SESION EXTRAORDINARIA DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO, CELEBRADA EL DIA VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE. SRES. ASISTENTES ALCALDESA-PRESIDENTA Dña. Paola Mª del Carmen Hernández Marrero SRES. CONCEJALES D. Manuel del Rosario Báez Guerra D. Odoni Rodríguez Cardona Dña. Maria Inmaculada Martín González D. Vicente Alexis Henríquez Hernández Dña. Heliodora Falcón Santana D. Jaime Hernández Rodríguez D. Jorge E. Marrero Arencibia D. Juan M. García Díaz Dña. Maria del Pino García Marrero SR. SECRETARIO ACCIDENTAL D. Humberto Cruz Marrero AUSENCIA Dña. Maria Teresa Hernández Pérez D. Samuel M. Santiago Macías En la Casa Consistorial de Firgas, a veintiocho de diciembre del año dos mil doce, siendo las ocho horas y diez minutos se reunió, en sesión extraordinaria y primera convocatoria, el Ayuntamiento en Pleno, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa, Dña. Paola Mª del Carmen Hernández Marrero, y con la concurrencia de los Sres. Concejales anteriormente relacionados. Los asuntos tratados fueron los siguientes: 1º.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE MODIFICACION PRESUPUESTARIA NO DISPONIBILIDAD PAGA EXTRA DICIEMBRE DE 2012, Y PAGA ADICIONAL COMPLEMENTO ESPECIFICO. Se da cuenta de la propuesta de la Alcaldía que dice como sigue:
Vista la nota informativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de fecha 5 de septiembre de 2012, que dice:...según el Apartado 4 del citado artículo 2 del Real Decreto-Ley 20/2012, las cantidades derivadas de la supresión de la paga extraordinaria y de las pagas adicionales de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de acuerdo con lo dispuesto en este artículo se destinarán en ejercicios futuros a realizar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación, con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y sostenible Financiera y en los términos y con el alcance que se determine en las correspondientes leyes de presupuestos. Este apartado establece la obligación de: Inmovilizar, en el presente ejercicio los créditos previstos para el abono de las citadas pagas. Afectar estos créditos al fin que en el propio artículo se cita (aportaciones a planes de Pensiones o similares), sin que puedan destinarse a ningún otro objeto, ni en el presente ejercicio, ni en ejercicios futuros. A fin de declarar como no disponibles estos créditos, cuya inmovilización y destino ha establecido la Ley, Las Entidades locales deberían dictar, por el importe correspondiente, Acuerdo de no disponibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, según el cual: 1.- La no disponibilidad de crédito se deriva del acto mediante el cual se inmoviliza la totalidad o parte del saldo de crédito de una partidas presupuestaria, declarándolo como no susceptible de utilización. 2.- La declaración de no disponibilidad no supondrá la anulación del crédito, pero con cargo al saldo declarado no disponible no podrán acordarse autorizaciones de gastos ni transferencias y su importe no podrá ser incorporado al presupuesto del ejercicio siguiente 3.- Corresponderá la declaración de no disponibilidad de créditos, así como su reposición a disponible, al pleno de la entidad. Visto el Informe-Propuesta de emitido por la administrativo de RRHH, de 12 de diciembre. Visto el informe de la Intervención de 17 de diciembre, propongo: PRIMERO.- Aprobar la declaración de no disponibilidad del crédito presupuestario de las aplicaciones que a continuación se relacionan, por un importe total de 76.625,78.-
Partida Presupuestaria Descripción Importe Funcionarios 9201 120 00 Sueldos Grupo A1 684,36 9201 120 03 Sueldos Grupo C1 622,30 9201 120 06 Trienios 207,30 9201 121 00 Complemento Destino 1.342,24 9201 121 01 Complemento Específico 3.656,01 6.512,21 9202 120 03 Sueldos Grupo C1 622,30 9202 120 06 Trienios 114,49 9202 121 00 Complemento Destino 509,92 9202 121 01 Complemento Específico 1.010,50 2.257,21 931 120 00 Sueldos Grupo A1 684,36 931 120 03 Sueldos Grupo C1 1.244,60 931 120 04 Sueldos Grupo C2 593,79 931 120 06 Trienios 363,24 931 121 00 Complemento Destino 2.246,87 931 121 01 Complemento Específico 7.116,90 12.249,76 132 120 03 Sueldos Grupo C1 4.356,10 132 120 06 Trienios 693,28 132 121 00 Complemento Destino 3.044,20 132 121 01 Complemento Específico 2.441,10 10.534,68 151 120 00 Sueldos Grupo A1 684,36 151 120 04 Sueldos Grupo C2 1.187,58 151 120 05 Sueldos Grupo C5 1.096,94 151 120 06 Trienios 473,85 151 121 00 Complemento Destino 1.982,52 151 121 01 Complemento Específico 4.180,05 9.605,30 320 120 04 Sueldos Grupo C2 1.187,58 320 120 06 Trienios 390,06 320 121 00 Complemento Destino 789,58 320 121 01 Complemento Específico 359,74 2.726,96 43.886,12 Partida Presupuestaria Descripción Importe Laborales Fijo 9201 130 00 Retribuciones 1.187,58 9201 130 00 Retribuciones 336,87
9201 130 02 Otras Remuneraciones 744,72 9201 130 02 Otras Remuneraciones 1.446,18 3.715,35 9202 130 00 Retribuciones 593,79 9202 130 00 Retribuciones 106,38 9202 130 02 Otras Remuneraciones 349,93 9202 130 02 Otras Remuneraciones 643,14 1.693,24 931 130 00 Retribuciones 1.187,58 931 130 00 Retribuciones 203,90 931 130 01 Otras Remuneraciones 699,86 931 130 01 Otras Remuneraciones 1.489,91 3.581,25 151 130 00 Retribuciones 3.913,12 151 130 00 Retribuciones 400,31 151 130 01 Otras Remuneraciones 2.301,89 151 130 01 Otras Remuneraciones 1.791,97 8.407,29 241 130 00 Retribuciones 593,79 241 130 00 Retribuciones 88,65 241 130 01 Otras Remuneraciones 349,93 241 130 01 Otras Remuneraciones 643,30 1.675,67 19.072,80 No disponib. d Indefinidos 231 143 00 Otras Remuneraciones P.A.C. 2012/3/20/1 7.723,38 231 143 00 Otras Remuneraciones Violencia Género 2012/3/012/ 3.176,90 432 143 00 Otras Remuneraciones 1.664,32 151 143 00 Otras Remuneraciones 1.102,26 13.666,86 TOTALES 76.625,78 SEGUNDO.- Reconocer la obligación de realizar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguros colectivos en el futuro, cuando se verifiquen dos requisitos: - Que lo permita el cumplimiento de los objetivos previsto en la ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad Financiera. - Que así se prevea en la correspondiente Ley de Presupuesto Generales del Estado.
TERCERO.- Dar cuenta del presente acuerdo a Intervención para que proceda a llevar a cabo las anotaciones contables y presupuestarias correspondientes. Conocida la misma y después de un breve debate se pasó a su votación acordándose, con los votos a favor del PP y CC, en total seis, y la abstención de COMFIR, en total cuatro, aprobar íntegramente, en todas sus partes y en sus propios términos, tal cual aparece redactada, la propuesta presentada. 2º.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE APROBACION DEL MARCO Y TECHO PRESUPUESTARIO PARA LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y SOSTENIBILIDAD FINANCIERA PARA EL EJERCICIO 2013. Se da cuenta de la propuesta que dice como sigue: En virtud de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, la gestión presupuestaria se refuerza mediante la exigencia de una planificación a través de la definición de un marco presupuestario a medio plazo. Acompañado de la presentación de un límite de gasto no financiero que marcará el techo de asignación de los recursos presupuestarios. El art. 3 y 29 establecen que la elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa europea. Así mismo, el art. 30 dispone que las Corporaciones Locales aprobarán, en sus respectivos ámbitos, un límite máximo de gasto no financiero, coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, que marcará el techo de asignación de recursos de sus Presupuestos. En cumplimiento de dicha normativa la Interventora ha elaborado el marco presupuestario y techo de gasto para el ejercicio 2013. De acuerdo con el Informe propuesta se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO: Aprobar el Techo de gasto en los términos recogidos en el Anexo I SEGUNDO: Aprobar el Marco Presupuestario en los términos recogidos en el Anexo I. Conocida la misma y después de un breve debate se pasó a su votación acordándose, con los votos a favor del PP y CC, en total seis, y la abstención de COMFIR, en total cuatro, aprobar íntegramente, en todas sus partes y en sus propios términos, tal cual aparece redactada, la propuesta presentada. Y no existiendo más asuntos que tratar, concluye la sesión a las ocho horas y veinte minutos del mismo día de su comienzo, de todo lo cual yo, el Secretario-Accidental, doy fe.