CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA INSTALACIÓN DE TXOSNAS DURANTE LAS FIESTAS DE LA VIRGEN BLANCA 2013

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Transcripción:

CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA INSTALACIÓN DE TXOSNAS DURANTE LAS FIESTAS DE LA VIRGEN BLANCA 2013 1º OBJETO.- Esta Convocatoria tiene por objeto regular la instalación de txosnas durante las Fiestas Patronales de la Virgen Blanca correspondientes al año 2013. Las txosnas se dedicarán al suministro de bebidas y alimentos y desarrollarán asimismo actividades lúdicas y culturales en el recinto de txosnas. 2º FECHAS DE CELEBRACIÓN.- La celebración de las txosnas se podrá realizar del 2 al 10 de agosto, en el lugar que se determine con un número máximo de 16. Si el número de solicitudes que cumplan los requisitos del punto 3º supera la posibilidad de espacio existente para su instalación, se arbitrarán a través del Comité de Valoración fórmulas de carácter igualitario y cooperativo que permitan disminuir el perjuicio derivado para las txosnas que no resulten adjudicatarias. 3º REQUISITOS DE LOS COLECTIVOS PARTICIPANTES.- Podrán instalar txosnas aquellos colectivos populares con personalidad jurídica o que estén avalados, a todos los efectos, por asociaciones legalmente constituidas, que desarrollen su actividad: - de manera continuada y a lo largo de todo el año, - siempre realizada mediante voluntariado, - sin ánimo de lucro, ni de beneficio mercantil. Estos colectivos populares, o las asociaciones que les avalen, de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Municipal reguladora de la venta ambulante en el término municipal de Vitoria-Gasteiz, deberán figurar inscritos en el Registro municipal de Entidades Ciudadanas. Será requisito previo para la concesión de licencia, que la asociación/colectivo popular solicitante esté al corriente de pagos con la Administración Local convocante. Estos dos requisitos se comprobarán de oficio. Los colectivos participantes deberán contribuir a la organización y el mantenimiento económico del programa de actividades de este espacio festivo Ekonomia Sustapenerako Saila Departamento de Promoción Económica Olagibel,4 Olaguibel,4 01001 Vitoria-Gasteiz Tel.: 945 16 15 92 Fax: 945 16 12 53 promocioneconomica@vitoria-gasteiz.org www.vitoria-gasteiz.org

4º PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Los colectivos populares interesados deberán presentar su solicitud de licencia, a la que se deberá adjuntar la Declaración Responsable recogida en el Anexo I. Plazo de presentación de solicitudes: Del 6 al 17 de mayo Lugar: en las Oficinas de Atención Ciudadana del Ayuntamiento, sitas en: o Centrales: o Periféricas: Olaguibel, 2 bajo Centros Cívicos: Aldabe, El Pilar; Hegoalde, Iparralde, Judimendi, Lakua, Arriaga, Ibaiondo, Abetxuko, Polideportivo Ariznavarra y Mendizorrotza. o Horarios: De lunes a viernes: de 9,30 a 14,00 y de 16,30 a 19,30 horas (Consultar los horarios especiales de las oficinas de Abetxuko y Mendizorrotza.) Información telefónica: 010 y 945-161100 5º VALORACIÓN SOLICITUDES.- El Comité de Valoración, presidido por el Concejal Delegado del Departamento de Promoción Económica y la Concejala Delegada del Servicio de Planificación Cultural y Fiestas o las personas en las que deleguen, analizará las solicitudes presentadas, proponiendo motivadamente la lista de colectivos adjudicatarios. En caso de que el número de solicitudes sea superior al número de huecos disponibles, se instará a las entidades solicitantes para que aporten en el plazo máximo de 10 días, la información y documentación necesaria para poder priorizar las solicitudes recibidas en base a los siguientes criterios de valoración: - arraigo y trayectoria de la asociación solicitante. - número de personas integrantes de la asociación/colectivo. - nivel de coordinación y presencia de esta asociación a lo largo del año en otros proyectos orientados a la comunidad local, priorizándose en este caso objetivos de política social, protección del medioambiente y cualquier otra razón imperiosa de interés general. 6º COMISIÓN DE TXOSNAS.- Las personas representantes de cada una de las entidades autorizadas se integrarán en una Comisión de Txosnas con el compromiso de participar en la organización y el mantenimiento económico del programa de actividades de este espacio festivo. Esta Comisión designará a un/a representante que actuará de interlocutor/a con el Ayuntamiento. 7º EMPLAZAMIENTO.- La Comisión de Txosnas propondrá por consenso el emplazamiento de cada una de las txosnas autorizadas, salvaguardando en todo caso el acceso a lonjas, portales e inmuebles, y facilitando el tránsito de personas y vehíc u- los.

Asimismo, los emplazamientos que se propongan deberán estar alejados de cualquier posible foco de contaminación. De existir discrepancia, resolverá el Concejal Delegado del Departamento de Promoción Económica. 8º RESOLUCIÓN SOLICITUDES.- Las solicitudes de autorización serán resueltas por el Concejal Delegado del Departamento de Promoción Económica (competencia delegada según acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 13 de junio de 2011) en el plazo máximo de dos meses, a la vista de las propuestas realizadas por el Comité de Valoración y atendiendo siempre al interés público. Dicha resolución se comunicará a las entidades interesadas. En virtud del Decreto municipal emitido el 31 de mayo de 2011 por el Departamento de Hacienda y Economía, los colectivos populares que resulten adjudicatarios de una autorización para instalar una txosna se beneficiarán de la exención en la tasa por ocupación de vía pública, siempre que se encuentren integrados en la Comisión de Txosnas. Los colectivos adjudicatarios deberán darse de alta en el epígrafe correspondiente de IAE por el período en que se celebren las txosnas. Esta tramitación podrá realizarse de oficio por el propio Ayuntamiento en caso de que la entidad/colectivo así lo solicite. Este aspecto será comprobado de oficio por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz de forma previa a la entrega de las correspondientes licencias a los colectivos adjudicatarios. 9º SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.- Bien individual o colectivamente, las entidades autorizadas para la instalación de txosnas, dispondrán con carácter previo al inicio de la actividad, de un seguro de responsabilidad civil para la cobertura de los daños que pudieran ocasionarse por el desarrollo de la actividad autorizada. Este seguro cubrirá los daños y perjuicios que pudieran causarse a terceros con ocasión del desarrollo de la actividad, así como los posibles daños en los bienes de naturaleza pública, según lo indicado en la Ley 4/1995, de 10 de noviembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas y en el Decreto 389/1998, de 22 de diciembre, por el que se regulan los seguros de responsabilidad civil exigibles para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas. Una copia de la citada póliza y del recibo de pago de la misma deberán ser presentadas ante el Departamento de Promoción Económica antes del 23 de julio de 2013, como paso previo a la entrega de las licencias. 10º CONDICIONES HIGIÉNICAS: Las Txosnas a instalar deberán cumplir los siguientes requisitos higiénico-sanitarios:

1. Estarán dotadas de agua potable, y conectadas a la red de saneamiento municipal. No se verterán a la red de alcantarillado sustancias no asimilables o aguas residuales urbanas. 2. En el estado de limpieza de las instalaciones se observará la máxima pulcritud. Se realizará diariamente, utilizando productos desinfectantes. 3. Los productos empleados en la limpieza se almacenarán separadamente de los alimentos y bebidas, y estarán etiquetados con claridad. 4. El utillaje empleado para el servicio de alimentos será de material desechable. 5. Los materiales utilizados en su fabricación serán idóneos para su uso, impermeables, fácilmente lavables y en ningún caso susceptibles de originar intoxicaciones o contaminaciones. 6. Existirán dispositivos en los que las y los operarios y manipuladores podrán lavarse las manos, con jabón y toallas de un solo uso. 7. Contarán con los medios e instalaciones adecuados (frigoríficos, vitrinas ) para garantizar la conservación de los alimentos que allí se expendan. La exposición de alimentos perecederos así como natas, cremas, ensaladillas etc. se realizará mediante vitrinas refrigeradoras. 8. Los alimentos y bebidas destinados al consumo, así como las materias primas empleadas para su elaboración, procederán de empresa autorizadas, debiendo cumplir las especificaciones determinadas en la legislación higiénico-sanitaria. El etiquetado de los alimentos será el adecuado conforme a la normativa vigente. Se conservarán en sus envases originales hasta el momento de ser servidos, con su etiquetado original. No se utilizarán productos con la fecha de caducidad sobrepasada o en mal estado de conservación. 9. El almacenamiento de las basuras se realizará en recipientes estancos, debiendo éstos evacuarse con la frecuencia necesaria que garantice la salubridad de la instalación y, en cualquier caso, diariamente. 10. Si se exponen alimentos en la barra se hará en condiciones de conservación adecuadas, esto es, debidamente protegidos de contaminaciones externas y, si es necesario, en vitrinas refrigeradas. 11º CONDICIONES DEL PERSONAL El personal que atienda las txosnas y esté en contacto con alimentos: 1. Observará en todo momento la máxima pulcritud en su aseo personal. 2. Estará en posesión de documento que acredite formación en materia de higiene alimentaria o formación equivalente cuando se trate de vendedores/as de otros países de la Unión Europea. 12º OTRAS CONDICIONES 1. Previo al inicio de la actividad, se entregará al ayuntamiento la documentación técnica de la estructura, acompañada de un plano a escala y un Certifi-

cado de Seguridad y Montaje emitido por técnico competente y visado por su colegio profesional en el que se garantice la solidez estructural de la instalación, salvo las de escasa complejidad técnica o las que no lo requieran por las características de su instalación. 2. Se dispondrá de extintores en número suficiente para prevenir los posibles incendios que se pudieran generar 3. En el caso de instalar aparatos de combustión o calor, se colocarán a una distancia mínima de 1,5 metros entre ellos. Las bombonas de gas contarán con válvula de seguridad. 4. No se expedirán bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años. 5. Se exhibirán cartas o listas de precios bilingües, de forma visible y sin necesidad de consulta alguna. 6. El material susceptible de reciclaje (cartones, vidrios, etc.) será depositado de forma selectiva en los contenedores más cercanos. 7. No se podrán utilizar en las txosnas carteles y/o símbolos que atenten contra la dignidad de las personas, apoyen el terrorismo y puedan hacer peligrar la convivencia o la normalidad de los actos festivos. El incumplimiento de dichas condiciones será sancionado de conformidad a la legalidad vigente, pudiendo conllevar la revocación de la autorización concedida. 13º RÉGIMEN SUPLETORIO.- En lo no previsto en la presentes Bases será de aplicación lo dispuesto en la Ordenanza municipal Reguladora de la Venta Ambulante en el término municipal de Vitoria-Gasteiz y demás normativa legal aplicable a la actividad objeto de convocatoria. En Vitoria-Gasteiz, a 25 de abril de 2013

ANEXO I: DECLARACIÓN RESPONSABLE D/Doña, con DNI como representante de la asociación/colectivo popular, con NIF: al efecto de solicitar permiso para la instalación de una txosna con motivo de las Fiestas Patronales de la Virgen Blanca, DECLARA ante el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz: - Conocer y aceptar el contenido de la presente convocatoria - Cumplir durante el período de vigencia de la autorización que se conceda, todos los requisitos exigidos en la ordenanza reguladora de la venta ambulante en el término m u- nicipal de Vitoria-Gasteiz y en la convocatoria pública de instalación de las txosnas y en particular; - Que el personal que atienda las txosnas y esté en contacto con alimentos estará en posesión de documento que acredite formación en materia de higiene alimentaria o formación equivalente cuando se trate de vendedores/as de otros países de la Unión Europea. - Que cumplirá los requisitos higiénico-sanitarios exigidos por la normativa reguladora - Que en caso de que el colectivo solicitante resulte adjudicatario, se integrará en una Comisión de Txosnas con el compromiso de participar en la organización y el mantenimiento económico del programa de actividades de este espacio festivo - Que estará en posesión de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa de aplicación y mantendrá el cumplimiento de dichos requisitos durante el plazo de vigencia de la autorización. - Que el colectivo al que representa está inscrito en el Registro municipal de Entidades Ciudadanas o en caso de no estarlo, que la asociación, con NIF: cumple con el citado requisito y avala al colectivo solicitante. - Que la dirección a disposición de las personas consumidoras para la recepción de las posibles reclamaciones derivadas del ejercicio de la actividad es la siguiente: y SOLICITA al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que, en caso de resultar adjudicataria, tramite el alta y baja de la asociación/ colectivo popular en el IAE durante el período de celebración de las txosnas. Y para que así conste, lo firma En, a de de 2013 Sus datos personales serán incluidos en el fichero "Gestión de empleo" cuya finalidad es la gestión de las actividades del Departamento de Promoción Económica. Tras la resolución de la convocatoria podrán ser publicados los resultados en el Tablón de Anuncios y Página web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Puede Vd. ejercer los derechos que reconoce la Ley Orgánica 15/99 dirigiéndose a las Oficinas de Información del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.