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ACUERDO DE LA JUNTA EJECUTIVA DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO, POR EL QUE APRUEBA MODIFICACIÓN AL PROCEDIMIENTO DE INGRESO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO EVENTUAL QUE OCUPARÁ LOS PUESTOS DE AUXILIARES DE ACOPIO Y DE TRASLADO PARA EL PROGRAMA DE RESULTADOS ELECTORALES PRELIMINARES, ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL DE ESTE ORGANISMO ANTECEDENTES l. A través de acuerdo identificado con el rubro IEE/JE-02/13 de fecha primero de febrero de dos mil trece, la Junta Ejecutiva aprobó diversas modificaciones al Catálogo de Cargos y Puestos del Instituto Electoral del Estado. 11. El veintinueve de octubre de dos mil quince, mediante acuerdo IEE/JE- 0100/15 éste órgano Central aprobó las Bitácoras de Tareas 2016 de las Unidades Técnicas y Administrativas del Instituto Electoral del Estado para el ejercicio fiscal 2016. 111. Mediante el acuerdo identificado con la clave alfanumérica CG/AC-023/15 aprobado en sesión ordinaria de fecha veintitrés de noviembre de dos mil quince, el Consejo General de este Organismo Electoral declaró el inicio del Proceso Electoral Estatal Ordinario 2015-2016, convocando a elecciones ordinarias para renovar al Titular del Poder Ejecutivo de la Entidad. IV. Por memorándum IEE/DOE-335/16, de fecha diez de mayo de dos mil dieciséis, el Director de Organización Electoral, Licenciado Miguel C. Luna Mendoza solicitó a la Titular de la Unidad de Formación y Desarrollo, Licenciada N my ltzetl Tapia Trujillo, lo siguiente:... Con fundamento en lo dispuesto en el articulo 103 del Código de Instituciones y Procesos Electo s del Estado de Puebla, y en cumplimiento a los artfculos 5, 12 y 14 del Reglamento Interior de Trabaj de este Instituto, le hago de su conocimiento que esta Dirección requiere la contratación de 329 Auxiliares de Acopio para el PREP y 44 Auxiliares de Traslado del PREP, los cuales son considerados para la recepción y traslados de las actas, el personal proyectado es tomando en cuenta la actual distritación, proyección que permite dar una eficaz cobertura al desarrollo de dicha actividad. El periodo de eventualidad requerida para la contratación de los auxiliares, será del 23 de mayo al 6 de junio de 2016. Cabe señalar que en virtud al perfil del puesto establecido en el catálogo de puestos aprobado para esta Dirección, solicito que no sea necesario la aplicación de un examen de conocimientos derivado de las actividades que ejecuta, basta con una capacitación por parte del personal de esta Unidad Administrativa para el buen desempeño de sus funciones, esto con la finalidad de dar auge a dicha participación y a su vez sea sometida a la consideración de la Junta Ejecutiva. V. Mediante el comunicado IEE/DN813/16, de fecha dieciséis de mayo de dos mil dieciséis, notificado el día diecisiete del mismo mes y año, la Encargada de

Despacho de la Dirección Administrativa, Contadora Pública Gema Clementina Lozada Fabián, informó a la Titular de la Unidad de Formación de Desarrollo, Licenciada Noemy ltzetl Tapia Trujillo, lo siguiente: En atención a su similar IEE/UFD-682/16 y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 106 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, por este atento conducto me permito informar a Usted que se cuenta con la disponibilidad presupuestales para llevar a cabo la contratación de plazas eventuales referidas en su escrito y en términos de lo siguiente: Cargo Nivel Cantidad Adscripción Periodo de Contratación Inicio Fin Auxiliares de Acopio PREP Único 329 Dirección de Auxiliares de Traslado Organización 23-May-16 06-Jun-16 Único 44 PREP Electoral VI. A través del memorándum IEE/UFD-713/16, de fecha diecisiete de mayo de dos mil dieciséis, la Titular de la Unidad de Formación y Desarrollo, Licenciada Noemy ltzetl Tapia Trujillo solicitó a la Secretaria Ejecutiva del Organismo, Licenciada Dalhel Lara Gómez, lo siguiente: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 95 fracción VIII y 107 fracción VIl del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla y en atención a la memoranda IEE/DOE- 335/16 e IEE/DA/0813/16, respetuosamente por este medio solicito su apoyo para que a través de su atribución se someta a consideración de la Junta Ejecutiva de este Instituto Electoral del Estado, una propuesta de modificación al procedimiento de ingreso del personal administrativo eventual de Auxiliares de Acopio y Auxiliares de Traslado para el PREP adscritos a la Dirección de Organización Electoral de este Organismo Electoral. En ese sentido, es necesario mencionar lo siguiente: El número total de personal que se solicitó contratar en este supuesto es de 329 Auxiliares de Acopio y 44 Auxiliares de Traslado para el PREP. El periodo de contratación es del23 de Mayo al 06 de Junio de 2016. La función primordial del personal será la recepción y traslado de actas. Respecto a lo anterior, la Dirección de Organización Electoral considera que la aplicación de evaluaciones de conocimiento no son factores determinantes para llevar a cabo la contratación del personal en comento, en virtud a qué basta con una capacitación por parte del personal de la Dirección de Organización Electoral para el buen desempeño de sus funciones, por lo que se propone no llevar a cabo la aplicación de un examen de conocimientos.. VIl. Mediante comunicado IEE/SE-1958/16, de fecha dieciocho de mayo e dos mil dieciséis, la Secretaria Ejecutiva del Organismo, Licenciada Dalhel Lar Gómez solicitó al Director Técnico del Secretariado, Licenciado Noé Julián Corona Cabañas lo siguiente: Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 93 fracciones XXIV, XL y XLVI y 94,95 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, y en atención a los similares IEE/DOE-335/16 e IEE/DA-0813/16 por este medio le remito a usted: Memorándum IEE/UFD-713/16 signado por la Lic. Noemy ltzel Tapia Trujillo, Titular de la Unidad de Formación y Desarrollo, por el cual presenta la modificación al procedimiento de ingreso del personal administrativo eventual de Auxiliares de acopio y Auxiliares de traslado para el PREP. 2

Lo anterior, a fin que, en coadyuvancia con esta Secretaria Ejecutiva, dicha infonnación se incluya dentro del orden del dfa de la próxima sesión de la Junta Ejecutiva de este Organismo Electoral, asf como para los trámites administrativos y efectos legales a los que haya lugar.. CONSIDERANDO 1. Que, el artículo 78 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla establece que son Órganos Centrales del Instituto, el Consejo General y la Junta Ejecutiva. 2. Que, de conformidad con el diverso 95 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, la Junta Ejecutiva tiene como atribuciones, entre otras, la de fijar las políticas generales, programas, sistemas y procedimientos administrativos del Instituto, así como la de coordinar la ejecución de los programas de actividades de las Direcciones del Organismo, por lo que resulta competente para atender la solicitud puesta a su consideración. 3. Que, el artículo 107 del ordenamiento legal en cita señala que el Instituto contará con una Unidad de Formación y Desarrollo, adscrita al Secretario Ejecutivo que, en el desempeño de sus atribuciones deberá observar invariablemente los principios rectores de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, independencia y máxima publicidad. En el mismo orden de ideas los numerales 8, 11, 12 y 20 del Reglamento Interior de Trabajo del Instituto Electoral del Estado, regulan aspectos relativos al ingreso de Personal del Instituto conforme a lo siguiente: ARTÍCULO 8. Para los efectos del presente Reglamento, el Personal se clasifica de acuerdo a las siguientes categorías: l. Funcionarios Electorales; 11. Personal del Servicio Electoral Profesional; 111. Personal Administrativo, que a su vez se dividirá en : a) Personal Pennanente; y b) Personal Eventual. ~ ARTÍCULO 11. La Unidad del Servicio integrará y actualizará el archivo documental del Personal, 1 cual contendrá el expediente de cada miembro del Personal en activo. ARTÍCULO 12. En el contrato de trabajo respectivo se definirá si la naturaleza de la relación la al es de carácter pennanente o eventual, la cual dependerá de la plaza presupuesta! que se ocup < 1 Entendiendo por contratación eventual como aquella que se realice por obra y tiempo determinado:v ya sea para participar en los procesos electorales, o bien en programas y proyectos institucionales. ARTÍCULO 20. El reclutamiento se hará a solicitud de los Titulares de las Unidades Administrativas y Técnicas o Funcionarios Electorales que integran este Instituto. El procedimiento para llevar a cabo el reclutamiento y la selección del Personal será el siguiente:' l. Invitación: Los Titulares de las Unidades Administrativas y Técnicas o Funcionarios Electorales, deberán solicitar a la Unidad que proponga a los aspirantes al puesto respectivo, asf como girar las invitaciones respectivas. 3

11. Acreditación de requisitos: Los aspirantes al puesto deberán presentarse en la Unidad del Servicio con la finalidad de llevar a cabo la acreditación de requisitos establecidos en el Articulo 16 del presente Reglamento. 111. Entrevista preliminar: Será llevada a cabo por los Titulares de la Unidad Técnica o Administrativa o el Funcionario Electoral, de quien dependa el puesto. Una vez que haya sido realizada, se hará del conocimiento de la Unidad del Servicio la que, a su vez, lo informará a la Comisión Permanente para que, en caso de considerarlo pertinente, efectúen una entrevista posterior. IV. Exámenes de selección: La Unidad del Servicio aplicará a los aspirantes la evaluación de conocimientos generales que la Unidad Administrativa o Técnica solicitante haya proporcionado y cuya calificación mfnima aprobatoria será de seis; asimismo, hará lo relatívo con la que valora habilidades y aptitudes. V. Evaluación curricular: La Unidad del Servicio verificará que la documentación del aspirante del puesto vacante corresponda al perfil requerido, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Catálogo. En ese tenor, la Titular de la Unidad de Formación y Desarrollo solicita una modificación al procedimiento de ingreso del personal administrativo eventual correspondiente a los Auxiliares de Acopio y de Traslado para el Programa de Resultados Electorales Preliminares, adscritos a la Dirección de Organización Electoral de este Organismo, personal que tendrá como función primordial la recepción y traslado de las actas de escrutinio y cómputo de las Casillas al Órgano Transitorio competente. La modificación al procedimiento consiste en no aplicar evaluaciones de conocimiento, dicho cambio se solicita en razón de que la valoración no es factor determinante para llevar a cabo su contratación, toda vez que para desarrollar las actividades de los Auxiliares de Acopio y de Traslado, basta con capacitación por parte de la Unidad a la que estarán adscritos; lo anterior con la finalidad de dar auge a la participación de la ciudadanía en el presente Proceso Electoral. De conformidad con lo manifestado en párrafos anteriores, una vez anali por esta Junta Ejecutiva la propuesta materia de este acuerdo, tomando en cuen que dicha modificación no contraviene las disposiciones vigentes, que la mis atiende las necesidades ocupacionales del Organismo y en virtud de las activida a desarrollar respecto al Proceso Electoral Estatal Ordinario 2015-2016, s considera que lo procedente es aprobarla en los términos presentados por la Unida de Formación y Desarrollo. Finalmente, este Órgano Central faculta a la Dirección Administrativa y a la Unidad de Formación y Desarrollo, para que en el ámbito de sus respectivas competencias, efectúen los trámites correspondientes para dar puntual cumplimiento al presente documento. Por lo antes expuesto y fundado, la Junta Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado emite el siguiente: 4

Instituto Electoral del Estado ACUERDO PRIMERO. La Junta Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado aprueba modificación al procedimiento de ingreso del Personal Administrativo eventual de Auxiliares de Acopio y de Traslado para el Programa de Resultados Electorales Preliminares, adscritos a la Dirección de Organización Electoral del Organismo, en términos del considerando 3 de este acuerdo. SEGUNDO. La Junta Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado, instruye a la Dirección Administrativa y a la Unidad de Formación y Desarrollo para realizar los trámites correspondientes, en atención al considerando 3 de este documento. TERCERO. Publíquese el presente acuerdo en la página electrónica de este Organismo Electoral. Este acuerdo fue aprobado por unanimidad de votos de los integrantes de la Junta Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Puebla, en la sesión ordinaria de fecha dieciocho de mayo de dos mil dieciséis. CONSEJERO PRESIDENTE DE LA JUNTA EJECUTIVA 5