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Transcripción:

27 de marzo de 2012 Hon. Eric Correa Rivera Presidente Comisión de Recursos Naturales, Ambientales y de Energía Cámara de Representantes de Puerto Rico Lcda. Olga de la Torre Maldonado Directora de Asuntos Legales y Legislativos Cámara de Comercio de Puerto Rico P. de la C. 3809 Agradecemos la oportunidad que se nos brinda de expresar nuestros comentarios en torno al P. de la C. 3809, presentado con el propósito de establecer la obligatoriedad en Puerto Rico de requerir el uso, manufactura, importación, distribución y venta de bolsas plásticas desechables diseñadas para acarrear artículos, productos, bienes o mercancía de cualesquiera índole a todas las entidades comerciales en la ésta jurisdicción, y que las mismas, se manufacturen con aditivos que las hagan biodegradables en condiciones anaeróbicas, y que sean validadas como biodegradables mediante pruebas aceptables por estándares pertinentes, tales como, el ASTM D5511 y ASTM D5526, los cuales son recomendados por la entidad reconocida internacionalmente como la American Society for Testing and Materials, y/o estándares de naturaleza similar a estas pruebas; y para otros fines relacionados. Conforme la Exposición de Motivos de este proyecto, la Asamblea Legislativa indica que existe un tecnología relativamente nueva que permite que las bolsas producidas con el compuesto orgánico se descompon[gan] totalmente en un período de tiempo (desde 1 año a 15 años) que es una fracción a lo que le toma a la bolsa plástica desechable común y corriente, y dependiendo de la actividad microbial del vertedero. Entiende la Legislatura que, en vista de esta nueva tecnología, las personas y los comercios no tienen la necesidad de cambiar su estilo de vida, un estilo que por muchos años se ha caracterizado por la conveniencia del uso de las bolsas plásticas

Memo P de la C 3809 2 tipo T. Lo que se les requiere a las personas y comercios es solamente adoptar un cambio positivo a la tecnología verde promoviendo que el uso de bolsas plásticas tipo T sean bolsas que estén manufacturadas con aditivos que las transforme en biodegradables, eliminando así el impacto ambiental que en fin de cuentas amenaza con acabar los vertederos de nuestro país y la salud de todos. Concluye la Asamblea Legislativa en este proyecto que Sustituir el uso de las bolsas plásticas normales por las bolsas plásticas biodegradables en condiciones anaeróbicas para el acarreo de mercancías al detal tendrá un impacto ambiental positivo, al recogido de basura, disposición de desperdicios sólidos y salud pública, lo cual representa miles de millones de dólares. A nivel del consumidor el costo escondido u oculto actualmente se balancea ya que el ahorro en salud, disposición de desperdicios, eficiencia en el manejo de reciclaje, y otros es equivalente al costo mínimo en centavos por bolsa que se incurre. Es menester señalar que no se ha presentado un estudio de cuál sería el costo de lo anterior al consumidor así como tampoco al comerciante. Continúa la Legislatura indicando que [S]ustituir las bolsas plásticas desechables por bolsas plásticas biodegradables para el acarreo de mercancías promueve positivamente la economía recreativa y turística, la salud física y emocional de los seres humanos y la conservación del medio ambiente, aportando así enormes beneficios sociales, ecológicos y económicos para las presentes y futuras generaciones. Ciertamente no se menciona en detalle cuáles son los costos que puede acarrear para el consumidor y/o el comerciante o comercio que tendría que cumplir con este nuevo requisito y costo adicional para hacer negocios en Puerto Rico. Se alega que de esta forma se adelantan los objetivos del Gobierno de Puerto Rico de promover la biodegradabilidad, combatir la contaminación ambiental y adoptar medidas para la conservación de energía y protección de nuestros recursos naturales. Lo anterior se podría lograr mediante autorreglamentación de las industrias y no requiere el uso de un producto específico, si no de formas distintas, para preservar el ambiente. Para lograr lo anterior la Asamblea Legislativa con el proyecto propuesto propone la obligatoriedad de requerir el uso, manufactura, importación, distribución y venta de bolsas plásticas desechables diseñadas para acarrear artículos, productos, bienes o mercancía de cualesquiera índole a todas las entidades comerciales en la ésta jurisdicción, y que las mismas, se manufacturen con aditivos que las hagan biodegradables en condiciones anaeróbicas, y que sean validadas como biodegradables

Memo P de la C 3809 3 mediante pruebas aceptables por estándares pertinentes, tales como, el ASTM D5511 y ASTM D5526, los cuales son recomendados por la entidad reconocida internacionalmente como la American Society for Testing and Materials, y/o estándares de naturaleza similar a estas pruebas. No surge del proyecto, determinar cuántos negocios en Puerto Rico manufacturan este tipo de bolsas plásticas. Nos preocupa que esta legislación, en su aplicación, solo beneficie a uno o dos negocios que sean los que manufacturen este producto que ahora se pretende requerir para poder hacer negocios en la Jurisdicción de Puerto Rico. Por otro lado, la medida propuesta define bolsas plásticas desechables como cualesquiera bolsas diseñadas para usarse una sola vez y producidas de materiales no biodegradables derivados del petróleo, incluyendo polímeros sintéticos como el polietileno o el polipropileno, independientemente de su forma, tamaño, capacidad o color. Esta definición nos parece puede adolecer de vaguedad. Nos preocupa, por ejemplo, que no se define si en ella se incluye bolsas que se utilizan para las transfusiones de sangre, bolsas que se utilizan para empacar alimentos congelados, bolsas que se usan para empacar cereales, o pollo, por ejemplo. A la luz de lo anterior la medida nos parece que puede adolecer de vaguedad o amplitud excesiva. Es un hecho que la doctrina de vaguedad es un corolario del debido proceso de ley que prohíbe la aplicación en contra de una persona de una ley o reglamento cuyos términos no revelan clara y adecuadamente cuál es la conducta prohibida. Pueblo v. Hernández Colón, 118 D.P.R. (1987), pág. 901. Anteriormente se ha establecido por Nuestro más Alto Foro que una ley adolece de vaguedad si: (1) una persona de inteligencia promedio no queda debidamente advertida del acto u omisión que el estatuto pretende prohibir y penalizar; (2) se presta a la aplicación arbitraria y discriminatoria, e (3) interfiere con el ejercicio de derechos fundamentales garantizados por la Constitución. Pacheco Fraticelli v. Cintrón Antonsanti, 122 D.P.R. 229, 240 (1988). Esta doctrina es especialmente aplicable al análisis de estatutos penales. Véase Pueblo v. Mantilla, 71 D.P.R. 36, 40 (1950). Pueblo V. Aps Healthcare of Puerto Rico 2009 TSPR 011. La Cámara de Comercio de Puerto Rico es la institución portavoz de los negocios en Puerto Rico y representa a todo el comercio y la industria, grande o pequeña, de todos los sectores de la Isla. Sus esfuerzos van dirigidos, entre otras cosas, a fomentar un c1ima económico, político, tecnológico y social favorable al desarrollo de la empresa privada. Entendemos que es a través del fortalecimiento de la empresa privada que

Memo P de la C 3809 4 se promueve la competitividad en la economía y su capacidad para generar empleos e ingresos. La Cámara de Comercio reconoce el fin loable que persigue esta medida de preservar nuestro medio ambiente. No obstante, deseamos expresarle nuestra preocupación sobre el texto de la medida radicada y las posibles consecuencias nocivas de su aplicación. Entendemos que el texto propuesto carece de un balance adecuado entre los derechos de consumidor, y la reglamentación y por ende el alza en los costos de hacer negocio en Puerto Rico, costos y reglamentación que no existen en los otros Estados de la Nación. El proyecto que aquí comentamos podría ser altamente perjudicial para la economía y la competitividad a la que Puerto Rico aspira tener en el mercado global. Las tiendas y negocios a los que se dirige esta medida legislativa, que de hecho propulsan nuestra economía, ofrecen empleos a miles de puertorriqueños, y pagan las atas contribuciones impuestas por el estado, sus municipios y sus instrumentalidades, podrían verse seriamente afectados por una medida de esta naturaleza que no considera los costos y circunstancias que son únicas de Puerto Rico. Es un hecho que estado tiene la función de por un lado permitir y fomentar el desarrollo de la libre empresa mientras a su vez protege al público. Reconocemos que la función del estado además de delicada no es fácil. Pero es importante que recordemos que sin el adecuado conocimiento sobre las condiciones del mercado y las empresas, se presta a la arbitrariedad, lo que puede causar de un lado daños a la libre empresa o la claudicación de la función de lograr la protección al consumidor del otro. Puerto Rico basa su economía en un sistema de libertad empresarial. Este concepto se centra en la política de que el sector privado opera libremente para generar ganancias en un sistema competitivo, sin interferencia del gobierno más allá de la reglamentación necesaria para proteger el interés público y la competitividad del mercado. Según Carlos Díaz Olivo, la información contenida en el Censo del año 2000, muestra que en Puerto Rico apenas un 28% de la población adulta en edad laboral trabaja en el sector privado. En los Estados Unidos esta cifra alcanza el 58% de la población. Para el año 2004, en Puerto Rico había 275,000 empleados públicos. En el presupuesto del 2006, el 76% se destinó a gastos gubernamentales. Un 47% de esa cantidad corresponde a nómina; un 12% al pago de deuda pública y otro 12% al pago de mejoras permanentes. Estas cifras nos ilustran que en el segmento formal de

Memo P de la C 3809 5 nuestra economía hay una proporción enorme de personas sin exposición laboral al sistema de libre empresa. (Énfasis Nuestro). El esquema amplio de regulación gubernamental ha resultado ser un gran desestimulo para la entrada de nuevos negocios, que impide la creación de empleos y erosiona además la presión competitiva sobre las empresas existentes. En la Cámara de Comercio de Puerto Rico siempre hemos querido flexibilizar las leyes y reglamentaciones y agilizar los procesos gubernamentales para que nuevas empresas hagan negocio en PR de una manera más competitiva con el resto del mundo. Esta medida entendemos no resultaría en una medida que haga a Puerto Rico más competitivo y por el contrario redundaría en que empresas tengan otra razón adicional para no establecerse en Puerto Rico. La relación entre el gobierno y el sector privado no puede ser exclusivamente una de autoridad. El éxito económico depende de que el gobierno y la empresa privada trabajen en estrecha colaboración, para crear un sinergismo realmente efectivo entre ambos sectores. En este contexto, la autorreglamentación de la industria es mucho más efectiva que la reglamentación gubernamental. Existe una comunidad de intereses entre el gobierno y el sector privado. Ambos tenemos un interés vital en el progreso y la buena calidad de vida para toda la población. Además, de que la empresa privada ha incorporado su RESPONSABILIDAD SOCIAL como parte de su filosofía empresarial. La reglamentación excesiva o innecesaria sobre la actividad comercial tiene el efecto inmediato de restarles agilidad decisional a nuestros empresarios. La Isla no puede darse el lujo de tener reglamentadores gubernamentales que insistan en imponer sus puntos de vista sobre todos los demás y sin medir las consecuencias de sus actos. Muchos de ellos están muy bien intencionados; pero en el ánimo de sus buenas intenciones, es frecuente que traten de corregir males que no existen, o peor aún, echar culpas de los males sociales de nuestra Isla a una industria tan importante para Puerto Rico, limitando en el proceso la capacidad de las empresas para competir en el nuevo mercado globalizado. Para alcanzar el máximo grado de bienestar social y económico es necesario mantener un clima de libertad individual y social compatible con una economía de libre empresa. La experiencia ha demostrado que la intervención gubernamental obstaculiza y limita la libre iniciativa y el desarrollo de nuevas y mejores técnicas, en detrimento de nuestra economía.

Memo P de la C 3809 6 La CCPR percibe la interacción entre el sector empresarial y el gobierno como una de colaboración y de integración de esfuerzos en la determinación de políticas públicas y en el establecimiento de normas que guían el desarrollo socio económico del país. Así mismo, antes de adoptar reglamentos o controles gubernamentales, se debe considerar como una de las alternativas la posibilidad de que la industria, o sector concerniente, pueda autorreglamentarse. En este sentido, el comercio en general ha invertido, de una forma u otra, esfuerzo y dinero para contribuir a preservar el medioambiente, en concordancia con la intención que persigue el gobierno de salvaguardar y proteger el medioambiente. La autorreglamentación por la industria ofrece una alternativa viable para desarrollar relaciones efectivas entre el gobierno y la empresa privada. La misma permite un buen balance entre la libertad de expresión comercial, las responsabilidades del Estado y los intereses de la comunidad; promoviendo, a la misma vez, las condiciones a instituciones adecuadas para fomentar la competitividad de nuestra economía. Debemos estar conscientes que, si no somos industrias y negocios competitivos, no podremos promover el progreso y la buena calidad de vida para todos los puertorriqueños. Por todo lo antes expuesto, La Cámara de Comercio de Puerto Rico se opone a la aprobación del P de la C 3809. Esperamos que nuestros comentarios le hayan sido de utilidad, reiterándonos a la disposición de esta Comisión para toda gestión en que le podamos ser de ayuda. Esperamos que nuestros comentarios le hayan sido de utilidad, reiterándonos a la disposición de esta Comisión para toda gestión en que le podamos ser de ayuda. Estamos en la disposición de contribuir con esta Asamblea Legislativa en cualquier comité o comisión que se pueda crear para atender todos estos asuntos aquí levantados a los fines de ver cómo sería posible implementar la propuesta medida pero que atienda las particularidades de nuestro País en su implementación. Muchas Gracias!