Dirección General de Emergencias Mayores. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Capitulo VII Direcciones Generales

Documentos relacionados
ARTÍCULO 14, FRACCIÓN II ESTRUCTURA ORGANICA. Fundamento Legal (artículo y/o

Jefatura de Unidad Departamental de Orientación para Situaciones de Emergencia

Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2015.

Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 8 DE FEBRERO DE 2011

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 13 DE ABRIL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

CURRICULUM VITAE JEFE DE UNIDAD DEPARTAMENTAL DE QUEJAS Y DENUNCIAS

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 16 DE MARZO DE 2011 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN CAPÍTULO XV DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS

CAPÍTULO VI DE LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 21 DE DICIEMBRE DE 2009 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 6 DE DICIEMBRE DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Secretaría de Desarrollo Económico. EJERCICIO 2017 Facultades

80 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 14 de Junio de 2011 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO DEL PARQUE VICENTE GUERRERO DE LA CIUDAD DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

C O N S I D E R A N D O

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ DE PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 7 DE JUNIO DE 2010

FUNCIONES PRINCIPALES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS COMISIONADO ESTATAL

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 27 DE MAYO DE SECRETARÍA DE FINANZAS

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 12 DE MARZO DE 2010

Fracción III.- ATRIBUCIONES DE CADA UNIDAD ADMINISTRATIVA DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA URBANA Y ECOLOGIA Y SUS DIRECCIONES

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA COMISIÓN IMPLEMENTADORA DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL EN EL ESTADO DE SONORA.

FUNCIONES DIRECCION GENERAL

REGLAMENTO INTERIOR DE LA FISCALIA ANTICORRUPCION DEL GOBIERNO DEL ESTADO

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

ART. 9, FRACC. III FACULTADES

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MICHOACANO DE LA JUVENTUD

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 2 DE MARZO DE 2011

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL DE EVALUACION E INNOVACION EDUCATIVA

CONSEJO DE EVALUACIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

FUNCIONES DIRECCION ADMINISTRATIVA

REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO DENOMINADO ALIANZA EMPRESARIAL PARA SEGURIDAD PÚBLICA CAPITULO I GENERALIDADES

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 13 DE JULIO DE 2010 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN PARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL DEL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

MANUAL DE ORGANIZACIÓN SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

FACULTADES DE CADA ÁREA DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA 2016

ADSCRITO A DIRECCIÓN DE: Dirección de Atención a la Juventud. Todos los Coordinadores de la Dirección de Atención a la Juventud.

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL DEL ESTADO DE TLAXCALA

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 17 DE MAYO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SUBSECRETARÍA DE EGRESOS

MANUAL DE ORGANIZACIÓN TIPO DE:

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES. Capítulo Único. Del Ámbito de Competencia del Instituto de Formación Policial

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

C O N S I D E R A N D O

Manual de Organización

REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO D.A.R.E. MEXICALI CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD

REGLAMENTO INTERIOR DEL CENTRO ESTATAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACION Y COMUNICACIONES

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN DE FERIAS, EXPOSICIONES Y EVENTOS DEL ESTADO DE MICHOACÁN

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

C O N S I D E R A N D O

UNIDAD MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL

SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD

REGLAMENTO INTERIOR DE LA DEPENDENCIA DENOMINADA REPRESENTACIÓN DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

REGLAMENTO INTERNO DIRECCION DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

FUNCIONES DE LA DIRECCION DE SEGURIDAD PÚBLICA

Página 2 Periódico Oficial No. 49 Segunda Sección, Diciembre 5 del 2012

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACIÓN GENERAL PARA LA ATENCIÓN AL MIGRANTE MICHOACANO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos. Poder Ejecutivo. Tlaxcala

C O N S I D E R A N D O

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO DEL BOSQUE Y ZOOLÓGICO DE LA CIUDAD DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL DE LA MUJER

UNIDAD MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL. Ing. Carlos Acosta Corrales

REGLAMENTO DE PROTECCIÓN CIVIL TÍTULO CAPÍTULO PRIMERO DEL SISTEMA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL

I. Coordinación: La Coordinación de Desarrollo Tecnológico del Poder Ejecutivo del Estado de

DEPENDENCIA: DIRECCIÓN DE GOBIERNO CLAVE: 087 Í N D I C E

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 11 DE MARZO DE 2010

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA.

C O N S I D E R A N D O

UNIDAD MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL

DIRECCIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO Y TURISMO

GOBIERNO DEL ESTADO PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO EL DIA 30 DE MARZO 2001 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA ACUERDO NÚMERO 017/2001

REGLAMENTO INTERIOR DE LA RED ESTATAL DE AUTOPISTAS DE NUEVO LEÓN. Publicado en Periódico Oficial de 21 de junio de 1989

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

C O N S I D E R A N D O

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Reglamento Interior de la Secretaría Particular del Gobernador del Estado

SEGUNDO.- Que el artículo 24 bis 4, de dicho ordenamiento, se establecieron las funciones y atribuciones de dicha dependencia.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 30 DE JULIO DE 2010 CONTRALORÍA GENERAL DEL DISTRITO FEDERAL

REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA MICHOACANO DE RADIO Y TELEVISION

Funciones del Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala LEY DE SALUD DEL ESTADO DE TLAXCALA

REGLAMENTO INTERIOR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PODER EJECUTIVO.

Transcripción:

Dirección General de Emergencias Mayores Atribuciones. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Capitulo VII Direcciones Generales Artículo 37. Son atribuciones generales de los titulares de las Unidades Administrativas a que se refiere el presente I. Acordar con el titular de la Dependencia o de la Subsecretaría, Tesorería del Distrito Federal o Procuraduría Fiscal del Distrito Federal a la que estén adscritos, según corresponda, el trámite y resolución de los asuntos de su competencia; II. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar, el desempeño de las labores encomendadas y a las Unidades Administrativas y Unidades de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo; III. Supervisar el desempeño de las labores encomendadas a Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo adscritas a ellos, conforme a los Planes y Programas que establezca el Titular de la Dependencia correspondiente; IV. Recibir en acuerdo ordinario a los directores de área y subdirectores y, en acuerdo extraordinario, a cualquier otro servidor público subalterno; V. Formular dictámenes, opiniones e informes que le sean solicitados por la Dependencia o Subsecretaría, Tesorería del Distrito Federal o Procuraduría Fiscal del Distrito Federal a la que estén adscritos, o por cualquier otra Dependencia, Unidad Administrativa y Órgano Desconcentrado de la Administración Pública, en aquellos asuntos que resulten de su competencia;

VI. Ejecutar las acciones tendientes a la elaboración de los anteproyectos de presupuesto que les correspondan, con apoyo de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo encargadas de la Administración de su sector; VII. Elaborar proyectos de creación, modificación y reorganización de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico- Operativo adscritos a ellos y someterlos a la consideración del titular de la Dependencia, Subsecretaría, Tesorería del Distrito Federal o Procuraduría Fiscal del Distrito Federal que corresponda; VIII. Asesorar técnicamente en asuntos de su competencia, a los servidores públicos del Distrito Federal; IX. Substanciar y resolver los recursos administrativos que conforme a las disposiciones jurídicas deban conocer; X. Tramitar ante las Direcciones Generales, Ejecutivas o de Área Encargadas de la Administración en sus respectivos sectores, los cambios de situación laboral del personal a ellos adscrito, o a sus Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico- Operativo, así como acordar, ejecutar y controlar los demás asuntos relativos al personal, de conformidad con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables; XI. Coordinar y vigilar, con apoyo de Direcciones Generales, ejecutivas o de área encargadas de la Administración en sus respectivos sectores, las prestaciones de carácter social y cultural, así como las actividades de capacitación del personal, de acuerdo a las normas y principios establecidos por la autoridad competente;

XII. Promover programas de excelencia y calidad, tendientes a incrementar la productividad de sus Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo y mejorar la calidad de vida en el trabajo; XIII. Formular los planes y programas de trabajo de unidades administrativas y unidades administrativas de apoyo técnico-operativo a su cargo, considerando en ellos las necesidades y expectativas de los ciudadanos, así como mejorar los sistemas de atención al público; XIV. Conceder audiencia al público, así como acordar y resolver los asuntos de la competencia de las unidades administrativas y unidades administrativas de apoyo técnico-operativo a su cargo; XV. Ejercer sus atribuciones coordinadamente con las demás dependencias, unidades administrativas, órganos político-administrativos, órganos desconcentrados u unidades administrativas de apoyo técnicooperativo de la Administración Pública para el mejor despacho de los asuntos de su competencia; XVI. Expedir, en su caso, copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos sobre asuntos de su competencia; XVII. Proponer al titular de la dependencia de su adscripción, la celebración de convenios en el ámbito de su competencia, para el mejor ejercicio de sus atribuciones, con apoyo en los lineamientos generales correspondientes; y XVIII. Las demás que les atribuyan expresamente los ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables; las que sean conferidas por sus superiores jerárquicos y las que les correspondan a las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que les adscriban.

Dirección General de Emergencias Mayores Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Sección XV Artículo 119 Ter. Corresponde a la Dirección General Emergencias Mayores: I. Elaborar modelos matemáticos de medición, simulación y respuesta ante emergencias en el Distrito Federal; II. Realizar y difundir programas de orientación y capacitación a los habitantes del Distrito Federal, antes, durante y después de una emergencia; III. Elaborar, operar, evaluar y actualizar el registro estadístico único de Situaciones de Emergencia del Distrito Federal; IV. Recabar, captar y sistematizar la información, para conocer la situación del Distrito Federal en condiciones normales y de emergencia; V. Normar los establecimientos temporales para el auxilio de los habitantes del Distrito Federal, en situaciones de emergencia; VI. Coordinar los dispositivos de apoyo para atender situaciones de emergencia o desastre; VII. Asegurar la operación del sistema de alerta de conformidad con la estructura funcional del sistema de Protección Civil en el Distrito Federal. VIII. Evaluar los mecanismos establecidos para determinar la dimensión física y social de la catástrofe, las necesidades prioritarias y los riesgos secundarios.

IX. Aplicar los planes de emergencia establecidos y coordinar los mecanismos de acción en caso de emergencia. X. Coordinar los dispositivos de seguridad. XI. Establecer y coordinar los planes de seguridad, búsqueda, salvamento y asistencia, servicios estratégicos, equipamiento y bienes; salud, aprovisionamiento y reconstrucción inicial. XII. Establecer en coordinación con las dependencias, órganos e instituciones del sector publico y privado, los lineamientos para la prestación de los servicios públicos que deben ofrecerse a la población en caso de situaciones de riesgo, siniestro o desastre. XIII. Evaluar los planes de respuesta existentes, ratificando y en su caso rectificando los procedimientos y contenidos de los mismos. XIV. Planear con base en la regionalización de riesgorespuesta, manteniéndola actualizada. XV. Recomendar y evaluar la realización de simulacros en las áreas clasificadas de alto riesgo de ocurrencia de fenómenos naturales o antropogénicos.

Funciones Establecer mecanismos técnicos para escenarios de riesgo y modelos de simulación y respuesta para fenómenos destructivos. Planear y evaluar campañas de difusión y cursos de capacitación, para los habitantes del Distrito Federal y para el personal de la Dirección General. Administrar el Registro Estadístico Único de Situaciones de Emergencia del Distrito Federal Coordinar con las Unidades de Protección Civil Delegacional, la sistematización de información de su demarcación, para conocer la situación del Distrito Federal, en condiciones normales y de emergencia. Establecer los lineamientos para la instalación y administración de los refugios temporales, en caso de emergencia, siniestro o desastre. Establecer en sitios estratégicos centros de acopio y controlar la recepción y distribución de ayuda para damnificados por desastres. Asegurar el funcionamiento de los sistemas de monitoreo, para efectuar el alertamiento a las dependencias participantes, en el Sistema de Protección Civil del Distrito Federal. Establecer el sistema de seguimiento de emergencias, para evaluar la extensión del impacto del fenómeno destructivo y la dimensión de daños físicos y sociales. Coordinar la participación de las dependencias del Gobierno del Distrito Federal y de los organismos de los sectores privado y social en los planes de emergencia y los planes operativos.

Coordinar con las dependencias de Seguridad Pública, el acordonamiento y evacuación de la población de las zonas de desastre o de riesgo inminente. Coordinar con las dependencias, órganos e instituciones del sector publico y privado, la operación de los mecanismos de apoyo de la población en situaciones de riesgo, siniestro o desastre. Determinar con la regionalización de riesgos, información útil para los programas de desarrollo urbano, protección del medio ambiente y sistemas nacionales de seguridad pública y de protección civil, etc. Coordinar la realización de simulacros en áreas de alto riesgo y en instalaciones estratégicas, a fin de evaluar la organización de respuesta y los procedimientos operativos, para mantenerlos permanentemente actualizados. Informar oportunamente al Secretario de Protección Civil, las situaciones de riesgo, las condiciones que presenta la emergencia y las acciones implementadas. Realizar todas aquellas funciones, comisiones o encargos solicitados por las autoridades superiores. Las demás que le atribuyan expresamente los demás ordenamientos jurídicos y administrativos correspondientes