12;;5.= SANTIAGO Secretarla Municipal Asuntos Municipales ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL. SANTIAGO, 24 de mayo de 2016.

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SANTIAGO Secretarla Municipal Asuntos Municipales '--' 'J IV\,.} SANTIAGO, 24 de mayo de 2016. VISTOS: Antecedentes N ID-3071337; teniendo presente lo dispuesto en la Ley N 19.880, de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen actos de los Órganos de la Administración del Estado; Dictamen N 5108, de fecha 26 de enero 2012, de la Contraloría General de la República; Convenio suscrito con fecha 22 de. marzo de 2016, entre la 1. Municipalidad de Santiago y el Servicio de Salud Metropolitano Central; Resolución Exenta N 928, de fecha 20 de mayo de 2016, del Servicio de Salud Metropolitano Central, yen ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley N 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, vigente, / DECRETO: 1.- APRUÉBASE el CONVENIO "PROGRAMA PILOTO DE ACOMPAÑAMIENTO A NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES DE FAMILAS CON ALTO RIESGO PSICOSOCIAL EN APS AÑO 2016", suscrito con fecha 22 de marzo de 2016, entre la Ilma. Municipalidad de Santiago, representada por su Alcaldesa, doña CAROLINA MONTSERRAT TOHÁ MORALES y el Servicio de Salud Metropolitano Central, representado por su Director, Doctor JORGE ANTONIO MARTfNEZ JIMÉNEZ. ANÓTESE Y transcríbase a la Secretaría Municipal, Dirección de Asesoría Jurídica, Secretaría Comunal de Planificación, Dirección de Control, Dirección Administración y Finanzas, Subdirección de Contabilidad y Finanzas, Subdirección de Tesorería Municipal, Dirección de Salud Municipal, Servicio de Salud Metropolitano Central, y pase al Administrador Municipal, para su conocimiento y fines consiguientes. FIRMADO: MIRANDA NUÑEZ E SANTIAGO (S) 12;;5.= 25.05.2016.= ES COPIA FIEL DE SU ORIGINAL I. Municipalidad de Santiago - Pza. de Armas s/n - Fono: 2713 60 00 - www.municipalidaddesantiago.c1

In!. W: Fecha: CONVENIO PROGRAMA PILOTO DE ACOMPAÑAMIENTO A NIÑAS, ADOLESCENTES Y JOVENES DE FAMILIAS CON ALTO RIESGO PSICOSOCIAL EN APS AÑO 2016 SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL CON MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO En Santiago, 22 de marzo de 2016, entre el Servicio de Salud Metropolitano Central, RUT N 61.608.600-6, persona jurídica de derecho público, domiciliado en Calle Victoria Subercaseaux N 381, comuna de Santiago, representado por su Director Dr. Jorge Antonio Martínez Jiménez, cédula de identidad N 6.025.433-8, del mismo domicilio, en adelante el "Servicio"; y la Municipalidad de Santiago, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su Alcaldesa doña Carolina Montserrat Tohá Morales, cédula de identidad N 8.008.573-7, ambos domiciliados en calle Santo Domingo N 916, comuna de Santiago, de esta ciudad, en adelante la "Municipalidad" o "el Municipio", se ha celebrado el convenio que a continuación se señala: PRIMERO: ANTECEDENTES El Ministerio de Salud ha impulsado "Programa Piloto de a runos, niñas, adolescentes y jóvenes de familias con alto riesgo psicosocial en APS", para el año 2016, cuyo propósito es mejorar el nivel de salud mental de niños, niñas, adolescentes y jóvenes de familias con alto riesgo psicosocial, asegurando acceso, oportunidad y calidad de la atención de salud mental. El referido Programa ha sido aprobado por Resolución Exenta N 357, de 27 de enero de 2016, por el Ministerio de Salud. Asimismo, y mediante resolución exenta N 465, de 08 de marzo de 2016, del Ministerio de Salud, se distribuyen los recursos asociados a la ejecución del Programa. Las partes declaran que conocen y aceptan el contenido de los documentos indicados en el párrafo anterior, razón por la cual no se insertan ni se anexan al presente acuerdo. Los objetivos generales y específicos asociados son los siguientes: Objetivo General Contribuir a elevar el nivel de salud mental de niños, niñas, adolescentes y jóvenes de familias con alto riesgo psicosocial, asegurando su acceso, oportunidad y calidad de la atención de salud mental, a través de un programa de centrado en la vinculación, articulación, seguimiento y monitoreo, en el contexto del modelo de atención de salud integral con enfoque familiar y comunitario. Objetivos Específicos Desarrollar acciones de vinculación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes familias con alto riesgo psicosocial, con los servicios de atención integral de salud mental del establecimiento de atención primaria y los establecimientos y dispositivos de la red de salud comunitaria, según corresponda su nivel de compromiso y complejidad. Coordinar acciones de articulación dentro del establecimiento, con los dispositivos de la red de salud y atención psicosocial de la red local e intersectorial, con foco en la continuidad de los cuidados del usuario. Realizar acciones de seguimiento, monitoreo y evaluación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes de familias con alto riesgo psicosocial. 1

SEGUNDO: COMPONENTES, ESTRATEGIAS Y METAS ASOCIADOS AL PROGRAMA El Ministerio de Salud, a través del Servicio, conviene en asignar a la Municipalidad recursos destinados a financiar los siguientes componentes del Programa y sus estrategias asociadas: Componente 1Acciones de vinculación con la atención de salud mental, de salud y la red comunitaria. Componente 2Acciones de articulación. Componente 3Acciones de. Las estrategias de intervención en primera instancia deben desarrollar acciones de detección e identificación de las familias con integrantes de alto riesgo psicosocial, para su posterior evaluación, la cual debe definir la pertinencia del ingreso al Programa y la modalidad de. El ingreso al Programa tiene como propósito favorecer la vinculación con los servicios de atención de salud mental del propio establecimiento de APS como el resto de la red, según su complejidad. El Programa tiene dos modalidades de : de intensivo y de de mediana intensidad. Las estrategias de intervención se concentran en acciones de articulación con los dispositivos de la red de salud como con los dispositivos de Is red psicosocial ampliada e intersectorial. Los dispositivos de vinculación de la red de salud en el contexto de las Redes integradas de salud (RISS) son, entre otros, los dispositivos de especialidad como los Centros de Salud Mental Comunitarios, COSAM, CESAM, Servicios de Psiquiatría ambulatoria. Los dispositivos de vinculación de la red intersectorial son, entre otros, las Oficinas de Protección de Derechos de la Infancia y Adolescencia (OPD), vinculadas a las comunas y al SENAME, los Centros de la Mujer, que están centrados en contribuir en el ámbito local a reducir la violencia contra la mujer y están vinculados a las comunas y al SERNAM, las Escuelas y colegios, Programas Habilidades para la vida JUNAEB, SENADIS y JUNJI. También es importante realizar acciones de vinculación con organizaciones comunitarias, de familias y de, con el propósito de articular y tener la oportunidad de indagar y explorar con la comunidad, espacios de detección de familias con integrantes con alto riesgo que no han consultado con los dispositivos de salud. Finalmente, es igualmente importante considerar la realización de un mapa de red y un plan de trabajo de red. El tiene dos estrategias de intervención que son las siguientes: Modalidad de intensivo: El tiempo de intervención es de seis meses y está destinado a cumplir con un plan de prestaciones mensuales que incluyen, entre otros, visitas domiciliarias, contactos telefónicos regulares, actividades de coordinación y participación con el equipo de salud, reuniones de sector, reuniones clínicas y consultorías de salud mental. El programa entrega los recursos para la contratación de horas de una profesional, la movilización, equipo telefónico y plan telefónico de los menos 1000 minutos para cumplir con los objetivos del componente. Los criterios de ingreso o inclusión a la modalidad intensiva son NNA y jóvenes de familias con alto riesgo psicosocial con inasistencias a controles de salud reiterativos en los primeros 15 días desde el ingreso al Programa de atención de salud mental y/o problemas de adherencia en el primer trimestre desde el ingreso. Las acciones de este componente se deben realizar en el contexto de la comunidad, esto es en el espacio domiciliario, establecimientos educacionales, espacios laborales, comunitarios y territoriales (Junta de vecinos, centros comunitarios, etc.) La/el profesional encargado de las funciones de del Programa, deberá durante cada semestre tener bajo su monitoreo aproximadamente 25 familias con integrantes con alto riesgo sicosocial. 1) Detección e identificación de NNA y jóvenes de familias con alto riesgo psicosocial. 2) Realización de evaluación de ingreso a aquellas que cumplen con los criterios de ingreso o inclusión según modalidad correspondiente (según lo definido en el componente N 3): 3) Evaluación de la situación al ingreso y egreso del estado de salud mental y el funcionamiento familiar. 1) Elaboración de un mapa de red comunal, con las instituciones y organizaciones vinculadas a la atención de NNA y jóvenes que presenten riesgo psicosocial. 2) Realización de derivaciones efectivas con los dispositivos de la red de salud relacionada con la trayectoria de las personas y familias ingresadas al Programa. 3) Realización de reuniones con equipos pertenecientes a dispositivos del sector e intersector relacionadas con la trayectoria de las personas y familias ingresadas al Programa, con el propósito de efectuar la continuidad de la atención de la persona y su familia. 4) Realización de reuniones con organizaciones comunitarias relacionadas con las personas y familias ingresadas al Programa. 1) Elaboración de un plan de junto con el equipo de sector. 2) Realización de visitas en el ámbito educacional y/o laboral. 3) Capacitación al equipo de salud del establecimiento. 4) Evaluación participativa con y familias.

La/el profesional que llevará a cabo las acciones de deberá desarrollar múltiples competencias y mantener un amplio conocimiento del sistema local de provisión de servicios, de los programas, de los requisitos de acceso a cada uno de ellos, exigiendo habilidades de valoración y capacidad de planificación y resolución de problemas de manera flexible, creativa y confidencial. Por lo anterior, la/el profesional deberá participar de todas las acciones de capacitación para realizar adecuadamente su propósito. Modalidad de de mediana intensidad: El tiempo de intervención es de 6 meses aproximadamente y está destinado a cumplir con un plan de prestaciones mensual que incluyen principalmente contactos telefónicos regulares, actividades de coordinación y participación con el equipo de salud, reuniones de sector y consultorias de salud mental. El programa entrega los recursos para la contratación de horas de un/a funcionario/a administrativo con habilidades comunitarias y capacitación adecuada, los equipos y planes telefónicos para cumplir con los objetivos del componente. Los criterios de ingreso a la modalidad de mediana intensidad, son las familias con integrantes de alto riesgo que ya han pasado por la modalidad intensiva, de 6 meses aproximadamente y/o lograron mantener una adherencia sin inasistencias reiteradas (No tener más de dos inasistencias consecutivas). Las acciones de este componente se deben realizar en el contexto de la comunidad, esto es en el espacio domiciliario, establecimientos educacionales, espacios laborales, comunitarios y territoriales (junta de vecinos, centros comunitarios, etc.). La/el funcionario encargado de las funciones de de mediana intensidad del Programa, deberá tener bajo su monitoreo, durante cada semestre, al menos 25 familias con integrantes con alto riesgo psicosocial. La/el funcionaria/o que llevará a cabo las acciones de de mediana intensidad, deberá desarrollar múltiples competencias y mantener un amplio conocimiento del sistema local de provisión de servicios, de los programas, de los requisitos de acceso a cada uno de ellos, exige habilidades de valoración y capacidad de planificación y resolución de problemas de manera flexible, creativa y confidencial. Por lo anterior, la/el funcionario deberá participar de todas las acciones de capacitación para realizar adecuadamente su propósito. Es importante que en lo posible sea reclutado entre las personas de la comunidad, de preferencia personas que sean parte de agrupaciones de auto ayuda o de organizaciones comunitarias del sector. Para el adecuado cumplimiento del componente, se hace necesario implementar una capacitación al equipo de salud vinculado con el manejo y atención de las personas con problemas psicosociales y de salud mental. Actividad asociada COMPONENTE / ESTRATEGIA 1 Indicador Formula Verificador Meta Ponderación uu l0 Acciones de vinculación con la atención de salud mental, de salud y la red comunitaria. (N de NNA, y jóvenes de familias % de NNA, y con alto riesgo 1.- Ingreso al jóvenes de psicosocial Programa de familias con alto ingresadas al Sistema de riesgo Programa de registro intensivo a NNA, psicosocial que informático y jóvenes de ingresan al intensivo/ Wde del familias con alto Programa de NNA, y jóvenes de Programa riesgo psicosocial familias con alto intensivo riesgo psicosocial comprometidas a inqresar)*100 N:182 15% 3

COMPONENTE / ESTRATEGIA 2 Acciones de Articulación COMPONENTE / ESTRATEGIA 3 Acciones de. (N" de NNA, y jóvenes de familias % de NNA, y 2.- Ingreso al con alto riesgo jóvenes de Programa de psicosocial que familias con alto ingresan al Sistema de riesgo con mediana Programa de registro psicosocial que intensidad a mediana informático 15% ingresan al N:182 NNA, Yjóvenes intensidad/n de del Programa de de familias con NNA, y jóvenes de Programa alto riesgo familias con alto de mediana psicosocial riesgo psicosocial intensidad comprometidas a inqresar)*100 (N"de NNA, y % de NNA, y jóvenes de familias jóvenes de con alto riesgo familias con alto psicosocial riesgo ingresadas al psicosocial Programa que 3.- Evaluación Sistema de ingresadas al cuentan con 100,00% del estado de registro Programa que evaluación inicial Salud mental y informático cuentan con del estado de salud funcionamiento del evaluación inicial mental y evaluación familiar. Programa del estado de del funcionamiento salud mental y familiar/n de NNA, evaluación del y jóvenes de funcionamiento familias con alto familiar. riesgo psicosocial inaresadas )*100 %de (N de seguimiento seguimiento a a derivaciones derivaciones realizadas (NNA y/o Sistema de 4.- Articulación realizadas (NNA joven en control en registro efectiva con los y/o joven en dispositivo de la red informático dispositivos de la control en luego de ser del red. dispositivo de la derivado )/N" de Programa red luego de ser derivaciones derivado). realizadas )*100 (N de reuniones con equipos pertenecientes a instituciones sectoriales e intersectoriales relacionadas con la Sistema de 5.- Coordinación % de reuniones trayectoria de las registro sectorial e con equipos personas informático intersectorial. pertenecientes a ingresadas/n de del instituciones reuniones Programa sectoriales e comprometidas a intersectoriales realizar según el relacionadas con número de la trayectoria de personas y familias las personas ingresadas al inaresadas. Proarama )*100 (N de reuniones con equipos pertenecientes a organizaciones comunitarias relacionadas con Sistema de 6.- Coordinación las personas registro con % de reuniones ingresadas/n de informático organizaciones con equipos reuniones del comunales. pertenecientes a comprometidas a Programa organizaciones realizar según el comunitarias número de relacionadas con personas y familias las personas ingresadas al inaresadas. orooramar t 00 7.- Elaboración de plan de. % de personas ingresadas al Programa que cuentan con plan de inicial consensuado. (N de personas ingresadas al Programa que Sistema de cuentan con plan de registro informático inicial del consensuado/n" de Programa personas inaresadas )*100 100,00%

(N de visitas realizadas a % de visitas Sistema de personas que han realizadas a registro 8.- Visitas ingresado al personas que informático domiciliarias. Programa/W de han ingresado al del personas que han Programa. Programa ingresado al Programa9*100 (N de personas % de personas egresadas del egresadas del Programa de Programa de Sistema de que cuentan con que cuentan con registro 9.- Egresos del evaluación del Línea evaluación del informático programa. 5% estado de salud Base estado de salud del mental y evaluación mental y Programa del funcionamiento evaluación del familiar/n de funcionamiento personas familiar. eqresadas)*100 (Entrega informe de % Entrega evaluación 10.- Evaluación informe de participativa/lnforme Informe 100,00% 5% participativa. evaluación de evaluación participativa. participativa comprometido )*100 TERCERO: RECURSOS De acuerdo a lo anterior, el Servicio transfiere a la Municipalidad, la suma de $55.542.499.-, para alcanzar el propósito y cumplimiento de las estrategias señaladas en la cláusula anterior. Las transferencias serán realizadas de acuerdo a lo indicado o bien de acuerdo a la modalidad de transferencia que el Ministerio de Salud pueda modificar en su momento. Los recursos serán transferidos a la Municipalidad, según se detalla en el siguiente cuadro: Cuota 1 (70%) Requisito para transferencia $38.879.749 Total tramitación del Convenio y Resolución respectiva. Cuota 2 (30%) $16.662.750 Requisito para transferencia La reliquidación se hará efectiva en el mes de Octubre si el cumplimiento en la evaluación efectuada al 31 de Agosto es inferior al 30%, de acuerdo a la tabla de reli uidación. Si el resultado ponderado de los indicadores es inferior a lo comprometido al corte de agosto, se procederá a la reliquidación de la cuota correspondiente a cada corte, esto será en proporción al porcentaje de incumplimiento en cada evaluación CUARTO: EVALUACIONES De acuerdo a lo establecido en Programa aprobado por MINSAL, se efectuarán las siguientes evaluaciones durante el presente año, de acuerdo al siguiente cuadro: FECHAS DE EVALUACION. Corte 30 de Abril Corte 31 de agosto Corte 31 de diciembre CUMPLlMIENTO Y CONDICIONES DEJ\\lANCEESPERADAs ii Informe de avance que contenga estado de proceso de: Contratación de RRHH Dg situacional Recurso destinado a Movilización Recursos destinado a Telefonía (Contrato - minutos, etc.) La primera evaluación se realizará con corte al 31 de Agosto 2016. En esta evaluación se hará efectiva la reliquidación de acuerdo al grado de cumplimiento 30% La segunda evaluación y final se realizará al31 de Diciembre 2016. ~ El programa deberá tener ejecutado el 100% de sus acciones. j.-aog";d\ l;f~~\oad o'~'" ~s v,\ CJ "i' z ASESORfA :;\ 5 Q

QUINTO: OBLIGACIONES REFERENTE TÉCNICO SSMC: El Servicio de Salud, a través de su Referente Técnico perteneciente a la Subdirección de Atención Primaria de Salud (SSMC), deberá coordinar la definición de coberturas en conjunto con la Municipalidad, cuando corresponda. Velará por la correcta ejecución del Programa, como también que los recursos transferidos por este Servicio en virtud del presente convenio, sean ejecutados eficientemente conforme las directrices del Programa, efectuando una constante supervisión, control y evaluación, con las facultades de impartir pautas técnicas a fin de alcanzar en forma más eficiente y eficaz los objetivos del presente convenio. SEXTO: OBLIGACIONES DEL EJECUTOR La Municipalidad se compromete a utilizar los recursos entregados para financiar exclusivamente las actividades correspondientes al Programa objeto del convenio. A su vez el Municipio deberá cumplir las acciones señaladas por la contraparte técnica perteneciente al SSMC para la implementación de estrategias específicas, comprometiéndose en este acto a implementar y otorgar las prestaciones señaladas en el Programa para las personas válidamente inscritas en el establecimiento. El ejecutor deberá observar lo dispuesto en la ley N 20.584, que regula los "Derechos y Deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud", asegurando una atención segura y de calidad para los beneficiarios, según los estándares establecidos. SÉPTIMO: VIGENCIA El presente convenio tendrá vigencia desde la fecha de la total tramitación de su resolución aprobatoria y hasta el 31 de Diciembre del año 2016, inclusive. Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia por las partes, que las actividades a que se refiere este convenio se han estado realizando desde el 1 de Mayo de 2016, razón por la cual dichas prestaciones se imputarán a los recursos que se transferirán en conformidad a lo señalado en el presente convenio. Lo anterior, conforme lo estipulado en el artículo 52 de la ley N 19.880, que establece que las actividades comprometidas que se han estado desarrollando, producen consecuencias favorables a los beneficiarios y no lesionan derechos de terceros. De la misma forma y tal como lo dispone el artículo 3 de la Ley N 18.575, las acciones efectuadas en virtud de este contrato, están al servicio de la persona humana, y su finalidad es promover el bien común atendiendo las necesidades públicas de salud, en forma continua y permanente. OCTAVO: FISCALIZACiÓN DEL CONVENIO El Servicio a través de su Departamento de Auditoria podrá efectuar los procedimientos de fiscalización, de acuerdo a las atribuciones legales de su competencia. La Municipalidad debe remitir al Departamento de Finanzas del Servicio, Rendición de Cuentas en forma mensual, dentro de los primeros 15 días, conforme el formato tipo aludido en los artículos 20 y 29 de la Resolución N 30, de 2015, de Contraloría, a través de la plataforma informática SISCOr.

<. '.' NOVENO: INSCRIPCiÓN DE BENEFICIARIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS La forma y el modo en que se realizará la inscripción de los beneficiarios en el establecimiento de salud primaria que corresponda será aquella que se establezca en una norma técnica dictada por el Ministerio de Salud. DÉCIMO: SALDOS NO EJECUTADOS El Municipio estará obligado de restituir aquellos recursos no rendidos, observados y/o no ejecutados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Resolución N 30, de 2015. El Servicio no asume responsabilidad financiera mayor que la que en este convenio se señala. Por ello, en el caso que la Municipalidad se exceda de los fondos destinados por el Servicio para la ejecución del mismo, ella asumirá el mayor gasto resultante. DECIMO PRIMERO: PERSONERíAS Y EJEMPLARES La personería del Director Dr. Jorge Martinez Jiménez, para representar al Servicio, consta en Decreto Exento N 184, 02 de diciembre de 2014, del Ministerio de Salud. La personería de doña Carolina Tohá Morales para representar a la Municipalidad de Santiago, consta en Sentencia de Proclamación dictada por el Primer Tribunal Regional Electoral de la Región Metropolitana, de fecha 30 de noviembre de 2012. Los instrumentos señalados en esta cláusula no se insertan ni se anexan al presente convenio por ser conocidos de las partes. El presente convenio se firma en cinco (5) ejemplares, de igual valor, tenor y fecha, quedando dos (2) en poder del Servicio y tres (3) en la Municipalidad.