U IlustreMunicipalida<

Documentos relacionados
ACUERDO DE COLABORACiÓN. "CAMPAÑA PERMISOS DE CIRCULACiÓN 2015" CORPORACiÓN PARA EL DESARROLLO DE SANTIAGO

ACUERDO DE COLABORACiÓN. CORPORACiÓN PARA EL DESARROLLO DE SANTIAGO. "PROYECTO ESCUELATALLER Y RECUPERACiÓN DE FACHADAS"

SANTIAGO,Z 1 ABR 201~

ANEXO N 2 DE CONVENIODE COLABORACiÓN "PROYECTOMEJORAMIENTOPLAZADEARMAS" CORPORACiÓNPARA ELDESARROLLODE SANTIAGO.

CONVENIODE COLABORACiÓN ILUSTREMUNICIPALIDADDE SANTIAGO. CORPORACiÓNPARA ELDESARROLLODE SANTIAGO "FIESTAS PATRIAS"

SANTIAGO Secretar(a Municipal Asuntos Municipales

ACUERDO DE COLABORACiÓN "CAMPAÑA DE ASEO MUNICIPAL" ILUSTREMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO. CORPORACiÓN PARA ELDESARROLLODE SANTIAGO

ACUERDO DE COLABORACiÓN ENTRE. FUNDACiÓN CORP GROUP CENTRO CULTURAL YLA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO *****************

~ I. SANTIAGO Secretaría Municipal Asuntos Municipales .: -GA:J.- SECC.2DA.- SANTIAGO,.15 de junio de 2016.

ANTICIPO PARTICIPACION FONDO COMUN MUNICIPAL LEY SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO

SANTIAGO, 2 5 MAYO 2012

Transparencia. , consejo para la APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Y EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA

SANTIAGO, 9 ABR. 2012

SANTIAGO, CONSIDERANDO:

COLINA, 27 de febrero de 2014

Transparencia. 5. Que para el desarrollo de sus funciones, los municipios pueden celebrar convenios con organismos públicos o privados.

SANTIAGO, CONSIDERANDO:

SANTIAGO, 0 4 NOV. 2013

ANEXO 1 CONVENIODE COLABORACiÓN ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO. CORPORACiÓNPARA El DESARROLLODE SANTIAGO

SANTIAGO, CONSIDERANDO:

SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL CON MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

2Z MAYO Transparencia. consejo para la

SANTIAGO, 2 0 NOV. 2013

"CONVENIO. PROGRAMA SOBRE CONSULTORIOS DE EXCELENCIA EN ATENCiÓN PRIMARIA AÑO 2013

Transparencia. consejo para la APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE BUIN Y EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA

ABR Transparencia

SANTIAGO, CONSIDERANDO:

Transparencia RESOLUCIÓN EXENTA N 48/2010. Santiago, 30 de Marzo de 2010 VISTO:

RESOLUCIÓN EXENTA N RANCAGUA, 31 MAR 2015

SANTIAGO, CONSIDERANDO:

DECRETO: II.- Desígnase a cargo del Convenio al Departamento de Asistencia Judicial Comunitaria.

CONVENIO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO "ESCUELAS SIN FRONTERAS"

ALCALDÍA APRUEBA CONVENIO DE COOPERACIÓN MUTUA ENTRE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RÍO HURTADO Y LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA HIGUERA.

ARICA, 04 DE JUNIO DE

DECRETO N E /2014. COLINA, 01 de Septiembre de 2014.

REF: APRUEBA CONVENIO DE

SANTIAGO Secretaria Municipat Asuntos Municipales

5117 / EXENTA. 9b8 - SANTIAGO, 25 ARO Hoy se resolvió lo que sigue: CONSIDERANDO REGULARIZA Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERENDUM QUE INDICA.

TALCA,;Q 4 MAR. 2014

RANCAGUA, 2 8 ENE 2010 VISTOS CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN EXENTA N VISTOS:

PROVIDENCIA, 0 4 JUN 2015

CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, EL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

~

MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA O Ü SECRETARIA MUNICIPAL DECRETO EXENTO N SECCION PRIMERA LA CISTERNA, í 7 JUN ~

DECRETO: Apruébase el Contrato de Prestación de Servicios Personales a Honorarios, de fecha, con

CONVENIO PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DEL ACCESO A LA ATENCION ODONTOLOGICA, AÑO 2015

VISTOS: estos antecedentes: Decreto Exento N de que

Nancagua, Hoy se decretó lo que sigue : CONSIDERANDO:

Cabildo, - El Decreto Alcaldicio N 632 del 20 de Marzo 2013 que aprueba el Programa "CENTRO DE TRATAMIENTO ANIMALES DOMÉSTICOS"

ACUERDO DE COLABORACiÓN. CORPORACiÓN CULTURAL DE LA ILUSTREMUNICIPALIDAD

SAN PEDRO DE LA PAZ, O 4 JUL 2011

'k&! EX.NO 822 NISTOS: Lo dispuesto en los articulos 5 letra d), 12 y 63 letra i) de la Ley N , Organica Constitucional de Municipalidades y


DECRETO: 2.- El texto del referido Convenio se adjunta al presente Decreto y sera considerado parte integrante del mismo. -

Administración y Finanzas RESOLUCIÓN EXENTA AÑO 2016 NUMERO 222 FECHA 08/11/2016 TEMA

N / EXENTA SANTIAGO,

ARICA, 28 DE AGOSTO DE

REGLAMENTO FONDO COMUNAL DE PROTECCION AMBIENTAL

CONVENIO SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

REPUBLICA DE CHILE I. MUNICIPALIDAD DE ARICA z ALCALDIA DECRETO N /2011.

2. - El Memorándum Nº995 de fecha 13 de Enero de 2016, del Director de Desarrollo Comunitario. - DECRETO:

~ 1 Fono (56 2) Fax (56 2) Página 1

ARICA, f-!fisp. c) Las facultades que me confieren la Ley N "Orgánica Constitucional de Municipalidades" y sus modificaciones.

CONVENIO PROGRAMA ACCESO A LA ATENCION DE SALUD A PERSONAS AÑO 2015 SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL CON MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

EXCELENTÍSIMO TRIBUNAL CONSTITU

CONTRATO DE OBRAS N 30

CONVENIO DE ACUERDO ENTRE CENTRO CULTURAL PALACIO DE LA MONEDA Y REGIONAL METROPOLITANO COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G



CONVENIO DE ASISTENCIA JUDICIAL

Eduardo Avello Concha Notario Público Orrego Luco 0153 Providencia MODIFICACIÓN DE CONVENIO

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

YRIAM AMIGO ARANCIB 21a MOTARÍA DE SANTIAGO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRE SERVICIO NACIONAL DE MENORES REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

PROGRAMA BANCOESTADO DE FOMENTO AL CINE CHILENO

1.- Convenio de Colaboración de fecha suscrito entre el Servicio de Salud

VISTOS: 1.- Memorándum N 58/2010, de la Directora de Cooperación y Vínculos Institucionales a Asesoría Jurídica.

RESOLUCIÓN EXENTA N9332 VISTOS: ex -Ministerio del Interior que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la

TALCA, o 8 MAYO 2015

CONVENIO DE ASISTENCIA JUDICIAL

4 JUN 2015 RESOLUCIÓN EXENTA N

U Ilustre Municipalidad

~11 Consejo Nacional d a Cultura y Artes / 41. Gobierno de Chile 1

RANCAGUA, 16 ABR 2015

PROGRAMA BANCOESTADO DE FOMENTO AL CINE CHILENO

PROGRAMA BANCOESTADO DE FOMENTO AL CINE CHILENO

CONVENIO PROGRAMA MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURA APS MUNICIPAL, AÑO 2011 SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL CON 1.MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

SANTIAGO, 3 '\ [o\.~yo 201'1 RESOLUCIÓN EXENTANº VISTO: CONSIDERANDO:

CONVENIO DE INCORPORACIÓN A CORPORACIÓN DE BIENESTAR Y SALUD

CONTRATO DE COMODA TO. l. MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA CON JUNTA DE VECINOS 5 DE ABRIL Y OTRO --0--

PRIMERO El TRABAJADOR se obliga a prestar servicios personales como, en el establecimiento del EMPLEADOR, ubicado en.

CONVENIO MARCO DE COLABORACION FUNDACIÓN ARTESANÍAS DE CHILE INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

RESOLUCIÓN EXENTA N CONCEPCIÓN, O 9 OCT 2013 VISTOS: RESUELVO. ARTÍCULO PRIMERO: Apruébase el Convenio de


CONVENIO DE ASISTENCIA JUDICIAL

Transcripción:

"!MJ." misantiago U IlustreMunicipalida< mraa. a:: St\NTI!(D ACUERDODE COLABORACiÓN ILUSTREMUNICIPALIDADDE SANTIAGO y CORPORACiÓNPARA ELDESARROLLODE SANTIAGO "RECUPERACiÓNCITÉY PASAJESDE SANTIAGO" En Santiago, a 10 de julio de 2015, entre la ILUSTREMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO, Rol Único Tributario N2 69.070.100-6, representada por su Administradora Municipal doña MARCELA HALES HALES,chilena, viuda, Abogada, cédula nacional de identidad N27.811.505-K, ambas domiciliadas en Palacio Consistorial, Plaza de Armas SjW, segundo piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante "la Municipalidad" o "el Municipio"; y CORPORACiÓNPARA EL DESARROLLODE SANTIAGO,persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, Rol Único Tributario N2 71.274.200-3, representada por su Director Ejecutivo don CRISTIÁN MORENO TERRAZAS,chileno, casado, Ingeniero en Administración de Agronegocios, cédula nacional de identidad W 9.356.073-6, por su Gerente Corporativo don IGNACIOCABEZÓNPAPIC,chileno, casado, Ingiero Civil Industrial, cédula nacional de identidad W 13.435.256-6 y por su Gerente de Proyectos Urbanos doña IVANNIA GOLES BARRIENTOS, chilena, soltera, Arquitecto, cédula nacional de identidad W 8.421.987-8, todos domiciliados para estos efectos en Pasaje Phillips W 451 tercer piso, oficina 301, comuna de Santiago, en adelante "la CORDESAN", se ha acordado lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES. 1. LaILUSTREMUNICIPALIDADDESANTIAGO,es una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la respectiva comuna, todo ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Política de la República y en el artículo 12 de la Ley N218.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. Asimismo, a fin de atender las necesidades de la comunidad ha implementado el "Programa de Recuperación Cité y Pasajes de Santiago", en adelante "el Programa", el que pretende mejorar las condiciones de vida de los resideq.tés:de,. ' y.. < :'!:,1 I v- " Z A"'."', \ - Jv' ;'. i i,> q' "--/

"1"-'!- o SANTIAGO U IlustreMunicipalidac 9\RAB.. CESt\N11Pill Cité YPasajes de la comuna, a través de la ejecución de obras de recuperación de espacios comunes y del fortalecimiento de sus organizaciones comunitarias, aplicando para ello diversos criterios de selección, tales como vulnerabilidad social, deterioro físico y arquitectónico y capacidad organizacional de las comunidades beneficiarias. 2. La CORPORACiÓN PARA EL DESARROllO DE SANTIAGO es una entidad privada sin fines de lucro, cuyo objetivo es impulsar el desarrollo de actividades de tipo urbanístico, económico y social en la comuna de Santiago, mediante acciones específicas de diseño, remodelación, renovación, rehabilitación, reconstrucción, edificación, arborización, descontaminación, prevención del deterioro urbano y conservación del patrimonio arquitectónico; procurando fomentar y mejorar los espacios públicos, aseo y ornato de la comuna y el desarrollo de proyectos de valorización patrimonial y urbana, teniendo siempre a la vista el mejoramiento de la calidad de vida de sus residentes y transeúntes. SEGUNDO: OBJETO. Por este acto, la Municipalidad encarga a CORDESANla ejecución de obras de recuperación en los cité y pasajes seleccionados en virtud del Programa, como asimismo, la administración de los contratos asociados al mismo, quedando mandatada expresamente para suscribirlos, pudiendo realizar las contrataciones y compra de insumos que se requieran, en conformidad a los Lineamientos de Políticas y Regulaciones Operativas (LPRO)de CORDESAN. TERCERO: FINANCIAMIENTO. El Concejo Municipal aprobó las siguientes subvenciones a favor de CORDESAN, para la ejecución del Programa: 1. Subvención año 2014. Mediante acuerdo número 44, suscrito con fecha 22 de enero de 2014, se aprobó una subvención de $425.000.000.- (cuatrocientos veinticinco millones de pesos)....<l{j J:Q"Y <- I' "" A.';' \ ::>,.JU.,., :' ' 7.1 ",.)},,,, lf

.. U Ilustre Municipalidac 11J<AB.. Cf: S!\NTlN3) 2. Subvención año 2015. Mediante acuerdo número 423, suscrito con fecha 17 de diciembre de 2014, se aprobó para el año 2015 una subvención de $425.000.000.- (cuatrocientos veinticinco millones de pesos). 3. Aumento Subvención año 2015. Mediante acuerdo número 251, suscrito con fecha 08 de julio de 2015, se aprobó un aumento a la subvención indicada en el número anterior, por la suma de $185.805.000 (ciento ochenta y cinco millones ochocientos cinco mil pesos). A su vez, CORDESANqueda facultada para cobrar y percibir aportes por parte de las comunidades beneficiarias del Programa, como asimismo, de entidades públicas o privadas, los que ingresarán al fondo de subvención. CUARTO:JEFATURADE PROGRAMA. El programa estará a cargo de una "Jefatura", dependiente de la Secretaria de Planificación Comunal del Municipio, quien tendrá las siguientes funciones: 1. Selección de los pasajes y cité beneficiarios. 2. Definiciónde los criterios de ejecución de obras en los inmuebles seleccionados. 3. Implementación de un calendario de ejecución de obras. 4. Confección de carpetas técnicas, las que deberán contener el diagnóstico constructivoarquitectónico y diseño de cada proyecto a ejecutar, a lo menos. 5. Definición de presupuestos y gastos, tales como proyectos a ejecutar, obras civiles e inauguraciones, los que no podrán exceder el fondo de subvención dispuesto en la cláusula tercera precedente. 6. Revisiónde los estándares técnicos. 7. Definir los mecanismos de difusión del Programa. Se deja constancia que, en caso de requerirse especialidades como de ingeniería o cálculo, entre otras, estas serán solicitadas de forma puntual. Asimismo, cabe señalar que en virtud de Decreto Municipal W 3207, de 16 de diciembre del 2014, la Municipalidad designó como Jefa de Programa a doña María Inés Pizarra Roberts.

'I.." Ilustre MunicipaUdoc V Ít- Cf.Y\1 I n..;j\.j QUINTO: OBLIGACIONES DE CORDESAN. CORDESAN, a través de su Gerencia de Proyectos Urbanos, se obliga a ejecutar las siguientes labores: 1. Ejecutar, supervisar y recepcionar las obras de recuperación de pasajes y cité que sean dispuestas por la Jefatura del Programa, en conformidad a los criterios de selección del mismo. 2. Efectuar las contrataciones y compras dispuestas por la Jefatura del Programa, con cargo a los fondos dispuestos en la cláusula tercera precedente, no pudiendo sobrepasarlos. 3. Dar visto bueno a las carpetas técnicas confeccionadas por la Jefatura del Programa, previo a la ejecución de las obras dispuestas por aquella. 4. Rendir cuenta anualmente al Municipio, de los gastos realizados en virtud del presente acuerdo, rendición que será aprobada en conformidad a la normativa aplicable. SEXTO:VIGENCIA. El Acuerdo comenzará a regir desde la fecha de suscripción del mismo, sin perjuicio que por razones de buen servicio del Programa municipal al cual accede, se entenderá que todas las acciones realizadas desde el inicio del Programa, se encontrarán regidas por el presente documento. La vigencia del Acuerdo se extenderá hasta el 30 de noviembre de 2016. La Municipalidad se compromete a realizar las acciones pertinentes para solicitar la subvención que permita la ejecución del presente acuerdo durante el año 2016, la que se otorgará previa aprobación del Concejo Municipal, en virtud de lo dispuesto en el artículo 65 letra g) de la Ley Orgánica Constitucionalde Municipalidades,W 18.695. SÉPTIMO: DOMICILIO. Para todos los efectos legales que deriven de este acuerdo, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia. OCTAVO: PERSONERíAy COPIAS. La personería de don CRISTIÁNMORENOTERRAZAS, don IGNACIOCABEZÓNPAPICy doña IVANNIA GOLES BARRIENTOSpara representar a la CORPORACiÓNPARA EL DESARROLLODE SANTIA Q"" y {f:(5,)ad':-'::; \ Ii: AS',,'..,! '::::> \" Jvh 11,.,lA '.,0.'" 'I \Y.- \ '-''',-0- ". > e> ",,,,,/

.. U ILustre Municipalida( a:wo:n mra B..I:f'SAJ('R(UO a: SANT1XD consta en escritura pública de fecha 6 de julio de 2015, otorgada ante el Notario Público de Santiago don FélixJara Cadot, repertorio W 20.092. Asimismo, la personería de doña MARCHA HALES HALES para representar a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO en calidad de Administradora Municipal, consta en el Reglamento Municipal N2339 de fecha 6 de diciembre de 2008, sobre Delegación de Atribuciones y Asignación de Funciones Alcaldicias,cuya vigencia fue prorrogada por Decreto Alcaldicio,Sección Segunda, N23.136 de fecha 10 de diciembre de 2012, ambos de la Municipalidad de Santiago, documentos que no se insertan por ser conocidos por las partes. El presente acuerdo se extiende y firma en triplicado, quedando 2 ejemplares en poder del Municipioy L!S'I-t'P:lES-Yr- \ÜAlj D',\ 1.<?- <: ORA MUNICIP ( A::SDi'.li, tclpaudad DE ' CORPORACiÓNPARAELDESAOLLO DESANTIAGO <: ( {(J DE PROYECTOS URBANOS '" CORPORACiÓN PARA ELbESARROLLO DE SANTIAGO, i $""""';1 V, 'GI-.u, " :::>,. "{?;.,J-,,', c:-;,, r

.. V Secretaría Municipal Asuntos Municipales ip SECC. 2DA.- Nd 2 77 SANTIAGO, -1 SEP 2015. VISTOS: Antecedentes NOID-266646/ teniendo presente lo dispuesto en la Ley N 19.880, de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen actos de los Órganos de la Administración del Estado; Dictamen N 5108, de fecha 26 de enero 2012, de la Contraloría General de la República; Acuerdo de Colaboración, suscrito con fecha 10 de julio de 2015; Oficio Ord. N 2292, de fecha 26 de agosto de 2015, de la Dirección de Asesoría Jurídica; y en ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley N 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, vigente, D E C R E T O: 1.- APRUÉBASE el ACUERDO de COLABORACiÓN para la ejecución de la RECUPERACiÓN DE CITÉ Y PASAJES DE SANTIAGO, suscrito el 10 de julio de 2015, entre la Ilma. Municipalidad de Santiago, representada por su Administradora Municipal, doña MARCELA HALES HALES y la Corporación para el Desarrollo de Santiago, representada por su Director Ejecutivo, don CRISTIAN MORENOTERRAZAS, su Gerente Corporativo, don IGNACIO CABEZÓN PAPIC y su Gerente de Proyectos, doña IVANNIA GOLES BARRIENTOS. ANÓTE'SE Y transcríbase a la Dirección de Control, Secretaría Municipal, Dirección de Asesoría Jurídica, Secretaría Comunal de Planificación, Dirección Administración y Finanzas, Dirección de Operaciones, Dirección de Obras Municipales, Dirección de Desanrollo Comunitario, Corporación para el Desarrollo de Santiago, y pase a la Administradora Municipal para su conocimiento y fines consiguientes. { t/ ti: E COPIAFIELDESUORIGINAL 1. Municipalidadde Santiago - Pza.de Armass/n - Fono: 2271360 00 - www.municipalidaddesantiago.ci