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La Red de Bibliotecas de la Diputación Foral de Navarra a través de la legislación. Propuestas de actuación MARIA ANTONIA SESMA I. INTRODUCCIÓN La presente comunicación tiene dos objetivos básicos. Por un lado, analizar el origen y evolución de la Red de Bibliotecas de la Diputación Foral de Navarra a través de la legislación foral y su interrelation con la legislación común. Para este apartado tomamos como referencia la propia infraestructura del sistema, haciendo hincapié en los locales, el personal y la política de convenios. El segundo objetivo, tratamos de enfocarlo hacia los dos retos que estimamos más importantes a corto y medio plazo, como son la elaboración de una nueva reglamentación acorde con las nuevas situaciones, y la Informatización del propio Servicio Bibliotecario. Excluimos deliberadamente un análisis pormenorizado de la Biblioteca General de Navarra, por contar con una organización diferenciada de la Red de Bibliotecas. Únicamente se menciona en aquellos momentos en que estuvo ligada a la misma. Para el resto de las Bibliotecas en Navarra, les remitimos a la voz «Bibliotecas» de la Gran Enciclopedia Navarra, Pamplona, C.A.N., 1990. II. ORÍGENES Y EVOLUCIÓN Navarra debido a su régimen foral, cuenta con una organización bibliotecária independiente de la del Estado, que sistemáticamente se ha venido apoyando en dos soportes: la Biblioteca General de Navarra y la Red de Bibliotecas Públicas (Al). La historia se remonta al año 1940, fecha de la fundación de la Institución Príncipe de Viana como Consejo de Cultura. Fueron sus principales objetivos la restauración, investigación, mantenimiento, custodia y expansión de todo el patrimonio artístico del Reino de Navarra (A2). A partir de entonces y tomando como referencia la larga tradición bibliotecária de Cataluña, es cuando desde la Administración Foral se da impulso a la instalación de una gran Biblioteca General así como al estudio y posterior puesta en funcionamiento de una Red de Bibliotecas Públicas para Navarra. [1] 573

MARÍA ANTONIA SESMA La aprobación del Reglamento de la Biblioteca General en 1949, determinó a ésta como centro coordinador de todas las bibliotecas filiales que se organizasen en adelante (A3). Asimismo, el 12 de agosto de 1950, se aprobó el primer (y único hasta la fecha) Reglamento de la Red, siendo su texto refundido con otras disposiciones complementarias el 17 de marzo de 1967 (A4). A partir de 1965, la gestión de la política bibliotecária se encomendó a la Dirección de Turismo, Bibliotecas y Cultura Popular (A5). A esta larga y fructífera etapa corresponde: La configuración del que sería más tarde el mapa bibliotecario, tras las sucesivas aperturas de las denominadas bibliotecas cabeza de Merindad en núcleos de población como Sangüesa (1958), Tudela (1964), Olite (1966), Estella (1967) y Pamplona, barrio de Echavacoiz (1960), barrio de San Pedro (1970). La consolidación de la Biblioteca General como centro coordinador de la Red. La revisión y modificación del articulado del Reglamento, alusivo a la cualificación del personal encargado de las bibliotecas. El establecimiento de una política de Convenios con entidades locales que permitiría una estrecha colaboración mutua en materia de bibliotecas. Aquéllas, se comprometían a ceder a la Diputación los locales apropiados, a cambio de que el amueblamiento, dotación del fondo bibliográfico inicial y la designación del personal encargado, corrieran a cargo de la propia Diputación (A6). Con la desaparición en 1982, de la Dirección de Turismo, la Institución Príncipe de Viana recuperó la gestión bibliotecária. La consolidación del Estado de las Autonomías así como el proceso de transferencias en materia de Cultura, del Estado a Navarra, no hicieron más que confirmar la peculiaridad del sistema bibliotecario de la Comunidad Foral. Navarra, a diferencia de otras Comunidades, nunca ha contado con una Biblioteca de titularidad estatal (A7). A partir de 1983, se procedió por parte de la Administración a redefinir y consolidar un sistema bibliotecario jerarquizado y coordinado con varios objetivos fundamentales. 1. Racionalizar los recursos humanos y materiales disponibles. 2. Establecer unos mínimos de calidad y servicio en todos los puntos de la Red, con el fin de hacer accesible la Cultura a todos los habitantes de la Comunidad. 3. Consolidar el régimen de conciertos de colaboración y asistencia bibliotecária, que a partir de la fecha se hizo extensible a otros centros públicos y privados (A8). III. INFRAESTRUCTURA DEL SISTEMA A. Centro Coordinador Hasta su puesta en funcionamiento, cada una de las bibliotecas componentes de la Red, contaba con asignaciones propias para la ampliación del fondo bibliográfico y audiovisual a cargo de los Presupuestos Generales de la Diputación y gestionadas por el propio personal encargado, amén de otras partidas provinientes de los entes locales con destino al fomento de la Colección Local. A partir de 1988, teniendo en cuenta los objetivos iniciales de racionalización de recursos, se creó el Centro Coordinador con el fin de establecer criterios de uniformidad en toda la Red y evitar duplicidad de tareas en el proceso técnico de selección, adquisición, catalogación y clasificación de los fondos (A9). Son funciones específicas del mencionado Centro, la gestión y dirección técnica de la Red; la gestión y seguimiento de los convenios de cooperación bibliotecária; la gestión de los programas de formación técnica del personal encargado; la gestión de los equipamientos de locales; la remisión del fondo bibliográfico y audiovisual procesado y la asistencia y coordinación técnica para el fomento del libro y la lectura. 574 [2]

LA RED DE BIBLIOTECAS DE LA DIPUTACIÓN FORAL DE NAVARRA A TRAVÉS DE... Es asimismo, competencia del mismo, la coordinación a todos los efectos, con la Biblioteca General de Navarra (AIO-11). Β. Bibliotecas En la actual distribución de la Red de Bibliotecas, pueden establecerse varios grupos. Aquellas que dependen directamente de la propia Diputación, incluido el personal encargado, y aquellas concertadas con otras entidades, que cuentan con un personal propio. Setenta y cuatro bibliotecas se reparten por el territorio foral, atendiendo en la mayoría de los casos, a criterios de población. Destacan aquéllas que atienden zonas urbanas densamente pobladas. (Anexo B). Los servicios que prestan son los siguientes: Sección de adultos, Sección infantil, Sección de referencia, Sección de audiovisuales, Servicio de préstamo y Actividades extralibrarias. Personal El Reglamento de la Red de Bibliotecas del año 1950, no especificaba en su capítulo correspondiente de personal (art. 20 y 21), qué titulación sería la exigible para el acceso a las bibliotecas. No obstante, el texto refundido de 1967, aludía a la preferencia por aquellas personas que estuvieran en posesión del diploma de auxiliar bibliotecario, de especialización en la materia, o bien, títulos equivalentes al Magisterio, Bachiller Superior o similares. En la actualidad, cada biblioteca cuenta con un Encargado, contratado laboral, al que se le ha exigido como mínimo, el título de Bachiller Superior, si bien encontramos entre ellos muy diferentes cualificaciones profesionales. A esta norma general, no se hallan sometidos los titulares de las bibliotecas de Tudela y Estella, funcionarios con una titulación Superior. C. Bibliobus Con motivo del I Congreso General de Historia de Navarra celebrado en 1986, consideramos oportuna la realización de una Comunicación que llevaba por título «El Bibliobus, nuevo horizonte cultural en Navarra» y que por distintas razones no pudo ver la luz. No obstante, consideramos de actualidad el tema y es por ello que extraemos las líneas básicas sobre las que se apoyaba aquel trabajo. El Bibliobus como sucursal móvil de la cultura es el encargado de hacer llegar la información y promocionar el gusto por la lectura a los habitantes de aquellas áreas que carecen de una biblioteca convencional, bien porque el número de habitantes no lo permite, bien porque en la actualidad no es factible presupuestariamente su instalación a corto plazo. No hay más que observar el mapa bibliotecario de Navarra para descubrir que es precisamente la zona norte, la que se encuentra más desabastecida de estos centros, a excepción de Leiza, Lesaca, Elizondo y Roncal que cuentan con biblioteca propia. Los distintos Valles Pirenaicos inciden en que las poblaciones se hallen alejadas de los centros culturales más relevantes. [3] 575

MARIA ANTONIA SESMA Otro aspecto que considerábamos importante, era el hecho de que el bibliobus debía integrarse en la vida de la comunidad a la que iba a servir, coordinando con los organismos locales, tales como ayuntamientos, concejos, centros escolares, entres culturales, etc. 1. Infraestructura Para el cumplimiento de los objetivos marcados, partíamos de varias premisas asociadas a la propia infraestructura del bibliobus: Vehículo y locales apropiados Hasta hace muy pocos años, se entendía este tipo de vehículos como un mero transportador, con cuerpos de estanterías adosados, en los que se apilaban libros más o menos novedosos. Hoy el ámbito cultural se ha extendido mucho más lejos. La introducción galopante de los medios audiovisuales e informáticos, hace que las instalaciones deban adecuarse a este tipo de soportes. Estos, no vienen a desterrar al libro sino a complementarlo. En el caso de la informática, se trata de facilitar el máximo de Información en el menor tiempo posible. El acoplamiento de una terminal de ordenador conectado en su día al ordenador central de la propia Red de Bibliotecas, facilitaría el trabajo a desarrollar. Respecto a los locales, veíamos la necesidad de incidir en ello, tanto para el mantenimiento del propio vehículo, como para el almacenaje y tratamiendo del fondo documental. Uníamos a los mismos, una serie de locales (centros escolares, ayuntamientos, casas de cultura, etc.) como puntos de apoyo, además de las bibliotecas estables ubicadas a lo largo de las rutas que se proponían. Personal La existencia o no de un personal cualificado, suponía que el conjunto del proyecto fuera un éxito o un fracaso. Si se dispone de un buen vehículo acondicionado al efecto, pero se carece de un técnico bibliotecario, el mencionado proyecto quedaría en un simple autobús portador de libros, cintas, etc. El bibliobus debe ser un elemento cultural vivo que responda en todo momento a la demanda de sus usuarios. Si además añadimos la reticencia de ciertos sectores sociales por la lectura, deduciremos que la labor profesional es fundamental a la hora de dinamizar el servicio.. Visto lo anterior, estimábamos como mínimo, un conductor y un técnico bibliotecario (A12). 2. Fondo documental La A.L.A. establece un fondo mínimo entre 10.000 y 15.000 volúmenes para el conjunto del proyecto de los que 2.500 se transportarían en el autobús, rotando oportunamente. Respecto a las características del propio fondo, es necesaria la existencia de un lote inicial actualizado, compuesto por obras de referencia, monografías y publicaciones periódicas, independientemente del soporte en que se encuentren. Exige también la 576 [4]

. LA RED DE BIBLIOTECAS DE LA DIPUTACIÓN FORAL DE NAVARRA A TRAVÉS DE... renovación periódica del fondo, la atención preferente a las demandas del usuario, así como la potenciación del fondo de temática local. 3. Disciplina del servicio Si ya advertíamos que el vehículo, el personal y el fondo eran esenciales para el buen funcionamiento del servicio, no lo es menos la disciplina en cuanto a horarios, rutas y en general a todo el servicio. La credibilidad del mismo, será mayor o menor según se mantenga aquélla. Respecto al trayecto, proponíamos varias rutas a cubrir, algunas de las cuales deberían ser modificadas hoy por contar con bibliotecas que no se habían creado cuando nuestro primer informe se redactó. (Anexo C). Presupuesto Al igual que cualquier otro servicio cultural de nueva creación, creemos que no es necesario insistir en la necesidad de dotar al servicio de un presupuesto inicial acorde con sus características así como del consiguiente incremento anual para su perfecto funcionamiento. IV. PROPUESTAS DE ACTUACIÓN A. Nueva Reglamentación Ante la escasa normativa que sobre la materia ha originado la Comunidad Foral, proponemos la elaboración a corto plazo de una ley de Bibliotecas para Navarra, tomando como base las elaboradas por otras Comunidades Autónomas (AD). Esta ley debería contemplar entre otros puntos: 1. Definición, objetivos y ámbito de las bibliotecas. 2. Bases para la planificación, organización, funcionamiento y coordinación del servicio bibliotecario. 3. Establecimiento de los servicios mínimos que deben contemplar las bibliotecas. 4. Política de Convenios con entidades. 5. Creación del Consejo de Bibliotecas. 6. Definición de la Biblioteca General de Navarra como primer centro bibliográfico de Navarra. 7. Exacta definición del personal al frente de estos centros. B. Informatización Si en el campo normativo urge una actualización, en el de la automatización, está todo por hacer. Ni la Biblioteca General de Navarra ni la Red de Bibliotecas, cuentan con un plan específico de informatización. Creemos que la vía debe ser doble pero coordinada. Por un lado la Biblioteca General como receptora del Depósito Legal, deberá elaborar la Bibliografía correspondiente. Por su parte, la propia centralización de la Red de Bibliotecas permitirá automatizar todo el proceso técnico de adquisición, catalogación, thesarus, recuperación, circulación, y. gestión administrativa. Finalizaremos nuestro trabajo incidiendo en la necesidad de cooperación entre todos los entes implicados en la materia, incluidos por supuesto, el personal bibliotecario. [5] 577

MARIA ANTONIA SESMA ANEXOS A. APÉNDICE LEGISLATIVO 1. Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Forai de Navarra. B.O.E. n. 195, de 16 de agosto. 2. Creación y Estatutos de la Institución Príncipe de Viana. Acuerdo de 21 de agosto de 1940. Decreto Foral 241/1984, de 21 de noviembre, por el que se crea el Consejo Navarro de Cultura. B.O.N. n. 148, de 3 de diciembre. Decreto Foral 157/1985, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Navarro de Cultura. B.O.N. n. 93, de 2 de agosto. 3. Proyecto de la Red de Bibliotecas, aprobado el 10 de mayo de 1946, y Reglamento interno de la Biblioteca General de Navarra, aprobado por Acuerdo de 24 de febrero de 1949. 4. Reglamento de la Red de Bibliotecas Públicas de Navarra de 12 de agosto de 1950. Texto refundido el 17 de marzo de 1967. 5. Creación de la Diputación de Turismo, Bibliotecas y Cultura Popular, B.O.N. n. 30, de 11 de marzo de 1966. 6. Modelo de Convenio entre la Diputación Foral y los Ayuntamientos de Navarra para la instalación de servicios bibliotecarios, aprobado el 12 de agosto de 1950, y adaptado el 17 de marzo de 1967. 7. Real Decreto 335/1986, de 24 de enero, sobre Traspaso de Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de Cultura, Deportes, Asistencia Social y Promoción Sociocultural. B.O.E. n. 43, de 19 de febrero. 8. Decreto Foral 191/1985, de 9 de octubre, por el que se regula el régimen de Convenios de Colaboración y Asistencia Bibliotecária. B.O.N. n. 127, de 21 de octubre de 1985. 9. Decreto Foral 3/1989, de 12 de enero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación y Cultura. B.O.N. n. 10, de 23 de enero. 10. Orden Foral 655/1989, de 8 de agosto, por la que se desarrolla la estructura orgánica de la Dirección General de Cultura Institución Príncipe de Viana. B.O.N. n. 105, de 25 de agosto. 11. Decreto Foral 46/1988, de 4 de febrero, por el que se modifica la plantilla orgánica provisional del personal contratado en régimen laboral fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Forai y de sus Organismos Autónomos. B.O.N. n. 23, de 19 de febrero. 12. Creación de la vacante de personal con destino al Servicio de Bibliobus. B.O.E. n. 155, de 28 de noviembre de 1989. B. RELACIÓN DE BIBLIOTECAS 1. Bibliotecas dependientes de la Diputación Foral, en poblaciones superiores a los 5.000 habitantes: Alsasua, Ansoáin, Barañáin, Burlada, Cintruénigo, Corella, Estella, Pamplona (5), Sangüesa, Tafalla, Tudela, Villava. (5) Barrios de Chantrea, Echavacóiz, Milagrosa, San Pedro, San Juan. 2. Bibliotecas dependientes de la Diputación Foral, en poblaciones superiores a los 3.000 habitantes: Azagra, Cascante, Castejón, Cortes, Elizondo, Leiza, Lodosa, Olite, Ribaforada, San Adrián, Viana. 3. Bibliotecas dependientes de la Diputación Foral, en poblaciones inferiores a los 3.000 habitantes: Ablitas, Aibar, Alio, Andosilla, Aoiz, Arguedas, Artajona, Beriáin, Buñuel, Cabredo, Caparroso, Carcastillo, Caseda, Espinal, Falces, Fitero, Funes, Fustiñana, Huarte-Pamplona, Irurzun, Lerín, Lesaca, Los Arcos, Lumbier, Marcilla, Mélida, Mendigorría, Milagro, Miranda de Arga, Monteagudo, Murchante, Navascués, Olazagutía, Puente La Reina, Roncal, San Martín de Unx, Valtierra, Villafranca. 4. Bibliotecas con Convenio de Colaboración entre la Diputación y otras Entidades: Arive, Berriozar, Burlada (B. Infanti]), Carcastillo, Ciordia, Cizur Mayor, Genevilla, Noain, Obanos. C. RUTAS DEL BIBLIOBUS Salidas desde Pamplona en dirección a: 1. Valle del Roncal, (2.500 hab.): Monreal, Burgui, Vidángoz, Garde, Urzainqui, Isaba, Uztárroz. 2. Valle de Salazar, (2.000 hab.): Sarriés, Esparza, Ezcároz, Jaurrieta, Ochagavía. 3. Valle de Aezcoa, (1.800 hab.): Oroz Betelu, Garralda, Orbaiceta, Villanueva, Garayoa, Abaurrea (Alta y Baja). 4. Valle de Erro, (1.700 hab.): Zubiri, Erro, Mezquíriz, Burguete, Valcarlos. 5. Valle del Baztán, (4.700 hab.): Almándoz, Oronoz, Irurita, Lecároz, Arizcun, Errazu, Azpilicueta, Maya, Urdax. 6. Área de Cinco Villas, (6.300 hab.): Santesteban, Sumbilla, Echalar, Vera de Bidasoa. 578 [6]

LA RED DE BIBLIOTECAS DE LA DIPUTACIÓN FORAL DE NAVARRA A TRAVES DE... 7 y 8. Barranca, (2.700 hab.): Ruta a: Lecumberri, Larraizar, Lizaso, Alcoz, Lanz, Goizueta. Ruba b: Murieta, Zudaire, Cirauqui, Abárzuza, Echarri Aranaz, Huarte Araquil. 9 y 10. Zona de Estella, (9.000 hab.): Ruta a: Ayegui, Dicastillo, Arróniz, Bargota, Aguilar de Codés. Ruta b: Sesma, Carear, Sartaguda. 11. Valdizarbe, (1.400 hab.): Lerga, Olleta, Garinoain, Orisoain, Barasoain, Unzue, Campanas. 12. Ribera, (2.600 hab.): Figarol, Murillo el Fruto, Santacara. D. LEGISLACIÓN ESTADO/COMUNIDADES AUTÓNOMAS Constitución española de 27 de diciembre de 1978 (B.O.E. de 29 de diciembre). Ley 16/1985 de 25 de junio, el Patrimonio Histórico (B.O.E. de 29 de junio). Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local (B.O.E. de 11 de junio). Real Decreto 582/1989 por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado (B.O.E. de 31 de mayo). Estatutos de las Autonomías y Decretos de Transferencias del Estado a las CC.AA. Comunidades Autónomas que cuentan con Ley específica de Bibliotecas y/o Escuelas Oficiales de Biblioteconomia y Documentación en algunas de las Universidades: CATALUÑA: Ley 3/1981, de 22 de abril, de Bibliotecas. Orden de 9 de julio de 1984, sobre Convalidación de Estudios de la Escuela de Biblioteconomia y Documentación de la Diputación de Barcelona. Ley 10/1985, de 13 de junio, de creación del Colegio Oficial de Bibliotecarios-Documentalistas de Cataluña. ANDALUCÍA: Ley 8/1983, de 3 de noviembre, de Bibliotecas. VALENCIA: Ley 10/1986, de 30 de diciembre, de Bibliotecas. ARAGÓN: Ley 8/1986, de 19 de diciembre, de Bibliotecas. Resolución de 20 de diciembre de 1989, de la Universidad de Zaragoza, por la que se homologa el plan de estudios de Biblioteconomia y Documentación. MADRID: Ley 10/1989, de 5 de octubre, de Bibliotecas. CASTILLA-LA MANCHA: Ley 1/1989, de 4 de mayo, de Bibliotecas. CASTILLA-LEÓN: Ley 9/1989, de 30 de noviembre, de Bibliotecas. Acuerdo de 17 de junio de 1987, de homologación del plan de Estudios de Biblioteconomia y Documentación de la Universidad de Salamanca. GALICIA: Ley 14/1989, de 11 de octubre, de Bibliotecas. MURCIA: Resolución de 5 de diciembre de 1988, de la Universidad de Murcia, por la que se homologan los planes de estudios de Biblioteconomia y Documentación. [7] 579