ANEXO VI.- OBSERVANCIA del DB-SI: SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO

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AYUNTAMIENTO DE TURIS ANEXO VI.- OBSERVANCIA del DB-SI: SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO

SI-1 Propagación Interior 0. Datos de proyecto 0.1. PROY. DE EDIFICACION: El Presente Proyecto se desarrolla en FASE DE BASICO Y EJECUCIÓN. 0.2. TIPO DE ACTUACION: CENTRO DE DIA PARA 20 USUARIOS, DE NUEVA CONSTRUCCIÓN. 0.3. NUMERO DE PLANTAS. Edificio:... PLANTA BAJA + PLANTA PRIMERA Planta baja: Planta primera...uso Administrativo....Uso Cuarto de Instalaciones. 0.4. REFERENCIA DE USOS: Relación de Superficies construidas por usos y niveles: 0.5. DATOS TECNICOS Y DE DISEÑO: EDIFICIO PLANTA BAJA...1116.81 m² PLANTA PRIMERA...58.09 m² TOTALES:...1174.90 m² Las superficies construidas por usos, son las que se indican a continuación: Uso Administrativo...1116.81 m² Uso Cuarto de Instalaciones...58.09 m² TOTALES:...1174.90 m² ALTURA DE EVACUACION: Para el caso del cálculo de la altura de evacuación, del presente edificio, nos ceñiremos a la definición del término Zona de ocupación nula, que se dispone en el anexo de Terminología del DB SI, según el cual se corresponde con Zona en la que la presencia de personas sea ocasional o bien a efectos de mantenimiento, tales como salas de máquinas y cuartos de instalaciones, locales para material de limpieza, determinados almacenes y archivos, etc. Los puntos de dichas zonas deben cumplir los límites que se establecen para los recorridos de evacuación hasta las salidas de los mismas o de la planta, pero no es preciso tomarlos en consideración a efectos de de terminar la altura de evacuación de un edificio o número de ocupantes. De este modo, la altura de evacuación de la presente edificación se corresponderá con la cota de planta baja 0.00 m, puesto que en planta primera únicamente se dispone de un cuarto de instalaciones, de ocupación nula, de tal modo que en aplicación de la definición anteriormente mencionada, la planta primera quedará excluida a la hora de la determinación de la altura de evacuación. TIPO DE ESTRUCTURA: ELEMENTOS ESTRUCTURALES PRINCIPALES Pilares de hormigón armado Vigas de hormigón armado Forjados de viguetas autorresistentes de hormigón pretensado y bovedillas de hormigón ELEMENTOS ESTRUCTURALES SECUNDARIOS Zunchos, brochales y losas de hormigón armado

TIPO DE CERRAMIENTOS: EXTERIORES.- fachada monocapa EXTERIORES.- fachada ladrillo caravista PARTICIONES LOCAL DE RIESGO ESPECIAL BAJO - Monocapa de 1.5 cm - Ladrillo cerámico hueco 11 cm - Cámara de aire de 5 cm - Proyectado de poliuretano de 6 cm - Ladrillo hueco de 7 cm - Enlucido 1.5 cm - Ladrillo caravista de 11.5 cm - Cámara de aire de 5 cm - Proyectado de poliuretano de 6 cm - Ladrillo hueco de 7 cm - Enlucido 1.5 cm - Guarnecido de yeso 1.5 cm - Bloque termoarcilla 14 cm - Guarnecido de yeso 1.5 cm 1. Compartimentación en Sectores de Incendios La presente edificación constituye un único sector de incendios, según las condiciones que se establecen en la tabla 1.1 de la presente sección: SECTOR 1: (USO Administrativo) 1169.13 m². Como se puede observar, la superficie del presente sector de incendios, no supera el límite de superficie que se establece en la tabla 1.1 del DB SI 1 para Uso Administrativo, el cual se corresponde con 2500 m 2. Según se define en el Anexo de Terminología del DB SI, se consideran establecimientos de uso administrativo los establecimientos destinados a otras actividades, cuando sus características constructivas y funcionales, el riesgo derivado de la actividad y las características de los ocupantes se puedan asimilar a este uso mejor que a cualquier otro. Como por ejemplo, los centros de análisis clínicos, los ambulatorios, los centros docentes en régimen de seminario, etc. Las zonas de un establecimiento de uso Administrativo destinadas a otras actividades subsidiarias de la principal, tales como cafeterías, comedores, salones de actos, etc., deben cumplir las condiciones relativas a su uso previsto. De este modo, el uso del presente Centro de Día se corresponderá con Uso Administrativo, puesto que sus características constructivas y funcionales, así como el riesgo derivado de la actividad y las características de los ocupantes, se pueden asimilar mejor a dicho uso que a cualquier otro, ya sea Uso Residencial Vivienda, Uso Hospitalario, Uso Docente o Uso Comercial. A efectos del cómputo de la superficie de un sector de incendio, se ha considera que los locales de riesgo especial, las escaleras protegidas y los pasillos protegidos contenidos en dicho sector no forman parte del mismo. Asimismo, no se considera la superficie construida de superficies exteriores. En el presente edificio no se dispone de escalera ni pasillos protegidos. El cuarto de basuras que se dispone en planta baja, constituye local de riesgo especial bajo, como se justifica en apartados posteriores. El cuarto de instalaciones, que se dispone en planta primera, no constituye local de riesgo especial, como se justifica en apartados posteriores. La cocina ubicada en planta baja, no se considera local de riesgo especial, como se justifica en apartados posteriores. El almacén, ubicado en planta baja, no se considera local de riesgo especial, según se justifica en apartados posteriores. En aplicación de la tabla 1.2 Resistencia al fuego de las paredes, techos y puertas que delimitan sectores de incendio, la resistencia al fuego de los paramentos delimitadores del presente sector de

incendio es la que se indica a continuación: Sector 1 (Uso Administrativo): Sobre rasante en edificio con altura de evacuación menor a 15 m, h = 0.00 m EI 60 Los elementos delimitadores del sector de incendio Uso Administrativo, al estar éste situado sobre rasante a una altura de evacuación igual a 0.00m., es decir < 15m., deberán cumplir una resistencia al fuego de EI 60. El presente edificio, no dispone de medianeras con otros edificios, puesto que se corresponde con edificio aislado. Se ha tenido en cuenta que un elemento delimitador de un sector de incendios precisa una resistencia al fuego diferente al considerar la acción del fuego por la cara opuesta, según cual sea la función del elemento por dicha cara: compartimentar una zona de riesgo especial, una escalera protegida, etc. 2. Locales y Zonas de Riesgo Especial Las zonas de riesgo especial integradas en el edificio se han clasificado conforme los grados de riesgo alto, medio y bajo según los criterios que se establecen en la tabla 2.1.: El cuarto de basuras, ubicado en planta baja, constituye local de riesgo especial bajo, puesto que la superficie del mismo es mayor a 5 m 2, en concreto 5.77 m 2. La sala de calderas, ubicada en planta primera, no constituye local de riesgo especial, puesto que la potencia útil nominal que se dispone en la misma es menor a 70 kw. La cocina, ubicada en planta baja, no constituye local de riesgo especial, puesto que la misma no dispondrá de maquinaria, ya la comida será suministrada por catering, de tal modo que la presente cocina servirá como recepción de alimentos ya preparados. El almacén, en planta baja, no constituye local de riesgo especial bajo, puesto que el volumen del mismo es menor a 100 m 3, en concreto el volumen del mismo se corresponde con 32.07 m 3. El local de riesgo especial bajo, correspondiente al cuarto de basuras, se ha proyectado con los requisitos que establecen en la tabla 2.2: Tienen una Resistencia al fuego de la estructura portante: R 90. La Resistencia al fuego de las paredes y techos que separan la zona del resto del edificio: EI 90. No requieren Vestíbulo de independencia en cada comunicación de la zona con el resto del edificio. Tienen como Puertas de comunicación con el resto del edificio del tipo EI2 45 C 5 El recorrido de evacuación hasta alguna salida del local, es siempre inferior a 25 00 m. Por lo que la puerta de acceso desde el cuarto de basuras a la cocina ofrecerá una resistencia al fuego EI2 45 C 5, así como la resistencia al fuego de las paredes y techos del presente local con el resto del edificio, ofrecerá una resistencia al fuego EI 90. 3. Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos de compartimentación de incendios La compartimentación contra incendios de los espacios ocupables tienen continuidad en los espacios ocultos, tales como cámaras, falsos techos, etc., esto se consigue prolongando la tabiquería hasta el encuentro con los forjados. En caso contrario éstos están compartimentados respecto de los primeros con la misma resistencia al fuego, donde se reduce ésta a la mitad en los

registros para mantenimiento. No se dispone de cámaras no estancas. Los puntos singulares donde son atravesados por elementos de las instalaciones, tales como cables, tuberías, conducciones, conductos de ventilación, etc. la resistencia al fuego requerida a los elementos de compartimentación de incendios se mantiene en dichos puntos. Para ello se disponen de elementos pasantes que aportan una resistencia al de EI 90, cuando atraviesen los paramentos delimitadores del local de riesgo especial bajo del cuarto de basuras. 4. Reacción al fuego de elementos constructivos, decorativos y de mobiliario Los elementos constructivos cumplen las condiciones de reacción al fuego que se establecen en la tabla 4.1., superándose el 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes, del conjunto de los techos o del conjunto de los suelos del recinto considerado: Zonas ocupables: Revestimientos de techos y paredes: C s2, d0 Revestimientos de suelos: EFL Recintos de riesgo especial: Revestimientos de techos y paredes: Revestimientos de suelos: B-s1,d0 FL-s1 Espacios ocultos no estancos (falsos techos, etc ): Se refiere a la parte inferior de la cavidad. Por ejemplo, en la cámara de los falsos techos se refiere al material situado en la cara superior de la membrana. En espacios con clara configuración vertical (por ejemplo, patinillos) no se contemplan. Revestimientos de techos y paredes: Revestimientos de suelos: B - s3, d0 BFL - s2 En techos y paredes se incluye a aquellos materiales que constituyan una capa contenida en el interior del techo o pared y que además no esté protegida por una capa que sea EI 30 como mínimo. En Suelos, se incluye las tuberías y conductos que transcurren por las zonas que se indican sin recubrimiento resistente al fuego. Las condiciones de reacción al fuego de los componentes de las instalaciones eléctricas (cables, tubos, bandejas, regletas, armarios, etc.) se regulan en su reglamentación específica. No existen elementos textiles de cubierta integrados en el edificio, por lo que no se requiere ninguna condición.

SI-2 Propagación Exterior 1. Medianerías y Fachadas La presente edificación, no dispone de medianeras con otros edificios. No existe riesgo de propagación horizontal del incendio por fachada entre dos sectores de incendio, entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas o hacia una escalera protegida o pasillo protegido desde otras zonas, puesto que el presente edificio constituye un único sector de incendios, en el cual no se integran zonas de riesgo especial alto, escaleras protegidas, ni pasillos protegidos. No existe riesgo de propagación vertical del incendio por fachada entre dos sectores de incendio o entre zona de riesgo especial alto y zonas más altas del edificio, ya que en nuestro caso, la presente edificación constituye un único sector de incendios y adicionalmente no se tienen zonas o locales de riesgo especial alto. 2. Cubiertas No existe riesgo de propagación de incendio por cubierta.

SI-3 Evacuación de ocupantes.1. Compatibilidad de los elementos de evacuación En el presente edificio no se dispone de establecimientos integrados de uso Comercial o Pública Concurrencia y establecimientos de uso Docente o Residencial Público de superficie construida mayor a 1500 m 2, por lo que el presente apartado no será de aplicación. 2. Cálculo de la ocupación. Para calcular la ocupación se han tomado los valores de densidad de ocupación que se indican en la tabla 2.1 en función de la superficie de cada zona: Para el cálculo de la ocupación se han considerado las superficies útiles de los diferentes recintos. Asimismo, no se consideran la superficie correspondiente a pasillos, la superficie correspondiente a la escalera, ni las superficies correspondientes a aseos y baños, puesto que existe simultaneidad entre dichas dependencias y las superficies restantes del edificio. USO PREVISTO: ZONA, TIPO DE ACTIVIDAD: OCUPACIÓN (m²/persona): CUALQUIERA Zonas de ocupación ocasional y sólo de mantenimiento. Ocupación Nula. USO PREVISTO: ADMINISTRATIVO ZONA, TIPO DE ACTIVIDAD: Plantas o zonas de oficina OCUPACIÓN (m²/persona): 10 USO PREVISTO: ADMINISTRATIVO ZONA, TIPO DE ACTIVIDAD: Vestíbulos generales y zonas de uso público OCUPACIÓN (m²/persona): 2 USO PREVISTO: PÚBLICA CONCURRENCIA ZONA, TIPO DE ACTIVIDAD: Zonas destinadas a espectadores sentados sin asientos definidos en proyecto OCUPACIÓN (m²/persona): 0.50 USO PREVISTO: PÚBLICA CONCURRENCIA ZONA, TIPO DE ACTIVIDAD: Vestíbulos, vestuarios, camerinos y otras dependencias similares y anejas a salas de espectáculos y de reunión. OCUPACIÓN (m²/persona): 2 USO PREVISTO: PÚBLICA CONCURRENCIA ZONA, TIPO DE ACTIVIDAD: Zonas de público en gimnasio: sin aparatos. OCUPACIÓN (m²/persona): 1.5 Tal y como se establece en el apartado 2.1. del DB SI 3 Para calcular la ocupación deben tomarse los valores de densidad de ocupación que se indican en la tabla 2.1. en función de la superficie útil de cada zona, salvo cuando sea previsible una ocupación mayor o bien cuando sea exigible una ocupación menor en aplicación de alguna disposición legal de obligado cumplimiento, como puede ser en el caso de establecimientos hoteleros, docentes, hospitales, et. En aquellos recintos o zonas no incluidos en la tabla se deben aplicar los valores correspondientes a los que sean más asimilables. De este modo, cabe indicar que en aplicación de la Orden de 4 de febrero de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula el régimen de autorización y funcionamiento de los

centro de servicios sociales especializados para la atención de personas mayores, el presente Centro de Día se ha diseñado y dimensionado para una capacidad de 20 ocupantes. Con esto, por ejemplo, la sala de rehabilitación, el comedor, la sala de descanso y la zona de estar se han diseñado para atender a los usuarios del establecimiento, y no a la pública concurrencia, con lo que la capacidad máxima para cada uno de ellos es de 25 personas, 36 personas, 25 personas y 24 personas respectivamente. Dependencia Superficie (m 2 ) Densidad ocupación m 2 /persona Ocupación Hall de acceso 45.05 2 23 Recepción 7.23 10 1 Guardarropía 10.29 10 2 Dirección 11.60 10 2 Administración 10.70 10 2 Sala de espera 78.84 2 40 Mostrador 4.92 10 1 Consulta de tratamientos y curas 22.91 10 3 Consulta polivalente 22.91 10 3 Consulta 22.91 10 3 Office 43.58 10 5 Recepción de mercancías 5.44 Nula - Cuarto de basuras 5.08 Nula - Armario de menaje 2.57 Nula - Cuarto de limpieza 2.40 Nula - Vestuario Personal (Hombres) 21.50 2 11 Vestuario Personal (Mujeres) 19.18 2 10 Almacén 9.35 40 1 Archivo 6.99 40 1 Zona de estar 41.97 24 24 Sala de descanso 71.54 25 25 Sala de rehabilitación 139.06 25 25 Comedor 79.22 36 36 De este modo, la ocupación total del único sector de incendios que se dispone en el presente edificio, se corresponde con 218 personas. OCUPACIÓN TOTAL DEL EDIFICIO: 218 personas. 3. Número de salidas y longitud de los recorridos. A continuación, se indica el número de salidas que se prevén para cada caso, así como la longitud de los recorridos de evacuación hasta ellas. Cabe indicar que para que una salida de edificio pueda considerarse salida de edificio, esta debe comunicar con un espacio exterior seguro. Adicionalmente un espacio exterior se define como seguro cuando se cumplen las siguientes condiciones: - Permite la dispersión de los ocupantes que abandonan el edificio en condiciones de seguridad, la cual cosa se cumple cuando el espacio exterior tiene delante de cada salida de edificio que comunique con él una superficie de al menos 0.5 P m2 dentro de la zona delimitada con un radio de 0.1 P m e distancia desde la salida, siendo P la evacuación por la salida. Además, si el espacio considerado no está comunicado con la red viaria no puede considerarse ninguna zona situada a menos de 15 m de cualquier parte del edificio, excepto cuando el edificio esté dividido en sectores de incendios estructuralmente independientes entre sí, y con salidas también independientes al espacio exterior, en cuyo caso dicha distancia se podrá aplicar únicamente respecto al sector afectado por un posible incendio.

- Permite amplia disipación del calor, del humo, y de los gases generados en el incendio. - Permite el acceso a los medios de bomberos y a los medios de ayuda a ocupantes que en cada caso se consideren necesarios. De este modo se constata que todas las zonas exteriores pueden considerarse espacios exteriores seguros. Sector de incendios 1 (Uso Administrativo). Se dispone de 6 salidas de evacuación, todas las salidas se corresponden con salidas directas del edificio, a espacio exterior seguro comunicado con red vial; siendo la ocupación de 218 personas y el recorrido máximo de evacuación de 28.02 m < 50.0 m máximos permitidos para dos salidas. El recorrido de evacuación alternativo se inicia a 14.83 m < 25.0 m máximos del origen. CUMPLE NÚMERO DE SALIDAS Y MÁXIMO RECORRIDO DE EVACUACIÓN. Para el cálculo de los recorridos de evacuación se ha tenido en cuenta que es todo punto ocupable de un edificio, exceptuando el interior de las viviendas, así como de todo aquel recinto, o de varios comunicados entre sí, en los que la densidad de ocupación no excede de 1 persona/10 m2 y cuya superficie total no exceda de 50 m2. Para el caso del local de riesgo especial bajo, correspondiente al cuarto de basuras, el recorrido máximo de evacuación del mismo es de 2.95 m < 25 m. La longitud de los recorridos de evacuación que se indican no se aumenta en un 25%, por no tratarse de sectores de incendio protegidos al no preverse una instalación automática de extinción. 4. Dimensionado de los medios de evacuación. 4.1 4.2. Cuando en un recinto, en una planta o en el edificio deba existir más de una salida, la distribución de los ocupantes entre ellas a efectos de cálculo debe hacerse suponiendo inutilizada una de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable. De este modo, puesto que el presente sector de incendios, dispone de más de una salida de evacuación, se considerará inutilizada una de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable. Puertas y pasos: Únicamente se calculan las dimensiones de aquellas salidas u otros medios de evacuación que son más desfavorables. No se consideran aquellas salidas que o bien no constituyen recorrido de evacuación, o bien su cumplimiento está implícito en el cumplimiento del dimensionado de otras salidas o elementos de evacuación de iguales dimensiones a las primeras, y que recogen la evacuación de éstas. En nuestro caso, las puertas más desfavorables, se corresponden con las dos puertas de salida del edificio, que se disponen en el pasillo longitudinal que atraviesa la mayor parte del edificio; por cada una de ellas evacuarán 115 personas. A continuación analizaremos una puerta tipo, y servirá como justificación para las dos puertas más desfavorables, puesto que ambas disponen de las mismas características, ya que se corresponden con puerta abatible de dos hojas, con eje de giro vertical y de anchura 1.05 m cada una de ellas, por la que evacuan 115 personas. Se cumple A X P / 200 X 0,80 m.) A = P / 200 = 115 personas : 200 = 0.575 metros proyectado 2.10 m La anchura de toda hoja de puerta no es menor que 0 60 m, ni excede de 1 20 m. Pasillos y rampas: El pasillo más desfavorable se corresponde con el pasillo longitudinal que atraviesa la mayor parte del edificio; pasillo por el que evacuan 115 personas. (se cumple A X P / 200 X 1,00 m).

Pasillo A = P / 200 = 115 personas: 200 = 0.575 metros proyectado mínimo 2.00 m. Escalera no protegida: En el presente proyecto se dispone de una única escalera, la cual se corresponde con escalera no protegida, la cual sirve de acceso desde planta baja a planta primera. Hay que indicar que en planta primera, únicamente se dispone de un cuarto de calderas, el cual dispone de ocupación nula, como se ha indicado en apartados anteriores, únicamente será ocupado por personal de mantenimiento en los momentos necesarios, de este modo para la comprobación del cumplimiento de dicha escalera, supondremos que por la escalera evacuarán 10 ocupantes. Escalera no protegida para evacuación descendente: se cumple A X P/160. La evacuación se realiza de los supuestos ocupantes de la sala de calderas. Se tiene: A = Anchura del elemento [m] P = Número total de personas cuyo paso está previsto por el punto cuya anchura se dimensiona. A X P/160 = 1 X 10/160 = 0.0625 CUMPLE 5. Protección de las escaleras En la tabla 5.1 se indican las condiciones de protección que deben cumplir las escaleras previstas para evacuación. EVACUACIÓN DESCENDENTE: USO PREVISTO:...ADMINISTRATIVO TIPO ESCALERA: NO PROTEGIDA: h = 3.80 m < 14.00 m se proyecta una Escalera No Protegida. 6. Puertas situadas en recorridos de evacuación. Las puertas previstas como salida de planta o de edificio y las previstas para la evacuación de más de 50 personas serán abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre, o bien no actuará mientras haya actividad en las zonas a evacuar, o bien consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar llave y sin tener que actuar sobre un mecanismo. De este modo, todas las puertas de salida del edificio dispondrán de dicho dispositivo. Todos estos dispositivos de apertura mediante manilla o pulsador se proyectan conforme a la norma UNE-EN 179:2003 VC1, cuando se trate de la evacuación de zonas ocupadas por personas que en su mayoría estén familiarizados con la puerta considerada, así como los de barra horizontal de empuje o de deslizamiento conforme a la norma UNE EN 1125:2003 VC1, en caso contrario. Abrirán en el sentido de evacuación toda puerta de salida, prevista para el caso de más de 100 personas en edificios de uso Administrativo; de este modo todas las puertas de salida de edificio que se disponen, abren en el sentido de la evacuación, aun no siendo falta en algunas, ya que la evacuación por las mismas es mucho menor a 100 personas. No se prevé la existencia de puertas giratorias, ni puertas automáticas.

7. Señalización de los medios de evacuación Se han previsto en el presente proyecto las señales de salida, de uso habitual o de emergencia, definidas en la norma UNE 23034:1988, conforme a los siguientes criterios: a) Las salidas de planta y edificio tendrán una señal con el rótulo SALIDA. b) La señal con el rótulo Salida de emergencia, no se prevé al no existir dichas salidas. c) Desde todo origen de evacuación se percibe directamente las salidas de planta o edificio, de tal modo que no son necesarias señales indicativas de dirección de los recorridos. d) No existen puertas que puedan inducir a error en la evacuación del edificio proyectado. e) Las señales se prevén disponer de forma coherente con la asignación de ocupantes que se pretenda hacer a cada salida, conforme a lo establecido en el capítulo 4 de esta Sección. f) El tamaño de las señales se han diseñado con los siguientes criterios: i) 210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m ii) 420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m iii) 594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m. 8. Control de humos de incendio En los casos que se indican a continuación se debe instalar un sistema de control del humo de incendio capaz de garantizar dicho control durante la evacuación de los ocupantes, de formas que ésta se pueda llevar a cabo en condiciones de seguridad: a) Zonas de uso Aparcamiento. b) Establecimientos de uso Comercial o Pública Concurrencia cuya ocupación no excede 1000 personas. c) Atrios. Puesto que el uso del presente edificio no se asemeja a ninguno de los anteriormente citados, el presente apartado no será de aplicación.

SI-4 Detección, control y extinción de incendio 1. Dotación de Instalaciones de Protección Contra Incendios El edificio proyectado dispone de los equipos e instalaciones de protección contra incendios que se indican en la tabla 1.1. El diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de dichas instalaciones, así como sus materiales, componentes y equipos, cumplen lo establecido en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, en sus disposiciones complementarias y en cualquier otra reglamentación específica que le son de aplicación. La puesta en funcionamiento de las instalaciones requerirá la presentación, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, del certificado de la empresa instaladora al que se refiere el artículo 18 del citado reglamento. 1.1.- EXTINTORES DE INCENDIO. Según la tabla 1.1, se instalarán: Se instala uno de eficacia 21A -113B cada 15 00 m de recorrido de evacuación, como máximo, desde todo origen de evacuación. En las zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección 1(1) de este DB. Un extintor en el exterior del local o de la zona y próximo a la puerta de acceso, el cual sirve simultáneamente a varios locales o zonas. En el interior del local o de la zona se instala además los extintores necesarios para que el recorrido real hasta alguno de ellos, incluido el situado en el exterior, no sea mayor que 15 m en locales de riesgo especial medio o bajo, o que 10 m en locales o zonas de riesgo especial alto. En nuestro caso, se dispondrá de extintores de incendio de eficacia 21 A 113 B, a lo largo de los recorridos de evacuación del presente sector de incendios; los mismos se encuentran grafiados en plano adjunto al presente documento. En cumplimiento del Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, los extintores cumplirán: Dispondrán de marcado CE, asegurando que su características y especificaciones se ajustan al Reglamento de Aparatos a Presión, y más concretamente a su instrucción complementaria MIE AP-5. Dispondrán de certificación por organismo de control que asegure la conformidad a normas de los mismos, y en concreto el cumplimiento de la UNE 23.110. Los extintores se ubican en puntos que permiten una visibilidad y accesibilidad adecuadas, estando ubicados lo más cercano posible a aquellos puntos en los que se supone mayor probabilidad de inicio de un incendio, próximos a salidas de evacuación y sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior del extintor quede como máximo a 1.70 m sobre el suelo. El tipo de eficacia de los extintores es 21 A 113 B, de polvo seco ABC polivalente, adecuado para fuegos tipo A (sólidos), tipo B ( líquidos) y tipo C (gases), en cumplimiento de la norma UNE 23.110 y la tala I-1 del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. 1.2.- HIDRANTES EXTERIORES. Según la tabla 1.1, se instalarán si:

Uno si la superficie total construida esté comprendida entre 5.000 y 10.000 m2. Uno más por cada 10.000 m2 adicionales o fracción. De este modo, puesto que la superficie del presente sector de incendios, es menor a 5000 m 2, no será necesaria la instalación de hidrantes exteriores. 1.3.- BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS. Según la tabla 1.1, se instalarán si: Si la superficie construida excede de 2000 m 2. No será necesaria la instalación de bocas de incendio equipadas, puesto que la superficie construida de la presente edificación es menor a 2000 m 2. 1.4.- SISTEMA DE ALARMA Según la tabla 1.1, se instalarán si: Si la superficie construida excede de 1000 m 2. En nuestro caso, será necesaria la instalación de sistema de alarma, puesto que la superficie construida del presente edificio es mayor a 1000 m 2, la misma se encuentra grafiada en plano adjunto al presente documento. 1.5.- SISTEMA DE DETECCIÓN DE INCENDIOS. Según la tabla 1.1, se instalarán si: Si la superficie construida excede de 2000 m 2. En nuestro caso, puesto que la superficie del presente edificio es menor a 2000 m 2, el mismo no dispondrá de sistema de detección de incendios. 1.6.- COLUMNA SECA. Según la tabla 1.1, se instalarán si: La altura de evacuación del edificio es mayor a 24.0 m. Puesto que la altura de evacuación del edificio es menor a 24.0 m, no procede la instalación de columna seca. 2. Señalización de las Instalaciones Manuales de Protección Contra Incendio Los medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, bocas de incendio, pulsadores manuales de alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción) se han previsto señales diseñadas según la norma UNE 23033-1 cuyo tamaño son: a) 210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m; b) 420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m; c) 594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m. Las señales son visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal. Las que se diseñan fotoluminiscentes, sus características de emisión luminosa cumplen lo establecido en la norma UNE 23035-4:1999.

SI-5 Intervención de los Bomberos 1. Condiciones de aproximación y entorno En nuestro caso, puesto que la altura de evacuación del presente edificio es menor a 9 m (0.0 m), la presente sección no será de aplicación.

SI-6 Resistencia al Fuego de la Estructura 1. Generalidades La elevación de la temperatura que se produce como consecuencia de un incendio en el edificio afecta a su estructura de dos formas diferentes. a) Por un lado, los materiales ven afectadas sus propiedades, modificándose de forma importante su capacidad mecánica. b) Por otro, aparecen acciones indirectas como consecuencia de las deformaciones de los elementos, que generalmente dan lugar a tensiones que se suman a las debidas a otras acciones. En la presente memoria se han tomado únicamente métodos simplificados de cálculo (véase anejos C a F). Estos métodos sólo recogen el estudio de la resistencia al fuego de los elementos estructurales individuales ante la curva normalizada tiempo temperatura. También se ha evaluado el comportamiento de una estructura, de parte de ella o de un elemento estructural mediante la realización de los ensayos que establece el Real Decreto 312/2005 de 18 de marzo. Al utilizar los métodos simplificados indicados en el Documento Básico no se han tenido en cuenta las acciones indirectas derivadas del incendio. 2. Resistencia al Fuego de la Estructura Se ha admitido que un elemento tiene suficiente resistencia al fuego si, durante la duración del incendio, el valor de cálculo del efecto de las acciones, en todo instante t, no supera el valor de la resistencia de dicho elemento. En general, basta con hacer la comprobación en el instante de mayor temperatura que, con el modelo de curva normalizada tiempotemperatura, se produce al final del mismo. No se ha considerado la capacidad portante de la estructura tras el incendio. 3. Elementos Estructurales Principales Se considera que la resistencia al fuego de un elemento estructural principal del edificio (incluidos forjados, vigas y soportes), es suficiente si alcanza la clase indicada en la tabla 3.1 o 3.2 que representa el tiempo en minutos de resistencia ante la acción representada por la curva normalizada tiempo temperatura. USO DEL SECTOR: ADMINISTRATIVO TPO DE PLANTAS: SOBRE RASANTE: ALTURA EVACUACION: (0 m) RESISTENCIA LA FUEGO: R 60 La resistencia al fuego suficiente de un suelo es la que resulte al considerarlo como techo del sector de incendio situado bajo dicho suelo. Para el caso del local de riesgo bajo, correspondiente al cuarto de basuras, el mismo dispondrá de una R 90 mínimo. 4. Elementos Estructurales Secundarios A los elementos estructurales secundarios se les exige la misma resistencia al fuego que a los elementos principales por que su colapso puede ocasionar daños personales o compromete la

estabilidad global, la evacuación o la compartimentación en sectores de incendio del edificio. 5. Determinación de los Efectos de las Acciones durante el Incendio En nuestro caso, debido a que únicamente se utilizan elementos resistentes de hormigón armado, y teniendo en cuenta que la determinación de los efectos de las acciones durante el incendio se utilizan únicamente para el cálculo del valor del coeficiente de sobredimensionamiento, puesto que este no es necesario calcularlo para la obra que nos ocupa; se concluye que no es necesario el cálculo de los efectos de las acciones durante el incendio. 6. Determinación de la Resistencia al Fuego La resistencia al fuego de un elemento se ha establecido comprobando las dimensiones de su sección transversal con lo indicado en las distintas tablas según el material dadas en los anejos C a F, para las distintas resistencias al fuego. Anejo C. Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado Anejo F. Resistencia al fuego de los elementos de fábrica La resistencia al fuego de un elemento se ha obtenido mediante la realización de los ensayos que establece el Real Decreto 312/2005 de 18 de marzo. En el análisis del elemento se ha considerado que las coacciones en los apoyos y extremos del elemento durante el tiempo de exposición al fuego no varían con respecto a las que se producen a temperatura normal. Cualquier modo de fallo no tenido en cuenta explícitamente en el análisis de esfuerzos o en la respuesta estructural se ha evitado mediante detalles constructivos apropiados. Si el anejo correspondiente al material específico (C a F) no indica lo contrario, los valores de los coeficientes parciales de resistencia en situación de incendio se han tomado iguales a la unidad: [M,fi=1 En la utilización de algunas tablas de especificaciones de hormigón y acero del DE SI, se considera el coeficiente de sobredimensionado µfi definido por la ecuación: siendo: Rfi,d,0 resistencia del elemento estructural en situación de incendio en el instante inicial t=0, a temperatura normal. En nuestro caso, debido a que únicamente se utilizan elementos resistentes de hormigón armado, y teniendo en cuenta que el valor del coeficiente de sobredimensionamiento, en el caso del hormigón armado, se utiliza únicamente para el cálculo del valor de ]asi, tal y como se define el mismo en el apartado C.2.1. del anexo C; no lo calcularemos, tomando en este caso como valor ]asi = 0, considerando que para armaduras de de acero de armar (no pretensazo) los valores que adopta el coeficiente son en todo caso positivos, por lo que nos encontramos del lado de la seguridad.

Anejo C C 1. Resistencia al Fuego de las Estructuras de Hormigón Armado Generalidades La determinación de la resistencia de los elementos de hormigón ante la acción representada por la curva normalizada tiempo-temperatura, se justifica por el Método de utilización de las Tablas Simplificadas Los elementos estructurales se han diseñado de forma que, ante el desconchado (spalling) del hormigón, el fallo por anclaje o por pérdida de capacidad de giro, tienen una menor probabilidad de aparición que el fallo por flexión, por esfuerzo cortante o por cargas axiles. C 2. C.2.1. Generalidades Tablas Mediante las tablas y apartados siguientes puede obtenerse la resistencia de los elementos estructurales a la acción representada por la curva normalizada tiempo-temperatura de los elementos estructurales, en función de sus dimensiones y de la distancia mínima equivalente al eje de las armaduras. Para aplicación de las tablas, se define como distancia mínima equivalente al eje am, a efectos de resistencia al fuego, al valor: siendo: Asi área de cada una de las armaduras i, pasiva o activa; asi distancia del eje de cada una de las armaduras i, al paramento expuesto más próximo, considerando los revestimientos en las condiciones que mas adelante se establecen fyki resistencia característica del acero de las armaduras ]asi corrección debida a las diferentes temperaturas críticas del acero y a las condiciones particulares de exposición al fuego, conforme a los valores de la tabla C.1 siendo µfi el coeficiente de sobredimensionado de la sección en estudio, definido en el apartado 6 del SI-6. Las correcciones para valores de µfi inferiores a 0,6 en vigas, losas y forjados, sólo podrán considerarse cuando dichos elementos estén sometidos a cargas distribuidas de forma sensiblemente uniforme. Valores intermedios se puede interpolar linealmente. En el caso de armaduras situadas en las esquinas de vigas con una sola capa de armadura se incrementarán los valores de ]asi en 10 mm, cuando el ancho de las mismas sea inferior a los valores de bmin especificados en la columna 3 de la tabla C.3. Puesto que se considera un ]asi = 0, la fórmula anterior se puede reescribir como: a m = A si f A si yki f a yki si

Teniendo en cuenta que asi se define como la distancia del eje de la armadura al paramento expuesto más próximo, para los elementos resistentes de la obra proyectada, éste puede considerarse constante para todas las armaduras del elemento en el caso habitual de que éstas sean todas de la misma sección. En caso de que no sean todas de la misma sección se considerará constante e igual al menor de los valores de los correspondientes a cada una de los diámetros de armado utilizados. Aplicando lo indicado, la expresión anterior puede expresarse como: a A = f s si yki a m = Asi fyki a s Pilares, vigas y muros de contención: Recubrimiento según la EHE para el ambiente indicado en la presente edificación Cmin = 30 mm. Puesto que el mínimo diámetro utilizado en toda la obra es > 10 mm para armaduras de tracción o compresión, am = 40 mm = as Este también es el recubrimiento empleado para el local de riesgo especial bajo. Los valores dados en las tablas del Anejo C, son aplicables a hormigones de densidad normal, confeccionados con áridos de naturaleza silícea. En zonas traccionadas con recubrimientos de hormigón mayores de 50 00 mm se ha dispuesto una armadura de piel para prevenir el desprendimiento de dicho hormigón durante el periodo de resistencia al fuego, consistente en una malla con distancias inferiores a 150 00 mm entre armaduras (en ambas direcciones), anclada regularmente en la masa de hormigón. C.2.2. Soportes y Muros Se justifica mediante la tabla C.2 la resistencia al fuego de los soportes expuestos por tres o cuatro caras y de los muros portantes de sección estricta expuestos por una o por ambas caras, referida a la distancia mínima equivalente al eje de las armaduras de las caras expuestas. (1) Los recubrimientos por exigencias de durabilidad pueden requerir valores superiores. (2) Los soportes ejecutados en obra deben tener, de acuerdo con la Instrucción EHE, una dimensión mínima de 250 mm. (3) La resistencia al fuego aportada se puede considerar REI. Elementos a Compresión: Soporte Tipo (uso administrativo): Lado menor b= 300 > bmin = 250 Distancia al eje a (mm)= 30, por lo que am = 30

Según Tabla C.2. da una R90 > R60 mínimo. Para el Uso Administrativo. En el caso de la estructura del local de riesgo especial bajo, correspondiente al local del cuarto de basuras, ésta será ejecutada con las mismas dimensiones de los elementos estructurales del uso administrativo, y mismo recubrimiento mínimo de armados, de tal modo que se disponga de una R 90, siendo la justificación, la anteriormente indicada. C.2.3. Vigas C.2.3.1.Vigas con las tres caras expuestas al fuego Todas las vigas utilizadas son de sección de ancho constante. Se justifica mediante la tabla C.3 la resistencia al fuego de las secciones de vigas sustentadas en los extremos con tres caras expuestas al fuego, referida a la distancia mínima equivalente al eje de la armadura inferior traccionada. (1) Los recubrimientos por exigencias de durabilidad pueden requerir valores superiores. (2) Debe darse en una longitud igual a dos veces el canto de la viga, a cada lado de los elementos de sustentación de la viga Las vigas con resistencia al fuego R 90 o mayor, la armadura de negativos de vigas continuas se ha prolongado hasta el 33% de la longitud del tramo con una cuantía no inferior al 25% de la requerida en los extremos. VIGAS: Viga Desfavorable (uso administrativo): Lado menor b= 400mm > bmin = 350mm Distancia al eje a (mm)= 35, por lo que am = 35mm Según Tabla C.3. da una R90 > R60 Para el Uso Administrativo. Como se puede observar también cumple lo exigible para el caso del local de riesgo especial bajo del local de basuras. Todas las vigas planas tienen macizados laterales mayores que 10 00 cm, por lo que se han asimilado a losas unidireccionales C.2.3.3. Losas Macizas Se justifica mediante la tabla C.4 la resistencia al fuego de las secciones de las losas macizas, referida a la distancia mínima equivalente al eje de la armadura inferior traccionada. La losa que debe cumplir una función de compartimentación de incendios (criterios R, E e I) su espesor se ha tomado al menos el que se establece en la tabla, pero cuando se requiera únicamente una función resistente (criterio R), el espesor tomado es el necesario para cumplir con los requisitos del proyecto a temperatura ambiente. A estos efectos, se ha considerado como espesor el de la losa más el del solado o cualquier otro elemento que mantenga su función aislante durante todo el periodo de resistencia al fuego.

(1) Los recubrimientos por exigencias de durabilidad pueden requerir valores superiores. (2) Ix y Iy son las luces de la losa, siendo Iy > Ix Al optar por losas macizas sobre apoyos lineales, con resistencia al fuego R 90 o mayor, la armadura de negativos se ha prolongado un 33% de la longitud del tramo con una cuantía no inferior a un 25% de la requerida en extremos sustentados. Las losas macizas sobre apoyos puntuales y en los casos de resistencia al fuego R 90 o mayor, el 20% de la armadura superior sobre soportes se ha prolongado a lo largo de todo el tramo. FLEXIÓN EN UNA DIRECCIÓN: Losa Escalera: Espesor h= 200 > hmin = 100 Distancia al eje a (mm)= 40, por lo que am = 40 REI 120 C.2.3.5 Forjados unidireccionales Se justifica mediante la tabla C.4 la resistencia al fuego, para resistencias inferiores o igual a R 120, de las secciones de los forjados unidireccionales de elementos de entrevigado cerámicos o de hormigón y revestimiento inferior, referida a la distancia mínima equivalente al eje de la armadura inferior traccionada. Se ha contabilizado, a efectos de dicha distancia, los espesores equivalentes de hormigón con los criterios y condiciones indicados en el apartado C.2.4.(2) (los revestimientos de yeso pueden considerarse como espesores adicionales de hormigón equivalentes a 1,8 veces su espesor real). Los forjados que tiene función de compartimentación de incendio cumplen asimismo con el espesor hmin establecido en la tabla C.4. FORJADO UNIDERICCIONAL: Espesor h= 300 > hmin = 100 Distancia al eje a (mm)= 40, por lo que am = 40 REI 120 Para resistencias al fuego R 90 o mayor, la armadura de negativos de forjados continuos se ha prolongado hasta el 33% de la longitud del tramo con una cuantía no inferior al 25% de la requerida en los extremos. Para resistencias al fuego mayores que R 120, se han tomado las especificaciones establecidas para vigas con las tres caras expuestas al fuego en el apartado C.2.3.1. Como los elementos de entrevigado son de hormigón pero no se revisten directamente por la parte inferior, se han tomado las especificaciones establecidas para vigas con las tres caras expuestas al fuego en el apartado C.2.3.1. Para el cálculo del espesor de la losa superior de hormigón y de la anchura de nervio se han tenido en cuenta los espesores del solado y de las piezas de entrevigado que mantienen su función aislante durante el periodo de resistencia al fuego, los cuales se ha supuesto, en ausencia de datos experimentales, igual a 120 minutos. Las bovedillas cerámicas se han considerado como espesores adicionales de hormigón equivalentes a dos veces el espesor real de la bovedilla.

C.2.4. Capas Protectoras La resistencia al fuego requerida se ha alcanzado en algunos casos mediante la aplicación de capas protectoras cuya contribución a la resistencia al fuego del elemento estructural protegido se determina de acuerdo con la norma UNE ENV 13381-3: 2004. Con resistencias al fuego R 120 como máximo, los revestimientos de yeso se han considerado como espesores adicionales de hormigón equivalentes a 1,8 veces su espesor real. Los revestimientos de yesos aplicados en techos, para resistencias al fuego R 90 como máximo su puesta en obra no se realiza por proyección. Los revestimientos de yesos aplicados en techos, para resistencias R 120 o mayores, su puesta en obra se realiza por proyección, disponiéndose un armado interno no combustible firmemente unido a la vigueta. Estas especificaciones no son válidas para revestimientos con placas de yeso.

Anejo F Resistencia al Fuego de los Elementos de Fábrica Se justifica mediante la tabla F.1., la resistencia al fuego que aportan los elementos de fábrica de ladrillo cerámico o sílico-calcáreo, ante la exposición térmica según la curva normalizada tiempo-temperatura. Dicha tabla es aplicable solamente a muros y tabiques de una hoja, sin revestir y enfoscados con mortero de cemento o guarnecidos con yeso, con espesores de 1,5 cm como mínimo La clasificación que figura en la tabla para cada elemento no es la única que le caracteriza, sino únicamente la que está disponible - Muro/Tabique 1 (cerramientos del local de riesgo especial bajo): Composición: Bloque termoarcilla 14 cm Tipo de Revestimiento: Guarnecido por ambas caras Según Exposición: Por las Dos caras Espesor e de la fábrica:... 140 mm. Resistencia al fuego, según Tabla F. 1.:...EI... 240 minutos. En el presente proyecto se han planteado soluciones constructivas formadas por dos o más hojas por lo que se adopta como valor de resistencia al fuego del conjunto la suma de los valores correspondientes a cada hoja. Con la documentación arriba presentada se da cumplimiento en el presente proyecto al Documento Básico DB-SI Seguridad en caso de Incendio. Turís, febrero de 2009. Arquitectos por la Sociedad, José María Belenguer Blasco Bartolomé Serra Soriano