CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA EMPRESA PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE TERAPIA ECUESTRE: EL CABALLO EDUCA DIRIGIDO A LOS ESCOLARES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES 1. DESTINATARIOS Alumnos/as de los centros públicos específicos de educación especial de Sevilla, Mercedes Sanromá, Virgen de la Esperanza y Virgen Macarena, con discapacidad psíquica, física, sensorial, psicológica, del lenguaje y/o del aprendizaje, como por ejemplo: parálisis cerebral, retrasos madurativos con problemas motóricos, autismo, síndrome de Down y que cuentan con autorización familiar para montar a caballo. 2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Las empresas deberán presentar su mejor propuesta educativa teniendo en cuenta las siguientes características técnicas: Nº de escolares participantes: 12 de cada Centro Educativo con un total de 36. Nº de sesiones - días por escolar: 14 sesiones de 60 minutos de duración cada una. Día y horario de las sesiones: Un día a la semana, de lunes a viernes, de 10:00 a 13:30 horas o el que establezca el Servicio de Educación. Los escolares llegarán al Centro de Terapia Ecuestre de forma escalonada, en tres turnos, con una diferencia entre uno y otro de aproximadamente una hora. 3. TIPO DE LAS TERAPIAS A REALIZAR: Todos los escolares realizarán las siguientes actividades: - Terapias con caballo: Todos los alumnos/as participantes realizarán monta a caballo, en las disciplinas de hipoterapia, equitación terapéutica y/o volteo terapéutico. - Talleres complementarios a las anteriormente descritas, por el tiempo restante, que comprendan distintos momentos de contacto con el caballo (Contacto inicial con el caballo, higiene y cepillado del caballo, aparejado del caballo, recogida, limpieza de materiales, etc), así como otro tipo de actividades lúdicas, recreativas o de contacto con el entorno. Observaciones Página 1/8
4. TEMPORALIZACIÓN: El programa se organiza en torno a las siguientes tres fases: 1ª Fase: En la segunda quincena de febrero de 2016. Sesión informativa con el profesorado y padres-madres-tutores de los alumnos/as y escolares participantes, en cada uno de los Centros educativos participantes. 2ª Fase: Desde finales de febrero a junio de 2016. Realización de las sesiones de terapia ecuestre con los escolares. 3ª Fase: junio de 2016. Sesión de evaluación del programa y convivencia con todos los participantes, en las instalaciones donde se realizan las actividades. El presente calendario podrá ser modificado en función de las necesidades del Servicio de Educación. 5. CONTENIDO DEL PROGRAMA En la 1ª Fase, la empresa adjudicataria deberá organizar, en coordinación con el Técnico de Educación designado por el Servicio de Educación del Ayuntamiento de Sevilla, tres sesiones informativas en horario de tarde, de lunes a jueves dirigidas al profesorado y las familias participantes, una en cada uno de los Centros educativos. a) Presentación de la empresa b) Presentar al Equipo de profesionales que realizará las terapias. c) Presentación del Proyecto de Terapia Ecuestre aprobado. d) Coordinación con el centro educativo y la familia. e) Recabar los datos necesarios para realizar las Terapias y entrega de documentación para poder participar en la actividad. La 2ª Fase se corresponde con la puesta en práctica del proyecto, y deberá comprender las siguientes actividades-sesiones de Terapias con caballos, en función de las características de cada uno de los escolares participantes: Sesión de Hipoterapia, entendida como tratamiento fisioterapéutico con base neurofisiológica, realizados con y sobre el caballo como herramienta de trabajo. Será el fisioterapeuta quien dirija esta disciplina y en los casos de grandes discapacidades se necesitará el apoyo de un Auxiliar de Terapias Ecuestres. 2 Sesión de Equitación Terapéutica y Volteo Terapéutico, entendidas como intervenciones psicológicas o pedagógicas en las que se utiliza el caballo y todo su entorno como herramienta de trabajo. Las sesiones las dirigirá el Fisioterapeuta, o el Psicólogo/a, o el Pedagogo/a o un Maestro /a especialista en Educación Especial, con formación o experiencia, al menos de un semestre, en terapia ecuestre. En los casos de discapacidades con riesgo de caída, se requerirá la participación de un Auxiliar de Terapias Ecuestres. Observaciones Página 2/8
Talleres Complementarios que comprendan distintos momentos con o sin el caballo, se precisará de Auxiliares de Terapias Ecuestres o de Monitores de Actividades Lúdicas, recreativas y de contacto con el entorno, pudiendo recaer las funciones anteriormente descritas en la misma persona. Labores de asistencia con los alumnos/as en lo relativo a la ayuda que puedan necesitar para desplazarse, tomar el desayuno... La empresa adjudicataria se compromete a que las Actividades de Hipoterapia, Equitación Terapéutica y Volteo Terapéutico ocupen entre el 55 y el 60 % del tiempo que los escolares están en el Centro de Terapia Ecuestre, es decir 35minutos aproximadamente. 3ª Fase: La empresa adjudicataria deberá organizar, en colaboración con el Técnico del Servicio de Educación, una sesión de convivencia para todos los participantes del programa (profesorado/padres-madres/alumnos/as), a la finalización del mismo, en horario de tarde, en las instalaciones de la empresa, para realizar el informe final de evaluación del programa. 6. EQUIPO TÉCNICO DE LAS TERAPIAS CON ESCOLARES El equipo técnico responsable de la ejecución del presente contrato deberá tener la titulación universitaria que a continuación se especifica y la formación y experiencia necesaria en terapia ecuestre y estar compuesto por, al menos, el siguiente personal: 3 Titulados/as en Fisioterapia, con Título de Monitor/a de Equitación Terapéutica o equivalente para la Hipoterapia o para la Equitación Terapéutica 3 Titulados/as en Psicología, Pedagogía o Maestro especialista en Educación Especial con formación o experiencia, al menos de un semestre, en terapia ecuestre para la Equitación Terapéutica. 4 Auxiliares de Terapias Ecuestres con formación o experiencia, al menos de un semestre, en terapia ecuestre para la Hipoterapia, la Equitación Terapéutica o Talleres complementarios. 3 Monitores para talleres complementarios, con título de Animador/a Sociocultural o equivalente o experiencia de animación sociocultural acreditada, al menos de un semestre escolar. 7. INSTALACIONES Y CABALLOS - Del Centro Ecuestre: El centro ecuestre donde se lleve a cabo el programa de equitación terapéutica con escolares, deberá estar adaptado y garantizar su uso por 3 Observaciones Página 3/8
personas con movilidad reducida y contar con los preceptivos permisos y licencias para este tipo de actividad que la legislación establezca. Así mismo deberá contar con una pista cubierta. - De los Caballos: La empresa adjudicataria dispondrá de, al menos, SEIS caballos debidamente formados para la práctica de equitación terapéutica y con la correspondiente Licencia Anual Caballar. Las instalaciones donde se realice el programa de Terapia Ecuestre, deberán estar a una distancia inferior a 25 kilómetros del término de la ciudad de Sevilla. 8. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 8.1. Todas las empresas deben presentar junto con la oferta económica una Declaración Responsable en la que se comprometen a suscribir los seguros que se especifican. 8.2. La empresa propuesta como adjudicataria estará obligada a presentar en el Servicio de Educación, antes del comienzo de las sesiones con escolares, copia de las pólizas y de los resguardos de los seguros contratados. Los seguros son los siguientes: o Seguro que garantice la cobertura de responsabilidad civil del personal que ejecute las actividades objeto del contrato, por un importe mínimo de 300.000 euros. o Seguro de responsabilidad civil de los caballos, por un importe mínimo de 300.000 euros. 8.3. El contratista responderá de todos los daños y perjuicios causados al Ayuntamiento de Sevilla dentro del proceso contractual y a él imputables. 8.4. El contratista será responsable de las prestaciones realizadas, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores y métodos inadecuados utilizados en la ejecución de las mismas, debiendo indemnizar en este caso al Ayuntamiento y/o a terceros perjudicados. 9. PRESUPUESTO MÁXIMO DE CONTRATACIÓN El presupuesto máximo de contratación asciende a la cantidad de QUINCE MIL QUINIENTOS euros (15.500 ), estando esta actividad exenta de IVA, según el artículo 20.8 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido). El presupuesto total deberá venir desglosado, especificando el coste de la sesión de preparación (1ª fase), el coste de sesión de terapia ecuestre por alumno (2ª fase) y el coste de la sesión de evaluación-convivencia (3ª fase). 4 Observaciones Página 4/8
10. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Para los criterios de adjudicación se tendrá en cuenta la siguiente distribución de puntos: - Oferta Económica...hasta.. 70 puntos - Proyecto Educativo...hasta.. 30 puntos, distribuidos de la siguiente forma: o 1ª Fase Sesión Informativa...hasta. 5 puntos o 2ª Fase Terapias con escolares...hasta...20 puntos o 3ª Fase Sesión de Evaluación y Convivencia...hasta..5 puntos. De la Fase de Sesión informativa se valorará: los recursos humanos que realizaran las visitas a los centros educativos y los medios técnicos utilizados para dar las explicaciones oportunas sobre las instalaciones, actividades ecuestres y actividades complementarias. De la Fase de terapias con escolares se valorará: los medios utilizados para la realización de las actividades, las actividades propuestas, su adecuación a las características de los escolares, el tiempo de dedicación a cada escolar y las labores de asistencia a los escolares. Todo ello tanto de las actividades ecuestres como de las complementarias, teniendo en cuenta que las actividades ecuestres deben durar al menos 35 minutos o el 55-60 % del tiempo que los escolares están en el Centro de Terapia Ecuestre. De la Fase de Evaluación y Convivencia se valorará: el modelo de evaluación propuesto y el espacio dedicado a las reuniones informativas, su amplitud y comodidad para los asistentes, así como las actividades propuestas para la realización de la convivencia. 11. FACTURACIÓN La facturación se realizará a la finalización de todos los servicios efectivos realizados, especificando el programa educativo y los días en que se hicieron. Dicha factura será conformada por el Técnico de Educación responsable de la actividad o Programa al que haga referencia dicha factura. 12. DOCUMENTACIÓN TÉCNICO-ADMINISTRATIVA A PRESENTAR Junto con la oferta económica, las empresas deberán presentar la siguiente documentación: A) PROYECTO EDUCATIVO Todas las empresas deberán presentar un proyecto educativo que contenga, al menos, los siguientes apartados: 5 Observaciones Página 5/8
a) Presentación de la empresa b) Organización y contenidos de la 1ª Fase correspondiente a la Sesión Informativa c) Organización y contenidos de la 2ª Fase: 1.- Contenido y actividades a realizar con caballos y complementarias 2.- Planificación con cronograma de las actividades 3.- Especificación de los recursos humanos: titulaciones y currículos de los participantes 4.- Especificación de los recursos no humanos utilizados (caballos, instalaciones y materiales) 5.- Criterios y métodos de seguimiento y evaluación del programa d) Organización y contenidos de la 3ª Fase que comprende: 1.- La evaluación del Programa 2.- La Convivencia con los asistentes (profesorado, padres-madres, alumnos/as participantes, etc.) B) TITULACIONES DEL EQUIPO TÉCNICO Para la acreditación del equipo técnico que se exige para la realización del presente contrato, todas las empresas deben presentar declaración responsable de que el personal cumple con los requisitos técnicos exigidos en el presente pliego. La empresa propuesta como adjudicataria deberá presentar copia de los certificados de los títulos que se exigen y copia de las acreditaciones de los conocimientos y/o experiencia técnica requerida del personal que vaya a participar en el programa. Los conocimientos y la experiencia se acreditarán mediante copia de los certificados y acreditaciones expedidos por organismos públicos, entidades o empresas privadas, que tengan relación directa con el objeto del presente contrato. C) INSTALACIONES Y CABALLOS Todas las empresas deben presentar copia de la Licencia de Apertura, junto con una descripción de las instalaciones: pista al aire libre y pista cubierta, cuadras, sala de material, sala de usos múltiples, elementos para las terapias ecuestres (rampas, sillas, etc.) oficina, aparcamiento y accesos, etc. En caso que NO COINCIDAN la empresa licitadora con el propietario/a de las instalaciones y/o caballos, se deberá entregar documento acreditativo de su alquiler o cesión. 6 Observaciones Página 6/8
Así mismo, la empresa propuesta como adjudicataria deberá presentar la documentación de los caballos que asegure reúnen las condiciones legales para su utilización; en concreto la empresa tendrá que presentar obligatoriamente copia de la siguiente documentación: - Relación e Informe de la experiencia de los caballos que se vayan a utilizar en terapias ecuestres. - Copia Tarjeta Sanitaria Equina - Copia Libro de Registro de Explotación Equina 13. OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO: La empresa que surja adjudicataria, adquirirá el compromiso de contratar al personal que vaya a desempeñar el servicio, debiendo realizar directamente la explotación del servicio no pudiendo subrogar, subarrendar, ceder o traspasar, directa o indirectamente la explotación, ni hacer uso en sus relaciones comerciales, laborales, o cualquier otra, del nombre del Centro, ni del Ayuntamiento, sin autorización expresa. La empresa adjudicataria deberá entregar en el Servicio de Educación, previo al comienzo de las sesiones de terapia ecuestre, copia de los contratos del personal que se pondrá a disposición del programa. Para la coordinación de las relaciones de trabajo entre el Servicio de Educación y la empresa adjudicataria, ésta designará un representante que será su interlocutor válido. Será de exclusiva cuenta del adjudicatario el pago del personal propio que emplee para la realización de los trabajos objeto de este contrato. Todos los gastos de carácter social y los relativos a tributos del referido personal, serán por cuenta del adjudicatario. Todos los gastos relativos a los desplazamientos del personal contratado para la realización de las actividades y los gastos de materiales necesarios para el desarrollo de las mismas serán por cuenta del adjudicatario. El personal que por su cuenta aporte el adjudicatario, no podrá tener vinculación alguna con el Ayuntamiento, por lo que no tendrá relación alguna con el mismo. El adjudicatario, de quien depende única y exclusivamente todo el personal, tendrá todos los derechos y obligaciones sobre dicho personal, con arreglo a la legislación vigente y aquella que en lo sucesivo pueda promulgarse. En ningún caso, la parte contratante resultará responsable de las obligaciones del contratista con sus trabajadores, aún cuando los despidos y medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato establecido. El adjudicatario dotará a su personal y a todos los participantes del programa, especialmente cuando se realicen terapias con caballos, de todos los medios de seguridad necesarios, obligándose a cumplir con toda la legislación vigente de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Igualmente es competencia del adjudicatario, la formación de su personal. 7 Observaciones Página 7/8
14. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En cumplimiento del artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O.P.D.), la empresa que resulte adjudicataria del presente contrato, tendrá la consideración de Encargado de tratamiento de todos aquellos datos personales de los escolares que se pongan a su disposición y que sean necesarios para la prestación correcta del servicio. Dada la naturaleza de los datos de los escolares que se conocerán, la información está clasificada como de Nivel Alto. La empresa adjudicataria deberá implementar las medidas de seguridad necesarias que garanticen la confidencialidad, integridad, y disponibilidad de los datos. Así mismo, la empresa adjudicataria deberá presentar una declaración responsable donde especifique que únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones que determine el Área de Educación, Participación Ciudadana y Edificios Municipales del Ayuntamiento de Sevilla, y que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figure, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Asimismo se especificarán las medidas de seguridad a que se refiere el artículo 9 de la LOPD y que la empresa, como Encargada del tratamiento está obligado a implementar. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos a esta Área de Educación, Participación Ciudadana y Edificios Municipales, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal de los escolares objeto del tratamiento que participen en este programa educativo. En Sevilla, a la fecha indicada en el pie de firma del documento El Técnico de Educación Víctor Pardilla Marcos El Jefe de Sección de Planificación, Promoción y Actividades Educativas Andrés Iglesias León 8 Observaciones Página 8/8