NORMA AMBIENTAL MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA

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Transcripción:

NORMA AMBIENTAL MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA

3 El presente documento contiene el desarrollo del punto 3.4 de las Normas Ambientales del Puerto de Gijón El contenido de dicho punto es: No están permitidas las operaciones de reparación, mantenimiento, cambio de líquidos o lavado de vehículos o instalaciones móviles fuera de talleres o establecimientos autorizados y habilitados para ello, o salvo autorización expresa de la APG para la realización de dichas operaciones Este documento será de aplicación para toda maquinaria móvil utilizada en el ámbito portuario (palas, carretillas, grúas autónomas, cribadoras, etc) y para los usuarios, mantenedores y propietarios de dicha maquinaria

OBLIGACIONES 1. De forma general no existe ninguna zona concreta en el Dominio Público Portuario no concesionado o autorizado, para realizar mantenimientos ni intervenciones en maquinarias. 1 Las concesiones o autorizaciones, donde se realicen mantenimientos, dispondrán de las autorizaciones correspondientes y de un lugar preparado como taller. 4 OBLIGACIONES Queda terminantemente prohibida la realización de mantenimientos fuera de los talleres autorizados o según lo mencionado en el punto 2. Tan solo serán excepción a esta regla: > Los mantenimientos realizados con carácter preventivo y correctivo de máquinas semi-móviles (cribas, grúas autónomas y tolvas) > Las pequeñas intervenciones sobre máquinas móviles: los cambios de neumáticos, reparación de pinchazos, soplado de motores en maquinaria con amplia movilidad. 2. En caso de avería justificada, que imposibilite el desplazamiento de la maquinaria móvil a una zona de taller autorizado, se deberá notificar previamente a la Autoridad Portuaria esta circunstancia. La notificación incluirá: El motivo por el cual la máquina no puede desplazarse, el tipo de trabajos y los medios anticontaminación que se utilizarán, así como la empresa que realizará la tarea. La APG deberá autorizar por escrito las condiciones de la reparación sin la cual no se podrá realizar actuación alguna. (El mantenedor deberá contar con dicho documento que deberá exhibir en caso de ser requerido para ello, siendo motivo de sanción lo contrario). El mantenimiento nunca se realizará sobre un suelo no impermeabilizado. 1 Las empresas mantenedoras deberán disponer de la autorización de Servicio Comercial de APG

OBLIGACIONES 5

6 PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN 1. Medios y medidas en las zonas de mantenimiento autorizados > Las concesiones o autorizaciones, donde se realicen mantenimientos, tendrán un lugar acondicionado como taller, señalizado al efecto, en el que dispondrán entre otros de suelo impermeabilizado, cubeto de retención y sistemas que impidan que los lixiviados de los productos utilizados puedan contaminar otras zonas o verterse sin control. > Se impermeabilizarán igualmente las zonas de almacenamiento de sustancias y residuos peligrosas, disponiéndose de cubetos capaces de retener cualquier tipo de derrame accidental, rebose o goteo que pueda producirse. Estas zonas contarán con techos que eviten la entrada de agua. 7 PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN > Dispondrán de fichas internacionales de seguridad química de todas las sustancias peligrosas almacenadas, y se seguirán sus recomendaciones. > Se dispondrá en todo momento de absorbentes (sepiolita, alfombras, hojas, etc) que recojan los posibles goteos o derrames que se pudiesen producir.

2. Medios y medidas fuera de las zonas de mantenimiento autorizadas > Siempre que sea posible, no se llevarán a cabo reparaciones y/o mantenimientos en las zonas de tránsito del muelle. > Antes del inicio de las tareas, se deberán tapar las rejillas de pluviales que se encuentren más cerca de la zona de actuación. 8 PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN > Se utilizarán cubetos / bandejas de recogida que eviten derrames de combustible, aceites y otros líquidos contaminantes sobre el suelo. > Se dispondrá en todo momento de absorbentes (sepiolita, alfombras, hojas, etc) que recojan los posibles goteos o derrames que se pudiesen producir. 3. Protocolo en caso de derrame Se utilizarán cubetos / bandejas de recogida que eviten derrames de combustible, aceites y otros líquidos contaminantes sobre el suelo. En el caso de que se produzcan derrames accidentales de un producto contaminante, se comunicará inmediatamente al Centro de Emergencias de la Policía Portuaria (985 32 01 41 / 902 32 32 00). Los derrames accidentales serán recogidos mediante los materiales absorbentes más adecuados en cada caso, sin baldeo con agua, gestionándolos posteriormente como un residuo y restableciendo las condiciones previas del suelo o instalaciones afectadas por el episodio contaminante. En el caso de avería, si el derrame o vertido se produce sobre suelo NO impermeabilizado, será obligación del responsable del vertido, retirar las tierras contaminadas y gestionarlas adecuadamente. En caso contrario, la APG asumirá su gestión, repercutiendo los gastos de la misma a la persona o empresa responsable.

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN 9

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN 10 4. Generación de residuos Para los residuos generados en las operaciones de mantenimiento se tendrán en cuenta: > Los residuos peligrosos generados (aceites usados, materiales contaminados, residuos de pintura y disolvente, granalla, etc) se segregarán correctamente y se depositarán en contenedores que identifiquen correctamente tanto el tipo de residuo como su propietario, siendo obligatoria la entrega del mismo a un gestor autorizado. > Las piezas desechadas, restos de maderas, chatarra y demás residuos no peligrosos deberán recogerse inmediatamente, depositarse de forma segregada en contenedores específicos adecuados, correctamente etiquetados y al igual que en el caso anterior, gestionarlos adecuadamente a través de un gestor autorizado. > En el caso de los trabajos de mantenimiento que impliquen lijado y pintura, será obligatorio limpiar las instalaciones inmediatamente después de realizar las operaciones de lijado y pintado de los equipos, para evitar posibles arrastres de los restos al mar. > Bajo ninguna circunstancia se podrán dejar bidones o los residuos generados en los muelles o viales. Se utilizarán los productos menos contaminantes disponibles en cada momento.

SANCIONES El incumplimiento de las presente Norma se considerará infracción y dará lugar a la apertura de expediente sancionador por parte de la Autoridad Portuaria de Gijón conforme a los artículos 305 a 316 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. La tipificación mínima de la Sanción será la que se recoge en la presente tabla: 11 Conducta Realizar un mantenimiento sin autorización Calificación de la infracción 1 Artículo1 1 Importe mínimo Multa prevista de la sanción Leve Artículo 306.1.i) Hasta 60.000 600 euros SANCIONES Realizar un mantenimiento sin los medios definidos en estas normas Leve Artículo 306.1.i) Hasta 60.000 600 euros Abandono de residuos en el Dominio Público Portuario Leve Artículo 306.1.i) Hasta 60.000 1.200 euros Provocar un derrame al suelo por falta de medios y/o por no recogerlo de forma adecuada Leve Artículo 306.1.i) Hasta 60.000 600 euros 1 Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante en que se regula la infracción.

ANEXO MEDIOS ANTICONTAMINACIÓN A continuación, se muestran ejemplos de medios anticontaminación de los que se debería disponer en las operaciones que se lleven a cabo en los muelles o explanadas de la APG ante posibles averías o mantenimientos que se tengan que llevar a cabo. BANDEJAS ANTI-GOTEOS Evitan pequeños goteos o derrames sobre la superficie del suelo en las zonas donde se está realizando el cambio de aceite, piezas u otros líquidos hidráulicos. ABSORBENTES ORGÁNICOS Y/O SEPIOLITA En el caso de la sepiolita se trata de un absorbente inerte de origen mineral, no tóxico, no combustible y no inflamable, no requiere medidas de seguridad específicas.tanto la sepiolita, como los absorbentes orgánicos se aplican directamente sobre el suelo o agua, absorbiendo hasta 8 veces su peso. No absorben agua y se retiran fácilmente una vez efectuada la absorción.

OBTURADOR DE CONTENCIÓN Se utilizan para tapar de un modo efectivo rejillas y alcantarillado en caso de derrame accidental. Pueden ser reutilizables al estar fabricados con doble capa de poliuretano, y tiene la propiedad natural de adherirse a la superficie. HOJAS, ALMOHADAS, TUBULARES ABSORBENTE Se utilizan para contener derrames de hidrocarburos. Su principal característica se basa en repeler el agua por lo que está idóneamente indicado para contener derrames en suelo y en el agua. ALFOMBRA DE CONTENCIÓN Especialmente indicada para evitar la contaminación de los suelos por pequeños derrames y goteos de generadores, comprensores, etc de frecuente utilización en muelles y explanada.