Sumal Geilión Tributaria Diputación ds Alicante UNIDAD DE IMAGEN V COMUNICACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL REPARTO E INSTALACIÓN DE CARTELES, ASI COMO DEL BUZONEO CORRESPONDIENTE A LOS PERIODOS DE COBRO VOLUNTARIO 2010 DE SUMA GESTIÓN TRIBUTARIA CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del presente contrato es la prestación de un servicio para la distribución e instalación de cartelería correspondiente a las campañas publicitarias de los periodos de cobro voluntario del ejercicio 2010, asi como del reparto de folletos en buzones en el mismo periodo, en los distintos municipios de la provincia de Alicante, en los que Suma tiene delegada la gestión y recaudación de tributos locales. CLAUSULA SEGUNDA: REGULACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Al inicio de cada uno de los periodos de cobro voluntario, el Departamento de Organización de Suma, editará y remitirá al adjudicatario un documento con instrucciones específicas con las particularidades normativas que han de regir la prestación del servicio en dicho periodo. No obstante las normas generales que regularan la prestación de este servicio serán las que siguen: 1.^REPARTO_Y_PEGADO_DE CARTELES. El reparto y pegado de la caríelería se desarrollará de acuerdo con las normas que seguidamente se detallan: 1.1- Los carteles se pegarán en las zonas que previamente se hayan indicado en cada municipio, según las indicaciones recibidas de los responsables de cada una de las Oficinas de Suma. Se realizará un reparto proporcional del número de ejemplares entre todas las zonas indicadas, de forma que ninguna de ellas quede sin cubrir. Si la empresa apreciara que alguna zona queda insuficientemente repartida lo comunicará al Departamento de Organización.
Q i i f-v-i «I Geslion Tributaria mal n i ii ti t,i i. i ü ii de Alicante UNIDAD DE IMAGFN V COMUNICACIÓN 1.2.- El pegado de la carteiería se realizará en dos periodos. En el primer plazo de pegado de carteles se cubrirá el total de as zonas especificadas en el anexo, que se entregará al adjudicatario con el número de carteles que se aprecia en el mismo. Según se observen los resultados obtenidos en este primer periodo, cabe la posibilidad de modificar, limitar o especificar alguna de las zonas establecidas para el segundo plazo de pegado, avisando de las modificaciones con un mínimo de diez días de antelación al comienzo de este segundo periodo de pegado. La empresa entregará una relación con los nombres de las calles y números de porterías o nombres de comercio o urbanizaciones donde pegar los carteles, que deben coincidir con que se indiquen en el apartado "LUGARES DE REPARTO" en el documento con instrucciones específicas, que se entregaré al adjudicatario en cada una de las campañas voluntarias. 1.3.- El adjudicatario deberá informar diariamente del desarrollo de sus actuaciones en orden a conocer los municipios en los que se han realizado los trabajos en el día anterior y la previsión para esa jornada. 1,4.- A la finalización del trabajo deberán entregarse informes acerca de los trabajos realizados en los municipios. 1.5.- Si fuera preciso la empresa contactará con los jefes de las oficinas de Suma para que ellos expliquen las calles o zonas donde se realizará del pegado y se les facilitara un plano del municipio señalando la ubicación de dichos lugares. En este caso la empresa remarcará en el plano efectivamente dónde realiza el pegado. 1.6.- Los carteles se pegaran a una altura mínima de un metro y medio desde el suelo, ubicándose en los siguientes espacios: 'Inmuebles. En las porterías, cerca de los buzones de correos o centros sociales de las urbanizaciones. 'Comercios, preferiblemente en el escaparate o en el interior del comercio. 'Entidades bancarias colaboradoras 'Organismos Públicos excepto Ayuntamientos.
Sum Gestión Tributaria D i d lj t a c i ó n de Alicante UNIDAD DE tuagefi 1 COMUNICACIÓN 1.7.- No se pegará Carteles en los siguientes espacios: Mobiliario Urbano { farolas, papeleras, mupis, opis, marquesinas, paredes, etc..} Cabinas de Teléfonos Ayuntamientos Lugares donde expresamente se indique la prohibición de pegar carteles. 2.- REPARTO DE FOLLFrojj_ENRliZQMFg_ La distribución se desarrollará de acuerdo con las normas que seguidamente se detallan: 2.1.- Los folletos se repartirán en las zonas que previamente se hayan indicado en cada municipio, según las indicaciones recibidas de los responsables de cada una de las Oficinas de Suma. Se realizará un reparto proporcional del número de ejemplares entre todas las zonas indicadas, de forma que ninguna de ellas quede sin cubrir. Si la empresa apreciara que alguna zona queda insuficientemente repartida lo comunicará al Departamento de Organización. 2.2.- El adjudicatario deberá informar diariamente del desarrollo de sus actuaciones en orden a conocer los municipios en los que se han realizado los trabajos en el día anterior y la previsión para esa jornada. 2.3.- A la finalización del trabajo deberán entregarse informes acerca de los repartos en los municipios. 2.4.- Si fuera preciso la empresa contactará con los jefes de las oficinas de Suma para que ellos expliquen las calles o zonas donde se realizará el reparto y se les facilitara un plano del municipio señalando la ubicación de dichos lugares. En este caso la empresa remarcará en el piano efectivamente dónde realiza la distribución.
Q I I rp *\H I Geition Tributaria Diputación de Alicante UNIDA!) Oí IMAGEf. Y COMUNICACIÓN CLAUSULA TERCERA: MEDIOS La empresa deberá disponer de los medios suficientes para prestar el servicio que se pretende. A tal efecto, la provincia quedara dividida en las siguientes áreas de nuestro ámbito de actuación, siendo éstas: a. Área Vega Baja b. Área Baix Vinalopó c. Área del La Montaña d. Área de L'Alacanti e. Área del Interior f. Área de la Marina Baixa g. Área de la Marina Alta CLAUSULA CUARTA: GARANTÍAS La empresa adjudicataria será responsable de los daños y desperfectos que cause en el proceso de prestación de este servicio. A tal objeto, la empresa deberá contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra las reparaciones de los danos que pueda causar en cualquier tipo de bienes o personas, garantizando con ello la reparación de tales daños y las posibles indemnizaciones a los afectados CLÁUSULA QUINTA: EJECUCIÓN DEL CONTRATO El pegado de carteles se realizará en todas las áreas establecidas en la cláusula tercera, en las fechas determinadas por el Departamento de Organización estructurándose en dos periodos, dentro de cada uno de los plazos de cobro voluntario. En la segunda voluntaria, se mantendrá el mismo criterio de distribución en dos periodos, excepto en el Área del Interior y la Montaña, en las que únicamente se realizara un pegado, efectuándose en el segundo de los periodos establecidos. Estos plazos podrán ser ampliados cuando medien circunstancias que lo justifiquen, repercutiéndose penaíizaciones en el supuesto de incumplimiento de los mismos. En lo que respecta al reparto por buzoneo, éste se estructurará en un único periodo que se desarrollará en los últimos días del periodo voluntario.
Q11mo Ges'' O U mal I I I u I Diputación de Alicante UNIDAD DE IMAGEN Y COMUNICAC ÓN Los trabajos deberán desarrollarse en los plazos establecidos y según las condiciones que se han determinado en el presente Pliego de Condiciones Técnicas. Las relaciones correspondientes a la finalización de dichos periodos de ejecución de!os trabajos se entregarán de forma inmediata, una vez acabados los mismos. En el mismo día que se finalice el tanto el pegado como el buzoneo de un municipio y en cada uno de los dos periodos de cobro voluntario, la empresa informará mediante fax o correo electrónico dirigido a las Oficinas Centrales (Departamento Organización catherine.papi@suma.es) en la fecha concreta de finalización del municipio realizado. Igualmente comunicará a Suma Gestión Tributaria cualquier incidencia que se haya presentado en la ejecución del mismo. CLAUSULA SEXTA: CONTROL Y DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS Los trabajos que desarrolle la empresa que se contrate serán dirigidos por un técnico competente de la misma, que será el responsable de los tales trabajos, responsabilizándose de la correcta ejecución de los mismos con arreglo a las normas aquí establecidas. Corresponderá al Departamento de Organización de Suma, y en particular a la Coordinadora Jefe de Voluntarias, en nombre de Suma, la supervisión, control y aprobación de los trabajos así como determinar las correcciones que se estimen oportunas, con el apoyo de los responsables de la estructura territorial de oficinas de Suma. CLAUSULA SÉPTIMA: PENAUZACIONES El incumplimiento de las condiciones expuestas en el presente contrato podrá dar lugar a penalizaciones en la factura. Las penalizaciones aplicables serán ías siguientes: a. Se penalizará con un 10% del importe facturado por el municipio en que no se cumplan cada una de las condiciones expuestas en la cláusula segunda. b. Se penalizará con un 5% de! importe facturado por el municipio en que no se cumpla cualquier otra de las condiciones expuestas. La responsabilidad en caso de incumplimiento de las condiciones establecidas no será asumida por Suma sino por la empresa adjudicataria.
Sumal Gestión Tributaria Diputación lie Alicante UNIDAD SE IMAGEN Y COMUNICACIÓN El personal de Suma realizará las comprobaciones de que la prestación del servicio se realiza en los lugares indicados y en caso de incumplimiento, se realizará el trabajo según os lugares que constan en el Anexo a cargo de la empresa en el plazo máximo de una semana desde la comunicación de la incidencia. CLÁUSULA OCTAVA: PRESUPUESTO/PRECIOS Teniendo en cuenta la estimación en el número de carteles y ejemplares del buzoneo a repartir, el precio máximo (licitación) será de CIENTO ONCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS CON SETENTA Y SEIS (111.982,76) EUROS y de DIECISIETE MIL NOVECIENTOS DIECISIETE CON VEINTICUATRO (17.917,24) correspondiente al IVA que debe ser repercutido, estando todo tipo de impuestos, seguros y gastos incluidos. Se establece como precio máximo unitario, 0,9483 por cartel y de 0,1517 correspondiente al IVA, que debe ser repercutido, lo que hace un total de 1,10 por cartel, con una previsión inicial máxima de 81.000 carteles entre los dos periodos de cobro voluntario. Asimismo, se establece un precio máximo unitario para el buzoneo de 0,1034 por íptico y de 0,0166 correspondiente al IVA que debe ser repercutido, lo que hace un total de 0,12 Euros por íptico de buzoneo con una previsión máxima de 340.000 ejemplares entre los dos periodos de cobro voluntario. El precio acordado se pactará cerrado, estableciéndose a todos los efectos que en el precio fijado se encuentra incluido todo tipo de impuestos y cualquier otro gasto. CLAUSULA NOVENA: DURACIÓN DEL CONTRATO El periodo de ejecución del contrato se extenderá entre los meses de marzo y noviembre del ejercicio 2010
Sumal Geitión Tributaria Diputación de Alicante UNIDAS E)E IMAGEN Y COMUNICACIÓN CLAUSULA DECIMA : FACTURACIÓN El adjudicatario emitirá una factura con objeto del presente contrato que deberá describir de forma detallada todas las actuaciones llevadas a cabo, haciendo distinción entre los diferentes conceptos objeto de este contrato, a saber, pegado de carteles y por otro lado buzoneo. Dicha factura se emitirá una vez finalizado cada uno de los plazos del periodo voluntario. Alicaqte, 17 de enero de 2010 EL JEFE DE LA UNÍDAD DE IMAGEN Y COMUNICACIÓN Manuel E. Fernández Roselló