROCESO CAS N SANIPES CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE UN ESPECIALISTA EN CONTRATACIONES

CONVOCATORIA PROCESO DE ADMISIÓN REGULAR SEGUNDO SEMESTRE DE 2016

Universidad Nacional autónoma de Honduras Dirección de Docencia

MAESTRÍA EN EPIDEMIOLOGÍA

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO

INSTRUCTIVO PARA LA EXPEDICION DE CERTIFICACIONES Y DUPLICADO DE DOCUMENTOS

CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS N CONSUCODE PARA CUBRIR LA PLAZA VACANTE DE CHOFER (TÉCNICO 2)

PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO

Proyecto de decreto por medio del cual se reglamentan los artículos 10, 11, 18, 23, 24 y 25 de la Ley 1164 de 2007

Fisioterapia con énfasis musculo esquelético

PROCESO CAS N ANA COMISIÓN DE SELECCIÓN

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BOLSA DE EMPLEO DE LA ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA JULIO GARAVITO

RESOLUCIÓN NÚMERO 6790

INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN

COPIA NO CONTROLADA CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA DE ANÁLISIS DE ANTECEDENTES

ANEXO 01 INSTRUCTIVO PARA EL MODELO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS

MATRÍCULA 2015-I ALUMNOS REGULARES

Preámbulo: PwyFEFgcLA7x4NAvC/eDmw==

FONDO DE EMPLEADOS DE EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN REGLAMENTO DE AUXILIOS EDUCATIVOS TÍTULO IV SUBSIDIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Bachiller y/o Licenciado en Comunicaciones y/o Ciencias Sociales Experiencia laboral mínima de tres (03) años en el sector

Becas Excelencia Información General. Estado. Plazo de presentación de solicitudes. Orden. Objeto. Cuantía de las becas ABIERTA

PROCESO CAS N SANIPES

Fecha de publicación: Marzo 19 de 2015

Formulario de Solicitud de Inscripción y Autorización

Universidad EAFIT Dirección de Desarrollo Humano Bienestar Universitario POLÍTICA DE BONIFICACIONES CONSTITUTIVAS Y NO CONSTITUTIVAS DE SALARIO

ANEXO V BAREMO DE MÉRITOS PARA EL INGRESO AL CUERPO DE MAESTROS

Código. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

I ENCUENTRO DE INVESTIGACION EN FORMACION DE ABOGADOS. CECAR- ACOFADE

Documentos Anexos para la selección de cargos 2016 ANEXO 2: CURRICULUM VITAE PARA LA SELECCIÓN DE CARGOS DEL INSTITUTO DE TRABAJO SOCIAL - UNA

PROCESO CAS Nº SUCAMEC-CAS

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA CULTURA FÍSICA

CONVOCATORIA SELECCIÓN SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DEL CONTRATO A PARTIR DEL 29 DE SETIEMBRE 2014

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

0,700 0,350 0,150 0,100

Aprueban normas reglamentarias del Decreto Legislativo Nº 998 que impulsa la mejora de la calidad de la formación docente

ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO

BASES DEL CONCURSO DE LA FACULTAD DE MEDICINA

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO

REQUISITOS GENERALES DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN CIENCIAS EN INGENIERÍA MECÁNICA

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

Transcripción:

81,9(56,'$'',675,7$/)5$1&,6&2-26('(&$/'$6 &5,7(5,26'((9$/8$&,Ñ1<$6,*1$&,Ñ1'(3817$-(66$/$5,$/(6 1. A los Empleados públicos docentes (Decreto 1279/02) se les otorga anualmente (2) puntos por experiencia calificada, incluyendo a los docentes que se encuentren desempeñando funciones académico administrativas, (artículo 18, parágrafo II del Decreto 1279/02). 2. Por título de Especialización (20) puntos, 2da. especialización (10) puntos más, máximo (30) puntos, según lo establecido en el artículo 7, numeral 2, literal a del Decreto 1279/ 02. 3. Si a un docente se le han reconocido Puntos de Bonificación por la publicación de un artículo en una revista no indexada u homologada por Colciencias y posteriormente el mismo artículo es publicado en una revista indexada, se podrán reconocer puntos salariales por el mismo artículo, siempre y cuando haya trascurrido un año desde el reconocimiento de la Bonificación. 4. Cuando un profesor presenta en un evento especializado una ponencia y se le reconocen puntos de bonificación y posteriormente la publica en forma extensa en una revista indexada u homologada por Colciencias, es posible reconocerle puntos salariales, siempre y cuando haya transcurrido un año desde el reconocimiento de la bonificación. 5. Si la publicación de la ponencia se realiza en un libro, podrán asignársele puntos salariales previa evaluación de pares externos de las listas de Colciencias y solamente después de transcurrido un año desde el reconocimiento de la bonificación. 6. El proceso de inscripción en Colciencias, para la indexación, homologación y clasificación de revistas, debe ser realizado por la Universidad, de acuerdo con los procedimientos establecidos por Colciencias. 7. Para los profesores que realizan actividades académico administrativas, es posible el reconocimiento de puntos de bonificación por conceptos diferentes al desempeño destacado de las labores de docencia y extensión, y experiencia calificada, de que trata el artículo 18 del Decreto 1279/02, de otra parte, solo pueden modificar su salario mediante el reconocimiento de puntos por gestión académico administrativa y por el reconocimiento de (2) puntos por experiencia calificada. 8. No es posible reconocer puntos salariales por artículos publicados en revistas que no estén indexadas u homologadas por Colciencias.

9. Le corresponde a Colciencias fijar los parámetros para la comunicación corta y los criterios para la evaluación de la producción técnica. 10. Los profesores pueden diligenciar el CVLAC como registro de pares, para convertirse en evaluador en Colciencias. 11. Cuando los pares académicos no cumplan la función asignada, en el término previsto 15 días hábiles, deberán ser reportados por la Universidad a Colciencias. En cualquier caso, en la minuta de contratación se deberán señalar expresamente las obligaciones a que están sujetos. 12. Para Patentes de invención, cumplido los dos requisitos señalados en el artículo 23 del Decreto 1279/02, se reconocerá la totalidad de los puntos que para este concepto se disponga. 13. Para la evaluación de producción intelectual, se designarán dos evaluadores externos, los cuales tendrán 15 días hábiles para efectuar la evaluación. Si pasado el tiempo solo se ha presentado el concepto de un evaluador, se podrán asignar los puntos con la evaluación del par que cumplió o diò respuesta oportuna. 14. Cuando un docente ocupa un cargo académico administrativo, las prestaciones aplicables son las que le correspondan al régimen docente. 15. Las modificaciones salariales tendrán efecto a partir de la fecha en que el Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje CIARP-UD, expida el acto formal de reconocimiento. El Rector mediante acto administrativo, dos veces por año, deberá determinar el total de puntos que corresponda a cada docente y la fecha a partir de la cual se hará efectivo el pago. 16. Asignación de puntajes por títulos académicos de Postgrado obtenidos en el Exterior: En concordancia con las instrucciones dadas por el Ministerio de Educación Nacional con respecto a los puntos salariales por obtención de títulos de postgrado obtenidos fuera del país, la Oficina de Docencia informa al personal docente de la Universidad, los tramites que han de adelantar para solicitud de convalidación del título ante el Ministerio de Educación Nacional (Resolución 1567 de junio 3 de 2004, expedida por el Ministerio de Educación Nacional). 1. Son documentos válidos para acreditar inicialmente y durante el periodo de un año la obtención del título de postgrado, la fotocopia del diploma o del acta de grado. 2. Radicando este documento junto con el formato de solicitud en la Oficina del Comité, éste inicia el trámite de evaluación y asignación de puntaje. Es necesario adjuntar los siguientes documentos para la evaluación. * Fotocopia de las calificaciones obtenidas y su traducción cuando haya lugar a ello.

* Copia de la tesis o trabajo de grado cuando haya lugar. * Declaración escrita del interesado donde conste el tiempo de permanencia en la institución que otorgó el título y modalidad del programa (presencial, semipresencial, a distancia). Si el título lo otorga la Universidad a la cual se encuentra adscrito, no es necesario este documento. 3. El Comité interno de asignación y Reconocimiento de Puntaje, basándose en las listas suministradas por el Ministerio de Educación Nacional, asignará un puntaje que no obstante solo le será efectivamente reconocido al docente, mediante resolución de Rectoría, cuando presente la respectiva convalidación u homologación por parte del Ministerio de Educación Nacional. El pago de los puntos se realizará retroactivamente desde la fecha de expedición del acto administrativo de asignación del puntaje. 4. El Comité de Asignación de Puntaje concede al docente hasta (2) años de plazo para presentar la respectiva convalidación u homologación de su título por parte del Ministerio de Educación Nacional. Transcurrido este plazo y si no se allega la convalidación del título, el acto por el cual el Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje reconoce los puntos, perderá fuerza ejecutoría, pues el fundamento que dio origen, (el título) ha desaparecido, por lo que no se reconocerán los puntos. El docente podrá solicitar un nuevo reconocimiento y solo a partir de la fecha en que se oficializa dicho reconocimiento se determinarán los puntos a ser reconocidos, previa presentación del título debidamente homologado o convalidado. 5. Si llegase a existir alguna diferencia entre la estimación inicialmente realizada por el Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje y la que finalmente realice el Ministerio de Educación Nacional, El Comité procederá a ajustar los puntajes correspondientes de acuerdo con el concepto del Ministerio. NOMBRE DEL TRÁMITE * Convalidación de títulos DESCRIPCIÒN * Es el reconocimiento que realiza el MEN de Colombia, de los títulos académicos de pregrado o postgrado de educación superior otorgados por instituciones extranjeras, por estudios cursados en el exterior, con el objeto de establecer una equivalencia que se ajuste a la legislación colombiana. DURACIÒN DEL TRAMITE * 4 MESES OFICINA DE RECEPCIÒN DE TRAMITES * Atención al Ciudadano

HORARIO * 8 AM a 12 PM REQUISITOS * Presentar solicitud escrita (Formato emitido por el MEN con su respectivo instructivo) * Original y copia del diploma * Fotocopia del documento de identidad (cédula colombiana o extranjería) * Fotocopia del título de pregrado (obtenido en Colombia) * Fotocopia del titulo de Bachiller (Convalidado por el MEN si se ha obtenido en el exterior) * Descripción del contenido del programa académico analítico correspondiente a los años de estudio, sellado por la institución que otorga el título. * Copia de la tesis de grado de Magíster y resumen en español (aplica sólo en algunos casos de doctorado y maestría) NOTA: Para la documentación incluida en otros idiomas, debe anexarse la correspondiente traducción al español Preparó: Oficina de Docencia Octubre /04

81,9(56,'$'',675,7$/)5$1&,6&2-26('(&$/'$6 6,67(0$'(%21,),&$&,21(6'2&(17(6 $&8(5'2 &216(-2683(5,2581,9(56,7$5,2 '(),1,&,Ñ1 Son reconocimientos monetarios no salariales, que se reconocen por una sola vez, correspondiente a actividades de productividad académica y que no ocasionan pagos genéricos indiscriminados. Se pagan 2 veces al año (septiembre y abril). Valor del Punto de Bonificación: Es el mismo establecido como valor del punto salarial (para año 2004 $6661) Se reconocen puntos por topes: 1. Videos; cinematográficos o fonográficos: 15; 30; 48 puntos 2. Obras Artísticas: 24; 48; 72 puntos 3. Ponencias: Internacional 84 puntos Nacional 48 puntos Regional 24 puntos 4. Publicación Impresa Universitaria: máximo 60 puntos 5. Estudios Posdoctorales: máximo 120 puntos 6. Reseñas Criticas: máximo 12 puntos 7. Traducciones: máximo 36 puntos 8. Dirección individual Tesis de Maestría Laureada 36 puntos Meritoria 32 puntos Aprobada 20 puntos Dirección Tesis Doctorales Laureada Meritoria Aprobada 9. Evaluación como Par académico: Reseñas Obras artísticas 72 puntos 70 puntos 62 puntos 12 puntos 14 puntos

Artículos 15 puntos Libros 20 puntos Trabajos para cambios de categoría 20 puntos Para asignar puntos por publicaciones de Ponencias en eventos especializados, el CIARP- UD, debe solicitar al docente: a) Las memorias del evento especializado en los que aparezca publicada la ponencia o por lo menos el abstract. b) Certificación del evento de la presentación de la ponencia. c) La ponencia completa en caso de no estar publicada en las memorias del evento. d) La ponencia debe haberse presentado en representación oficial de la Universidad, es decir a nombre de la Institución en la cual está vinculado el docente y debe tener relación con su campo de acción docente o investigativa y de carácter científico, técnico, artístico, humanístico o pedagógico. Preparó: Oficina de Docencia Octubre /04