CPE. COMISiÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD DIVISiÓN GOLFO CENTRO CONTRATO N CONVENIO N DUSB-030/2015

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Transcripción:

CPE - ----,--- COMISiÓN FEDERAL Df. f.lf.(.tric I L)AD CONVENIO MODIFICATORIO AL CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS NUMERO 800733438, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA, REPRESENTADA POR EL SEÑOR ING. GILBERTO RODRIGUEZ ACEVEDO, EN SU CARÁCTER DE GERENTE DIVISIONAL DE DISTRIBUCION GOLFO CENTRO, Y POR LA OTRA: ANA LAURA AVILES GOMEZ (P.F.), POR SU PROPIO DERECHO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE DENOMINARAN LA COMISiÓN Y EL PROVEEDOR RESPECTIVAMENTE, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y clausulas: DE C LAR A C ION E S: LAS PARTES DECLARAN QUE: /.1 Con fecha 14 de Julio de 2015, LA COMISiÓN Y EL PROVEEDOR celebraron el Contrato de Prestación de Servicios número 800733438, en el cual EL PROVEEDOR se obligó a ejecutar los trabajos descritos en la cláusula primera, consistentes en: "REPARTO DE AVISOS-RECIBOS MENSUALES Y BIMESTRALES EN EL ÁREA CONURBADA DE TAMPICO, MADERO y ALTAMIRA, PERTENECIENTES A LA ZONA TAMPICO DE LA DIVISiÓN DE DISTRIBUCiÓN GOLFO CENTRO", con un importe total de $609,841.00 (SEISCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.) más I.V.A., estableciendo como plazo de ejecución 170 días naturales, del 15 de Julio de 2015 al 31 de Diciembre de 2014. 1.2 El contrato aludido está regulado por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y conforme al Artículo 52 de la misma, LA COMISION podrá modificar el contrato dentro de los 12 meses posteriores a su firma siempre que el monto total de las modificaciones no rebase el 20% del monto original e igual porcentaje se aplicará a las modificaciones por ampliación al plazo y cuya prestación de servicios se realice de manera continua y reiterada. Con fundamento en el Artículo 92 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones. Arrendamientos y Servicios del Sector Público, LA COMISiÓN podrá ampliar la vigencia del contrato que requiera continuidad una vez que concluya el ejercicio fiscal en el que originalmente terminó su vigencia, siempre y cuando no exceda el primer trimestre del ejercicio fiscal siguiente y resulte indispensable para no interrumpir la operación regular de la entidad, quedando sujeto a la disponibilidad presupuestaria. /l. LA COMISiÓN DECLARA QUE: 1/.1 A la fecha se ha determinado la necesidad de modificar el contrato original, referente al "REPARTO DE AVISOS-RECIBOS MENSUALES Y BIMESTRALES EN EL ÁREA CONURBADA DE TAMPICO, MADERO y AL TAMIRA, PERTENECIENTES A LA ZONA TAMPICO DE LA DIVISiÓN DE DISTRIBUCiÓN GOLFO CENTRO". por lo que se requiere la celebración de este convenio modificatorio, en razón de que: a) La realización de Reparto de Aviso Recibo es una actividad permanente y continua, ya que este trabajo permiten entregar oportunamente a los clientes del servicio público de energía eléctrica los avisos. recibos, y con estas actividades se logra recaudar la cobranza en tiempo y forma, aportando financieramente a la empresa Comisión Federal de Electricidad y afectando directamente el resultado de los Indicadores de cobranza (Indicador del Contrato Programa Gestión), asi como a la Cartera Vencida, la cual está considerada como una de las Lineas principales de Acción definidas por la Dirección General de CFE para el periodo 2015-2018. b) Con base al inciso a) de este numeral 11.1, se requiere ampliar el monto del contrato, en $121,968.20 (CIENTO VEINTiÚN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 20/100 M.N.) más IVA:, equivalente al 20.00 % respecto al importe del contrato original para no interrumpir la continuidad del servicio. e) Con base a lo indicado en el inciso a) de este numeral 11.1, se requiere ampliar la vigencia del Contrato en 34 días naturales, quedando como nueva fecha de terminación el 03 de Febrero de 2016. Las firmas y antefirmas corresponden al Convenio W DUSB 030/2015 del Contrato de Prestación de Servicios N 800733438 celebrado entre la Comisión Federal de Electricidad y ANA LAURA AVlLES GÓMEZ (P.F.).

CPE -C:: CO""MC":,,"' IÓN C:: " C:: O'=-IIA""L DE Elt:crR, ICI OAO Estas son las razones fundadas y explícitas de interés general que justifican la celebración del presente convenio. En virtud de tales razones se requiere ampliar el monto del contrato en $121,968.20 (CIENTO VEINTiÚN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 20/100 MN), mas IVA., equivalente al 20.00 % respecto al importe del contrato original, por lo cual este convenio se rige por el Articulo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Así como ampliar la vigencia del contrato en 34 días naturales equivalentes al 20% del plazo contratado originalmente, con fundamento en el Articulo 92 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. 111. EL PROVEEDOR DECLARA QUE: 111.1 Conoce el alcance de las modificaciones materia de este convenio, tiene capacidad jurldica y dispone de la organización y los elementos suficientes para cumplir con ellas. Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes: PRIMERA: Las partes convienen en : C L A U S U L A S: A) VIGENCIA.- Ampliar la vigencia del contrato, de acuerdo a lo indicado en la declaración 11.1 de este convenio en 34 días naturales, con fundamento en el Artículo 92 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. B) MONTO.- Ampliar el monto del contrato en $121,968.20 (CIENTO VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 20/100 MN), mas IVA, quedando como nuevo monto contratado de $731,809.20 (SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NUEVE PESOS 20/100 M.N. mas IVA. C) PLAZO.- Ampliar la vigencia del contrato en 34 días naturales quedando como consecuencia un nuevo plazo contratado de 204 días naturales, siendo la nueva fecha de terminación el 03 de Febrero de 2016. SEGUNDA: EL PROVEEDOR expresa su conformidad con la modificación a que se contrae la cláusula anterior, respetando volumen de trabajo y precios unitarios aprobados por LA COMISiÓN, Y que firmados por las partes aparecen en el contrato original. TERCERA: Por quedar plenamente satisfechos sus derechos derivados del contrato original que se modifica y por las razones expuestas en este convenio, EL PROVEEDOR renuncia expresamente a cualquier otra compensación, indemnización o pago que pudiera derivar o derive de las causas, motivo u objeto del presente convenio, salvo los que en el mismo se estipulan. CUARTA: EL PROVEEDOR modificará según corresponda, las fianzas otorgadas anteriormente respecto a las obligaciones contraídas en el contrato original, para lo cual presentará a LA COMISION una póliza de fianza adicional en la que deberá estipularse que es conjunta, solidaria e inseparable de la otorgada para el contrato original. o bien, EL PROVEEDOR obtendrá el documento modificatorio, ampliatorio de la fianza, en los términos del Artículo 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en el entendido de que sus términos y condiciones se sujetarán a lo estipulado en el contrato original. las finnas y antefinnas corresponden al Convenio N DUSB-03012015 del Contrato de Prestación de Servicios N 800733438 celebrado entre la Comisión Federal de Electricidad y ANA LAURA AVlLES GÓMEZ (P.F.).

CfE ---:-:::c -- COM I SIÓN FEDERA L Df. EUCTRtCIDAD QUINTA: Ambas partes convienen en que con excepción de lo que expresamente se estipula en los términos de este convenio, rigen todas y cada una de las cláusulas del contrato original. SEXTA: Para la interpretación y cumplimiento de este Convenio, así como de todo aquello que no esté expresamente previsto en el mismo, EL PROVEEDOR se somete a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales de la ciudad de Tampico, Tamaulipas, o los que designe LA COMISION, por lo tanto EL PROVEEDOR renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio o por cualquier otra causa. Atento a lo previsto en el Artículo 64 de la LAASSP, y en virtud de que se omitió formular oportunamente el presente documento se firma en 2 tantos en la Cd. de Tampico, Tam., a los 31 días del mes de Diciembre de 2015, para efectos de tramitar la regularización ante las autoridades competentes. FIRMAS POR LA COMISiÓN ING. GABRI ' - ARTlNEZ LOAIZA SUBGERENTE COM RCIAL DE LA COMISiÓN FEDERAL ELECTRICIDAD LIC. ANTON O CASTILLO REY JEFE DEPART MENTO JURíDICO DIV ING. GILBERTO O RIGUEZ ACEVEDO GERENTE DIVISI NAL DE LA DIVISION DE DISTRIBU ON GOLFO CENTRO POR EL PROVEEDOR ANA LAURA VI S GOMEZ (P.F.) RFC AIGA6404288JO Las firmas y antefirmas corresponden al Convenio N DUSB-030/2015 del Contrato de Prestación de Servicios N 800733438 celebrado entre la Comisión Federal de Electricidad y ANA LAURA AVILES GÓMEZ IP.F.).

;}!1 J J;} MENSAlERlA Y PAQUETERlA ANA LAURA AVILES GOMEZ Ejérdto Me.xicono #506 - B.3er. Piso, Col. latro Aguirre. Tampico: Tomps. a 89140 TeJ. Y fax. 2-13-02-22 Tampico, Tam., Noviembre 19 de 2015 A1N. C.P José Carlos Coronado Almazán Jefe de Departamento Comercial de Zona Tampico C.F.E. Me permito atender su gentil invitación y poder seguir formapdo parte del padrón de Prestadores de Sef\icios de la empresa Comisión Federal de Electricidad, y continuar proporcionando nuestros servicios especializados de entrega a domicilio. Por tal motivo, me permito reiterarle que continuamos con la misma propuesta, respetando el precio del contrato (No. 800733438) actual, para la entrega de A visos Recibos en la zona conurbada de: I Tampico, Madero y Altamira, Tam. I $1.70 + IV A por recibo. Esperando vemos favorecidos nuevamente con su aprobación, quedamos a sus órdenes. ANA LAUR,,y1l:JII Mensajería Avisa.. _..._.-......._----- ---_._..-...--_._-

Se testó la siguiente información: 1.- Se testó el nombre del proveedor. 2.- Se testó el domicilio fiscal del proveedor. 3.- Se testó el R.F.C. del proveedor. 4.- Se testó número telefónico del proveedor. Lo anterior por tratarse de información confidencial (datos personales), de conformidad con el artículos 113, fracción I y III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública