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Folio 1/5. El presente documento ha sido descargado el 08/05/ :15:45

ANTECEDENTES DE HECHO:

Transcripción:

5582 4 Mayo 2002 D.O.E. Número 51 de enero, que modifica a la anterior. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente. El Secretario, JUAN IGNACIO RODRÍGUEZ ROLDÁN Vº Bº El Presidente, MATÍAS MARTÍNEZ-PEREDA SOTO CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2002, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la plantilla, la composición de unidades y otros datos de los Centros de Educación Infantil y Primaria, Educación Especial, Colegios Rurales Agrupados, Escuelas Hogar e I.E.S. con plantilla de Maestros, y se dictan instrucciones complementarias en cuanto a determinación de los Maestros afectados por esta modificación. Analizadas las necesidades de escolarización para el próximo curso académico y realizadas las previsiones correspondientes que permitan una dotación suficiente para la mejora del servicio público de la educación, se hace necesario modificar la composición actual de determinados colegios públicos de Educación Infantil y Primaria. Para unificar y clarificar la situación del catálogo de puestos de trabajo de Centros de Educación Infantil y Primaria, Educación Especial, Colegios Rurales Agrupados, Escuelas Hogar e l.e.s. con plantilla de Maestros, se publican en esta Resolución, tanto los centros que han sufrido alguna modificación con respecto a cursos anteriores, como aquéllos que no han sufrido modificación con respecto a cursos anteriores. A fin de determinar qué Maestros serían los afectados por las modificaciones de plantillas realizadas, se hace preciso dictar las presentes instrucciones. Por todo ello, esta Secretaría General de Educación, ha resuelto: Primero.- Publicar la composición de unidades y la plantilla orgánica por provincias, con indicación de los puestos que se definen como singulares en los centros que se indican en los Anexos que acompañan a esta Resolución. Anexo 1: Colegios de Educación Infantil y Primaria, Colegios Rurales Agrupados y Escuelas Hogar de las provincias de Badajoz y Cáceres. Anexo ll: Centros de Educación Especial de las Provincias de Badajoz y Cáceres. Anexo lil: I.E.S. con plantilla de Maestros de las provincias de Badajoz y Cáceres. Segundo.- Para establecer qué Maestros han de ser desplazados, en los casos en que esto sea necesario en función de las modificaciones de las plantillas orgánicas establecidas en los Anexos 1,11 y lil de la presente Resolución, se aplicará lo dispuesto en la Orden de I de junio de 1992 (Boletín Oficial del Estado del 9), sobre desplazamiento de Maestros en Centros Públicos de Preescolar, Educación General Básica y Educación Especial como consecuencia de la supresión o modificación en puestos de trabajo docentes. Tercero.- En los casos en que puestos ordinarios hayan sido transformados en singular-itinerantes, en virtud de lo establecido en la presente Resolución, a los Maestros titulares de aquéllos les será de aplicación la Orden de I de junio de 1992, teniendo en cuenta que para solicitar la adscripción al puesto transformado, o a otro que estuviera vacante, deberán poseer la habilitación correspondiente. Cuarto.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, ante el órgano que la ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, 109, 110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, ente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Mérida, a 25 de abril de 2002. El Secretario General de Educación, (P.D. Orden 29-12-99, DOE núm. 152, de 30-12-99), ÁNGEL BENITO PARDO

D.O.E. Número 51 4 Mayo 2002 5583

5584 4 Mayo 2002 D.O.E. Número 51

D.O.E. Número 51 4 Mayo 2002 5585

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5588 4 Mayo 2002 D.O.E. Número 51

D.O.E. Número 51 4 Mayo 2002 5589

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D.O.E. Número 51 4 Mayo 2002 5591

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D.O.E. Número 51 4 Mayo 2002 5593

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5596 4 Mayo 2002 D.O.E. Número 51

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D.O.E. Número 51 4 Mayo 2002 5599

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D.O.E. Número 51 4 Mayo 2002 5601

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D.O.E. Número 51 4 Mayo 2002 5667

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D.O.E. Número 51 4 Mayo 2002 5671 ANEXO II PLANTILLA DE MAESTROS EN COLEGIOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL Curso 2002-2003

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D.O.E. Número 51 4 Mayo 2002 5673 ANEXO III PLANTILLA DE MAESTROS EN I.E.S., I.E.S.O. Y SECCIONES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA Curso 2002-2003

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5684 4 Mayo 2002 D.O.E. Número 51 RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2002, de la Secretaría General, por la que se emplaza a los posibles interesados en el recurso contencioso-administrativo con el nº 17/2002 interpuesto por D. Luis Sanabria de Prado, sobre desestimación del recurso de alzada contra la Resolución de la Dirección General de Personal Docente referida a la adjudicación de plaza en el I.E.S. Bioclimático de Badajoz. Dando cumplimiento al requerimiento efectuado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº I de Badajoz, se hace pública la interposición del Recurso Contencioso Administrativo tramitado por el Procedimiento abreviado con el nº 17/2002, seguido a instancias de D. Luis Sanabria de Prado, sobre Desestimación Presunta del Recurso de Alzada de fecha 2 de mayo de 2001 contra la Resolución de la Dirección General de Personal Docente de adjudicación de plaza en el l.e.s. Bioclimático de Badajoz, que contradice lo dispuesto en la Instrucciones para el comienzo del curso 2000/2001 de la Dirección General de Personal Docente para la adjudicación de Destinos en los Centros de Enseñanza Secundaria, Formación Profesional, Artísticas e Idiomas. Por ello, se emplaza a los posibles interesados/as para que puedan personarse, si a su derecho conviniera, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº I de Badajoz, en el plazo de nueve días a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Extremadura. Mérida, a 25 de abril de 2002. El Secretario General, PEDRO BARQUERO MORENO