CERTIFICADO DE SEGURO DE MASCOTAS

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CERTIFICADO DE SEGURO DE MASCOTAS MUSSAP - Mutua de Seguros y reaseguros a P.F., con domicilio a Vía Laietana, 20 ático - 08003- BARCELONA. CERTIFICA: Que la mascota Billy de raza Cruce con razas no peligrosas con CHIP 941000021329105 y fecha de nacimiento 01/01/2017, cuyo propietario es Ana Belén Lorenzo Ballestero con DNI 46845664T y domicilio en C/ Torremolinos,20, 1º2, consta en el día de hoy como asegurado en la póliza nº 1788563. Mediada por Comparaseguros Correduría de Seguros SLU con CIF B-87275848. Siendo el tomador RASTREATOR.COM LIMITED Sucursal en España, con domicilio social en Paseo de la Castellana, 163, oficina piso 4º izquierda, código postal 28046, Madrid, España CIF W8260877I. Esta póliza asegura de acuerdo con las limitaciones y exclusiones de las Condiciones Particulares, Especiales y Generales, las siguientes coberturas: MUERTE POR ACCIDENTE...100 ROBO...100 SACRIFICIO Y ELIMINACIÓN POR ACCIDENTE...150 EXTRAVÍO...150 ASISTENCIA 24h PARA EMERGENCIAS RESPONSABILIDAD CIVIL...150.000 Franquicia RC...100 La citada franquicia de 100 sobre los daños materiales ocasionados a terceros por el animal asegurado será a cargo del propietario del mismo. El capital de 150.000 establecido para la garantía de Responsabilidad Civil, se entenderá ampliado hasta el capital exigido legalmente por las diferentes autoridades competentes del lugar de domicilio de los propietarios del animal asegurado, siempre y cuando éste no supere el importe de 180.000. Período de vigencia del contrato: efecto 17/04/2017 y vencimiento 17/04/2018

Los animales se deberán encontrar en perfecto estado de salud y sin ningún daño o incapacidad física, del tipo que fuese, en el momento en que el seguro entra en vigor, y estar al corriente en los programs oficiales de vacunación de rabia así como de cuantos programas sanitarios establezca la autoridad competente en materia de sanidad animal. Definiciones RESPONSABILIDAD CIVIL: Mediante esta cobertura el asegurador toma a su cargo el pago de las indemnizaciones exigidas por un tercero por los daños personales y/o materiales, así como por los perjuicios económicos derivados de dichos daños, ocasionados por el animal objeto del seguro durante la vigencia de esta cobertura ANIMAL ASEGURADO: Aquellos animales destinados a compañía exceptuando, en cualquier circunstancia, los destinados a vigilancia, la caza o cualquier otro tipo de deporte, excepto si su cobertura figura en las condiciones particulares. FRANQUICIA: La cantidad expresamente pactada que se deducirá de la indemnización que corresponda en cada siniestro y que, por tanto, corre a cargo del asegurado. ACCIDENTE: La lesión o traumatismo en el cuerpo del animal que derive de una acción violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado. SACRIFICIO NECESARIO: Es el que deberá de realizar el veterinario para poner fin a la vida del animal asegurado aquejado de un sufrimiento irreversible producido por un accidente. ROBO: Apoderamiento ilegítimo por parte de terceros del animal descrito en las Condiciones Particulares mediante actos que impliquen fuerza en las cosas o violencia en las personas. EXTRAVÍO: Pérdida del animal por descuido del asegurado o persona encargada de su custodia. Se procederá a la inserción en la prensa o radio locales de anuncios, con el coste máximo fijado en las condiciones particulares de la póliza. ASISTENCIA 24h PARA EMERGENCIAS: 902523010 Servicio de urgencias veterinarias 24 h. si la mascota y su dueño se encuentran en el propio domicilio o de viaje por territorio nacional. El dueño del animal podrá solicitar un servicio de urgencias veterinarias a domicilio. En este caso, el coste de dicho servicio será a cargo del dueño del animal. Este servicio se prestará teniendo en cuenta la posible limitación que represente, por cuestiones de ubicación geográfica en zonas aisladas, la imposibilidad de una accesibilidad rápida y eficaz al servicio de urgencias. CLAUSULAS LIMITATIVAS: No seran asegurables aquellos animales que tengan una edad inferior a tres meses cumplidos o superior a 7 años cumplidos. ESTIPULACIÓN PRIMERA: OBJETO DEL SEGURO SUMA ASEGURADA Salvo que las partes estipulen otra cosa, la suma asegurada se mantendrá constante hasta que el animal tenga siete años cumplidos. A partir de este momento, anualmente, y en lo que concierne al valor declarado del animal en las garantías de muerte por accidente y robo, éste sufrirá un decremento de un 30 por ciento de la anualidad inmediatamente anterior. No serán asegurables aquellos animales que tengan una edad inferior a tres meses cumplidos o superior a 7 años cumplidos, si bien, en este último caso, se admitirá la prórroga del contrato en las condiciones indicadas en el párrafo anterior.

ESTIPULACIÓN SEGUNDA: COBERTURAS BÁSICAS MUERTE, SACRIFICIO NECESARIO Y ELIMINACIÓN DE RESTOS A CAUSA DE ACCIDENTE En los casos de accidente sufrido por el animal asegurado con posterioridad a la contratación de la presente póliza, se indemnizará, con el límite de la suma asegurada: - En caso de muerte derivada de accidente, se indemnizará el valor de mercado que tenga la mascota en el momento anterior al siniestro, con el límite pactado en las condiciones particulares de la póliza, como máximo, y de acuerdo con lo estipulado en el artículo 24.1 del condicionado general. Derivado exclusivamente de alguno de los siguientes hechos: - Atropello. - Peleas con otros animales. - Roturas, traumatismos o lesiones internas que impidan la actividad normal del animal de correr y saltar. - Accidentes de circulación durante el desplazamiento en vehículos de motor con certificación por autoridad competente de la existencia de medios de contención legalmente obligatorios. - Caídas que originen al animal traumatismos o lesiones internas. - Ingestión de cuerpos extraños. Con el límite para este apartado de un siniestro por año. - Cualquier otra lesión corporal que derive de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, incluso actos vandálicos. EXCLUSIONES - Enfermedades infectocontagiosas, episódicas, parasitarias o de cualquier tipo, incluidas aquellas transmitidas mediante picaduras o mordeduras de insectos, ácaros, roedores u otros mamíferos. - Envenenamiento e intoxicaciones. - Las enfermedades o lesiones propias de la edad o derivadas de cualquier tipo de intervención quirúrgica. - Daños distintos a los descritos en el artículo 3. - La participación del animal asegurado en apuestas, desafíos o deportes. - Por destinar el animal asegurado a funciones distintas de las referidas en las condiciones particulares. - Malos tratos, exceso de trabajo, falta, insuficiencia o mala calidad higiénica de alimentos o cuidados de los animales asegurados, cuando estas circunstancias sean imputables al asegurado. - Los accidentes ocurridos durante la actividad de caza. - En el caso de perros de raza peligrosa quedan expresamente excluidos la muerte, sacrificio o eliminación de restos derivados de peleas o ataques, tanto a otros animales como a personas y cosas.

Límite de esta garantía: 100% de la suma asegurada, según consta en condiciones particulares La presente garantía no entrará en vigor hasta transcurridos 15 días a contar desde la fecha de efecto del contrato ROBO Hasta el límite pactado en las condiciones particulares, como máximo. La presente garantía no entrará en vigor hasta transcurridos 15 días a contar desde la fecha de efecto del contrato EXTRAVÍO Si al tiempo de producirse el extravío el animal objeto del seguro contara con más de diez años cumplidos, no serán de aplicación las presentes prestaciones. Límite de esta garantía: 100% de la suma asegurada, según consta en las condiciones particulares La presente garantía no entrará en vigor hasta transcurridos 15 días a contar desde la fecha de efecto del contrato ASISTENCIA TELEFÓNICA ESPECIALIZADA SERVICIO VETERINARIO DE URGENCIAS LAS 24 HORAS DEL DÍA El dueño del animal podrá solicitar un servicio de urgencias veterinarias a domicilio. En este caso, el coste de dicho servicio será a cargo del dueño del animal. RESERVA DE HORA PARA CONSULTA EN CENTRO VETERINARIO El coste de los honorarios de veterinario son a cargo del dueño del animal, salvo que su cobertura conste inscrita en las condiciones particulares, en cuyo caso la Mutualidad asumirá los costes hasta el límite máximo asegurado. HOSPITALIZACIÓN DEL ANIMAL DE COMPAÑÍA A CAUSA DE ENFERMEDAD O ACCIDENTE Encontrándose el animal y su dueño en su domicilio, los costes de hospitalización, pruebas veterinarias o el tratamiento prescrito, serán a cargo del dueño del animal salvo que su cobertura conste inscrita en las condiciones particulares, en cuyo caso la Mutualidad asumirá los costes hasta el límite máximo asegurado.

SERVICIOS DE ENTIERRO E INCINERACIÓN Los costes devengados por el veterinario o empresas especializadas serán a cargo del dueño del animal salvo que su cobertura conste inscrita en las condiciones particulares, en cuyo caso la Mutualidad asumirá los costes hasta el límite máximo asegurado. SERVICIO DE COMIDA A DOMICILIO El importe de la compra, así como los posibles gastos de transporte, será a cargo del dueño del animal. El suministro de comida para el animal podrá verse limitado por falta de suministrador en la zona donde se encuentre el dueño del animal o por que el servicio se vincule a compras mínimas en cuanto a cantidad o importe. ASESORAMIENTO PARA TRÁMITES CON LA ADMINISTRACIÓN O CUALQUIER OTRO ORGANISMO PÚBLICO O PRIVADO Cualquier coste que pudiera generar una gestión determinada será a cargo del dueño del animal. ASISTENCIA JURÍDICA TELEFÓNICA Si la consulta derivase en actuaciones que generen honorarios profesionales de un abogado, estos serán a cargo del propietario. SERVICIO DE ACOGIDA Y TRANSPORTE DE MASCOTAS El coste del traslado será a cargo del dueño del animal salvo que su cobertura conste inscrita en las condiciones particulares, en cuyo caso la Mutualidad asumirá los costes hasta el límite máximo asegurado. ESTIPULACIÓN TERCERA: RESPONSABILIDAD CIVIL DEFENSA JURÍDICA El asegurador asume la defensa del asegurado en caso de reclamaciones en vía civil con motivo de un siniestro garantizado por la presente póliza. FIANZAS Con los límites establecidos en la póliza para la citada garantía.

EXCLUSIONES Están excluidos de las coberturas: - Daños sufridos por las propias personas que se sirvan del animal. - Infracción de leyes, reglamentos, ordenanzas u otras disposiciones legales vigentes que sean de aplicación a la tenencia de animales, especialmente las relativas a sanidad. - El pago de sanciones o multas, así como las consecuencias de su impago. - La responsabilidad derivada del contagio o la transmisión de enfermedades por los animales. - La responsabilidad que no haya sido originada por el animal objeto del seguro. - Daños causados en el ejercicio de la caza. - Derivados de daños morales y cualquier otro daño distinto de los personales y materiales. - Derivados del incumplimiento de obligaciones contractuales. - En caso de apoderamiento ilegítimo del animal objeto del seguro. - Daños indirectos y/o consecuenciales. - Animales considerados de raza peligrosa salvo que conste inscrito expresamente en las condiciones particulares de la póliza. Límite de esta garantía: 100% de la suma asegurada, según consta en las condiciones particulares QUE HACER EN CASO DE SINIESTRO - Durante las 24 horas del día puede dirigirse al Departamento de Atención al Cliente de la aseguradora Mussap al teléfono 902523010 indicando el número de póliza 1788563. - En horario comercial, de lunes a viernes, puede dirigirse al departamento de Atención al Cliente del mediador de este seguro Comparaseguros Correduría de Seguros, S.L.U. al teléfono 91 278 41 43 Y, para que conste a los efectos oportunos que correspondan, se expide el presente certificado en Madrid a 21-04-2017. Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)