RESOLUCiÓN No 359 O (Tunj,4 ASO 2015

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Transcripción:

.i www.uptc.edu.co POR LA ACADEMIA, LA CAUDAO y LA RESPONSABIUOAD SOCIAL RESOLUCiÓN No 359 O (Tunj,4 ASO 2015 "Por la cual se invita los Estudiantes de pregrado de la Sede Central Tunja y Facultades Seccionales de Chiquinquirá, Duitama y Sogamoso a participar de la convocatorias para la asignación de Reconocimientos por Extrema Incapacidad Económica, Becas de Trabajo para Dependencias Académicas o Administrativas, Becas de Trabajo para las Salas de Informática, Becas de Trabajo para las Bibliotecas de la Universidad y Estímulos de Bienestar para el Restaurante Estudiantil para el Primer Semestre de 2016" El Rector de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia En uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por la Ley 30 de 1992, Acuerdos 130 de 1998, 066 de 2005, 112 de 2007, 028 de 2008 y, CONSIDERANDO Que los literales f y h del Artículo 94 del Acuerdo 130 de 1998, determinan la ayuda con estímulos y becas para estudiantes de escasos recursos económicos. Que el Acuerdo No. 028 de 2008, que modifica el Acuerdo 112 de 2007, restablece y fija los requisitos y procedimientos para el Reconocimiento por Extrema Incapacidad Económica a estudiantes de pregrado de los programas académicos presenciales y a distancia de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, que demuestren baja solvencia económica y cumplan con los requisitos estipulados. Que el Acuerdo No. 028 de 2008, que modifica el Acuerdo 112 de 2007, en su Artículo 3, estipula que se adjudicarán por cada semestre académico hasta ciento setenta y cinco (175) Reconocimientos por Extrema Incapacidad Económica. Que el Acuerdo No. 028 de 2008, que modifica el Acuerdo 112 de 2007, Artículo 4, Parágrafo 4., determina que la exoneración de la matrícula por el Reconocimiento por Extrema Incapacidad Económica, obliga al cumplimiento por parte del estudiante, a una asistencia académico-administrativa de cinco (5) horas semanales (ochenta (80) horas durante el semestre) en el lugar que asigne la Unidad de Política Social, las cuales podrán ser realizadas en horario diurno o nocturno sin perjuicio de las actividades académicas del estudiante; su incumplimiento, acarreará la pérdida del reconocimiento y por ende se hará acreedor a las acciones disciplinarias a que haya lugar y en consecuencia, deberá cancelar el valor total de la matrícula correspondiente. Que el Acuerdo No. 028 de 2008, que modifica el Acuerdo 112 de 2007, Artículo 1, Numeral 1, estipula que se adjudicarán hasta ciento veinticinco (125) Becas de Trabajo para dependencias académicas o administrativas de la Universidad. Que el Acuerdo 112 de 2007, Artículo 5, Literal 1, determina que los estudiantes favorecidos con Beca de Trabajo para dependencias académicas o administrativas de la Universidad, en contraprestación de este beneficio, deberán realizar una actividad institucional durante el semestre académico, en horas diurnas y/o nocturnas, programadas sin perjuicio de sus actividades académicas, Diez (10) horas semanales (ciento sesenta (160) horas durante el semestre), en una dependencia académica o administrativa de la Universidad. Que el Acuerdo No. 028 de 2008, que modifica el Acuerdo 112 de 2007, Artículo 1, Numeral 3, estipula que se adjudicarán por cada semestre académico hasta cuarenta (40) Becas de Trabajo para las Salas de Informática de la Universidad. ~ ~

.i www.uptc edu.co POR LA ACAOEM'A. LA CAUDAO y LA RESPONSABIUOAD SOCIAl. Que el Acuerdo 112 de 2007, Artículo 5, Literal 3., determina que los estudiantes favorecidos con Beca de Trabajo para las Salas de Informática de la Universidad, en contraprestación de este beneficio, deberán realizar una actividad institucional durante el semestre académico, en horas diurnas V/o nocturnas, programadas sin perjuicio de sus actividades académicas, diez (10) horas semanales (ciento sesenta (160) horas durante el semestre), en las Salas de Informática de la Universidad. Que el Acuerdo No. 028 de 2008, que modifica el Acuerdo 112 de 2007, Artículo 1, Numeral 2., estipula que se adjudicarán por cada semestre académico hasta ciento treinta V nueve (139) Becas de Trabajo para las Bibliotecas de la Universidad. Que el Acuerdo 112 de 2007, Artículo 5, Literal 2., determina que los estudiantes favorecidos con Beca de Trabajo para las Bibliotecas de la Universidad, en contraprestación de este beneficio, deberán realizar una actividad institucional durante el semestre académico, en horas diurnas V/o nocturnas, programadas sin perjuicio de sus actividades académicas, Diez (10) horas semanales (ciento sesenta (160) horas durante el semestre), en las Bibliotecas de la Universidad. Que el Acuerdo 112 de 2007, Artículo 17, estipula que los estudiantes beneficiaros de Beca de Trabajo que no cumplan con las obligaciones V tareas estipulados por la Unidad académico o administrativa, deberán rembolsar a la Universidad el monto total de la matrícula correspondiente al semestre académico en el cual se asignó la Beca Trabajo, sin perjuicio de las demás sanciones a que hubiere lugar. Que el Acuerdo 112 de 2007, Artículo 6, estipula que la Universidad a través de la Unidad de Política Social, podrá conceder semestralmente hasta cien (100) Estímulos de Bienestar para el Restaurante Estudiantil a los estudiantes que demuestren baja solvencia económica. Que la Resolución No. 2118 de 2008, se reglamentó los Estímulos de Bienestar para el Restaurante Estudiantil a los estudiantes de Pregrado de los Programas Académicos Presenciales V a Distancia de la Universidad Pedagógica V Tecnológica de Colombia, en su Sede Central V Seccionales. Que se debe adelantar convocatoria para asignar los diferentes tipos de Becas, Reconocimientos V Estímulos para el primer semestre del año 2016. Que serán beneficiarios exclusivos los estudiantes que se rijan por los parámetros establecidos en el Acuerdo 112 de 2007. En mérito a lo expuesto, el Rector de la Universidad Pedagógica V Tecnológica de Colombia RESUELVE: ARTíCULO 1. Apertura de Convocatorias. Declárense abiertas las siguientes convocatorias para el segundo semestre de 2015, adjudicando el beneficio para el primer semestre de 2016. a. Convocatoria para el otorgamiento de ciento setenta V cinco (175) Reconocimientos por Extrema Incapacidad Económica. b. Convocatoria para la asignación de ciento veinticinco (125) Becas Trabajo para dependencias académicas o administrativas. c. Convocatoria para la asignación de cuarenta (40) Becas Trabajo para las Salas de Informática. d. Convocatoria para la asignación de ciento treinta V nueve (139) Becas Trabajo para las Bibliotecas. e. Convocatoria para el otorgamiento de cien (100) Estímulos de Bienestar para el Restaurante Estudiantil.

i www.uptc.edu.co 3590 POR "A ACADEMIA. LA CAUDAD y LA RESPONSABIUDAD SOCI"" ARTíCULO 2. Distribución Reconocimientos por Extrema Incapacidad Económica. Establézcase la siguiente distribución para la asignación del Reconocimiento por Extrema Incapacidad económica así: a. Cien (100) reconocimientos en la Sede Central Tunja. b. Treinta (30) reconocimientos en la Sede Facultad Seccional Duitama. c. Treinta (30) reconocimientos en la sede Facultad Seccional Sogamoso. d. Quinc~ (15) reconocimientos en la Sede Facultad Seccional Chiquinquirá. ARTíCULO 3. Distribución Becas Trabajo para dependencias académicas o administrativas. Establézcase la siguiente distribución para la asignación de Becas Trabajo para dependencias académicas o administrativas de la Universidad así: a. Sesenta y Cinco (65) Becas trabajo en la Sede Central Tunja. b. Veinticinco (25) Becas trabajo en la Sede Facultad Seccional Duitama. c. Veinticinco (25) Becas trabajo en la sede Facultad Seccional Sogamoso. d. Diez (10) Becas trabajo en la Sede Facultad Seccional Chiquinquirá. ARTíCULO 4. Distribución Becas Trabajo para las Salas de Informática. Establézcase la siguiente distribución para la asignación de Becas Trabajo para las Salas de Informática de la Universidad así: a. Veinte (20) Becas trabajo en la Sede Central Tunja. b. Ocho (8) Becas trabajo en la Sede Facultad Seccional Duitama. c. Ocho (8) Becas trabajo en la sede Facultad Seccional Sogamoso. d. Cuatro (4) Becas trabajo en la Sede Facultad Seccional Chiquinquirá. ARTíCULO 5. Distribución Becas Trabajo para las Bibliotecas. Establézcase la siguiente distribución para la asignación de Becas Trabajo para las Bibliotecas de la Universidad así: a. Ochenta y Cinco (85) Becas trabajo en la Sede Central Tunja. b. Veinticuatro (24) Becas trabajo en la Sede Facultad Seccional Duitarna. c. Veinticuatro (24) Becas trabajo en la sede Facultad Seccional Sogamoso. d. Seis (6) Becas trabajo en la Sede Facultad Seccional Chiquinquirá. ARTíCULO 6. Distribución Estímulos de Bienestar para el Restaurante Estudiantil. Establézcase la siguiente distribución para la asignación de Estímulos de Bienestar para el Restaurante Estudiantil de la Universidad así: a. Sesenta (60) Estímulos en la Sede Central Tunja. b. Quince (15) Estímulos en la Sede Facultad Seccional Duitama. c. Quince (15) Estímulos en la sede Facultad Seccional Sogamoso. d. Diez (10) Estímulos en la Sede Facultad Seccional Chiquinquirá. ARTíCULO 7. Responsable. El desarrollo de las convocatorias estará bajo la directa responsabilidad de la Unidad de Política Social de la sede central y facultades seccionales. ARTíCULO 8. Calendario de las convocatorias. Establecer el siguiente calendario para el proceso de asignación a los reconocimientos, becas trabajo y estímulos de Bienestar de las diferentes convocatorias. Actividad APERTURA DE LA CONVOCATORIA INSCRIPCIONES PORTAL WEB-CARTELERA UNIDAD DE POLlTICA --f--=s-"'o..:::.:.cial SEDE CENTRAL Y FACULTADES SECCIONALES PORTAL WEB SIIUPS 25/ AGO/2015 31/AGO/2015 30/SEP/2015 REVISION DE DOCUMENTOS SISTEMA SIIUPS 01/0CT /2015 10/0CT/2015

i www.uptc.edu.co Actividad PUBLlCAClON DE PRESELECCIONADOS PORTAL WEB SIIUPS - CARTELERA UPS ENTREVISTA UNIDAD DE POLITICA SOCIAL / GRUPO DE VALORACION UNIDAD DE POLlTICA SOCIAL / GRUPO DE PUBLlCACION PRELIMINAR DE POSTULADOS PORTAL WEB SIIUPS / CARTELERA UPS RECLAMACIONES UNIDAD DE POLITICA SOCIAL/ GRUPO DE PUBLlCACION DE BENEFICIADOS UNIDAD DE POLlTICA SOCIAL / GRUPO DE ACEPTACION DE BENEFICIADOS UNIDAD DE POLlTICA SOCIAL / GRUPO DE (Art. 15) ASIGNACION DEL BENEFICIO UNIDAD DE POLITICA SOCIAL / GRUPO DE 13/0CT/2015 13/0CT/2015 14/0CT/2015 17/NOV/2015 18/NOV /2015 21/NOV /2015 23/NOV /2015 23/NOV /2015 24/NOV/2015 26/NOV /2015 27/NOV/2015 27/NOV/2015 30/NOV/2015 02/DIC/2015 04/DIC/2015 04/DIC/2015 ARTíCULO 9. Procedimiento de inscripción. las inscripciones a las convocatorias se harán únicamente a través del Portal WEB SIIUPS de la Unidad de Política Social en el link http://ups.uptc.edu.co en la opción de estudiantes e inscripción a convocatorias. ARTíCULO 10. Requisitos. Todos los estudiantes de pregrado que deseen participar en las convocatorias deben cumplir con los siguientes requisitos. Reconocimientos por Extrema Incapacidad Económica. 1. Ser estudiante activo de pregrado. 2. Haber cursado por lo menos el primer semestre del programa académico de pregrado, en el cual esté matriculado. 3. Tener promedio Acumulado al semestre inmediatamente anterior de mínimo 3.5 4. No tener otro beneficio con la Universidad (Artículo 19 acuerdo 112 de 2007). 5. No haber terminado académicamente. 6. No haber sido sancionado Disciplinariamente 7. Demostrar con documentos debidamente legalizados, las dificultades de índole socioeconómica que motivan la solicitud de la beca. 8. Certificado de Sisben expedida por el Departamento Nacional de Planeación DNP (wed), con una asignación de puntaje en metodología tres, con un máximo de 64.86 o certificado de: desplazado, indígena o padre o madre cabeza de hogar. Becas Trabajo para dependencias académicas o administrativas, Becas de Trabajo para las Salas de Informática; Becas de Trabajo para las Bibliotecas. 1. 2. 3. 4. 5. a $; 6. Ser estudiante activo de pregrado. Haber cursado por lo menos el primer semestre del programa académico de pregrado, en el cual esté matriculado. Tener promedio Acumulado al semestre inmediatamente anterior de mínimo 3.5 Tener promedio Semestral del semestre inmediatamente anterior de mínimo 3.5 No tener otro beneficio con la Universidad (Artículo 19 acuerdo 112 de 2007). No haber terminado académicamente. No haber sido sancionado Disciplinariamente Demostrar con documentos debidamente legalizados, las dificultades de índole socioeconómica que motivan la solicitud de la beca.

.í Universid.rd Tecnológica rcm'goglgi) de www.uptc edu.co POR LA ACADEMIA. LA CAt..IDAD y LA RESPONSA81LI040 SOCl4L Estímulos de Bienestar para el Restaurante Estudiantil. 1. Ser estudiante activo de pregrado. 2. Haber cursado por lo menos el primer semestre del programa académico de pregrado, en el cual esté matriculado. 3. Tener promedio Acumulado al semestre inmediatamente anterior de mínimo 3.3 4. Tener promedio Semestral del semestre inmediatamente anterior de mínimo 3.3 5. No tener otro beneficio con la Universidad (Artículo 19 acuerdo 112 de 2007). 6. No haber terminado académicamente. 7. No haber sido sancionado Disciplinariamente 8. Demostrar con documentos debidamente legalizados, las dificultades de índole socioeconómica que motivan la solicitud de la beca. ARTíCULO 11. Documentación. Los estudiantes que deseen participar 'éle las convocatorias deben adjuntar los siguientes documentos como soporte de su inscripción 1. Certificado de Ingresos. Declaración de renta (DIAN) o certificado de Ingresos y retención del año inmediatamente anterior (2014) de la persona de quien depende económicamente y cuantas personas dependen de estos ingresos expedido por entidad competente, (notaria o contador público certificado anexando tarjeta profesional). 2. Certificados de Situación Socioeconómica. Presentar documentos donde se certifique su situación de calamidad personal o familiar (hipotecas o deudas familiares, fallecimiento de alguno de los padres, hijos de madre o padre cabeza de familia certificado por Juzgado o Bienestar Familiar u otros, madre o padre con discapacidad o enfermedad, hijos de padres separados, certificado de desplazamiento. 3. Certificados de Puntaje del SISBEN. Presentar certificación expedida por el Departamento Nacional de Planeación DNP, con una asignación de puntaje en metodología tres, con un máximo de 64.86. (Obligatorio para los reconocimientos de Extrema Incapacidad Económica). Parágrafo l. Los documentos soporte deben ser escaneados en formato PDF de manera individual y enviados a través del portal WEB en el link señalado para tal fin. Parágrafo 2. Toda inscripción que no contenga los documentos obligatorios requeridos en el presente artículo se entenderá como incompleta y dará lugar a la exclusión del estudiante de las convocatorias, por no cumplir con los requisitos. ARTíCULO 12. Valoración. La adjudicación de Beneficios se efectuará teniendo en cuenta los puntajes establecidos en el artículo 10 del acuerdo 112 de 2007, en el artículo 4 del Acuerdo 028 de 2008 y por la resolución 5032 de 2012 así: Reconocimientos por Extrema Incapacidad Económica. 1. Situación Académica: hasta cuarenta (40) puntos proporcionales al promedio aritmético del semestre anterior. 2. Situación socioeconómica: hasta sesenta (60) puntos teniendo en cuenta: a. Ingreso familiar mensual, hasta veinte (20) puntos. b. Personas dependientes del estudiante o la familia, hasta veinte (20) puntos. c. Situación de extrema calamidad personal o familiar veinte (20) puntos. Becas Trabajo para dependencias académicas o administrativas; Becas de Trabajo para las Salas de Informática; Becas de Trabajo para las Bibliotecas y Estímulos de Bienestar para el Restaurante Estudiantil. ~1. K.-9-. /p Situación Académica: Hasta cincuenta (50) puntos, teniendo en cuenta el promedio acumulado y promedio del semestre inmediatamente anterior a la Convocatoria de Becas

i www.uptc.edu.co -3i590 POR LA ACADEMIA. LA CAUDAD y LA RESPONSABIUOAO SOCIAL 2. Situación Socioeconómica: Se asignarán hasta cincuenta (SO) puntos, teniendo en cuenta: a. Ingreso familiar mensual: Hasta veinte (20) puntos. b. Personas dependientes del estudiante o la familia: Máximo veinte (20) puntos c. Situación Familiar: Diez (10) puntos ARTíCULO 13. Reclamaciones. las reclamaciones que se presenten en la Publicación Preliminar de resultados se recibirán de forma escrita, exclusivamente en la Unidad de Política Social- Bienestar Social/Trabajo Social de cada una de las Sedes, de acuerdo al calendario establecido en horario de oficina 8:00 a.m. a 12 m y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m. gparágrafo 1. La Oficina Bienestar Social/Trabajo Social de la Unidad de Política Social resolverá a más tardar a los dos días hábiles siguientes de su radicación y comunicará la decisión al peticionario a través del Portal Web SIIUPS. Parágrafo 2. Contra la decisión que resuelve la reclamación no procede ningún recurso. ARTíCULO 14. Publicación de Beneficiados. Se publicarán los resultados de acuerdo a la valoración teniendo en cuenta el número de beneficios indicados en los artículos 1 al 6 de la presente resolución. ARTICULO 15. Aceptación de Beneficiados. Los Estudiantes que hayan sido Beneficiados deben confirmar la aceptación del Beneficio en el Grupo de Bienestar Social de la Unidad de Política Social, de acuerdo al cronograma establecido en el artículo 8. ARTíCULO 16. Retiro o Desistimiento. En cualquier etapa de la convocatoria el estudiante que se haya inscrito a ésta, podrá retirarse o desistir de continuar con el proceso de selección. Parágrafo 1. El retiro o desistimiento debe ser informado en forma escrita a la Unidad de Política Social de la Sede de inscripción. Parágrafo 2. En caso de retiro o desistimiento del beneficio se asignará al siguiente en estricto orden de la valoración de la respectiva convocatoria. ARTíCULO 17. Asignación del Beneficio. la asignación del beneficio se realizará mediante resolución rectoral de acuerdo al cronograma establecido en el artículo 8 de la presente resolución con los usuarios que hayan realizado el proceso de aceptación (Artículo 15). Parágrafo. El beneficio se hará efectivo para el primer semestre académico del año 2016. ARTíCULO 18. la presente Resolución rige a partir de su expedición Dada en Tunja, a los 24 AGO 2015 PUBLlQUESE y cu~ GUSTAV ORLA DO AlVAREZ AlVAREZ,) Rector ~.rj\ ~proyectó: Israel Cetina, Yudy Gómez / Unid e Política Social. A ~;::r;;'lionomarcela Fontecha Herrera I Cficino luridica