r 7 é ddaef (Distrital Melgar ACUERDO DE CONCEJO No. 015-2016 MDMM Mariano Melgar. 2 6 ABR 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL MARIANO MELGAR VISTOS: El Memorándum N 125-2016-SA-MDMM de Alcaldía, mediante el cual remite la Adenda Nc 05 al Convenio N 121-2013-VJV1ENDA/VMCS/PNSU.de Transferencia de ecursos Públicos de fecha 29 de Abril del 2013, celebrado entre el Ministerio de,1. /ísyb'ivienda. Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Distrital Mariano Melgar y la ^Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable SEDAPAR. Alcantarillado de Arequipa S.A Y CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales, gozan de autonomía Política, Económica v Administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el Art. 194c de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nc 27972. Que, mediante el Decreto Supremo Nc 006-2007-V1V1ENDA. se creó el Programa Agua para Todos", bajo el ámbito del Vicemmisterio de Construcción y Saneamiento, como responsable de coordinar las acciones correspondientes a las fases del ciclo del Proyecto, de los Proyectos y Programas del sector saneamiento, financiados con recursos públicos y otros en lo que corresponda, localizados en as areas urbanas y rurales a nivel nacional, que se ejecuten bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción v Saneamiento. Que, mediante la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Supremo Nc 002-2012-VIV1ENDA. se modifica la denominación del Programa Agua para Todos" a Programa Nacional de Saneamiento Urbano y se delimitó su ámbito de intervención a las áreas urbanas a nivel nacional. Con fecha 29 de abril del 2013 VIVIENDA. LA MUNICIPALIDAD y LA EPS suscribieron el Convenio N 121-2013/V1V1ENDA/VMCS/PNSU de transferencia de recursos públicos, para el financíamiento de la ejecución y supervisión de obras del PROYECTO denominado INSTALACIÓN DE REDES PRIMARIAS Y SECUNDARLAS DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LAS PARTES ALTAS DEL DISTRITO DE MARIANO MELGAR - PROVINCIA DE AREQUIPA", con código SNIP N" 71974. bajo la modalidad de Administración Directa. Que, de Acuerdo a lo establecido en la Clausula Sexta del Convenio, las partes por acuerdo pueden modificar o ampliar mediante Adenda los alcances del Convenio. Que. se ha firmado las Adendas N 03 y N 04. las cuales han realizado
'transferencias de recursos a favor de la Municipalidad Distrital Mariano Melgar, destinadas a la ejecución y supervisión del Proyecto Que. en el presente caso, es objeto de la Adenda I\,c 05. acordar una cuarta ^transferencia de recursos hasta por la suma de S/ 9'701.263.00 de VIVIENDA a favor de la MUNICIPALIDAD, para financiar la ejecución del saldo de obra del Proyecto INSTALACIÓN DE REDES PRIMARIAS Y SECUNDARIAS DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LAS PARTES ALTAS DEL DISTRITO MARIANO MELGAR PROVINCIA DE AREQUIPA", con código SNTP Nc 71974. de conformidad con la normativa vigente. Que, es función de la municipalidad promover el desarrollo local en coordinación con los niveles de gobierno Regional y Nacional con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población, en este sentido en materia de saneamiento, salubridad y salud la presente Adenda se celebran al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades y en los artículos 17, 76, 77, 78 y 79 de la Ley 27444. Ley del Procedimiento Administrativo General Por estos fundamentos, al amparo de la Constitución Politica del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades, al Memorándum Nc 125-2016 SA-MDMM y estando al voto unánime en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 04/03/2016. el Concejo Municipal; ACORDÓ: ARTÍCULO PRIMERO. APROBAR LA SUSCRIPCIÓN DE LA ADENDA N 05 AL CONVENIO Nc 121-2013-VIVIENDA /VMCS/PNSU DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PÚBLICOS HASTA POR LA SUMA DE S/ 9'701, 263.00 (NUEVE MILLONES SETECIENTOS UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES CON 00/100 SOLES), PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA EJECUCIÓN Y SUPERVISIÓN DE OBRAS DEL PROYECTO DENOMINADO INSTALACIÓN DE REDES PRIMARIAS Y SECUNDARIAS DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LAS PARTES ALTAS DEL DISTRITO DE MARIANO MELGAR - PROVINCIA DE AREQUIPA con código SNIP 1ST 71974. celebrado entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Municipalidad Distrital Mariano Melgar y la Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa S.A. - SEDAPAR S.A, con fecha 29 de Abril del 2013. ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital Mariano Melgar, la Suscripción de la presente Adenda de conformidad con el Art. 17 de la Ley 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General.
ADENDA N 05 AL CONVENIO N 121-2013-VIVIENDA/VMCS/PNSU (P -l < «^ (tmfg Conste por el presente documento, la Adenda N 05 al Convenio N 121-2013- VIVIENDA/VMCS/PNSU de Transferencia de Recursos Públicos de fecha 29 de abril de 2013 que.elebran: EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, con RUC N? 20207553698 y domicilio legal en Av. Paseo de la República N? 3361, Tercer Piso, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima, representado por su Director Ejecutivo, Señor Néstor Alfonso Supanta Velásquez, identificado con DNI N 09285943, designado por Resolución Ministerial N? 403-2014-VIVIENDA de fecha 13 de noviembre de 2014, y debidamente facultado para suscribir convenios según Resolución Ministerial N? 048-2015-VIVIENDA, en lo sucesivo se denominará VIVIENDA. * LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARIANO MELGAR, con RUC N? 20170422971, y domicilio legal en Av. Simón Bolívar N 908, Distrito Mariano Melgar, Provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa, debidamente representada por su Alcalde, Señor Pedro Edwin Martínez Talavera, identificado con DNI Ns 29384343, según Credencial otorgada por el Jurado Nacional de Elecciones, en lo sucesivo se denominará LA MUNICIPALIDAD. LA ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE AREQUIPA S.A. - SEDAPAR S.A., con RUC N9 20100211034 y domicilio legal en Calle Virgen del Pilar N 1701, Distrito de Arequipa, Provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa, debidamente representado por su Gerente General, Alejandro Eduardo Mejia Ortiz, identificado con DNI N? 29234211, en lo sucesivo LA EPS. De acuerdo a los términos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Mediante el Decreto Supremo N 006-2007-VIVIENDA, se creó el Programa "Agua para f-s? VTodos, bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, como responsable de coordinar las acciones correspondientes a las fases del ciclo del proyecto, t de los Proyectos y Programas del sector saneamiento, financiados con recursos públicos * í O y otros en lo que corresponda, localizados en as áreas urbanas y rurales a nivel nacional, que se ejecuten bajo el ámbito del Vicemínisterio de Construcción y Saneamiento. 1.2 Mediante la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Supremo N2 002-2012-VIVIENDA, se modifica la denominación del Programa "Agua para Todos" a - p v Programa Nacional de Saneamiento Urbano y se delimitó su ámbito de intervención a las áreas urbanas a nivel nacional..3 Con fecha 29 de abril de 2013 VIVIENDA, LA MUNICIPALIDAD y LA EPS suscribieron el Convenio N 121-2013/VIVIENDA/VMCS/PNSU de transferencia de recursos públicos, en adelante el Convenio, para el financiamiento de la ejecución y supervisión de obras del PROYECTO denominado "INSTALACIÓN DE REDES PRIMARIAS Y SECUNDARIAS DEL SISTEMA AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LAS PARTES ALTAS DEL DISTRITO DE MARIANO MELGAR -PROVINCIA DE AREQUIPA", con código SNIP N 71974, en adelante el PROYECTO, hasta por el monto de S/. 18 217,241.94 de los cuales la suma de S/. 10 930,345.00 fue financiada en el año fiscal 2013 y la suma de S/. 7'286,896.94 seria
atendido con cargo a ios recursos del año 2014, bajo la modalidad de Administración Directa. De acuerdo a lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio, las partes por acuerdo pueden modificar o ampliar mediante Adenda los alcances del Convento. 1.4 Mediante Decreto Supremo Nc 121-2013-EF, publicado en el diario Oficial El Peruano el 14 de junio de 2013, se autorizó la transferencia de partidas a favor de LA MUNICIPALIDAD hasta por el monto de S/. 9'796,703.00, para el financiamiento de la ejecución y supervisión del PROYECTO, en el marco del Convenio; cabe indicar, que del monto transferido solo se ejecutó en el año fiscal 2013, la suma de S/. 2'385,458.00, siendo revertido al Tesoro Público la suma de S/. 7'411,245.00. WL'/y, 1.5 Con fecha 16 de agosto de 2013 se suscribió la Adenda N 01 al Convenio, con el objeto de modificar los sub numerales 5.2.1 y 5.2.4 del numeral 5.2 de la Cláusula Quinta del Convenio, relacionadas a la implementación de las recomendaciones de obligatorio cumplimiento detalladas en el Anexo 2 del Convenio. 1.6 Con fecha 04 de setiembre de 2013 se suscribió la Adenda N 02 al Convenio, con el objeto de modificar los sub numerales 5.2.8, 5.2.9 y 5.2.10 del numeral 5.2, incorporar el sub numeral 5.2.16 al numeral 5.2 y modificar el numeral 5.3 de la Cláusula Quinta del Convenio, respecto a las obligaciones de las partes. 1.7 Con fecha 10 de abril de 2014 se suscribió la Adenda N 03 al Convenio, con el objeto de realizar una segunda transferencia de recursos a favor de LA MUNICIPALIDAD hasta por la suma de S/. 8 036,650.00, para la ejecución y supervisión del PROYECTO. 1.8 Mediante Decreto Supremo Nc 165-2014-EF, publicado en el diario Oficial El Peruano el vy 27 de junio de 2014, se autorizó la transferencia de partidas a favor de LA MUNICIPALIDAD hasta por el monto de S/. 8 036,650.00, para el financiamiento de la ejecución y supervisión del PROYECTO, en el marco del Convenio..9 Con fecha 17 de marzo de 2015 se suscribió la Adenda N 04 al Convenio, con el objeto de realizar una tercera transferencia de recursos a favor de LA MUNICIPALIDAD hasta por la suma de S/. 3 565,140.00, para la ejecución y supervisión del PROYECTO. 1.10 Mediante Decreto Supremo N 102-2015-EF, publicado en el diario Oficial El Peruano el 05 de mayo de 2014, se autorizó la transferencia de partidas a favor de LA MUNICIPALIDAD hasta por el monto de S/. 3'565,140.00, para el financiamiento de la ejecución y supervisión del PROYECTO, en el marco del Convenio. e la información registrada en el Banco de Proyectos del SNIP, el PROYECTO fue eclarado viable el 29.04.2009, por el monto de S/. 39'664,658.00. LA MUNICIPALIDAD registro mediante Formato SNIP 16, la ficha de registro de variaciones en la fase de inversión, considerando como nuevo monto de inversión modificado a S/. 54 235,773.63. 1.12 Mediante Resolución de Alcaldía N 395-2015-MDMM, de fecha 28 de diciembre de 2015, LA MUNICIPALIDAD aprobó el expediente técnico de saldo de Obra del PROYECTO, hasta por la suma de S/. 9 701,262.99, bajo la modalidad Administración Indirecta.
1.13 Mediante Informe Técnico N ( 68-2016/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.2 y el Informe N 020-2016/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.3.1/JLT, la Unidad de Monitoreo y Control del PNSU, informa que el PROYECTO se encuentra paralizado desde 15 de diciembre de 2015, y que presenta un avance físico acumulado de 62.50%; LA MUNICIPALIDAD mediante Oficio N 609-2015-SA-MDMM remite a VIVIENDA el Expediente Técnico del Saldo de Obra del PROYECTO y solicita su financiamiento para lograr la culminación del mismo. Asimismo la citada Unidad emite opinión técnica favorable para el financiamiento del saldo de Obra del PROYECTO, recomendando la suscripción de una Adenda al CONVENIO para establecer una tercera transferencia de recursos a favor de LA MUNICIPALIDAD para la continuación de la ejecución y supervisión de las obras del PROYECTO, hasta por la suma de S/. 9'701,263.00 con cargo a los recursos del año fiscal 2016, bajo la modalidad de Administración Indirecta. 1.14 Conforme al Artículo 13, numeral 13.1 de la Ley N 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional la realización de transferencias de recursos bajo la modalidad de modificación presupuestaria en el nivel institucional a favor gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas prestadoras de servicios de saneamiento, para la ejecución de proyectos de inversión pública, mediante Decreto Supremo, previa suscripción de convenio, las que se efectúan hasta el segundo trimestre del ejercicio fiscal 2016. CLÁUSULA SEGUNDA.' OBJETO La presente Adenda tiene por objeto acordar una cuarta transferencia de recursos hasta por la suma de S/. 9 701,263.00 de VIVIENDA a favor de LA MUNICIPALIDAD, para financiar la ejecución de! saldo de obra del PROYECTO "INSTALACIÓN DE REDES PRIMARIAS Y SECUNDARIAS DEL SISTEMA AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LAS PARTES ALTAS DEL DISTRITO DE MARIANO MELGAR -PROVINCIA DE AREQUIPA", con código SNIP N 71974, de conformidad a la normativa vigente. El financiamiento total que realiza VIVIENDA favor de LA MUNICIPALIDAD para la ejecución y supervisión de obras del PROYECTO asciende hasta el monto de S/. 27 626,792.00. CLAUSULA TERCERA: MODIFICACIÓN DEL CONVENIO Modificar el numeral 3.1 de la Cláusula Tercera del Convenio N 121-2013/VIVIENDA/VMCS/PNSU de fecha 18 de junio de 2014, en lo que corresponde al tipo de ejecución presupuestaría para la ejecución del PROYECTO "INSTALACIÓN DE REDES PRIMARIAS Y SECUNDARIAS DEL SISTEMA AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LAS PARTES ALTAS DEL DISTRITO DE MARIANO MELGAR -PROVINCIA DE AREQUIPA", con código SNIP N 71974 de Directa a Indirecta. Modificar la Estructura de Financiamiento y Cronograma de del Proyecto, señalado en el Anexo 1-A del Convenio modificado por las Adenda N 01, 02, 03 y 04 el mismo que queda modificado conforme al Anexo 1-A de la presente Adenda.
CLÁUSULA CUARTA: INVARIABILIDAD Las partes acuerdan ratificar y mantener vigentes, todas la demás condiciones pactadas en el Convenio no modificadas mediante el presente documento. En señal de conformidad las partes suscriben la presente Adenda en cuatro (04) ejemplares de igual contenido y valor, en la ciudad de Lima a los días del mes de de 2016. VIVIENDA
ANEXO 1-A ESTRUCTURA DE FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO PROYECTO "INSTALACIÓN DE REDES PRIMARIAS Y SECUNDARIAS DEL SISTEMA AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LAS PARTES ALTAS DEL DISTRITO DE MARIANO MELGAR -PROVINCIA DE AREQUIPA" SNIP N 71974 ESTRUCTURA DE FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO C O N C E P T O V IV IEN D A LA M U N IC IP A LID A D S/. 27'626,792.00 Obra y Supervisión - T O T A L S /. 2 7 6 2 6,7 9 2.0 0 - CRONOGRAMA DE DESEMBOLSO DE RECURSOS -------------------- - " X s DESEMBOLSOS y? Supervisión / Monto ^ vvfi^osf erido... Monto Ejecutado AÑO 2013 AÑO 2014 2015 2016 1er Monto revertido MEF 2do 3er 4to S/. 9'796,70?.00 S/.7'411,245.00 S/. 8'036,650.00 S/. 3'565,140.00 S/. 9 701,263.00 S/.2 385,458.00 S/,3'938,281.00 S/. 8 036,650 00 S/ 3 565,140.00 S/. 9'701,263.00 TOTAL S/. 27'626,792.00 S/. 3 472,964.00 n "Decreto Supremo N 236-2014-EF, autorizo el cambio de uso del Proyecto con código SNIP N 71974, para otros proyectos hasta por el monto de S/. 3'472,964.00.