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ANEXO XIII. Criterios Técnicos para el Atraque de Buques. y Condiciones para el Cierre del Puerto a la Navegación

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RESUELVO: 1.- ESTABLÉCESE, ÁREA PARA EMBARCO Y DESEMBARCO DE PRÁCTICOS:

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DISPÓNESE, las siguientes normas para la operación de las naves en los diferentes frentes de atraque del puerto de San Antonio:

Capitanía de Puerto de Puerto Montt Departamento de Intereses Marítimos.

RESOLUCIÓN En esta fecha se expidió la siguiente Resolución signada con el No. SPTMF 135/13

Transcripción:

C.P. P.A. ORD. N 12.600 / 512 VRS HABILITA LA OPERACIÓN DEL MUELLE FISCAL ARTURO PRAT, PERTENECIENTE A LA EMPRESA PORTUARIA AUSTRAL. PUNTA ARENAS, 07 DE SEPTIEMBRE DE 2015. VISTO, lo dispuesto en la ley en Orgánica de la Dirección General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante D.F.L N 292, de fecha 25 de Julio de 1953; D.L. (M.) N 2.222, de 1978 y sus modificaciones; D.S. N 240, de fecha 03 de Agosto de 1998 Fija Nómina Oficial de Caletas de Pescadores Artesanales ; el D.S. (M.) N 991 del 26 de Octubre de 1987, que Fija la Jurisdicción de las Gobernaciones Marítimas y Capitanías de Puerto de la República ; Reglamento de Practicaje y Pilotaje D.S. (M.) N 397, del 8 de Mayo de 1985; lo dispuesto en el Artículo 13, inciso 2 del Reglamento sobre Concesiones Marítimas, aprobado por D.S. (M.) N 660, de fecha 28 de Noviembre de 1988 y sus modificaciones; Reglamento General de Orden, Seguridad y Disciplina de las Naves y Litoral de la República D.S.(M.) N 1.340 bis, del 14 de Junio de 1941, modificado por el D.S. (M.) N 359, del 27 de Abril de 1963; Resolución D.I.M. Y M.A.A. ORD. N 12.600/03/982 VRS., que Aprueba Definitivamente Estudio de Regularización de Maniobras, Muelle Arturo Prat, Punta Arenas, de fecha 29 de Agosto de 2012; Plan de Mal Tiempo de la Capitanía de Puerto de Punta Arenas Ord. Nº 3.550/2/ Vrs, de fecha 27 de Mayo de 2013; y teniendo presente las atribuciones que me confiere la reglamentación marítima vigente. R E S U E L V O: HABILÍTASE, el muelle fiscal Arturo Prat, conforme a las características y límites operacionales de sus instalaciones: 1.- NOMBRE DEL PUERTO Muelle Fiscal Arturo Prat. 2.- DESCRIPCIÓN GENERAL Consiste en una plataforma construida en acero hormigón y montada sobre pilotes, con una extensión de 373 metros de largo por 20 metros de ancho, habilitando dos frentes de atraque con una orientación 154-334 por cada lado, con tres sitios de atraque en cada uno de ellos, los que según su ubicación se denominan sitios Norte y Sur, enumerándose del N 1 al N 3 desde el cabezo. El muelle Arturo Prat esta destinado a la carga y descarga general, directamente de los buques que atracan en sus sitios, destinado también para el embarque y desembarque de pasajeros, para lo cual cuenta con los elementos necesarios para dichas acciones. Adicionalmente el muelle es considerado como Caleta de Pescadores, de acuerdo al D.S. N 240 de fecha 03 de Agosto de 1998, que Fija Nomina Oficial de Caleta de Pescadores Artesanales. Las embarcaciones artesanales, son atendidas principalmente en los sitios 3 Norte y 3 Sur, respectivamente. 3.- UBICACIÓN GEOGRÁFICA LAT. 53º 10 2,44 Sur / LONG. 070º 54 31,27 Weste Carta referencia: S.H.O.A. Nº 11.411.

4.- PROPIETARIO Empresa Portuaria Austral (EPAUSTRAL). 5.- ESTACIÓN DE ESPERA DE PRÁCTICOS De acuerdo a lo señalado por la publicación S.H.O.A. Derrotero de la Costa de Chile Volumen IV, 10ª Edición, año 2010, la estación de espera de prácticos estará ubicada dentro del área comprendida por los siguientes puntos geográficos, unidos por rectas sucesivas (Anexo A ): LAT. 53º 10 10 Sur / LONG. 070º 51 46 Weste LAT. 53º 10 23 Sur / LONG. 070º 51 09 Weste LAT. 53º 10 45 Sur / LONG. 070º 51 32 Weste LAT. 53º 10 31 Sur / LONG. 070º 52 06 Weste 6.- ZONA DE FONDEO A LA GIRA Los puntos de fondeo en la bahía de Punta Arenas serán los siguientes (Anexo A ), teniendo como referencia el cabezo del muelle Prat, Carta referencia: S.H.O.A. Nº 11.411. A : Al 175 y 5,5 cables. B : Al 132 y 5,5 cables. C : Al 099 y 7,0 cables. D : Al 165 y 8,8 cables. E : Al 131 y 1,0 millas. F : Al 110 y 1,1 millas. G : Al 093 y 1,2 millas. Z : Al 081 y 1,46 millas. Esta prohibido fondear en las proximidades del muelle Arturo Prat, en una zona que se extiende paralelamente a sus lados, a 2,6 cables a cada uno de ellos, y que alcanza hasta 4,4 cables del cabezo del muelle. Los buques que fondeen en las cercanías, deben considerar que su radio de borneo los mantenga fuera de ella. NOTA: - Preferencia para naves de Pasaje: Sitios A y B. - Preferencia para naves que transporten alije de carga peligrosa: Sitio Z. 7.- LÍMITES DEL PUERTO De acuerdo a lo señalado por la publicación S.H.O.A. Derrotero de la Costa de Chile Volumen IV, 10ª Edición, Año 2010, los límites del puerto están definidos por la línea que une los siguientes puntos geográficos (Anexo B ): LAT. 53º 06 32 Sur / LONG. 070º 52 41 Weste LAT. 53º 06 32 Sur / LONG. 070º 49 46 Weste LAT. 53º 09 03" Sur / LONG. 070º 49 46 Weste LAT. 53º 14 03 Sur / LONG. 070º 54 58 Weste LAT. 53º 14 03 Sur / LONG. 070º 56 24 Weste Carta referencia: S.H.O.A. Nº 11.411. 2

8.- CARACTERÍSTICAS METEOROLÓGICAS Y AMBIENTALES GENERALES DEL PUERTO VIENTOS: los vientos del SW y NW son los de mayor intensidad, pudiendo alcanzar intensidades por sobre los 80 nudos, teniendo como consecuencia, la restricción de las maniobras de atraque en el muelle Arturo Prat. Los vientos de componente Este, si bien son los más débiles, levantan marejadas desde esa dirección. LIMITES OPERACIONALES COMPONENTE WESTE COMPONENTE ESTE 20 NUDOS 15 NUDOS MAREA Y CORRIENTE: la corriente de flujo fluye hacia el Sur, y la de reflujo hacia el Norte, las cuales si bien no son de intensidad apreciable, afectan a la maniobra de atraque al muelle Arturo Prat. Cuando la intensidad del viento es de componente Weste la corriente fluye hacia el Este, prevaleciendo sobre la corriente de marea. OLEAJE: Sólo se produce oleaje en el muelle Arturo Prat con vientos de componente Este, los que generan marejadas con rompientes en la costa y que pueden llegar a afectar a las naves atracadas. TIPO DE FONDO: Fango marino, arena con depósito de arcilla, grava, arena rígida, arena compactada muy dura.. 9.- SITIOS O FRENTES DE ATRAQUE El muelle tiene una longitud 373 mts. y un ancho de 20 mts., con una orientación 334-154 verdadero. No cuenta con boyas de amarre y dispone de seis sitios, tres en cada costado. Los sitios, según su ubicación, se denominan norte y sur, enumerados del 1 al 3 desde el cabezo del muelle hacia la costa: Sitios 1 Norte y 1 Sur, ambos de 163 metros Sitios 2 Norte y 2 Sur, ambos de 108 metros Sitios 3 Norte y 3 Sur, ambos de 72 metros NIVEL DE REDUCCIÓN DE SONDA: De acuerdo al plano Batimétrico N 2014-02-11 Rev. Aprobado por el SHOA en Ord. 13250/24/30 de fecha 07 de Marzo de 2014, el Nivel de Reducción de Sonda en los frentes de atraque se encuentran de acuerdo al siguiente detalle: BITAS LADO NORTE LADO SUR BITA 1 9,0 mts. 8,9 mts. BITA 2 9,0 mts. 8,5 mts. BITA 3 8,5 mts. 8,0 mts. BITA 4 8,0 mts. 7,4 mts. BITA 5 8,0 mts. 7,4 mts. BITA 6 7,0 mts. 7,0 mts. BITA 7 5,2 mts. 6,0 mts. BITA 8 4,9 mts. 4,8 mts. BITA 9 3,0 mts. 3,0 mts. 3

BITA 10 1,5 mts. 2,0 mts. BITA 11 1,6 mts. 1,8 mts. BITA 12 1,5 mts. 0,8 mts. BITA 13 0,5 mts. 0,4 mts. 10.- TERMINALES MARÍTIMOS: No hay. 11.- CONDICIONES LÍMITES PARA NAVES DIMENSIONES DE LAS NAVES Eslora Total 186 mts. 122,8 mts. 104,8 mts. Manga 24,8 mts. 18 mts. 18 mts. Puntal 11,3 mts. 7 mts. 13,4 mts. Calado Operacional (C/carga) 6,12 mts. 4,9 mts. 6,719 mts. Calado Operacional (En lastre) 6,12 mts. 4,9 mts. 5,12 mts. Deadweight 3.408 tm. 1.177 tm. 3.408 tm. Desplazamiento 15.728 ton. 5.230 ton. 8.598 ton. Caserío lateral 4.612,55 m 2 1.950 m 2 91 m 2 Caserío frontal 987,9 m 2 170 m 2 120,4 m 2 Franco bordo (C/carga) 5,18 mts. 2,1 mts. 6,681 mts. Franco bordo (En lastre) 5,18 mts. 2,1 mts. 8,28 mts. El cálculo de los requerimientos se han consignado con las naves descritas de acuerdo al estudio de maniobrabilidad del muelle, por lo anterior, las naves con dimensiones intermedias, deberán asimilarse a la eslora más cercana. En casos excepcionales y previos a la presentación de solicitud formal, podrá ser autorizado el atraque de una nave con eslora mayor a la permitida, siempre y cuando el buque no supere el 2% de lo autorizado, conforme a lo dispuesto en la Circular Marítima D.G.T.M. Y M.M. Ord. A-31/002, del 02 de octubre de 2012. En caso contrario, deberá ser presentado un adendúm al Estudio de Maniobrabilidad, objeto modificar los limites operacionales de las naves en el presente documento. La presente autorización, quedará supeditada al análisis y posterior resolución de la Autoridad Marítima. 12.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE OPERACIONES EN LA INSTALACIÓN a) Atraque y Desatraque: El puerto esta habilitado para maniobrar las 24 horas del día. b) Bandas de Atraque: Ambas bandas. c) Maniobras Simultáneas: No. d) Maniobras de Abarloamiento: Serán evaluadas por la Autoridad Marítima, presentando previamente solicitud y aprobación de la Empresa Portuaria Austral. 4

e) Faenas de Combustible (Sólo Atracado a Muelle): la Agencia de la nave deberá solicitar autorización por medio del Sistema Integral de Atención a la Nave (SIAN). Cabe mencionar que estas faenas deben realizarse a través de camiones habilitados para tal efecto, cumpliendo con todas las medidas de seguridad establecidas en el D.S. (SEC.) N 160 de fecha 26 de Mayo de 2008; y para la transferencia de combustibles deberá cumplir con las listas de chequeo que dispone la Directiva O-31/002 Norma Sobre Operaciones Seguras Para Transferencia de Combustibles Líquidos Marinos a los Buques (bunkering). 13.- AYUDAS A LA NAVEGACIÓN Las instalaciones cuentan con la siguiente Señalización Marítima: FARO CABEZO MUELLE PRAT: - Cantidad: 01 - Tipo: Baliza (cabezo muelle) - Cabezo Muelle Prat N 899, tubo de fierro blanco, con franjas rojas, con balaustrada en su parte superior, de 15 metros de altura. Señal costera. Ubicación: Lat: 53 10 13 S / Long: 070 54 19 W. - Enfilaciones luminosas de aproximación: A cada lado de los frentes de atraque, existen enfilaciones orientadas al 334-154 para asistir la aproximación de las naves y facilitar las maniobras nocturnas. Son dos pares de balizas luminosas separadas 50 mts. entre si, las del lado norte del muelle poseen luces verdes y las del costado sur luces rojas. Su encendido debe ser coordinado con la administración del puerto por canal VHF marítimo. 14.- LIMITACIONES OPERACIONALES Maniobra Atraque Permanencia Desatraque Ejecución faenas de carga y descarga Visibilidad Mínima 1,0 milla náutica Visibilidad reducida no afecta directamente 0,5 millas náuticas Viento Olas Corrientes - Componente Weste 20 nudos. - Componente Este 15 nudos. - Para naves con eslora igual o superior a 130 metros y menor o igual a 176 metros, Componente Weste 35 nudos; y 30 nudos para naves mayores a 176 metros de eslora. - Componente Este 20 nudos. - Componente Weste 30/35 nudos - Componente Este 20 nudos. No mayor a 1 metro. No mayor a 1 metro. No mayor a 1 metro. Cualquier dirección, máximo 1 Nudo. No mayor a 1 Nudo. No mayor a1 Nudo Sujeto a condición de puerto e instrucciones emitidas por la Autoridad Marítima Local. NOTA: La Empresa Portuaria Austral, en resguardo de la seguridad de las personas y del material de la instalación portuaria, deberá tomar las medidas pertinentes en caso de existir avisos de viento fuerte y/o mal tiempo, objeto no exceder la condición de permanencia límite de las naves. 5

15.- SERVICIOS DE APOYO A LAS MANIOBRAS Cartas Náutica: SHOA N 11.411 Uso de prácticos: Las maniobras deberán ser realizadas con el apoyo del práctico, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Practicaje y Pilotaje. Se exceptúan los Capitanes Nacionales que cuenten con Resolución de Habilitación para tales efectos. Uso de remolcadores: De acuerdo a lo señalado en el estudio de Maniobrabilidad, el uso deberá regirse de acuerdo a la siguiente tabla: TIPO DE NAVE Bollard Pull Total Requerido N Remolcadores Eslora 186 mts. 101,03 TBP 02 Eslora 122.8 mts. 42,18 TBP 02 Eslora 104.8 mts. 36,12 TBP 02 El muelle también es utilizado por naves de eslora inferior a 104.8 mts., las cuales deberán enmarcarse en lo estipulado en el Estudio de Maniobrabilidad, que regula el apoyo de remolcadores para estas naves según la siguiente tabla: ESLORA (MTS) Bollard Pull Total N Remolcadores Requerido 30 60 5 TBP 02 61 90 10 TBP 02 91-104 25 TBP 02 Embarco Prácticos: 01 lancha de embarco / desembarco de prácticos Lanchas de Amarre: No. Amarradores: El personal deberá poseer la credencial de Trabajador Portuario y contar con dos equipos VHF marítimos con acceso a canal 08, 09, 14, 16 y 17. La maniobras deberán contar con el personal suficiente para ejecutarlas en forma segura. - Procedimiento para naves que cuenten con medios propios de apoyo, deberán cumplir con las siguientes indicaciones: a) Las agencias de Naves deberán presentar una solicitud formal ante la Autoridad Marítima considerando para ello un tiempo de anticipación mínimo de 48 horas, la que se analizará en cada caso particular, objeto verificar si procede o no su autorización para operar sin medios de apoyo o con medios reducidos, definidos en punto N 15 de la presente resolución. b) Una vez autorizada la solicitud, las maniobras deberán realizarse dentro de los límites operacionales del puerto. c) La totalidad de medios de apoyo propios a bordo de la naves deberán encontrarse operativos y sin limitaciones; lo que deberá acreditar el capitán de la nave, situación que será verificada por el práctico a cargo de la maniobra, previo al inicio de ésta. 6

16.- SITUACIONES ESPECIALES a) Procedimiento ante condiciones de tiempo variable : Puerto cerrado para el tráfico de naves menores fuera de la bahía de Punta Arenas. Mantener dotación de seguridad abordo. Reforzar espías. Personal que transite sobre cubierta deberá hacerlo con chaleco salvavidas puesto. b) Procedimiento ante condiciones de Mal Tiempo. Puerto cerrado al tráfico de naves menores dentro y fuera de la bahía. Mantener dotación completa abordo. Reforzar espías. Con mal tiempo y/o marejada de componente Este, las naves deberán zarpar si las condiciones lo ameritan. c) Procedimiento de operación ante condiciones de Temporal. Mantener dotación completa abordo. Reforzar espías. Puerto cerrado al tráfico de naves mayores y menores dentro y fuera de la bahía. Con mal tiempo y/o marejada de componente Este las naves deberán zarpar si las condiciones lo ameritan. Como norma general, se deberá mantener un adecuado intercambio de información con la Autoridad Marítima Local, asimismo se procederá a tomar las medidas necesarias, objeto la nave zarpe antes de que se alcancen los límites de maniobra y/u operacionales descritos anteriormente. Se deberá cumplir lo dispuesto en El Plan de Mal Tiempo de la Capitanía de Puerto de Punta Arenas, Ord. Nº 3.550/2/ Vrs., de fecha 27 de Mayo de 2013. d) Procedimiento ante Cerrazón de Niebla y/o Chubascos : Cuando por razón de la niebla y/o chubascos la visibilidad sea dificultosa o no sea mayor a 30 metros, se suspenderá el tráfico dentro y fuera de la bahía para las embarcaciones que no posean elementos electrónicos de ayuda a la navegación (radar, GPS, ecosonda, etc). 7

17.- OTRAS INFORMACIONES - Batimetría S.H.O.A. ORD. Nº 13.250/24/30 Vrs., de fecha 07 de Marzo de 2014. - Resolución D.I.M. Y M.A.A. ORD. N 12.600/03/982 VRS., que Aprueba Definitivamente Estudio de Regularización de Maniobras, Muelle Arturo Prat, Punta Arenas, de fecha 29 de Agosto de 2012. - Documento presentado por la Empresa Portuaria Austral SGSC N 029/15 de fecha 13 de Abril de 2015. Resolución que aprueba certificación Código I.S.P.S. DIRSOMAR 12.600 / O-74 / PBIP / 40 / 2014, de fecha 13 de Agosto de 2014. - S.H.O.A. N 3004, Derrotero de la Costa de Chile Volumen IV. En la descripción de la bahía de Punta Arenas, se incluye un croquis descriptivo del muelle Prat. 18.- ANEXOS - Anexo A con los puntos de fondeo en el Estrecho de Magallanes, zona portuaria y zona espera de práctico, de acuerdo a carta referencia: S.H.O.A. Nº 11.411. - Anexo B con los límites del puerto y área de fondeo para buques pesqueros asiáticos, de acuerdo a carta referencia: S.H.O.A. Nº 11.411. 19.- CONTACTOS AUTORIDAD MARÍTIMA: Dirección: O'Higgins N 1169, Punta Arenas. Atención 24 Horas: Recepción y Despacho de Naves: Fono: (61) - 2201106 E-mail: desnavcppta@directemar.cl Operaciones Fono: (61) 2201172 E-mail: opercppta@directemar.cl Horario Hábil: Horario: 08:30 a 12:30 14:00 a 17:00 Personal Marítimo: Fono: (61) 2201133 E-mail: permarcppta@directemar.cl 8

Recaudaciones: Fono: (61) 2201111 E-mail: reccppta@directemar.cl MUELLE FISCAL ARTURO PRAT : Dirección: O Higgins N 1385, Punta Arenas Fono: 061-2711200 E-mail: info@epaustral.cl Nota: La Empresa Portuaria Austral deberá acreditar y mantener actualizado los datos de la persona de contacto para los tipos de trámites que procedan. DERÓGASE, la Resolución C.P.P.A. ORDINARIO N 12.600/97, de fecha 19 de Marzo de 2007. ANÓTESE Y COMUNÍQUESE a quienes corresponda para su conocimiento y cumplimiento. (ORIGINAL FIRMADA) CRISTIAN MARTIS ARAVENA CAPITÁN DE FRAGATA LT CAPITÁN DE PUERTO DE PUNTA ARENAS DISTRIBUCIÓN: 1.- EMPRESA PORTUARIA AUSTRAL (EPA) 10.- C.J.III.Z.N. 2.- DELTA MARINE SERVICE 11.- D.S.O.M. 3.- INCHCAPE SHIPPING SERVICES 12.- D.I.M. Y.M.A.A. 4.- SOMARCO LTDA. 13.- G.M.P.A. 5.- ULTRAMAR AG. MARÍTIMA LTDA. 14.- S.H.O.A. 6.- BROOM Y CIA. LTDA. 15.- C.P.P.A. (DEPTO. OP.) 7.- IAN TAYLOR CHILE S.A. 16.- OF. PRÁCTICOS 8.- S.A.A.M. S.A. 17.- ARCHIVO/INMAR/JRL 9.- AGENCIAS UNIVERSALES S.A. 9