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Transcripción:

Pág. 3 Miércoles 4 de abril de 2018 Núm. 39 d i P u tac i ó n P rov i n C i a l d e C u e n C a departamento de Cultura NúM. 771 anuncio TituloES: EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 15 DE MARZO DE 2018 DE LA PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN DE CUENCA POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CUENCA EDUCA, DESTINADAS A SUFRAGAR PARTE DE LOS GASTOS GENERADOS DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIVERSIDADES POPULARES Y/O ESCUELAS DE MúSICA CONSTITUIDAS EN DISTINTAS LOCALIDADES DE LA PROVINCIA DE CUENCA. TextoES: BDNS(Identif.):391393 EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 15 DE MARZO DE 2018 DE LA PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN DE CUENCA POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CUENCA EDUCA, DESTINADAS A SUFRA- GAR PARTE DE LOS GASTOS GENERADOS DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS UNIVERSIDADES POPULARES Y/O ESCUELAS DE MÚSICA CONSTITUIDAS EN DISTINTAS LOCALIDADES DE LA PROVINCIA DE CUENCA. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans): Primero.- Beneficiarios. Las Universidades Populares y/o Escuelas de Música legalmente constituidas en los distintos Municipios y Entidades Locales, previstas en el artículo 3.2 de la ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, ubicadas en el ámbito territorial de la Provincia de Cuenca con una población inferior a 20.000 habitantes, asimismo, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, para obtener la condición de beneficiario ó entidad colaboradora. Segundo.- Objeto. La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones mediante el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva para sufragar parte de los gastos generados del funcionamiento de las Universidades Populares y/o Escuelas de Música constituidas en distintas localidades de la provincia de Cuenca, en el curso académico 2017/2018. En lo referente a las Universidades Populares, se excluyen los gastos destinados a programas y actividades deportivas. Tercero.- Bases reguladoras. Las Bases de Convocatoria, aprobadas por Decreto nº CULTU-00055-2018, de fecha 15 de marzo, se podrán consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans), en el Boletín Oficial de la Provincia del mismo día en que se publique el presente extracto, en el Tablón de Anuncios de la Web de la Diputación Provincial, así como en el Tablón de Anuncios de la Diputación Provincial (C/ Aguirre 1). Cuarto.- Cuantía. La cuantía total máxima para financiar la presente convocatoria será de 60.000,00 euros. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes de participación deberán presentarse en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca (BOP), excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del solicitante (Artículo 30.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Sexto.- Otros datos. Las actividades culturales que desarrollen las Universidades Populares y/o Escuelas de Música se realizarán en el curso académico 2017/2018. El pago de la subvención se efectuará una vez se haya presentado la justificación de la aplicación de los fondos, y se acredite que los mismos se han aplicado al fin para el que se concedió la subvención, conforme a lo dispuesto en la presente convocatoria.

Pág. 4 Miércoles 4 de abril de 2018 Núm. 39 Lugar de la firma: CUENCA Fecha de la firma: 2018-03-15 Firmante: P.D. de firma FRANCISCO JAVIER DOMENECH MARTÍNEZ, DIPUTADO DE CULTURA (según decreto SECRE- 00042-2015 de 24 de julio). Lugar de la Firma: CUENCA Fecha de la Firma: 2018-03-15 Firmante: P.D. de firma Francisco Javier Domenech Martínez, Diputado de Cultura (Decreto SECRE-00042-2015 de fecha 24-07-2015) CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CUENCA EDUCA PREAMBULO La Excma. Diputación Provincial de Cuenca, a través del Departamento de Cultura, tiene en proyecto colaborar en las actividades que realizan las Universidades Populares y/o Escuelas de Música constituidas en distintas localidades de la provincia de Cuenca, en una doble vertiente de promoción educativa y cultural y participación social, teniendo como objetivo primordial promover la educación, la formación y la cultura para mejorar la calidad de vida de las personas y la comunidad. Para alcanzar este objetivo, la Institución Provincial se propone prestar apoyo y colaboración mediante la concesión de subvenciones económicas, en el ejercicio de 2018. Como norma general, y para lo que no se especifique en este articulado, esta Convocatoria se regirá por lo estipulado en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cuenca, aprobada y publicada en el BOP de fecha 19 de diciembre de 2012, modificada en sesión plenaria de fecha 19 de diciembre de 2013 y publicada en el BOP nº 8 de fecha 22 de enero de 2014, y por los preceptos básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Con el fin de regular la concesión de las mismas se establece la siguiente NORMATIVA 1.- Objeto Se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a sufragar parte de los gastos generados del funcionamiento de las Universidades Populares y/o Escuelas de Música constituidas en distintas localidades de la provincia de Cuenca, en el curso académico 2017/2018. En lo referente a las Universidades Populares, se excluyen los gastos destinados a programas y actividades deportivas. 2.- Beneficiarios Serán beneficiarios de la presente convocatoria las Universidades Populares y/o Escuelas de Música legalmente constituidas en los distintos Municipios y Entidades Locales, previstas en el articulo 3.2 de la ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, ubicadas en el ámbito territorial de la Provincia de Cuenca con una población inferior a 20.000 habitantes, asimismo, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, para obtener la condición de beneficiario ó entidad colaboradora. 2.1. Obligaciones de los Beneficiarios. Los solicitantes de la presente, por el hecho de concurrir a la presente Convocatoria, quedan sometidos y aceptan el contenido de la misma. Además de las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los beneficiarios de las ayudas quedarán obligados al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, y en concreto: 1. Justificar la realidad de los gastos o inversiones realizadas mediante los documentos correspondientes, en los plazos y condiciones establecidas en esta convocatoria. 2. Admitir las medidas de evaluación y seguimiento sobre la aplicación de las cantidades concedidas que en su momento se puedan arbitrar.

Pág. 5 Miércoles 4 de abril de 2018 Núm. 39 3. Además de los controles que pudieran ejercerse por el Departamento de Cultura, los beneficiarios están sometidos al control financiero de la Intervención de la Diputación, y obligados a prestar la debida colaboración y apoyo a los funcionarios encargados de realizar dicho control, aportando y facilitando la información que se considere necesaria. 3.- Presupuesto El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria asciende a la cantidad de 60.000,00 euros, imputada a la aplicación 305 334 4620006 (CUENCA ENSEÑA: ESCUELAS MUNICIPALES Y UNIV. POPULARES), del Presupuesto de Gastos de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca para el año 2018. 4.- Solicitudes y documentación 4.1. Plazo. Las solicitudes de participación deberán presentarse en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca (BOP), excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del solicitante (Artículo 30.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). 4.2. Lugar. Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro del Departamento de Cultura de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca, C/ Sargal, s/n, 16002 de Cuenca, o en cualquiera de los demás registros de la Diputación (en horario de 9:00 a 14:00 horas), además de en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario/a de correos antes de ser certificadas. 4.3. Documentación. La documentación a aportar, en original, copia auténtica o fotocopia compulsada, será la siguiente: a) Solicitud, conforme al modelo recogido en el Anexo I (Instancia y solicitud). b) Proyecto de las actividades programadas en el curso 2017/2018. c) Certificado expedido por el Secretario/a de la entidad, en el que se contengan y desglosen los gastos (exclusivamente los referidos a la contratación del profesorado y Seguridad Social) e ingresos, en el curso 2017/2018. d) Certificado expedido por el Secretario/a de la entidad en el que conste el número de alumnos matriculados en el curso 2017/2018. e) Copia compulsada del acuerdo, o certificado del Secretario/a de la entidad, de constitución de la Universidad Popular y/o Escuela de Música (en el caso de nuevos solicitantes). f) Certificación/declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y con la Seguridad Social (cumplimentando el modelo adjunto). 4.4. Subsanación de defectos En el supuesto de que se observa sen defectos en las solicitudes o en la documentación anexa a las mismas, el órgano instructor requerirá al solicitante para que, en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la re-cepción de la notificación, subsane aquellos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 5.- Instrucción, órganos competentes, criterios de concesión y resolución. 5.1. Instrucción. La instrucción de la Convocatoria será realizada por la Jefe del Departamento de Cultura de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca. 5.2. Órganos competentes Se constituirá una Comisión de valoración integrada por técnicos del Departamento de Cultura, ejerciendo la Presidencia el Diputado del Área de Servicios Sociales, Cultura y Nuevas Tecnologías, actuando como secretario un funcionario del Departamento de Cultura.

Pág. 6 Miércoles 4 de abril de 2018 Núm. 39 La Comisión valorará las solicitudes recibidas en tiempo y forma, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria, procediendo a la emisión del correspondiente informe, en el que conste la propuesta de concesión y denegación de las solicitudes, de forma motivada. Una vez despachados los trámites oportunos, la Jefe del Departamento de Cultura elevará propuesta de resolución al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial o, en su caso, Diputado en quien delegue. 5.3. Criterios de concesión Las cuantías de las subvenciones se determinarán aplicando los porcentajes del 30% y 70% respectivamente, en función de los siguientes módulos: a) Módulo por número total de alumnos matriculados en el curso académico 2017/2018. b) Módulo correspondiente a los gastos de contratación del profesorado y Seguridad Social en el curso académico 2017/2018. 5.4. Resolución. La resolución de la concesión de las subvenciones se realizará por el Presidente de la Diputación Provincial o, en su caso, Diputado en quien delegue. El plazo máximo para dictar resolución de concesión será de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este tiempo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud. La resolución determinará los beneficiarios, la cuantía de la subvención y cuantos extremos sean convenientes para su adecuada aplicación, así como la relación de beneficiarios a los que se deniegue la subvención y su motivación. El Departamento de Cultura notificará la subvención concedida o denegada a cada uno de los solicitantes, en los términos previstos en la normativa vigente. 6. Justificación de la Subvención 6.1. Plazo de justificación. El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la subvención finalizará el 15 DE OCTUBRE DE 2018. Si el último día del plazo fuera inhábil, se prorrogará al hábil siguiente. 6.2. Lugar. La documentación justificativa se presentará, en el plazo anteriormente establecido, en el Registro del Departamento de Cultura de la Excma. Diputación Provincial de Cuenca, C/ Sargal, s/n, 16002 de Cuenca, o en cualquiera de los demás registros de la Diputación (en horario de 9:00 a 14:00 horas), además de en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario/a de correos antes de ser certificadas, quedando anuladas automáticamente las que tengan entrada en fecha posterior. 6.3. Documentación. La justificación de la subvención se efectuará mediante la presentación de la cuenta justificativa en la que se acreditará la aplicación de los fondos al fin que motivó su concesión. La documentación a aportar será la siguiente: a) Instancia de justificación, conforme al modelo recogido en el Anexo II. b) Memoria detallada del programa de actividades realizadas por la Universidad Popular y/o Escuela de Música donde se incluya el coste real de los gastos satisfechos. c) Certificado del secretario de la Entidad comprensivo de los gastos de personal (retribuciones y cotizaciones a la Seguridad Social, o factura en caso de trabajos profesionales) realizados por el ayuntamiento en el desarrollo del programa de actividades de la Universidad Popular y/o Escuela de Música (Anexo III). d) Certificación/declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones (cumplimentando el modelo adjunto). 6.4. Normativa específica de presentación de la justificación Cuando las actividades objeto de la presente subvención hayan sido financiadas con otras ayudas, bien públicas o privadas, se acreditará en la justificación el importe de cada ayuda o subvención, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas, mediante certificado del secretario.

Pág. 7 Miércoles 4 de abril de 2018 Núm. 39 7. Pago de la Subvención El pago de la subvención se efectuará una vez se haya presentado la justificación de la aplicación de los fondos y se acredite que los mismos se han aplicado al fin para el que se concedió la subvención, conforme a lo dispuesto en la presente convocatoria. Con carácter previo al pago se realizarán cuantas instrucciones sean precisas para la comprobación material de la subvención, conforme a las actuaciones de comprobación y de control financiero que realice la Intervención General de la Diputación Provincial. 8.- Compatibilidad de las ayudas Estas ayudas son compatibles con la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier entidad pública o privada, con carácter nacional o europeo. En todo caso, la cuantía de la subvención a conceder nunca podrá superar, sola o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la actuación subvencionada. 9.- Incumplimiento En caso de incumplimiento de la normativa de la presente Convocatoria, de lo estipulado en la Ley General de Subvenciones y/o en la Ordenanza General Reguladora de concesión de Subvenciones de esta Diputación, la subvención concedida quedará anulada automáticamente sin tener que satisfacer indemnización alguna. 10.- Recursos Contra la resolución de la presente convocatoria, que es definitiva y pone fin a la vía administrativa con arreglo al Art. 114 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puede interponerse, desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, recurso de reposición ante el Presidente de la Diputación Provincial de Cuenca en el plazo de un mes, o bien, a su elección, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca en el plazo de dos meses, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015. Ulteriormente, y si el recurso de reposición fuera desestimado de manera expresa, -o presunta, que se produce por el mero transcurso del plazo de un mes sin notificar expresamente la resolución-, podría interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado mencionado en el plazo de dos meses, si la desestimación del recurso fuera expresa, o en el plazo de seis meses si esa desestimación fuera presunta, por venir así dispuesto en el art. 46,1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de su derecho a interponerse cualquier otro recurso o a ejercitar la acción que se estime pertinente.

Pág. 8 Miércoles 4 de abril de 2018 Núm. 39 CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CUENCA EDUCA UNIVERSIDADES POPULARES / ESCUELAS DE MÚSICA INSTANCIA DE SOLICITUD (ANEXO I) DATOS DEL BENEFICIARIO MUNICIPIO / ENTIDAD LOCAL: CIF.: DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES: MUNICIPIO: CÓDIGO POSTAL: TELÉFONO: FAX: E-MAIL: DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL RESPONSABLE DE LA ESCUELA DE MÚSICA NOMBRE Y APELLIDOS: NIF: CARGO : TELÉFONO: DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL RESPONSABLE DE LA UNIVERSIDAD POPULAR NOMBRE Y APELLIDOS: NIF: CARGO : TELÉFONO: PRESUPUESTO ESCUELA DE MÚSICA GASTOS PRESUPUESTO UNIVERSIDAD POPULAR GASTOS RETRIBUCIONES DEL PROFESORADO RETRIBUCIONES DEL PROFESORADO SEGURIDAD SOCIAL SEGURIDAD SOCIAL TOTAL: INGRESOS INGRESOS CUOTAS CUOTAS AYUDAS Y/O SUBVENCIONES AYUDAS Y/O SUBVENCIONES TOTAL: TOTAL: RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR LA ENTIDAD SOLICITANTE Proyecto de las actividades programadas en la Universidad Popular y/o aula de música en el curso académico 2017-2018 2016/2017. Certificado relativo a gastos de contratación del profesorado y Seguridad Social de la Universidad Popular y/o aula de música en el curso 2017-2018 2016/2017. Certificado en el que conste el número de alumnos matriculados en la Universidad Popular y/o aula de música en el curso académico 2017-2018 2016/2017. Copia del acuerdo, o certificado del Secretario/a de la entidad, de constitución de la Universidad Popular (en el caso de nuevos solicitantes). Certificación/declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, reintegro de subvenciones y con la Seguridad Social. Declaración de otras subvenciones y ayudas solicitadas y/u obtenidas para la misma finalidad que la subvención solicitada. Otros documentos requeridos en la convocatoria (relacionarlos): Observaciones: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIR LOS REQUISITOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO El solicitante, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio/en representación de la entidad solicitante, hace constar, bajo su responsabilidad, que el que suscribe/la entidad a la que representa cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de una subvención, exigidos en el articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre general de Subvenciones, así como no estar incurso en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Cuenca ó demás entes dependientes de esta, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud. En, a de 20 Firma.

Pág. 9 Miércoles 4 de abril de 2018 Núm. 39 CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CUENCA EDUCA ESCUELAS DE MÚSICA / UNIVERSIDADES POPULARES JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN (ANEXO II) DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN ÁREA O SERVICIO GESTOR: FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN: IMPORTE CONCEDIDO: IMPORTE JUSTIFICADO: DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO AYUNTAMIENTO DE: DIRECCIÓN: MUNICIPIO / PROVINCIA: NIF / CIF: CÓDIGO POSTAL: TELÉFONO: FAX: E-MAIL: RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS POR EL BENEFICIARIO Memoria detallada de las actividades realizadas por la Universidad Popular y/o Escuela de Música donde se incluya el coste real de los gastos satisfechos. Certificado del secretario de la Entidad comprensivo de los gastos de personal (retribuciones y cotizaciones a la Seguridad Social) realizados por el ayuntamiento en el desarrollo del programa de actividades de la Universidad Popular y/o Escuela de Música (Anexo III). Certificación / declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. Otra documentación (relacionarla): Observaciones: En, a de 20 Firma

Pág. 10 Miércoles 4 de abril de 2018 Núm. 39 CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CUENCA EDUCA ESCUELAS DE MÚSICA / UNIVERSIDADES POPULARES CERTIFICACIÓN DEL SECRETARIO/A DEL MUNICIPIO / ENTIDAD LOCAL ANEXO III D. / Dña., Secretario / a del Municipio / Entidad Local de CERTIFICO Que de acuerdo con lo dispuesto en la Normativa de la Convocatoria de Subvenciones para la financiación del proyecto de actividades de las Universidades Populares y/o Escuelas de Música, y al objeto de que sirva de justificación de la subvención concedida y para el ingreso de la misma, que el desglose de los gastos realizado por este Municipio para el desarrollo de las actividades programadas en el curso académico 2017/2018 ha sido el siguiente: ESCUELA DE MÚSICA UNIVERSIDAD POPULAR CONCEPTO IMPORTE CONCEPTO IMPORTE - Retribuciones del profesorado - Retribuciones del profesorado - Seguridad Social - Seguridad Social TOTAL: TOTAL: - Que se ha realizado el programa de actividades y que los fondos recibidos han sido aplicados a la finalidad para la que fue concedida la subvención. - Que en la intervención de este Municipio / Entidad Local se encuentran archivadas las correspondientes nóminas y boletines de cotización de la Seguridad Social de los gastos indicados. - Que no se han obtenido otras ayudas o subvenciones procedentes de organismos públicos o privados destinadas a la finalidad subvencionada. En caso afirmativo, relacionar a continuación las ayudas y/o subvenciones obtenidas y su procedencia, que los fondos percibidos se han aplicado a la actividad subvencionada y que junto con los concedidos por la Diputación Provincial de Cuenca, no superan el coste total de la actividad. Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido la presente, de orden y con el visto bueno del Sr. /a Alcalde/sa- Presidente/a, en a de de 20. Vº Bº El Alcalde/sa-Presidente/a El Secretario/a