CONTENIDO. 5. Antecedentes históricos a nivel nacional del Horario de Verano

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Transcripción:

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada CONTENIDO Resumen Ejecutivo Introducción 1. En qué consiste el Horario de Verano? 1.1 La duración de los períodos de luz solar, efecto de la traslación y la rotación de la Tierra. 1.2 Posición de la Tierra respecto al Sol 2. Medición del Tiempo 2.1 Formas de la Medición del Tiempo 2.2 A cada lugar corresponde una hora particular 2.3 Las Comunicaciones y la unificación del Tiempo 2.4 La convención de Greenwich Zonas horarias 3. Ventajas y Desventajas en la Aplicación del Horario de Verano. Cuáles han sido los resultados? 3.1 Opiniones de diversos sectores y expertos. 4. Sobre la Facultad para Legislar en materia de Medición del Tiempo : un comparativo entre países (México, Alemania, Australia, Canadá, Estados Unidos, Inglaterra y Unión Europea). 5. Antecedentes históricos a nivel nacional del Horario de Verano 6. Antecedentes Históricos a nivel Mundial del Horario de Verano 6.1 Aplicación Desordenada y Reacciones. 6.2 Países con Horario de Verano 1 3 4 4 5 5 5 5 5 6 6-A 7 7-A 8 11 17 28 28 29 Anexo 1. Indice de Cuadros. Anexo 2. Otra concepción sobre los Husos Horarios. Anexo 3. Glosario Bibliografía. 30 31 32 33

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada Resumen Ejecutivo La aplicación de un Horario de Verano, con el fin de ahorrar energía, se ha tornado un tema polémico en la medida que distintos estados del país se quejan de que no les es conveniente. Así, el propósito del presente trabajo es: a) Exponer aquellas razones o consideraciones que históricamente se han adoptado para la determinación de la hora y cómo se da la convención por usos horarios. b) Presenta algunas relaciones que sobre el TIEMPO y horario de verano existen a nivel nacional e internacional. A efecto de lograr lo anterior el presente documento se ha dividido en 6 apartados. El primero explica en qué consiste el horario de verano y la razón natural de la variación de periodos de luz en función del movimiento de la tierra. Esto se observa en que el 3 de enero la tierra está más cerca del Sol y el 4 de julio más lejos. En el segundo apartado se analiza la forma en que ha evolucionado la medición del tiempo. Destaca el dato de que hasta el siglo XIX la medición del tiempo se observa locamente. Cada lugar tenía una hora particular que difería de la otras poblaciones a razón de 4 minutos por cada grado de longitud. Sin embargo la interrelación entre poblaciones hizo conveniente unificar la hora estableciéndose así líneas de 15 grados que representaban una hora. Estas divisiones, llamadas usos horarios, no podrían dividir islas ni estados, salvo que a esto les fuera conveniente. Es decir, los límites de las zonas horarias se modifican a voluntad de las entidades políticas a su mayor conveniencia. En el tercero de los apartados se apuntan las ventajas y las desventajas del Horario de Verano. Las primeras se encuentran en los decretos que establecen la medida y las desventajas; en la opinión pública y en las declaraciones de los congresos establecidos. En el cuarto apartado se muestra que a nivel internacional no es generalizada y puntual la facultad de legislar en materia de medición del tiempo. En Austria, por la ley se ha llevado a cabo un referéndum. En Alemania está en la Constitución. En otros países han sido acuerdos parlamentarios (fundamentalmente los de la Unión Europea). En Estados Unidos existe la extensión para los Estados siempre y cuando " todo el estado observe la hora oficial de otra manera aplicable durante ese periodo". El caso de Canadá es que los gobiernos provinciales regulan el horario de verano. Finalmente México, este horario se encuentra regido por decreto y hay exención para algunos estados. Los apartados cinco y seis versan sobre los antecedentes históricos y se observa que existen países que no sólo toman el horario temporalmente, sino que lo han establecido parcialmente. En la mayoría de los países, los agricultores se quejan ya que por costumbre se guían por la luz del sol.

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada Finalmente es importante destacar que poco a poco se han encontrado reglas cada vez más claras y universales para la aplicación de esta medida. Siembre tomando en cuenta que la constante es que, entre más cerca de los polos se encuentren los territorios, mayor será el numero de horas que pueden adelantase e inversamente entre más cerca del ecuador menores serán las posibilidades.

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada Introducción. El tiempo es un concepto que genera divergencias porque está en función de la actividad, la persona, la interpelación entre grupos o actividades en la sociedad. Comúnmente lo que a algunos parece tarde o prolongado a otros lo contrario. La medición misma ha requerido ajustes conforme avanza la ciencia, la comunicación entre los pueblos, etc., buscando cierta convención comunal. Sin embargo el punto central no puede soslayarse. El Tiempo y cómo lo medimos depende, por un lado, de cuestiones naturales el día y la noche, y el tiempo como dimensión -, y por otro, de cuestiones no naturales, pero humanamente necesarias como las comunicaciones o las relaciones comerciales o culturales. Al evolucionar las sociedades sobre todo en los últimos 150 años, las cuestiones no naturales y el afán de convenciones comunales, permitieron establecerla división de la tierra en 24 partes iguales dando origen así a los husos horarios. Esta convención 1 que es de adhesión voluntaria por parte de las naciones 2 no obligada a la división arbitraria de estados a islas. Por lo tanto, es plenamente aceptado que los límites de las zonas horarias, se modifican a voluntad y conveniencia de las entidades políticas. Pero: - Qué criterios rigen para que sea conveniente para una entidad política? Ya que existe una referencia del tiempo en Real Observatorio de Greenwich y una Línea Internacional del tiempo que generan diferentes horarios, cabe la pregunta: - Con base en qué criterios permanentes se dividiría un país en husos horarios? 1 El 1 de noviembre de 1884, la Conferencia Internacional de Meridianos reunida en Washington D:C., acordó: establecer un punto de referencia para la medición de la longitud a nivel mundial y definir el esquema general de zonas de tiempo. 2 México aplicada por primera vez los husos horarios por Decreto Presidencial de Alvaro Obregón, a partir del 1º de enero de 19922.

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada 1. En qué consiste el Horario de Verano? El cambio del horario en el verano es una práctica que se utiliza en muchos países y consiste en adelantar el reloj una o dos horas los meses de mayor insolación, de abril a octubre. Este periodo cubre parte de la primavera, todo el verano y parte del otoño. Para facilitar su expresión se le domina Horario de Verano. Como consecuencias directas- que se manejan en forma generalizada- que aprovecha más la luz de día para realizar actividades productivas, sociales y de esparcimiento; y un menor consumo de energía eléctrica y de los combustibles que se usan para generarla 3. Con el Horario de Verano o de Ahorro de Luz Solar como también se le conoce, amanecer y el anochecer ocurren un tiempo más tarde, permitiendo así un período adicional de luz solar por las tardes. El movimiento del reloj puede ser permanente, es decir, mantenerse todo el año o estacional, durante los días de mayor tiempo de insolación. La práctica más generalizada consiste en adelantar una hora el reloj de abril a octubre en el hemisferio norte y de noviembre a marzo en el hemisferio sur 4 Es importante señalar que el horario de verano o estacional; es una medida convencional que han adoptado los países con objeto, entre otros, de adecuar o uniformar sus husos horarios con los de otros países a fin de facilitar las transacciones comerciales y las comunicaciones. Al mismo tiempo esta medida las permite un mejor aprovechamiento de la luz natural que produce ahorros de energía a nivel nacional. Este ahorro tiene impacto en diversos factores como son los de tipo ecológico, social, económico, etc. 1.1 Efectos de la traslación y rotación de la Tierra Debido a los efectos de traslación y rotación de la tierra los periodos de luz solar o la luminosidad no tiene la misma duración en verano o en invierno. Posición de la Tierra respecto al Sol 3 Definición tomada del documento Horario de Verano *SPIN- Internet, mismos que pueden localizarse en la siguiente dirección: http://www.spin.com.mx/home.htm1 4 Definición tomada del Documento El Horario de Verano y su Trascendencia Mundial.

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada Durante el movimiento de traslación, la Tierra está más cercana del Sol el 3 de enero, y más lejos el 4 de julio. Por la inclinación de la tierra la cantidad de horas de iluminación sobre el planeta es diferente, así, el Sol ilumina más el hemisferio norte el 21 de julio y el 22 de diciembre ilumina más el hemisferio sur. Estas fechas se conocen, en el hemisferio norte, como los solsticios de verano y viceversa, en el hemisferio sur. Los equinoccios de primavera y otoño se dan cuando el Sol se encuentra en la intersección formada por el cruce de la eclíptica con el ecuador de la Tierra, 20 de marzo y del 23 de septiembre, días en que la iluminación es igual para los hemisferios, doce horas con luz y doce con oscuridad. 2 Medición del Tiempo EL TIEMPO se define como el período durante el cual ocurre una acción o evento; también se dice que es una dimensión que representa una sucesión de acciones o eventos. TIEMPO es una de las cantidades fundamentales del mundo físico, similar a DISTANCIA y MASA 5 2.1 Formadas de medición del tiempo actualmente se tienen tres formas de medición del tiempo. Las primeras dos están basadas en la rotación diaria de la Tierra sobre su eje y están determinados por el movimiento aparente del Sol en el firmamento (Tiempo Solar) y por el momento aparente de las estrellas en el espacio (Tiempo sideral). El tercer forma forma de medición está basado en la revolución de la tierra alrededor del Sol (tiempo Efemérides). 2.2 A cada lugar le corresponde una hora particular. Hasta el siglo pasado, la medición del tiempo se observa localmente, cada población contaba con relojes públicos, primero solares y después mecánicos, que permitían que la población pudiera ajustar sus relojes domésticos. Por esta razón, cada lugar tenía una hora particular que difería de la de otras poblaciones a razón de 4 minutos por cada grado de longitud. 2.3 Las comunicaciones y la unificación del tiempo. Una condición causante de problemas se da cuando las comunicaciones entre poblaciones se intensificaron. Para eliminar esta condición, se estableció en Inglaterra, Escocia y Gales el Tiempo Estancar que consistió en unificar el tiempo de los tres países al del Real Observatorio de Greenwich, que por la precisión con la que media el tiempo ya era tomado 5 Definición tomada del Documento: El horario de Verano y su trascendencia mundial. Puede ser consultado en la siguiente dirección de internet: http://ww.conae.gob.mx/eventos/horvefide.htm1

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada como referencia básica para la investigación. El Tiempo Medio de Greenwich- Greenwich Mean Time (GMT)- se convirtió en la referencia universal de tiempo. Cuando el contacto comercial y cultural entre los diferentes países empezó a ser significativo, se hicieron patentes los grandes inconvenientes que causaba la diferencia de horarios. 2.4 La Convención de Greenwich El primero de noviembre de 1884, la Conferencia Internacional de Meridianos reunida en la ciudad de Washington D:C acordó ampliar universalmente las convenciones locales se dio origen a la convención horaria actual. Se dividió la Tierra en 24 partes iguales de polo a polo y se mantuvo como referencia el tiempo del Real Observatorio de Greenwich, quedando 12 meridianos estándar, de 15º cada uno, al este y al oeste del meridiano 0º de referencias, o sea, el de Greenwich. El meridiano 180º se señaló como línea Internacional del Tiempo debido al hecho de que corre a lo largo del Océano Pacifico sin cruzar prácticamente porciones terrestres habitadas. Dado que no es deseable ni conveniente que los países, estados o islas sean divididos arbitrariamente por los límites de las zonas horarias, éstos se modifican a voluntad de la entidades políticas a su mayor conveniencia. La convención de Greenwich invitó a todos los países a reunirse voluntariamente a su observancia. (Véase anexo 1: Otra concepción sobre los Husos Horarios). México adoptó la convención 38 años después cuando el presidente Alvaro Obregón emitió un Decreto Presidencial en el que se establecía que a partir de primero de enero de 1922 el país se dividía en dos zonas horarias: la península de Yucatán, Tabasco y Chiapas observan la hora del uso horario 90º y el resto del país la del huso horario 105º.

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada Horario de Verano ZONAS HORARIAS VIGENTES EN MÉXICO COMPARACION DE LOS HORARIOS Zona Horaria Husos Horarios Estados Invierno Verano 1era 120º 105º Baja California, Baja California Sur, 2da 105º 90º Chihuahua, Nayarit y Sinaloa, (Sonora no aplica) 1era 90º 75º Todos los demás estados *Chihuahua se incorporo al huso horario 105º en Abril de 1998. *Sonora no aplica Horario de Verano desde Abril de 1999

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada 3- Ventajas y Desventajas en la Aplicación del Horario de Verano. La justificación para implementar el Horario de Verano es aprovechar más las horas de luz natural 6. Sin embargo, ésta medida ha beneficiado a unos países más tangiblemente que a otros. En el caso de México ha causado gran polémica y descontento entre los diversos sectores del país y de la sociedad en general. A continuación se señalan algunas de las principales ventajas y desventajas que se originan con la aplicación del Horario de Verano. VENTAJAS DESVENTAJAS Según Decretos Según Opinión Pública Aprovechamiento de la luz natural. Afectaciones negativas a la salud Ahorro de Energía en el consumo de energía Afectaciones negativas a las actividades eléctrica escolares. Reducción en la emisión de contaminantes en Impacto negativo en las actividades las zonas de generación de energía eléctrica y económicas. por consiguiente: Incremento de la inseguridad pública por las - Disminución en el sobrecalentamiento de mañanas. la tierra. Ahorro económico no percibido en la factura - Evitar enviar a la atmósfera gases que eléctrica de los usuarios. provocan el efecto invernadero. Períodos de coincidencia mayor con los países con quienes se mantienen importantes intercambios comerciales, turísticos, aeronáuticos y financieros. Reducción de la inseguridad pública por las tardes. Menor consumo de energía eléctrica por iluminación en los hogares. Disminución en número de accidentes. Propicia la convivencia social, recreativa y familiar. 6 http://www.spin.com.mx/verano/cambio.html

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada Cuáles han sido los resultados hasta ahora? Con el Horario de Verano y otros programas de ahorro de energía, México está a punto de llegar a la meta que se impulso para el año 2000: una disminución anual en el consumo de fluido eléctrico del orden de 8,051 millones de kilowats-hora, y una reducción de más de 1,436 megawatts de la demanda máxima en las horas pico. El ahorro acumulado que se ha registrado durante los primeros cuatro años de aplicación del Horario de Verano (1996 1999) se puede visualizar de la siguiente manera: Ahorro para los usuarios en consumo de energía eléctrica. 7 Año Millones de kilowats-hora 1996 943 1997 1,100 1998 1,012 1999 1,092 Total 4,147 Ahorro para el país en diferimentos de inversiones. Año Pesos (millones) 1996 4,100 1997 4,400 1998 6,830 1999 6,130 Disminución de la demanda máxima coincidente del sistema électrico nacional, en virtud de la aplicación del Horario de Verano. Año (MW) 7 resultados certificados por el Colegio de Ingenieros Mecánicos y Electricistas (CIME), la Federación de Colegios de Ingenieros Mecánicos y Electricistas (Fecime), la Asociación de Ingenieros Universitarios Mecánicos Electricistas (AIUME), el Colegio Nacional de Industriales Ecologistas (Conieco), el Instituto de Ingeniería de la UNAM y la Asociación Mexicana de Empresas del Ramo de Instalaciones para la Construcción (AMERIC), en el Foro de Análisis del Impacto Energético del Horario de Verano ha contribuido al cuidado de la energía eléctrica, por un monto de mil millones de kilowats-horas anuales. Asimismo concluyeron, en relación con el Horario de Verano, que los valores reportados por las autoridades están soportados técnicamente.

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada 1996 529 1997 550 1998 683 1999 613 En consumo de energía eléctrica, las cifras anteriores acumuladas equivalen a la electricidad consumida por los 19.6 millones de hogares del país durante casi siete semanas. Dicho en otras palabras, equivaldrían a la electricidad que consumen 200 millones de focos de 60 wats encendidos una hora diaria durante todo un año. Si estos focos estuvieran alineados, formarían una línea continua de 12,075 kilómetros de largo. Gracias a la reducción de la demanda de energía eléctrica durante las horas pico, se difieren permanentemente inversiones por más de 6,000 millones de pesos, que equivalen al costo de una central generadora con capacidad para encender simultáneamente 10.2 millones de focos de 60 watts. El impacto sobre el medio ambiente reviste también una importancia especial, ya que durante los primeros cuatro años de aplicación del Horario de Verano se han dejado de arrojar a la atmósfera más de 7 millones de contaminantes, lo cuál tiene un efecto positivo sobre la protección del ambiente. Reducción de contaminantes emitidos al medio ambiente. Miles de toneladas 1996 1997 1998 1999 Total. menos contaminantes. Oxido de nitrógeno 5.70 6.60 6.20 6.51 25.01 Oxido de azufre. 28.40 33.10 31.02 32.95 125.47 Monóxido de carbono. 0.40 0.50 0.50 0.40 1.80 Partículas. 10.20 11.90 11.20 11.87 45.17 Bióxido de carbonó. 1,587.00 1,851.00 1,735.00 1,843.53 7,016.53 Hidrocarburos. 0.06 0.07 0.07 0.07 0.27 Total 1,631.76 1,903.17 1,783.99 1,895.33 7,214.25

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada Frente a las ventajas, que son similares en la mayoría de los países que aplican el Horario de Verano, existen y se manejan desventajas que la mayor parte de la población para nuestro caso de México manifiestan por la aplicación del mismo (a pesar de que durante cuatro años consecutivos se ha implementado). Con respecto al ahorro económico que desde 1996 se les ha venido manejando a los usuarios en general con la aplicación de Horario de Verano, se ha argumentado lo siguiente: Con el nuevo horario; algunos usuarios tienen que recurrir en sus casas a la iluminación artificial antes del amanecer, sin embargo, por las tardes todos gozamos de una hora más de luz natural. Esto se traduce en lo siguiente: Si por las mañanas se encienden diez millones de focos que antes no se prendían por la tarde se dejan de prender 1000 millones de focos, al encenderse una hora más tarde de lo cotidiano y apagarse a la hora acostumbrada. 8 Lo anterior incide positivamente en la economía del país, puesto que se reduce los gastos asociados con la generación de energía eléctrica. Cabe aclarar que desde el punto de vista individual, la reducción puede ser imperceptible o nula en la facturación de los usuarios, como se ha manifestado a través de inconformidades para la aplicación del Horario de Verano que han hecho llegar a los congresos locales de diversas entidades federativas. Tal es el caso del estado de Sinaloa; mismo que ha remitido un Punto de Acuerdo aprobado por el Pleno de la LVI Legislatura de dicha entidad a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, y que en uno de sus considerandos señala: Que una vez implementada la disposición y sustentándose la misma en el ahorro que se obtendría por el huso horario de verano, esto no se ha percibido en la facturación eléctrica de usuarios... 9 Conforme a lo anterior se puede observar que hace falta información clara y precisa sobre la medida o bien existe mal empleo del concepto del ahorro de energía, con respecto a un ahorro económico que resulta ser nulo para los usuarios. Hasta aquí podría decirse que existe una cultura del ahorro de energía?. En lo relativo a la sociedad. O bien en cuanto al gobierno como regulador de la mediada, Podría decirse que le falta análisis y consensos informados sobre la medida?. 3.1 Opiniones actuales de diversos sectores expertos. 10 Es información periodística del 28 de marzo del presente año se recogieron los siguientes señalamientos: 8 htttp://www.energía.gob-mx/secc10/origen09.html 9 Gaceta Parlamentaria marzo, 23, 2000. Cámara de Diputados. pág. 5 10 Carriles, Luis y Flores, Armando. Advierte gobierno Caos si los estados fijan horario. Reforma, 18 de marzo del 2000, primera plana.

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada Ante el rechazo del Horario de Verano el Gobierno Federal reconoció el derecho de las entidades a fijar la hora que más le convenga, pero advirtió del caos y perjuicios si no se acata la medida a partir del próximo domingo. Se afectarían a industrias, comercios, turismo y servicios financieros generando un problema de convivencia social y anarquía, advirtió ayer en conferencia de prensa el subsecretario de Energía Mauricio Toussaint. La medida esta en vigor, existe un decreto; a pesar de ello no existe ninguna sanción de quien no lo acate, indico el funcionario. Hasta ahora, lo que hemos recibido de manera muy respetuosa por parte de algunos estados (Chiapas, Oaxaca y Guerrero) es una solicitud de que se les excluya del Horario de Verano. No obstante ayer otras cuatro entidades se sumaron al rechazo: Sinaloa, D:F:, Baja California Sur, Nayarit, Zacatecas y Tlaxcala. Por su parte los gobernadores de Guerrero y de Quintana Roo, René Juárez y Joaquín Hendricks, respectivamente, se pronunciaron en contra del nuevo horario, mientras que en Aguascalientes el gobierno informó que acatará el horario bajo protesta. Por otro lado: Alfredo Elías Ayub, Director de la Comisión Federal de Electricidad, informo que de no hacerse en este año el cambio del Horario de Verano, el margen de reserva operativa de la paraestatal se reduciría del 6 al 4% y en el verano del 2001 sería solo 2 o a 3%, arriesgando el suministro nacional. Para el secretario de comercio, Herminio Blanco en México debe aplicar el Horario de Verano con el fin de estar en congruencia con los horarios que tienen los principales socios comerciales, sobre todo Estados Unidos y Canadá. Respecto a lo legislativo la Cámara de Diputados discutirá esta semana la aplicación de medidas políticas para acotar o posponer el Horario de Verano, ante las lagunas jurídicas de la materia. Por su parte los partidos externaron sus posiciones al respecto: El PAN presentará un punto de acuerdo que permita aplazar la medida por los menos un mes para que en los congresos de las 31 entidades y el D.F. definan su posición. El PRD propone que cada entidad decida a través de consultas publicas o de sus congresos. En cuanto a opiniones de expertos se tiene: Según el constitucionalista Elisur Arteaga, los Congresos Estatales pueden fijar los horarios, pues existen facultades concurrentes.

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada Según especialistas del Instituto de Astronomía de la UNAM, por su posición en el globo terráqueo, los días mas cortos en México tienen 10 horas con 13 minutos del sol, por lo que de un Horario de Verano no corresponde a las condiciones de luminosidad. Rafael Costero dijo que las razones para el cambio de hora se refieren a la necesidad de homologación con las principales economías del mundo y no tanto para aprovechar la luz del día. El astrónomo Daniel Flores precisa que México es de los pocos países que tiene un Horario de Verano a pesar que su posición en el globo no lo haga tan necesario.

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada 4. Sobre la Facultad para Legislar en Materia de Medición del Tiempo por el Poder Legislativo. En cuanto a regulaciones de nivel constitucional con respecto a que autoridad o poder esta facultado a legislar en materia de medición del tiempo se ha realizado un comparativo con los siguientes países: Alemania, Austria, Canadá, Estados Unidos de América y México, en donde encontramos que únicamente por disposición constitucional en Alemania, la federación (Camera de Diputados) tiene como facultad exclusiva legislar en materia de Medición del Tiempo, los otros países únicamente nos hablan de legislar en materia de pesas y medidas en términos generales. (ver cuadro 1. Comparativo sobre Disposiciones Constitucionales en Medición del Tiempo). Legislación Reguladora del Horario de Verano en Diversos Países. Dentro de los instrumentos legales que regulan el Horario de Verano en diversos países, que cabe hacer mención de algunos rasgos característicos que establecen para la aplicación del Horario de Verano. (Ver cuadro 2. Legislación Reguladora del Horario de Verano en diversos países).

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada CUADRO 1. COMPARATIVO INTERNACIONAL SOBRE DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES EN MATERIA DE MEDICION DEL TIEMPO MEXICO ALEMANIA AUSTRALIA CANADA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TITULO TERCERO CAPITULO II Del poder legislativo Sección Tercera De las Facultades del Congreso ARTICULO 73 EL CONGRESO TIENE FACULTAD: XVIII.- PARA ESTABLECER CASAS DE MONEDA, FIJAR LAS CONDICIONES QUE ESTA LEY FUNDAMENTAL PARA LA REPUBLICA FEDERAL ALEMANA 23 de mayo de 1949 SEGUNDA PARTE CAPITULO VII DE LA LEGISLACION FEDERAL ("Die Gesetzgebung des Bundes") Article 73 [Exclusive legislative power] 4. currency, money and coinage, weights and measures as well as the CONSTITUTION Chapter I The Parliament Part V Powers of the Parliament Section 51 [Legislative Competencies] The Parliament shall, subject to this Constitution, have power to make laws for the peace, order and good government of the Commonwealth with respect to: (xv) Weights and measures; VI. DISTRIBUTION OF LEGISLATIVE POWERS POWERS OF THE PARLIAMENT LEGISLATIVE AUTHORITY OF PARLIAMENT OF CANADA 91.- It shall be lawful for the Queen, by and with the Advice and Consent of the Senate and House of Commons, to make Laws for the Peace, Order, and good Government of Canada, in relation to all Matters not coming within the Classes of Subjects by this Act assigned exclusively to the Legislatures of the Provinces; and for greater Certainty, but not so as to restrict the Generality of the foregoing Terms of this Section, it is hereby declared that (notwithstanding anything Constitución de los Estados Unidos de América, 1787 Octava Sección 1. El Congreso tendra facultad: 5. Para acuñar monedas y determinar su valor, así como el de la moneda extranjera. Fijar los patrones de las pesas y medidas.

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada DEBA TENER, DICTAR REGLAS PARA DETERMINAR EL VALOR RELATIVO DE LA MONEDA EXTRANJERA Y ADOPTAR UN SISTEMA GENERAL DE PESAS Y MEDIDAS; measures, as well as the determination of standards of time; in this Act) the exclusive Legislative Authority of the Parliament of Canada extends to all Matters coming within the Classes of Subjects next hereinafter enumerated; that is to say,- 17. Weights and Measures. Cuadro realizado en el área de Derecho Comparado del Sistema Integral de Información y Documentación del Comité de Biblioteca e Informática de la H. Cámara de Diputados, LVII Legislatura, México, marzo de 2000, tomando como base las Constituciones de los países mencionados de Internet.

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada CUADRO 2. LEGISLACION REGULADORA DEL HORARIO DE VERANO EN DIVERSOS PAISES MEXICO ALEMANIA AUSTRALIA ESTADOS UNIDOS INGLATERRA UNION EUROPEA En México el Horario de Verano actualmente se encuentra regido por el Decreto relativo a los horarios estacionales en los Estados Unidos Mexicanos de fecha 13 de Agosto de 1997 En Alemania por disposición constitucional el congreso se encarga de legislar sobre la medición del tiempo; el decreto más reciente de fecha 7 de Octubre de 1997, contempla el calendario de fechas del comienzo y el fin del horario de verano a partir de 1998 y hasta el 2001, mismo que se encuentra unificado con la Octava Directiva 97/44/CE del Parlamento Europeo. La Ley del Horario de Verano de 1991 de Australia, señala para la aplicación de éste, llevar a cabo un Referéndum sobre Horario de Verano, en el que los electores determinarán si están a favor de que el Estado aplique el Horario de Verano. El Código de los Estados Unidos en su Título 15 - Comercio e Industria-, Capítulo 6 -Pesos y Medidas y hora Oficial-, Subcapítulo IX Hora Oficial, Sección 260ª Adelanto de la hora o cambio de fechas, establece la aplicación del horario de verano (Daylight Saving Time), así como exenciones respecto a la aplicación del mismo para los Estados, la cual consiste en: Dispensar por ley las En Inglaterra la duración del Horario de Verano (British Summer Time), podía variar por Decreto del Consejo. Al igual que Alemania, Inglaterra adoptó los horarios establecidos por la Octava Directiva 97/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de fecha 22 de julio de 1997 para la aplicación del Horario de Verano unificandose así con los demás miembros de la Unión Europea. Con el fin de facilitar la programación horaria en los sectores del transporte y las comunicaciones los miembros de la Unión Europea adoptan convencionalmente la Octava Directiva 97/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de fecha 22 de julio de 1997 relativa a las disposiciones de la hora de verano, estableciendo un calendario del período de

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada disposiciones que estipulan el adelanto de la hora, pero solamente si dicha ley estipula que, todo el Estado observará la hora oficial de otra manera aplicable durante ese período. La Secretaría de Transportes se encargará de ejercer la facultad de exención y de aplicar las disposiciones correspondientes en caso de violación a la ley que establece el horario de verano. aplicación de la hora de verano por un plazo suficientemente largo, en el que se incluye a Inglaterra e Irlanda, mismos que anteriormente aplicaban un horario distinto. Cuadro realizado en el área de Derecho Comparado del Sistema Integral de Información y Documentación del Comité de Biblioteca e Informática de la H. Cámara de Diputados, LVII Legislatura, México, marzo de 2000, tomando como base los instrumentos legales de los países mencionados de Internet. * Nota: Los instrumentos legales consultados para la realización del Cuadro 2 y Cuadro 3, pueden ser localizados en las siguientes direcciones de Internet: http://www.europa.eu.int/eur-lex/eslif/dat1997/es_397l004.html http://www.ontla.on.ca/ http://www.org.nmm.ac.uk/leaflets/summer/summer.html http://www.ptb.de/english/org/4/43/432/lega.html

Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada CUADRO 3. LEGISLACION REGULADORA DEL HORARIO DE VERANO EN CANADA En Canadá los gobiernos provinciales regulan el Horario de Verano a través de los siguientes estatutos * : PROVINCE TITLE OF ACT DEPARTMENT/ MINISTRY THAT ADMINISTERS ACT British Columbia Interpretation Act Attorney General Alberta Daylight Saving Time Act Justice Saskatchewan The Time Act Municipal Affairs, Culture and Housing Manitoba The Official Time Act Rural Development Ontario The Time Act Attorney General Quebec The Official Time Act Justice New Brunswick The Time Definition Act Premier's Office Nova Scotia The Time Definition Act Justice Prince Edward Island Time Uniformity Act Community Services and Attorney General Newfoundland and Labrador An Act Respecting Standard Time and Daylight Time in the Province Municipal and Provincial Affairs * Lorraine Luski,. Daylight Saving Time. Ontario Legislative Library. Backgrounder 34. ISSN 1206-1514. October 1999. Documento que podrá ser localizado en la siguiente dirección de Internet: http://www.ontla.on.ca/library/b34tx.htm#who regulates DST in Canada?

" Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada" 5. Antecedentes Históricos a nivel Nacional del Horario de Verano. México, a pesar de haber participado en la Conferencia Internacional sobre Meridianos, no aplica la convención de los husos horarios sino hasta el año de 1922, cuarenta años después de su implantación en el mundo. Anterior a la aplicación de husos horarios, en la República Mexicana la hora oficial -conocida también como "Hora del ferrocarril" ó "la Hora ferrocarrilera"- que regía en ésta, era la correspondiente al "meridiano de Tacubaya"; encargándose el Observatorio Astronómico de dar las señales telegráficas e inalámbricas correspondientes, a las doce del día o a la hora que se determinara conveniente, la Secretaría de Fomento estaba facultada para hacer cumplimentar los decretos en la materia, tal y como lo establecía la Circular Num. 136 *, expedida el 27 de julio de 1920 por el Presidente Constitucional Substituto Adolfo de la Huerta. Una vez establecidos los usos horarios en México se han venido presentando una serie de cambios y adecuaciones siendo éstos de carácter principalmente comercial y económico. A continuación se presenta un comparativo de los decretos presidenciales que se han expedido en México desde 1922 a la fecha con respecto a los husos horarios y al horario de verano. Ver el Cuadro 3, Histórico de Antecedentes Jurídicos de los Husos Horarios y del Horario de Verano en México. * Nota: La Circular Num. 136, es un documento proporcionado por la Comisión de Energéticos de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (México).

" Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada" CUADRO 4. HISTORICO DE ANTECEDENTES JURIDICOS DE LOS HUSOS HORARIOS Y DEL HORARIO DE VERANO EN MEXICO NOMBRE DEL DOCUMENTO ACUERDO disponiendo que a partir del 1º de enero de 1922, las horas en los Estados Unidos Mexicanos se contarán de 0 a 24, empezando a la media noche tiempo medio FECHA DE PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL 20 de diciembre de 1921 Bajo el período de Gobierno de Alvaro Obregón MOTIVOS O CONSIDERACIONES Obligaciones internacionales contraídas por la República Mexicana. Evitar confusiones en los servicios públicos. PUNTOS PRINCIPALES 1.- Las horas se cuentan de 0 a 24 empezando a media noche. 2.- Se adopta el sistema de husos horarios. 3.- se regirán por los meridianos 105º y 90º al oeste de Greenwich. ORGANO A CARGO DE LA HORA O DE DICTAR DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS SOBRE LA MISMA La Secretaría de Agricultura y Fomento se hará cargo del Servicio de la hora. DECRETO modificando el de 25 de noviembre de 1921, en lo que se refiere a los sistemas de Husos Horarios que se adoptarán en los Distritos Norte y Sur de la Baja California y Estados de Veracruz y Oaxaca. Diciembre de 1923 Bajo el período de Gobierno de Alvaro Obregón Situación geográfica. 1.- El Distrito Norte de la Baja California adopta la hora del meridiano 120º. 2.- El Distrito Sur de la Baja California, y desde los Estados de Sonora hasta los de Veracruz y Oaxaca exclusives adoptan la hora del meridiano 105º. 3.- Los Estados de Veracruz y de Oaxaca inclusive, adoptan la hora del meridiano 90º. 4.- Se establecen tres horas en la República, las cuales se denominan: "Hora del Este" que contaba 60 minutos de adelanto; la "Hora del Centro" hora legal que correspondió a la ciudad de México; "Hora del Oeste" con 60 minutos de retraso. La Secretaría de Agricultura y Fomento tiene a su cargo el Servicio de la Hora. 19

" Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada" NOMBRE DEL DOCUMENTO FECHA DE PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL MOTIVOS O CONSIDERACIONES PUNTOS PRINCIPALES ORGANO A CARGO DE LA HORA O DE DICTAR DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS SOBRE LA MISMA DECRETO que establece la hora del meridiano 90º W. De Greenwich en todos los Estados, Territorios y Distritos de la República, en donde se usa la hora del meridiano 105º W. De Greenwich. 9 de junio de 1927 Bajo el período de Gobierno de Plutarco Elías Calles Limitaciones en las fuentes de generación de electricidad. 1.- Los Estados, Territorios y Distritos regidos por el meridiano 105 W. de Greenwich cambian al meridiano 90º w. 2.- El Distrito Norte de la Baja California sustituye la hora del meridiano 120º W de Greenwich por la del meridiano 105º. El Observatorio Astronómico Nacional de Tacubaya, se hace cargo de las transmisiones de la hora, telegráficas, radiotelegráficas y telefónicas. DECRETO que establece en la República la Hora del Golfo, Hora del Centro y Hora del Oeste, conforme a los meridianos 90º, 105º y 120º W. Greenwich. 15 de noviembre de 1930 Bajo el período de Gobierno de Pascual Ortíz Rubio. Desaparición de las limitaciones en las fuentes generadoras de electricidad. Restablecer la Hora Legal Internacional. 1.- El Distrito Norte de la Baja California sustituye la hora del meridiano 105º por la del meridiano 120º al Oeste de Greenwich. 2.- En el Distrito Sur de la Baja California y hasta los Estados de Sonora hasta Tamaulipas, Veracruz y Oaxaca, exclusives, se sustituye la hora del meridiano 90º por la del meridiano 105º al Oeste de Greenwich. 3.- Los Estados de Tamaulipas, Veracruz y Oaxaca inclusive, hasta el territorio de Quintana Roo también inclusive continúa usándose la hora del meridiano 90º al Oeste de Greenwich. 4.- Se establecen 3 horas en la República: - "Hora del Golfo" correspondiente al meridiano 90º, contará con La Secretaría de Gobernación notificará a la Universidad Nacional Autónoma de México, para que ésta ordene al Observatorio Astronómico de cumplimiento al Decreto. 20

" Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada" 60 minutos exactos de adelanto, e identificándose con las siglas "H. del G." - "Hora del Centro" regida por el meridiano 105º, utilizándose en la ciudad de México, correspondiéndole las siguientes siglas "H. del C" - "Hora del Oeste" correspondiente al meridiano 120º, teniendo 60 minutos exactos de retraso, e identificándose con las siglas "H. del O." DECRETO por el cual se establecen los Husos Horarios que deberán regir en la República. 28 de abril de 1931 Bajo el período de Gobierno de Pascual Ortíz Rubio. Aprovechamiento del mayor número de horas de luz natural pr parte de la clase laborante en la estación de verano. Perjuicios a los trabajadores y población escolar causados por el invierno en las primeras horas de la mañana. Trastornos por los cambios frecuentes de hora en los ferrocarriles. Nota: Este Decreto se puede considerar como un primer antecedente de la aplicación de Horario de Verano en México, ya que establece dos períodos de aplicación de Husos Horarios como se muestra a continuación: 1.- Del 1º de abril y hasta el 30 de septiembre, de todos los años se emplearán dos Husos Horarios en la República: el del meridiano 105º W. de Greenwich para el Territorio Norte de la Baja California y el del meridiano 90º W. de Greenwich 2.- Del 1º de octubre al 31 de marzo se emplearán tres Husos Horarios regidos por los meridianos 90º, 105º y 120º W. de Greenwich. La Secretaría de Gobernación notificará a la Universidad Nacional Autónoma de México para que ordene al Observatorio Astronómico dé las señales horarias y servicio de la hora al público y oficinas de acuerdo con dicha disposición. 21

" Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada" NOMBRE DEL DOCUMENTO FECHA DE PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL MOTIVOS O CONSIDERACIONES PUNTOS PRINCIPALES ORGANO A CARGO DE LA HORA O DE DICTAR DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS SOBRE LA MISMA DECRETO por el cual se fijan las horas que deberán regir en la República, a partir del 1º de abril de 1932. 21 de enero de 1932 Bajo el período de Gobierno de Pascual Ortíz Rubio. Aprovechamiento de la luz solar Uniformidad de horarios para las comunicaciones especialmente ferrocarriles, en cuanto a relaciones con el extranjero. Uniformidad de horarios de los puertos sin cambio alguno. Se establece la aplicación de dos horas que se denominaron: 1.- La "Hora del Centro", meridiano 90º, correspondiendo a todo el país excepto al Distrito Norte de Baja California. 2.- La "Hora del Oeste" meridiano 120º que rigió al Distrito Norte de la Baja California. 3.- Desaparece la hora llamada "ferrocarrilera" LA Secretaría de Gobernación notificará a la Universidad Nacional Autónoma de México para que ordene al Observatorio Astronómico el cumplimiento de dicho decreto. La Secretaría de Comunicaciones se encargará de dictar las disposiciones correspondientes que se ajustarán a dicho decreto en materia de transportes. DECRETO por el cual se determinan las horas que regirán en la República. 24 de abril de 1942 Bajo el período de Gobierno de Manuel Avila Camacho Uniformar la hora con Estados Unidos de América principalmente en cuanto a las regiones limítrofes. 1.- Subsistirán únicamente dos horas: Hora del Centro correspondiente a la capital de la República, meridiano 90º Hora del Noroeste a quien le corresponde el meridiano 105º (Distritos Norte y Sur del territorio de la Baja California, Estados de Sonora, Sinaloa y Nayarit. Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas dictará disposiciones necesarias para que las vías de comunicación y medios de transporte del noroeste del país ajusten sus horarios. Nota: Este decreto fija las horas que rigen en el Territorio Nacional. 22

" Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada" NOMBRE DEL DOCUMENTO FECHA DE PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL MOTIVOS O CONSIDERACIONES PUNTOS PRINCIPALES ORGANO A CARGO DE LA HORA O DE DICTAR DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS SOBRE LA MISMA DECRETO que modifica el de 1º de abril de 1942, fijando la hora del Meridiano 120º, que regirá en el Distrito Norte del Territorio de la Baja California. 12 de Noviembre de 1945 Bajo el período de Gobierno de Manuel Avila Camacho. Razones comerciales y de Transportación. 1.- La hora del meridiano 120º regirá en el Distrito Norte de la Baja California. DECRETO que revoca el de 5 de noviembre de 1945, que dispuso que el Territorio Norte de la Baja California rigiera la hora del meridiano 120º. 5 de abril de 1948 Bajo el período de Gobierno de Miguel Alemán. Razones comerciales 1.- Revoca decreto de 1945. 2.- Queda en vigor la fracción II artículo primero del Decreto de 1942. DECRETO mediante el cual se dispone que en los Estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán, regirá la hora del Meridiano 75º. 23 de diciembre de 1981 Bajo el período de Gobierno de José López Portillo. Razones de ubicación geográfica con reflejo directo en actividades comerciales, productivas, turísticas. Horario acorde con el resto del Territorio Nacional, a los Estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán. Evitar un gasto innecesario de energía. Horario idóneo para llevar a cabo los programas de los gobiernos Federal, Estatales y Municipales. 1.- La Hora que regirá en los Estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán será la del Meridiano 75º. DECRETO mediante el cual se dispone que en los Estados de Campeche y Yucatán regirá la hora del Meridiano 90º, y en 2 de noviembre de 1982 Bajo el período de Gobierno de José López Portillo. El horario del Meridiano 90º es adecuado para los Estados de Campeche y Yucatán. Ventajas notorias básicamente 1.- En los Estados de Campeche y Yucatán regirá la hora del meridiano 90º. 2.- En el Estado de Quintana Roo 23

" Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada" el Estado de Quintana Roo continuará la hora del Meridiano 75º. DECRETO que determina el huso horario en los Estados de Coahuila, Durango, Nuevo León y Tamaulipas, el cual se denominará Horario de Verano. DECRETO por el que se dispone que durante el período comprendido del primer domingo de abril al último domingo de septiembre, inclusive, de cada año, regirá en los Estados de Nuevo León y Tamaulipas la hora del meridiano 75º. 17 de febrero de 1988 Bajo el período de Gobierno de Miguel de la Madrid H. 23 de marzo de 1989 Bajo el período de Gobierno de Carlos Salinas de Gortari. turísticas en Quintana Roo. regirá la hora del meridiano 75º. Desde 1917 el Presidente de la República ha expedido los decretos que establecen los horarios para la República y para distintas zonas del país. Gobernadores y Representantes de diversas organizaciones públicas, sociales y privadas de los Estados de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas solicitan se establezca un Horario de Verano en sus Entidades. Aprovechamiento de la luz solar. Ahorro de energéticos Mayor espacio para la vida familiar y social. Incremento de las actividades industriales y comerciales. Causas de índole social y económica en los Estados de Coahuila y Durango. En los Estados de Nuevo León y Tamaulipas, las autoridades estatales y los sectores social y privado, desean continuar el horario de verano. 1.- Del primer domingo de abril al último domingo de octubre, inclusive de cada año, regirá en los Estados de Coahuila, Durango, Nuevo León y Tamaulipas la hora del Meridiano 75º. 2.- El Huso Horario correspondiente a este período se le denominará "Horario de Verano". 1.- Del primer domingo de abril al primer domingo de septiembre, inclusive, de cada año, regirá en los Estados de Nuevo León y Tamaulipas la hora del meridiano 75º. 2.- A este período se le denominará "Horario de Verano". 3.- Se deroga el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de 1988. 24

" Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada" NOMBRE DEL DOCUMENTO FECHA DE PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL MOTIVOS O CONSIDERACIONES PUNTOS PRINCIPALES ORGANO A CARGO DE LA HORA O DE DICTAR DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS SOBRE LA MISMA DECRETO por el que se abroga el publicado el 23 de marzo de 1989, por el que se dispone que en los Estados de Nuevo León y Tamaulipas regirá la hora del meridiano 75º, durante el período comprendido del primer domingo de abril al último domingo de septiembre. DECRETO por el que se establecen horarios estacionales en los Estados Unidos Mexicanos. 30 de marzo de 1989 Bajo el período de Gobierno de Carlos Salinas de Gortari. 4 de enero de 1996 Bajo el período de Gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León. La producción de energía eléctrica obtiene un ahorro efectivo en la generación del fluido eléctrico, siempre que en dos o más Estados vecinos se implante durante el período correspondiente el "horario de verano". Encuestas de opinión muestran una tendencia contraria a la implantación del "horario de verano" en el Estado de Nuevo León. El ahorro energético no se obtendría de ser únicamente el Estado de Tamaulipas el que continuara con el "horario de verano". Disminución en la demanda de energía eléctrica. Reducción en el consumo de combustibles utilizados en la generación de la energía eléctrica. Disminución en la emisión de contaminantes. Menor consumo de energía eléctrica: apoya las actividades productivas del país, abate los costos de producción y protege el 1.- Se abroga el Decreto publicado el 23 de marzo de 1989 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se dispone Horario de Verano para los Estados de Nuevo León y Tamaulipas. 1.- Habrá tres zonas de usos horarios. 2.- Del primer domingo de abril al último domingo de octubre de cada año, regirán en cada zona los siguientes husos horarios: En la primera zona que comprende todo el territorio nacional, salvo el correspondiente a la zona segunda y tercera, regirá el huso horario correspondiente al meridiano 75º Las dependencias y entidades de la administración pública federal, en el ámbito de sus competencias, realizarán las medidas necesarias para difundir con oportunidad los cambios de horario. 25

" Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada" ingreso familiar. Mayor número de actividades a la luz del día = mayores condiciones de seguridad pública. Estudios realizados por diversos organismos especializados del Gobierno Federal. La experiencia en numerosos países que aplican el horario de verano. La segunda zona, que comprende los territorios de los estados de Baja California Sur, Nayarit, Sinaloa y Sonora, el huso horario correspondiente al meridiano 90º. En la tercera zona, que comprende el territorio del Estado de Baja California, el huso horario que corresponde al meridiano 105º. Fuera del período del horario de verano, regirán los husos horarios de Greenwich correspondientes a los meridianos 90º, 105º y 120º, que comprenden a las zonas primera, segunda y tercera respectivamente. DECRETO relativo a los horarios estacionales en los Estados Unidos Mexicanos 13 de agosto de 1997 Bajo el período de Gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León Establecer horarios estacionales ha representado disminución en la emisión de contaminantes. Beneficios económicos y sociales. 1.- Abrogación del Decreto por el que se Establecen Horarios Estacionales en los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial el 4 de enero de 1996. 2.- Se establecen cuatro zonas de husos horarios, siendo las siguientes: - Primera: Comprende el Estado de Quintana Roo, que se regirá durante el horario de verano por el meridiano 60º y fuera de éste por el meridiano 75º. - Segunda: Comprende todo el territorio nacional salvo las Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, realizarán las medidas necesarias para difundir los cambios de husos horarios correspondientes. 26

" Horario de Verano. Antecedentes y legislación comparada" zonas primera, segunda y cuarta. Se regirá por el meridiano 75º durante el horario de verano y por el meridiano 90º fuera de él. - Tercera: Comprende los territorios de los Estados de Baja California Sur, Chihuahua, Nayarit, Sinaloa y Sonora se regirán por el meridiano 90º en el período de horario de verano y por el meridiano 105 fuera del período. - Cuarta: Comprende el territorio del Estado de Baja California que se regirá por el meridiano 105º durante el horario de verano y por el meridiano 120º fuera de éste. 3.- El horario de verano comprenderá del primer domingo de abril al último domingo de octubre de cada año. DECRETO que reforma el diverso relativo a los horarios estacionales en los Estados Unidos Mexicanos. 31 de julio de 1998 Bajo el período de Gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León. Que el Estado de Quintana Roo vuelva a regirse por los husos horarios aplicables al centro de la República. 1.- Deroga las fracciones I de los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto de Relativo a los Horarios Estacionales en los Estados Unidos Mexicanos. DECRETO por el que se reforma la fracción III del Artículo 2º del Decreto relativo a los Horarios Estacionales en los Estados Unidos Mexicanos. 29 de marzo de 1999 Bajo el período de Gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León. Diversos estudios realizados por los sectores público y privado del Estado de Sonora mostraron efectos desfavorables en la aplicación 1.- Se reforma la fracción III del Artículo 2º. del Decreto relativo a los horarios estacionales en los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de 27