UNIDAD DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR

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UNIDAD DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR 1.- ANTECEDENTES: El 20 de junio de 1988, mediante decreto No. 32 el H. Congreso Nacional aprueba la creación de la Universidad Estatal de Bolívar, luego el 4 de julio de 1989 el Dr. Rodrigo Borja Cevallos Presidente Constitucional de la República firma el ejecútese, y las actividades y funciones se normaron por el Estatuto aprobado por el H. Consejo Universitario el 14 de julio de 1989 y por el ente regulador de las Universidades de aquel entonces CONUEP. Hoy los proyectos y programas deben adecuarse a la realidad del medio con la finalidad de alcanzar una sólida formación académica y profesional con visión científica y humanística amparada en la investigación, tecnología, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas para dar solución a los problemas del país en relación con los objetivos del régimen de desarrollo (Art.350 de la Constitución), Es importante señalar que en la actualidad la institución cuenta con 5 Facultades con un total de 3967 estudiantes legalmente matriculados, 189 docentes titulares, 190 docentes contratados, los mismos que necesariamente debe actualizar sus conocimientos en forma permanente mediante el desarrollo de cursos abiertos, seminarios, talleres, simposios entre otras actividades legalmente reguladas y planificadas en áreas estratégicas de gestión técnica, curricular, administrativa, humana con uso de tecnologías modernas de información y comunicación al fin de alcanzar un desarrollo de fortalezas individuales y colectivas en el talento humano acorde a la realidad actual y a los desafíos de una época de cambios y bienestar mediante programas de capacitación y educación continua que debe caracterizarse por ser prácticos y utilizar metodologías que motivan el aprendizaje, produciendo resultados de calidad y el logro del compromiso institucional. 2) JUSTIFICACIÓN La transformación humana y profesional como sustento de la neo-educación superior de las y los ciudadanos, tiene su razón de ser en los procesos de formación académica de capacitación y educación continua, que permite establecer una relación dialéctica entre los profesionales y el avance de la ciencia y la tecnología con principios que van desde la conceptualización hasta la 1

universalidad del conocimiento concretizado en programas y proyectos cuya población objetivo se sintetiza en los actores académicos En este contexto se plantea la creación de la unidad de capacitación y educación continua de la comunidad universitaria con la finalidad de impulsar un proceso de capacitación y transformación del talento humano, mediación pedagógica de calidad y excelencia, para ello, se establece como meta, que en el presente quinquenio directivos, docentes, estudiantes, administrativos y trabajadores del UEB, hayan fortalecido su formación y desarrollo personal y social en un ámbito académico universitario, evaluado y acreditado, en sus programas de pre y postgrado, abierto a todas las corrientes del pensamiento universal científicamente demostradas, cultivando valores éticos, morales, sociales, culturales y profesionales, defensores de los derechos humanos, la justicia social, el medio ambiente y la equidad. 3) CARACTERIZACIÓN DE LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA La Unidad de Capacitación y Educación Continua coordina, planifica y ejecuta cursos abiertos, seminarios, talleres, simposios y otras actividades legalmente reguladas y planificadas orientados a un proceso de actualización de conocimientos de acuerdo a las necesidades de los miembros de la comunidad universitaria que demanden tales servicios, para lo cual ejecutarán procesos de elaboración de propuestas de capacitación y de soporte técnico administrativo en la realización de los eventos a desarrollar. La Unidad de Capacitación y Educación Continua, es una unidad dependiente del Departamento de Postgrado con representantes de las facultades, y del Departamento de Evaluación; y como tal está inserta en las políticas institucionales, su gestión está enfocada al cumplimiento de objetivos a corto y mediano plazo, dentro del Plan de Desarrollo Institucional de la UEB. 4) BASE LEGAL: La Unidad de Capacitación y Educación Continua se sujeta a la siguiente normativa: Art. 6 de la LOES literal h) El personal docente de las Universidades y Escuelas Politécnicas están sujetos a recibir una capacitación periódica acorde a su formación profesional y a la cátedra que imparta, que fomente e incentive la superación personal académica y pedagógica. Art. 28 Del reglamento de la LOES: Formación y capacitación de los profesores o profesoras e investigadores o investigadoras. Para garantizar el derecho de los profesores e investigadores 2

de acceder a la formación y capacitación, las instituciones de educación superior establecerán en sus presupuestos anuales al menos el 1%, para el cumplimiento de este fin Art.113 del Reglamento de Régimen Académico señala que La educación continua comprende los programas de educación permanente, como cursos, seminarios y demás programas académicos destinados a la difusión de los conocimientos, a la actualización o profundización de los mismos, al intercambio de experiencias y a las actividades de servicio tendientes a satisfacer los requerimientos institucionales y de la sociedad. Los certificados que se confieren por la aprobación de los cursos no otorgan créditos en ninguno de los niveles de formación: técnico superior, tercero o cuarto. Las instituciones de educación superior deberán garantizar la regulación y puesta en práctica de dichos programas, para lo cual contarán con una unidad responsable. El Art 116 de mismo Reglamento añade que Los participantes tendrán derecho a un Certificado de Aprobación, siempre que superen el 70% de la evaluación del rendimiento académico y hayan asistido al menos a un 80% de la duración. A su vez, el Art 156 de la Ley Orgánica de Educación Superior, manifiesta que en el Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior garantizará que Universidades públicas desarrollen programas de capacitación y perfeccionamiento permanente. 5) OBJETIVOS: Ø Actualizar los conocimientos, habilidades y destrezas de los miembros de la comunidad universitaria de la UEB, en sus áreas de formación y actividades relacionadas a su desempeño profesional. Ø Desarrollar procesos de capacitación y educación continua para el fortalecimiento teórico, metodológico y práctico en las nuevas tendencias tecnológicas, educativas y sociales. Ø Impulsar el desarrollo integral de las actividades de capacitación y educación continua del talento humano de la UEB, en aspectos normativos, administrativos y académicos, 3

así como en su organización a nivel local y regional, acorde a las disposiciones y normativas vigentes. Ø Implementar un sistema de capacitación y educación continua que contribuya al desempeño profesional con eficacia e innovación. 6) ORGANICO ESTRUCTURAL Y FUNCIONAL Departamento de Postgrado Unidad de Capacitación y Educación Continua (UCEC) 6.1) DE LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA Esta unidad se encargará de coordinar, planificar, ejecutar y evaluar cursos abiertos, seminarios, talleres, simposios y otras actividades legalmente reguladas y planificadas. Estará integrada por: Director o Directora del Departamento de Postgrado o su delegado, quien lo presidirá Un coordinador de la UCEC Un delegado de cada una de las Facultades Un Representante del Departamento de Evaluación 6.2) DEL COORDINADOR Coordinará con las Facultades las necesidades de planificación, presupuesto y ejecución de planes de capacitación y educación continua que tributen a la elaboración del Plan General de la UEB. Elaborar el Plan General de Capacitación y educación continua el mismo que debe ser analizado y aprobado por las instancias respectivas. Planear, organizar, dirigir y evaluar las actividades de capacitación y educación continua. Receptar informes técnicos del cumplimiento de los planes de capacitación y educación continua Presentar informes periódicos de las actividades planificadas a las Autoridades 4

Mantener un sistema de información actualizado de planes de capacitación y educación continua. 6.3) DE LOS DELEGADOS DE LAS FACULTADES Presentar los planes de capacitación y educación continua avalizado por la Facultad Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de los planes de capacitación y educación continua, convocadas por el presidente de la unidad. Apoyar en el proceso de organización y desarrollo de las actividades de capacitación y educación continua SECRETARIA GENERAL: CERTIFICA: Que LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR, fue analizado, discutido y aprobado por el H. Consejo Universitario en sesión extraordinaria de 27 de mayo del 2014. Ab. María Purcachi Barragán SECRETARIA GENERAL RECTORADO: Publíquese a través de los diferentes medios de comunicación el LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR. Guaranda, 29 de mayo del 2014 Ab. Francisco Moreno RECTOR ENCARGADO 5