PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LOS CONCURSOS MINEROS

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Transcripción:

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LOS CONCURSOS MINEROS Qué es un terreno franco? Se considerará que un terreno es franco si no estuviera comprendido dentro del perímetro de una zona de reserva del Estado, propuesta o declarada para toda clase de recursos de las secciones C) o D), o de los perímetros solicitados o ya otorgados de un permiso de exploración, un permiso de investigación o una concesión de explotación de recursos de las secciones C) o D). Tratándose de zonas de reserva del Estado para uno o varios recursos de las secciones C) o D) determinados, el terreno comprendido en ellas se considerará franco para recursos distintos a los reservados. Cuando se produzca el levantamiento de una reserva del Estado para toda clase de recursos de las secciones C) o D) o la caducidad de un permiso de exploración, un permiso de investigación o una concesión de explotación de recursos de las secciones C) o D), el terreno quedará franco. Qué es un terreno registrable? Se considerará que un terreno es registrable si, además de ser franco, tiene la extensión mínima exigible, para poder ser objeto de exploración, investigación y explotación minera. Esta extensión mínima exigible es la cuadrícula minera, que equivale a aproximadamente 32 hectáreas. El levantamiento de una reserva del Estado o la caducidad del permiso de exploración, del permiso de investigación o de la concesión de explotación no otorgará al terreno el carácter de registrable hasta que tenga lugar un concurso. Sin perjuicio de todo lo anterior, se podrán declarar, por razones de interés público, como no registrables zonas determinadas del territorio nacional, mar territorial y plataforma continental, a propuesta de la propia Administración o a instancia de parte interesada. Qué es un concurso minero? Los concursos mineros son los procedimientos que han de ser tramitados y resueltos por la Administración minera competente cuando hay terrenos francos para declararlos como registrables, con lo que podrían, en su caso, ser susceptibles de investigación y/o explotación minera. Mediante su convocatoria se posibilita que aquellos que estén interesados presenten ofertas en relación con la investigación en aquellos terrenos correspondientes o delimitados por los derechos que se sacan a concurso. Una vez analizadas las ofertas por la Administración minera conforme a la normativa sectorial, se admitirán en su caso, las que cumplan los requisitos, otorgando un orden de prioridad para el inicio de la tramitación del permiso de investigación 1

sobre los terrenos francos y registrables. Cabe aclarar que ni son concursos de adjudicación de derechos, ni se ajustan al concepto de licitación pública que establece en la normativa de contratos públicos vigente. Los concursos mineros únicamente, y siempre que haya ofertas que cumplan con los requisitos legales, se resuelven estableciendo un orden de prioridad para que las solicitudes de permisos de investigación inicien su tramitación reglamentaria. Qué derechos mineros son susceptibles de sacarse a concurso? Los terrenos que son susceptibles de sacarse a concurso son los derivados del levantamiento de una reserva del Estado para toda clase de recursos de las secciones C) o D) o de la caducidad de un permiso de exploración, un permiso de investigación o una concesión de explotación de recursos de las secciones C) o D). Cuándo ha de convocarse un concurso minero? Por imperativo legal, han de sacarse a concurso los terrenos que sean francos debido al levantamiento de una reserva del Estado para toda clase de recursos de las secciones C) o D) o de la caducidad de un permiso de exploración, un permiso de investigación o una concesión de explotación de recursos de las secciones C) o D). Es importante incidir en que si una reserva del Estado para toda clase de recursos de las secciones C) o D) se levanta solamente la reserva para uno o varios recursos de las secciones C) o D) determinados en unas zonas concretas o en toda su extensión, estos terrenos se considerarán franco para recursos distintos a los reservados, de tal manera que no será preciso sacar la reserva del Estado a concurso, hasta que no se levante para toda clase de recursos de las secciones C) o D). La convocatoria del concurso se realiza bien a instancia de parte, por el interés de alguna persona, bien de oficio, por parte de la Administración Minera. La finalidad de un concurso minero es dejar limpios de derechos mineros levantados o caducados terrenos francos, a causa del levantamiento de una reserva del Estado para toda clase de recursos de las secciones C) o D) o de la caducidad de un permiso de exploración, un permiso de investigación o una concesión de explotación de recursos de las secciones C) o D), y registrables, por tener la extensión mínima exigible, de tal forma que, en el futuro, puedan solicitarse nuevos derechos sobre los mismos. En qué sistema de referencia de coordenadas se definirán los derechos mineros sacados a concurso? En la legislación vigente no se especifica el sistema de coordenadas en que deben definirse los perímetros 2

de los derechos mineros sacados a concurso. En cualquier caso, independientemente del sistema de coordenadas empleado en la convocatoria del concurso minero, la extensión de los terrenos afectados por dichos derechos mineros deberá ser la que tenían cuando se hizo el levantamiento de una reserva del Estado o se produjo la caducidad de un permiso de exploración, un permiso de investigación o una concesión de explotación. En el caso de que en las bases de la convocatoria del concurso se incluyera cartografía e información geográfica oficial a escalas iguales o menores de 1:500.000, el sistema de referencia de coordenadas sería la ETRS-Cónica Conforme de Lambert, mientras que a escalas mayores de 1:500.000, el sistema de referencia de coordenadas sería el ETRS-Transversa de Mercator. Qué trámites se llevan a cabo en el procedimiento del concurso? En primer lugar se realizará la convocatoria, que incluirá el listado de todas las reservas del Estado que han sido levantadas para toda clase de recursos de las secciones C) o D) y todos los derechos caducados relacionados con el aprovechamiento de recursos de las secciones C) o D), cuya delimitación se podrá consultar en el Portal Andaluz de la Minería. Dicha convocatoria otorgará un plazo para que los interesados presenten ofertas para la investigación de los terrenos objeto de concurso, y establecerá la composición de la Mesa del Concurso, integrada por funcionarios, que examinarán, de acuerdo con las normas y las bases del concurso, qué las ofertas cumplen los requisitos necesarios. Una vez recibidas y analizadas las ofertas, y determinada la existencia de terrenos registrables, la resolución del concurso establecerá: La existencia de terrenos registrables, es decir, aquéllos libres de derechos y que abarcan una cuadrícula minera. La admisión de las ofertas presentadas en relación con los terrenos registrables y el orden de prioridad para la tramitación del permiso de investigación, si hay varias ofertas sobre los mismos terrenos. La indicación de que, una vez transcurran 8 días desde la publicación de la resolución en los boletines oficiales, cualquier interesado podrá solicitar derechos sobre los terrenos que hayan quedado francos y registrables a raíz del concurso, porque o bien no se ha admitido oferta sobre dicho terreno o no se ha recibido oferta alguna. Esta resolución, que pondrá fin al concurso minero, además de publicarse en los boletines oficiales, se notificará a los interesados, y dará lugar, si se admite alguna oferta, al inicio de la tramitación reglamentaria para el otorgamiento de un permiso de investigación. 3

En qué estado procedimental se encuentra la solicitud que haya obtenido la prioridad para la tramitación de un permiso de investigación en los terrenos designados en su solicitud? La resolución del concurso minero a favor de uno de los concursantes, le dará la prioridad para iniciar la tramitación reglamentaria para el otorgamiento de un permiso de investigación. En ese momento se declarará la admisión definitiva de la solicitud, siempre salvo mejor derecho, y se inscribirá en el Libro-registro de permisos y concesiones de la correspondiente Delegación Territorial competente en materia de minas por razón de territorio. A continuación se proseguirá con la tramitación de permisos de investigación establecida en la normativa del ramo. A qué sistema de coordenadas ha de referirse la designación de los terrenos pretendidos por los concursantes? Cuando se presente la solicitud para participar en un concurso minero, los perímetros de los permisos de investigación deberán solicitarse y definirse por medio de coordenadas geográficas, tomándose como punto de partida la intersección de meridiano con el paralelo que corresponda a uno cualquiera de los vértices del perímetro, de tal modo que la superficie quede constituida por una o varias cuadrículas mineras. Las longitudes estarán referidas al meridiano de Greenwich. El sistema de referencia de coordenadas será el ETRS89 en la Península Ibérica y las Islas Baleares, mientras que en el caso de las Islas Canarias será el REGCAN95. Ambos sistemas tendrán asociado el elipsoide GRS80 y estarán materializados por el marco que define la Red Geodésica Nacional por Técnicas Espaciales (REGENTE), y sus densificaciones. Cuándo se tienen en cuenta los condicionantes medioambientales, urbanísticos, culturales y de otro tipo que pudieran existir sobre los terrenos? Cuando se inicie el procedimiento de otorgamiento del permiso de investigación, lo que tiene lugar tras la resolución del concurso minero, el órgano competente para instruir, esto es, la correspondiente Delegación Territorial con competencias en materia de minas, remitirá a la Delegación Territorial competente en materia medioambiental la solicitud del permiso, para que indique si dicha solicitud precisa de un trámite ambiental, de acuerdo con la Ley 7/2009, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Cabe señalar que la investigación minera no supone necesariamente la realización de trabajos sobre el terreno, sino que se pueden realizar labores de investigación mediante técnicas no invasivas que no tienen afecciones relevantes sobre el entorno. Si la solicitud del permiso conllevara trámite ambiental, y así lo determinara, con arreglo a su normativa, la 4

Delegación Territorial competente en materia de medio ambiente, el análisis de todos los condicionantes y normativas urbanísticas, medioambientales, culturales, etc., que afecten al derecho solicitado quedarán incorporados en dicho trámite ambiental. Por tanto, en el marco de esta tramitación ambiental se someterán a información pública tanto el proyecto de investigación presentado como el plan de restauración, así como el estudio de impacto ambiental. La resolución de otorgamiento o denegación del permiso solicitado será dictada por el órgano competente (la Delegación Territorial o la Dirección General competentes en materia de minas), atendiendo al resultado positivo o negativo del trámite ambiental. Si la solicitud del permiso no conllevara trámite ambiental y así lo determinara, con arreglo a su normativa, la Delegación Territorial competente en materia de medio ambiente, la Delegación Territorial competente en materia de minas, someterá a información pública el plan de restauración, de acuerdo con la normativa sectorial aplicable. En todo caso, si se reciben alegaciones de carácter medioambiental, cultural, urbanístico, etc., se remitirán a la Delegación Territorial competente, que se pronunciará sobre su debida estimación o no, lo que comunicará a la Delegación Territorial competente en materia de minas. La resolución de otorgamiento o denegación del permiso solicitado será dictada por el órgano competente (la Delegación Territorial o la Dirección General competentes en materia de minas), atendiendo al resultado positivo o negativo de la información pública el plan de restauración. 5