DOCUMENTO GENERAL MEDIDAS PARA MITIGAR EL RIESGO DE Lobesia botrana (EGVM) EN ARANDANO, CEREZA, KIWI Y UVA PARA SU EXPORTACIÓN A COREA

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Transcripción:

1. INDICACIONES GENERALES Con el fin de disminuir el riesgo de la presencia de Lobesia botrana (EGVM) en arándano, uva, kiwi y cerezas frescos exportados desde Chile a Corea del Sur, se ha acordado con la Agencia Fitosanitaria de Corea del Sur (QIA) las medidas señaladas en el presente documento, las cuales complementan los protocolos existentes entre ambos países para las especies señaladas. 2. MEDIDAS A NIVEL DE HUERTO 2.1. Todo predio (CSG) de arándanos, uva, kiwi o cereza que desee exportar su fruta a Corea, debe inscribirse ante Servicio Agrícola y Ganedero (SAG) en el Sistema de Registro Agrícola (SRA, disponible en http://sra.sag.gob.cl/). Se recuerda que si en un mismo predio existen diferentes especies, la totalidad del huerto debe inscribirse bajo un único CSG. 2.2. El Listado de predios inscritos ante el SAG será enviado al QIA de Corea, previo al inicio de las exportaciones (las fechas de cierre de inscripciones para las diferentes especies se encuentra disponible en http://sra.sag.gob.cl/.) 2.3. En los predios de uva, arándano y cereza se deben realizar las siguientes actividades: 2.3.1. Instalación de al menos una (1) trampa para Lobesia botrana en cada predio (CSG) que desee exportar su fruta a Corea, siguiendo las indicaciones establecidas por el Programa Nacional de Lobesia botrana del SAG. La instalación y revisión de dichas trampas será realizada por el SAG. 2.3.2. En caso de determinarse un brote de la plaga, de acuerdo a lo definido por el Programa Nacional de Lobesia botrana, se establecerá un Área de Control, la cual tendrá un radio de 500 metros alrededor del brote. 2.3.3. Para predios localizados al interior de un Área de Control, se realizará un monitoreo específico para determinar la presencia de estados inmaduros de Lobesia botrana en fruta. 2.3.4. Este monitoreo debe ser realizado en forma previa a la cosecha de cada predio (a partir de 15 días antes de la cosecha), por entidades autorizadas por el SAG para tal efecto. Detalles respecto a esta actividad pueden ser consultados en el documento general

PROSPECCIÓN VISUAL DE HUERTOS PARA DETERMINACIÓN DE ESTADOS INMADUROS DE Lobesia botrana. 2.3.5. En caso que como resultado de dicho monitoreo se confirme la presencia de la plaga, la especie del predio sobre la que se realizó la detección será suspendida para su exportación a Corea durante el resto de la temporada. 2.3.6. Por el contrario si el resultado del monitoreo al interior del Área de Control de 500 metros confirma la ausencia de estados inmaduros de la plaga, la fruta de dicho predio podrá continuar con su proceso de exportación a Corea. 2.3.7. Se definiría como brote en uva de mesa la ocurrencia de alguno de los siguientes eventos: Capturas en trampas de 2 o más adultos de Lobesia botrana en una misma trampa. La detección de 1 estado inmaduro (huevo/larva/pupa) en la fruta. 2.3.8. Se definirá como brote en arándano y cereza la detección de 1 estado inmaduro (huevo/larva/pupa) en la fruta. 2.4. En el caso de predios de kiwi, se realizarán las siguientes actividades: 2.4.1. El SAG realizará vigilancia en huertos de kiwi cercanos a zonas con alta presencia de Lobesia botrana, según el criterio establecido por el Programa Nacional de Lobesia botrana. 2.4.2. En caso de que el SAG detecte presencia de estados inmaduros de la plaga en frutos del kiwi, implementará un programa de vigilancia similar al de uva de mesa y arándano. 2.4.3. El predio de origen de la fruta que originó el brote no podrá realizar envíos a Corea durante el resto de la temporada. 2.4.4. SAG comunicará al QIA la ocurrencia de un eventual brote de Lobesia botrana en huertos de kiwi. 3. MEDIDAS A NIVEL DE ESTABLECIMIENTO E INSPECCIÓN OFICIAL 3.1. Todo Planta empacadora de arándano, cerezas, kiwi o uva que desee exportar fruta a Corea, debe inscribirse ante el SAG en el Sistema de Registro Agrícola (link http://sra.sag.gob.cl/).

3.2. EL listado de plantas empacadoras (CSP), serán enviados al QIA de Corea previo al inicio de las exportaciones. (las fechas de cierre de inscripciones para las diferentes especies se encuentra disponible en http://sra.sag.gob.cl/.) 3.3. El código del huerto (CSG) y el código de la planta (CSP) de embalaje debe indicarse en cada envase de fruta destinada a Corea. 3.4. En lo posible los lotes de uva de mesa destinados a Corea deben encontrarse conformados solamente por un productor. 3.5. La inspección fitosanitaria oficial será realizada por el SAG. 3.6. En forma previa a la inspección fitosanitaria, el SAG debe verificar que los predios se encuentren inscritos para exportación a Corea en los listados publicados en la página web del SAG. 3.7. Para los predios de arándano, cerezas y uva localizados al interior de un Área de Control establecida por el Programa Nacional de Lobesia botrana, la inspección de las especies de este grupo sólo se podrá realizar si se verifica que el monitoreo del predio fue realizado, y que tuvo un resultado negativo a L. botrana. 3.8. Si no se detectan inconvenientes en la verificación anterior se puede proceder a la inspección del lote. Si durante la inspección oficial se detectase la presencia en la fruta algún estado inmaduro de Lobesia botrana, el lote será rechazado para exportación a Corea y el predio de origen de la fruta, para la especie en cuestión, será suspendido para la exportación a Corea durante el resto de la temporada. Adicionalmente, dicha situación debe ser notificada al QIA. 3.9. Podrán exportarse a Corea solamente aquellos lotes en que la inspección fitosanitaria del SAG indique ausencia de Lobesia botrana y de otras plagas de importancia cuarentenaria para dicho país. 4. MEDIDAS PARA DESPACHO DE PRODUCTOS APROBADOS Para el despacho de productos aprobados, la Contraparte Profesional o Contraparte Técnica de la Planta que despacha el producto debe cumplir con los siguientes aspectos:

4.1 Consignar en la Planilla de despacho (campo observaciones) el/los código/s de los predios (CSG) y del Establecimiento/s de embalaje (CSP) correspondientes a cada despacho. 4.2 Elaborar un Anexo al Certificado Fitosanitario (formato de referencia en el Anexo 1), el cual debe ser adjuntado al correspondiente Certificado Fitosanitario, para su revisión por parte de QIA en Corea. La información que contiene dicho anexo es la siguiente: - Facility code. Corresponde al código CSP con el cual la planta embaladora se encuentra inscrita ante el SAG. - Facility name. Corresponde al nombre con el cual la planta embaladora se encuentra inscrita en el SAG. - Orchard code. Corresponde al código CSG del predio inscrito en el SAG. - Orchard name. Corresponde al nombre del predio inscrito en el SAG. 4.3 Debe enviarse al punto de salida al menos dos copias idénticas de este anexo tanto en información y formato, no debe eliminarse ninguna columna de este documento. - La primera de estas copias será firmada por la Contraparte Profesional o Contraparte técnica y quedará como respaldo en el punto de salida (dado que esta copia puede ser utilizada para solucionar confusiones en destino, la firma debe encontrarse en un lugar distinto al referido al oficial autorizado). - La segunda copia será utilizada por el SAG en el puerto de salida y acompañará al Certificado Fitosanitario dirigido a QIA (copia sin firmar por la Contraparte). 5. CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA 5.1 En los Certificados Fitosanitarios para arándano, cereza y uva debe consignarse la siguiente Declaración Adicional: This consignment has been grown in orchards free from EGVM, and the consignment is free from this pest. 5.2 En los Certificados Fitosanitarios para kiwi debe consignarse la siguiente Declaración Adicional: This consignment is free from EGVM.

5.3 Cada Certificado Fitosanitario de arándano, cereza, kiwi o uva debe encontrarse acompañado del Anexo al Certificado Fitosanitario (formato disponible en el anexo 1), el cual debe indicar los códigos de predios (CSG) y Plantas empacadoras (CSP) que conforman el lote exportado a Corea. 6. INSPECCIÓN DE IMPORTACIÓN 6.1 En caso de que algún ejemplar vivo de EGVM sea detectado durante la inspección de importación en un puerto de Corea, el envío podrá ser fumigado, retornado al país de origen, re-exportado o destruido. 6.2 En el caso anterior, el huerto desde el cual proviene la fruta en la que se realizó la detección será suspendido para exportar a Corea durante el resto de la temporada. 7. FRUTA EN TRÁNSITO 7.1 En caso de que existan envíos en tránsito que contengan fruta de un huerto al que se le detectó EGVM en la inspección de importación o en una inspección fitosanitaria oficial realizada por el SAG el lote será fumigado, retornado a Chile, re-exportado o destruido en el punto de entrada. 8. OTROS ASPECTOS 8.1 Con el fin de supervisar las actividades del PNLb, funcionarios del QIA de Corea realizarán dos visitas en la temporada de exportaciones, una previo al inicio de la cosecha de arándano y cereza; y otro previo al inicio de la cosecha de uva de mesa y kiwi. 8.2 SAG enviará una carta de invitación al QIA antes del inicio de las cosechas (enero-febrero para uva y kiwi; agosto-octubre para arándano y cereza). 8.3 Los costos derivados de dicha visita serán financiados por la parte chilena.

ANNEX TO PHYTOSANITARY CERTIFICATE: ORCHARD AND FACILITY IDENTIFICATION ANNEX FOR EXPORT TO KOREA FACILITY CODE (CSP) FACILITY NAME ORCHARD CODE (CSG) ORCHARD NAME No. Contenedor: No. Planilla de despacho (PD): Name, sign and seal SAG Officer