Gaceta Legislativa. Año II Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 8 de octubre de 2015 Número 104

Documentos relacionados
Gaceta Legislativa. Año II Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 3 de octubre de 2018 Número 113

Gaceta Legislativa. Año I Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 18 de febrero de 2009 Número 112

Gaceta Legislativa. Año I Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 27 de diciembre de 2018 Número 13

CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO ELECTORAL

A N T E C E D E N T E S

Año II Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 7 de agosto de 2018 Número 106

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Gaceta Legislativa. Fe de erratas. Año I Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 20 de julio de 2017 Número 53

LEY NÚMERO 325 DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO

ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. Calle Morelos No. 43, Col. Centro Tel Xalapa-Enríquez, Ver.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT.242 DE FECHA 05 DE AGOSTO DE 2011

ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

Gaceta Legislativa. Año I Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 15 de febrero de 2011 Número 21. Orden del día.. p 2.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Tlaxcala.

En sustento de la presente Iniciativa, me permito expresar la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

DECRETOS DE REFORMAS, ADICIONES, Y DEROGACIONES A LA LEY PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES PARA DE ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

Ley Número 680 DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE CÓRDOBA, DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2016

Ley Número 675. Monto en pesos TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 1,159,432,189.12

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Ley Número 736. Monto en pesos TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 29,744,547.73

Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua

Martes 26 de diciembre de 2017 GACETA OFICIAL Página 3. María Elisa Manterola Sainz Diputada presidenta Rúbrica.

LEY DE FOMENTO AL EMPLEO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL: 11 DE SEPTIEMBRE DE 2018

Gaceta Legislativa. Año I Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 9 de septiembre de 2014 Número 52. Orden del día.. p 2.

E X T R A O R D I N A R I O

LEY QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA FIJAR LAS CUOTAS, TARIFAS Y TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE LAS CONTRIBUCIONES SOBRE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA

DICTAMEN DE LA LEY DE FOMENTO AL EMPLEO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

Gaceta Legislativa. Año I Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 30 de noviembre de 2018 Número 8.

LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

2015, Año de José María Morelos y Pavón

Tomo 93 Colima, Col., Martes 22 de Enero del año 2008; Núm. 04; pág ACUERDO

CÓDIGO HACENDARIO PARA RÍO, ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE: EL MUNICIPIO DE BOCA DEL HISTORIA Y PROCESO LEGISLATIVO

LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y:

LEY DE INGRESOS PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2010

I.- El 20% de las participaciones que reciba el Estado por concepto del fondo general;

LEYES Y DECRETOS DE REFORMAS, ADICIONES, Y DEROGACIONES A LA LEY DE ADAPTACIÓN SOCIAL Y DE LOS CONSEJOS TUTELARES PARA MENORES INFRACTORES

TOMO CXXI Núm. 105 Zacatecas, Zac., sábado 31 de diciembre del 2012 S U P L E M E N T O

EXPOSICION DE MOTIVOS

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT. 42 DE FECHA 04 DE FEBRERO DE 2009

Gaceta Legislativa. Orden del día... p 2. Iniciativa

Gaceta Legislativa. Orden del día... p 3. (Sesión Solemne de Apertura) Informe... p 2. Declaratoria... p 2.

LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y:

A189/OPLE/VER/CG/

Diario de los Debates

BALANCE DE LOS TRABAJOS

Director: Lic. Jorge Armando Verdín López SUMARIO

N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O

OBSERVACIONES GENERALES.-

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NUMERO EXT. 421 DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2010

DE IGNACIO DE LA LLAVE

LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015

Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT. 385 DE FECHA 1 DE DICIEMBRE DE 2010.

C O N S I D E R A N D O

Tomo 95 Colima, Col., Martes 12 de Enero del año 2010; Núm. 02 Bis; pág. 07. ACUERDO

ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. Calle Morelos No. 43. Col. Centro Tel Xalapa-Enríquez, Ver.

Gobierno del Estado de Morelos

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

Publicación electrónica

GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO. Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz-Llave.

PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT. 423 DE FECHA 23 DE DICIEMBRE DE 2008

LEY DE INGRESOS PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DE 2009.

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO

OBSERVACIONES GENERALES.-

LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2013

DIP. CARLO FABIAN PIZANO SALINAS

Palacio de Gobierno, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, 22 de noviembre de 2013

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, A CARGO DE LA DIPUTADA ELVIA MARÍA PÉREZ ESCALANTE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

LEY DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES ARTESANALES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

Gobierno del Estado de Morelos

LEY PARA LA ADMINISTRACION Y VIGILANCIA DEL SISTEMA DE PARTICIPACIONES Y LA COLABORACION ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL ESTATAL.

Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

Intervención del diputado Eduardo Montaño Salinas con la iniciativa con. proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 39, 41 y 62 fracción

Sirva la presente para enviarle un cordial saludo. Atentamente, Sufragio Efectivo. No Reelección, Guanajuato Gto,, 17 de mayo de 2007, Q^ ó

LEY NÚMERO 318 DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2015

jueves 25 de mayo de 2017

Diputado Emilio Chuayffet Chemor Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

OBSERVACIONES GENERALES.-

C O N S I D E R A N D O S

Año III NÚMERO 270 MIÉRCOLES 18 DE NOVIEMBRE DE 2015 TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL SEGUNDA

Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua Registrado como Artículo de segunda Clase de fecha 2 de Noviembre de 1927

Programa de Trabajo de la Comisión de Hacienda y Crédito Público para el Segundo Año de Ejercicio de la LXIII Legislatura

DECRETO No MARIANO GONZÁLEZ ZARUR, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed:

LEY DE INGRESOS PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DE 2007.

TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA

Directora: Lic. Sandra Luz Romero Ríos SUMARIO

TEXTO DE LA INICIATIVA

DIARIO de los DEBATES

Gobierno del Estado de Morelos

Transcripción:

Gaceta Legislativa Año II Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 8 de octubre de 2015 Número 104 CONTENIDO Orden del día.. p 2. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado: Con proyecto de decreto que deroga el capítulo segundo, del título primero, del libro tercero, y diversas disposiciones del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz.. p 3. Declaratoria De instalación del Cuarto Periodo de Sesiones Extraordinarias correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional.... p 2. Con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz. p 4. Himno Nacional.. p 2. Clausura...... p 7. Convocatoria... p 2.

Gaceta Legislativa 2 jueves 8 de octubre de 2015 ORDEN DEL DÍA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE 2013-2016 DECLARATORIA LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, ABRE HOY, 8 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015, SU CUARTO PERIO- DO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS CORRESPONDIENTE AL SE- GUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL. SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL CUARTO PERIODO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS I. Lista de asistencia. II. III. 8 de octubre del 2015 11:00 horas O R D E N D E L D Í A Lectura y en su caso aprobación del proyecto del orden del día. Declaratoria de instalación del Cuarto Periodo de Sesiones Extraordinarias correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Tercera Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. IV. Entonación del Himno Nacional. V. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, dictamen con proyecto de decreto que deroga el capítulo segundo, del título primero, del libro tercero, y diversas disposiciones del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. VI. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, dictamen con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. VII. Clausura del Cuarto Periodo de Sesiones Extraordinarias correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Tercera Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y se levanta la sesión. ***** HIMNO NACIONAL Entonación del Himno Nacional. CONVOCATORIA LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CON- GRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERA- CRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 29 FRACCIÓN I Y 41 FRACCIÓN I, DE LA CONSTITU- CIÓN POLÍTICA DEL ESTADO; 9 FRACCIÓN I Y 42 FRACCIÓN II DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, Y EN NOMBRE DEL PUEBLO EXPIDE LA SIGUIENTE: CONVOCATORIA PRIMERO.- SE CONVOCA A LA SEXAGÉSIMA TER- CERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLA- VE, AL CUARTO PERIODO DE SESIONES EXTRAORDI- NARIAS, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL, CUYA APERTURA TENDRÁ LUGAR EL DÍA 8 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015, A LAS 11:00 HORAS. SEGUNDO.- LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLA- TURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN ESTE PERÍODO DE SESIONES EXTRAORDINARIAS, SE OCUPARÁ DE LOS SIGUIENTES ASUNTOS: 1.- De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, dictamen con proyecto de decreto que deroga el capítulo segundo, del título primero, del libro tercero, y diversas disposiciones del Código número 18 Finan-

Gaceta Legislativa 3 jueves 8 de octubre de 2015 ciero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y 2.- De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, dictamen con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. TERCERO.- NOTIFÍQUESE ESTA CONVOCATORIA A LOS TITULARES DE LOS PODERES EJECUTIVO Y JUDI- CIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS LEGA- LES A QUE HAYA LUGAR. CUARTO.- PUBLÍQUESE EN LA GACETA OFICIAL, ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO. DADA EN LA SALA DE SESIONES VENUSTIANO CA- RRANZA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTA- DO, EN LA CIUDAD DE XALAPA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. OCTAVIA ORTEGA ARTEAGA DIPUTADA PRESIDENTA (Rúbrica) ANA CRISTINA LEDEZMA LÓPEZ DIPUTADA SECRETARIA (Rúbrica) ***** DICTÁMENES COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA DEL ESTADO HONORABLE ASAMBLEA: A los suscritos, integrantes de la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, por acuerdo del Pleno de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, nos fue turnada, para su estudio y dictamen, la Iniciativa con Proyecto de Decreto que Deroga el Capítulo Segundo, del Título Primero, del Libro Tercero, y diversas disposiciones del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Asimismo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33 fracción I, 35 fracción II y 38 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 18 fracción I, 38, 39 fracción XVII, 47 y 49 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 62, 65, 75 y 77 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, esta Comisión Legislativa se avocó al análisis, discusión y valoración del Proyecto citado anteriormente. En razón de lo anterior, esta Comisión Permanente de Hacienda del Estado, conforme a las consideraciones de orden general y específico somete a la Consideración de esta Honorable Legislatura, el siguiente dictamen con proyecto de decreto, con base en los siguientes: ANTECEDENTES 1. El Ciudadano Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Doctor Javier Duarte de Ochoa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracción III, de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante oficio número 232/2015 de fecha 23 de septiembre de 2015, presentó a esta Soberanía la Iniciativa con Proyecto de Decreto que Deroga el Capítulo Segundo, del Título Primero, del Libro Tercero, y diversas disposiciones del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 2. La Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en sesión ordinaria celebrada el 30de septiembre de 2015, conoció la Iniciativa en mención, la cual fue turnada, para su estudio y dictamen, a esta Comisión Permanente de Hacienda del Estado, mediante oficio número SG- DP/2do./2do./128/2015, de esa misma fecha. Una vez expuestos los antecedentes que al caso corresponden y analizado el expediente relativo, a juicio de los integrantes de esta dictaminadora se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. En términos de la normatividad invocada en el párrafo segundo del presente dictamen, esta Comisión Permanente, como órgano constituido por el Pleno, que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son turnados, es competente para emitir este proyecto de resolución.

Gaceta Legislativa 4 jueves 8 de octubre de 2015 II. El Plan Veracruzano de Desarrollo 2011-2016, en su inciso IV.1señala que el turismo es una actividad generadora de empleos, para la cual el Estado tiene una vocación incentivada por su ubicación privilegiada, sus recursos naturales, la calidez de sus habitantes y la dinámica de su crecimiento. III. La iniciativa que se ha presentado a esta Dictaminadora versa sobre la derogación del impuesto sobre Hospedaje, que si bien significa que el Estado dejará de percibir los ingresos correspondientes a este Impuesto, también es cierto que significará para empresarios de esta importante rama económica un incentivo para continuar generando empleos. IV. Es pertinente señalar que la prestación de servicios de hospedaje es clave para el desarrollo turístico del Estado, por constituir un espacio eficiente para apuntalar las actividades no solo de esparcimiento, recreativas y deportivas, sino empresariales; lo que constituye un impulso básico a las demás ramas turísticas y de negocios de la entidad. V. En este sentido, se considera que la propuesta presentada por el Ejecutivo del Estado está inspirada en el reconocimiento de que el impulso al turismo en nuestro Estado requiere contar con nuevos alicientes, así como atraer mayores inversiones en esta materia, lo cual tendría mayores beneficios que los ingresos que se dejarán de percibir por dicho concepto. Por lo anteriormente señalado, esta dictaminadora estima procedente la solicitud del Ejecutivo del Estado, sometiendo a la consideración de esta Honorable Soberanía el presente dictamen con proyecto de DECRETO QUE DEROGA EL CAPÍTULO SEGUNDO, DEL TÍTULO PRIMERO, DEL LIBRO TERCERO, Y DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO NÚMERO 18 FINANCIERO PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. ARTICULO ÚNICO.- Se deroga el Capítulo Segundo, del Título Primero, del Libro Tercero y los artículos 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116 y 117 del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará a vigor el 1º de enero de 2016, previa su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. SEGUNDO.- La Secretaría de Finanzas y Planeación deberá de implementar las medidas necesarias encaminadas a dar debido cumplimiento al presente Decreto. TERCERO.- Se deroga cualquier disposición que contravenga al presente Decreto. Dado en la Sala de Comisiones de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los 6 días del mes de octubre del año dos mil quince. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA DEL ESTADO DIP. MARIELA TOVAR LORENZO PRESIDENTA (RÚBRICA) DIP. JULEN REMENTERÍA DEL PUERTO SECRETARIO (SIN RÚBRICA) DIP. ADOLFO JESÚS RAMÍREZ ARANA VOCAL (RÚBRICA) ***** COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA DEL ESTADO HONORABLE ASAMBLEA: A los suscritos, integrantes de la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, por acuerdo del Pleno de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, nos fue turnada, para su estudio y dictamen, la Iniciativa con Proyecto de Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga diversas disposiciones del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Asimismo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33 fracción I, 35 fracción II y 38 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 18 fracción I, 38, 39 fracción XVII, 47 y 49 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 62, 65, 75 y 77 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, esta Comisión Legislativa se avocó al análisis, discusión y valoración del Proyecto citado anteriormente.

Gaceta Legislativa 5 jueves 8 de octubre de 2015 En razón de lo anterior, esta Comisión Permanente de Hacienda del Estado, conforme a las consideraciones de orden general y específico somete a la Consideración de esta Honorable Legislatura, el siguiente dictamen con proyecto de decreto, con base en los siguientes: ANTECEDENTES 1. El Ciudadano Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Doctor Javier Duarte de Ochoa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracción III, de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante oficio número 233/2015 de fecha 23 de septiembre de 2015, presentó a esta Soberanía la Iniciativa con Proyecto de Decreto que Reforma y Deroga diversas disposiciones del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. 2. La Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en sesión ordinaria celebrada el 30 de septiembre de 2015, conoció la Iniciativa en mención, la cual fue turnada, para su estudio y dictamen, a esta Comisión Permanente de Hacienda del Estado, mediante oficio número SG- DP/2do./2do./129/2015, de esa misma fecha. Una vez expuestos los antecedentes que al caso corresponden y analizado el expediente relativo, a juicio de los integrantes de esta dictaminadora se formulan las siguientes: CONSIDERACIONES I. En términos de la normatividad invocada en el párrafo segundo del presente dictamen, esta Comisión Permanente, como órgano constituido por el Pleno, que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son turnados, es competente para emitir este proyecto de resolución. II. El Plan Veracruzano de Desarrollo 2011-2016, es el instrumento rector que da congruencia, rumbo, contenido, alcance y orden a las tareas del Gobierno del Estado a través de él se establecen las políticas y acciones públicas de dicho Gobierno, así como las líneas estratégicas y prioridades programático-presupuestales que aseguran el crecimiento de la Entidad en todos sus ámbitos. III. Esta Dictaminadora considera que la responsabilidad fiscal y la adecuada administración de la deuda pública son un importante soporte de la estabilidad económica sobre todo en el largo plazo, mientras que el gasto público contribuye ampliamente a potenciar la actividad económica del Estado. IV. En esa tesitura, se considera necesario que el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave conduzca las finanzas públicas de manera responsable, aplicando medidas contra-cíclicas para estimular el crecimiento económico, cuidando que los niveles de déficit público derivado de las condiciones macroeconómicas que actualmente se presentan no pongan en riesgo la estabilidad financiera del Estado en los próximos años. V. El análisis de la Iniciativa presentada por el Ejecutivo, incluyó la revisión de la Ley de Coordinación Fiscal, específicamente en su artículo 2º, relativo al Fondo General de Participaciones, el cual se distribuye mediante una fórmula cuyos componentes principales son: el que mide la forma en que el PIB del Estado ha crecido respecto de su población contra el crecimiento de los PIB de todos los demás estados respecto de sus poblaciones; el segundo componente mide el cambio en el esfuerzo recaudatorio local respecto al cambio en el esfuerzo recaudatorio local de todos los demás estados, para lo cual se utiliza un promedio de los últimos tres periodos y el tercero el que mide la recaudación local del estado contra la recaudación local de los demás estados y el cual toma en cuenta el último periodo reportado, constatando que la fórmula ahí establecida tiene como uno de sus componentes más importantes la recaudación estatal por todos sus impuestos y derechos. VI. También, se realizó un estudio comparado con otras entidades federativas que permitió observar que Estados como Quintana Roo, Chihuahua, Estado de México, Nuevo León, Puebla y Tabasco, habían pasado de la tasa del 2% del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal a una tasa del 3%, lo cual les permitió acreditar ante la Federación una recaudación mayor de ingresos y por lo tanto se vieron beneficiados con el incremento en sus participaciones federales. VII. Además, se analizaron los diversos impuestos que otras entidades federativas tienen actualmente en sus respectivas legislaciones, concluyendo que el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es uno de los que menos cargas tributarias tiene, siendo estos: Impuesto sobre Erogaciones por Remunera-

Gaceta Legislativa 6 jueves 8 de octubre de 2015 ciones al Trabajo Personal; Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos; Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados; e Impuesto Adicional para el Fomento de la Educación; lo anterior, porque se presentó ante esta Dictaminadora la Iniciativa que deroga el Impuesto sobre Hospedaje y actualmente el Impuesto Estatal sobre Tenencia se encuentra subsidiado al 100%. VIII. Es oportuno señalar que esta Dictaminadora durante el estudio de la Iniciativa, revisó el artículo 103 del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y pudo verificar que diversos conceptos quedan exceptuados del pago del impuesto precitado, entre ellos: las uniones de ejidos y de comunidades; asociaciones rurales de interés colectivo; colonias agrícolas y ganaderas; y a los trabajadores de reciente ingreso, trabajadores de más de cincuenta años de edad, o trabajadores con alguna discapacidad. IX. La Iniciativa en análisis propone medularmente, que la Federación, Municipios y sector privado también homologuen su contribución a la que actualmente está pagando la Administración Pública Estatal, para que el Gobierno del Estado cumpla adecuadamente con la provisión de servicios que propicien un clima de estabilidad que tan indispensable es para la generación de empleos. X. No escapó al presente estudio la revisión de distintos principios, entre ellos el de justicia fiscal, el cual dispone que los tributos se destinen a cubrir el gasto público, es decir, que el Estado los aplique a las necesidades colectivas, sociales o públicas a través de gastos específicos o generales, en concordancia con lo preceptuado por el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que garantiza que no sean destinados a satisfacer necesidades privadas o individuales, sino de interés colectivo, comunitario, social y público. También se cumple ampliamente con el principio de proporcionalidad tributaria, ya que en el Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, no existe obstáculo para aplicar una tarifa única, porque no grava aspectos subjetivos o personales de cada contribuyente. XI. Con relación al destino de este tributo, se considera que los objetivos del mismo son congruentes con la situación que actualmente priva en el entorno nacional y estatal, es decir que se deben canalizar los ingresos al otorgamiento de crédito a las micro, pequeñas y medianas empresas para fomentar el empleo, al financiamiento de obra pública que requiere nuestra entidad, a la protección civil que salva vidas, al pago de la deuda pública para continuar con finanzas sanas y al saneamiento financiero. Por lo anteriormente señalado, esta dictaminadora estima procedente la solicitud del Ejecutivo del Estado, sometiendo a la consideración de esta Honorable Soberanía el presente dictamen con proyecto de: DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO NÚMERO 18 FINANCIERO PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el primer párrafo y se deroga el segundo párrafo, ambos del artículo 101 del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para quedar como sigue: Artículo 101. Este impuesto se causará, liquidará y pagará aplicando la tasa del 3% sobre la base que señala el artículo anterior. Derogado. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforma el primer párrafo y se adicionan al mismo los incisos a), b), c), d), y e), y se reforma el segundo párrafo del artículo 105 del Código número 18 Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para quedar como sigue: Artículo 105. La recaudación total, proveniente del impuesto a que se refiere este capítulo, se destinará: a) Como base de garantía líquida en el otorgamiento de créditos para las micro, pequeñas y medianas empresas; b) Para el financiamiento de obra pública; c) Para inversión de capital en materia de protección civil; d) Para el pago de deuda pública; y e) Para saneamiento financiero. En caso de que el Gobierno del Estado contrate financiamiento garantizándolo con el impuesto al que se refiere este Capítulo, la recaudación efectivamente ingresada del mismo, se destinará en primer término, a cubrir las obligaciones garantizadas con esta contribución, y el remanente del monto recaudado será destinado a un fideicomiso público. El Comité Técnico del fideicomiso público se integrará paritariamente con representantes de los sectores público y privado

Gaceta Legislativa 7 jueves 8 de octubre de 2015 de la entidad. En el Comité el Poder Ejecutivo y el sector privado tendrán igual número de representantes y se ajustarán en lo conducente a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado. Además estará facultado para conocer y, en su caso, aprobar y controlar los proyectos de obras y acciones públicas, así como fijar el monto destinado al otorgamiento de créditos que se sometan a su aprobación, con el propósito de garantizar la correcta aplicación de los recursos al fin señalado en el primer párrafo de este artículo. ( ) ( ) ( ) DIP. ADOLFO JESÚS RAMÍREZ ARANA VOCAL (RÚBRICA) ***** CLAUSURA Del Cuarto Periodo de Sesiones Extraordinarias correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Tercera Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y se levanta la sesión. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor por cuanto hace a su artículo PRIMERO, el 1º de enero de 2016, previa su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. SEGUNDO.- El presente Decreto entrará a vigor por cuanto hace a su artículo SEGUNDO, al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. TERCERO.- En el caso de existir algún ingreso procedente de la recaudación del Impuesto Sobre Nóminas (ISN) que estuvo vigente hasta el 31 de diciembre del 2010, el mismo se destinará al Fideicomiso a que hace referencia el segundo párrafo del artículo 105 del Código 18 Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. CUARTO.- Se deroga cualquier disposición que contravenga al presente Decreto. Dado en la Sala de Comisiones de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los 6 días del mes de octubre del año dos mil quince. COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA DEL ESTADO DIP. MARIELA TOVAR LORENZO PRESIDENTA (RÚBRICA) DIP. JULEN REMENTERÍA DEL PUERTO SECRETARIO (SIN RÚBRICA)

Gaceta Legislativa 8 jueves 8 de octubre de 2015 MENSAJE La Gaceta Legislativa es un órgano de información interna del Congreso del Estado de Veracruz, con la que se comunicará, en la víspera de las sesiones de la H. LXIII Legislatura, los asuntos que tratarán y debatirán los diputados durante los períodos de sesiones ordinarias, de las sesiones de la Diputación Permanente en los recesos del Congreso. Asimismo, se reportarán los asuntos a debatir en el caso de que se convoque a períodos de sesiones extraordinarias. Por lo tanto, con fundamento en el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, la Gaceta Legislativa, sólo servirá como instrumento de apoyo al Congreso, en el desarrollo de sus trabajos legislativos. Asimismo, la redacción de los documentos publicados es responsabilidad de quien los emite. En la Gaceta Legislativa se incluye el orden del día de las sesiones que incluye iniciativas de ley o decreto, o ante el Congreso de la Unión, así como se citan únicamente los temas de los puntos de acuerdo de la Junta de Coordinación Política y de cualquier otro órgano del Congreso, así como de los pronunciamientos de los grupos legislativos o de los diputados en lo particular. La Gaceta Legislativa informará de los eventos y actividades diversas que se realicen en el Palacio Legislativo, como son las comparecencias ante comisiones de los servidores públicos del Poder Ejecutivo, los programas culturales, conferencias y exposiciones. El contenido de los números que publique la Gaceta Legislativa aparecerán en la página web del Congreso, la cual podrá ser consultada en la dirección de Internet siguiente: www.legisver.gob.mx. Esta página se actualizará en la víspera de las sesiones. DIRECTORIO Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado Dip. Octavia Ortega Arteaga Presidenta Dip. Cuahutémoc Pola Estrada Vicepresidente Dip. Ana Cristina Ledezma López Secretaria Junta de Coordinación Política de la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado Dip. Juan Nicolás Callejas Arroyo Coordinador del Grupo Legislativo del PRI Presidente Dip. Joaquín Rosendo Guzmán Avilés Coordinador del Grupo Legislativo del PAN Dip. Juan Eduardo Robles Castellanos Coordinador del Grupo Legislativo del PVEM Dip. Juan René Chiunti Hernández Coordinador del Grupo Legislativo del PANAL Dip. Ana María Condado Escamilla Coordinadora del Grupo Legislativo del PRD- MOVIMIENTO CIUDADANO Dip. Fidel Robles Guadarrama Partido del Trabajo Dip. Francisco Garrido Sánchez Partido Alternativa Veracruzana Secretaría General del Congreso Lic. Francisco Portilla Bonilla. Secretaría de Servicios Legislativos Lic. Antonio Ramón Rodríguez Vázquez Gaceta Legislativa del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Coordinadora: Lic. Asela Pérez Vargas Edición: Gonzalo Peláez Cadena. Domicilio: Av. Encanto Esq. Lázaro Cárdenas Tel. 01 (228) 8 42 05 00 Col. El Mirador, C.P. 91170 Ext. 3124 Xalapa, Veracruz Sitio web: www.legisver.gob.mx