TABLA DE APLICABILIDAD DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE CAMPECHE

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OBLIGACIONES ESPECÍFICAS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Artículo 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche. Además de lo señalado en el artículo 74 de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Legislativo del Estado deberán poner a disposición del público y mantener actualizada la siguiente información: FRACCIÓN BILIDAD UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE FUNDAMENTO JURÍDICO I. Agenda legislativa; V. II. Gaceta Parlamentaria; Secretaria General/ Dirección de Apoyo Parlamentario 1 Ley Orgánica del Poder Legislativo artículo 146. / Reglamento de la Secretaría General, artículo 18,

fracciones VI y XI. III. Orden del Día; XI. IV. El Diario de Debates; Dirección de Apoyo Parlamentario Ley Orgánica del Poder Legislativo artículo 148. / Reglamento de la Secretaría General, artículo 18, fracciones VI y XI. / V. El registro de audio y video; Con la salvedad de que Toda vez que el H. Congreso del Estado no cuenta con versiones estenográficas de sus sesiones, pondrá a disposición de la ciudadanía los audios y videos de las mismas, en acatamiento a lo que ordena el Dirección de Comunicación Social Ley Orgánica del Poder Legislativo artículo 125, fracción XXI. / Reglamento de la Secretaría General. 2

Artículo 125 fracción XXI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y el Artículo 77 Fracción V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche. VI. La asistencia de cada una de sus sesiones del Pleno y de las Comisiones y Comités; Dirección de Apoyo Parlamentario Reglamento de la Secretaría General, Artículo 18, fracción IX. VII. Las iniciativas de ley o decretos, puntos de acuerdo, la fecha en que se recibió, las Comisiones a las que se turnaron, y los dictámenes que, en su caso, recaigan sobre las mismas; XIV. 3

VIII. Las leyes, decretos y acuerdos aprobados por el órgano legislativo; Reglamento de la Secretaría General, artículo 20, fracciones XIII, XIV y XV. IX. Las convocatorias, actas, acuerdos, listas de asistencia y votación de las comisiones y comités y de las sesiones del Pleno, identificando el sentido del voto, en votación económica, y por cada legislador, en la votación nominal y el resultado de la votación por cédula, así como votos particulares y reservas de los dictámenes y acuerdos sometidos a consideración; PARCIALMENTE Dirección de Apoyo Parlamentario/ Legislativos Reglamento de la Secretaría General, artículo 18, fracción V. / Artículo 20 fracción XIV / X. Las resoluciones definitivas sobre juicios políticos y declaratorias de procedencia; XXIII. XI. Las versiones públicas de la información entregada en las audiencias públicas, comparecencias y en los procedimientos de designación, ratificación, elección, reelección Reglamento de la Secretaría General, artículo 20, fracciones XLI y XLII. 4

o cualquier otro; XII. Las contrataciones de servicios personales señalando el nombre del prestador del servicio, objeto, monto y vigencia del contrato de los órganos de gobierno, Comisiones, Comités, Grupos Parlamentarios y centros de estudio u órganos de investigación; NO Los órganos de gobierno, comisiones, comités y grupos parlamentarios no reciben recursos extraordinarios del H. Congreso del Estado para financiar sus actividades propias, de conformidad a lo señalado en los acuerdos y proveídos administrativos de la Junta de Gobierno y Administración de fechas 1 de marzo de 2016; en consecuencia, por lo que no están en aptitudes de celebrar contrataciones de personal de manera directa, así como tampoco el Instituto de Estudios Legislativos que no se encuentra constituido, de conformidad a lo que dispone al Acuerdo de la Junta de Gobierno y Administración de fecha 1 de marzo de 2016. XIII. El informe semestral del ejercicio presupuestal del uso y destino de los recursos financieros de los órganos de gobierno, Comisiones, Comités, Grupos Parlamentarios y centros de estudio u órganos de investigación; NO De conformidad a lo dispuesto en los Acuerdos y proveídos administrativos de la Junta de Gobierno y Administración de fechas 1 de marzo de 2016, al no recibir recursos extraordinarios los órganos de gobierno, comisiones, comités y grupos parlamentarios y al no estar constituido el Instituto de Estudios Legislativos, no se cuentan con informes semestrales del ejercicio presupuestal ni uso y destino de recursos financieros que informar. XIV. Los resultados de los estudios o investigaciones de naturaleza económica, política y social que realicen los centros de NO Con base a lo señalado en el Acuerdo y proveídos administrativos de la Junta de Gobierno y Administración de fecha 1 de marzo de 2016, no se 5

estudio o investigación legislativa, y encuentra aún constituido el Instituto de Estudios Legislativos; en consecuencia, no existen estudios o investigaciones que informar. XV. El padrón de cabilderos, de acuerdo a la normatividad aplicable. NO Ni en la Constitución Política del Estado en su artículo 54, ni la Ley Orgánica del H. Congreso del Estado, ni ningún ordenamiento jurídico vigente, considera la figura del cabildero. 6