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Transcripción:

1 COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DE TABASCO REGLAMENTO DE PRACTICA PROFESIONAL VILLAHERMOSA, TABASCO

2 INDICE CAPITULO Página INTRODUCCION 03 OBJETIVO 04 DISPOSICIONES GENERALES (Art. 1-7) 05 ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN (Art. 8-23) 06 DURACION Y MODALIDAD (Art. 24-30) 09 REQUISITOS (Art. 31) 10 SANCIONES ( Art. 32) 10 VIGENCIA (Art. 33-35) 11 ANEXOS 1. SOLICITUD DE PRÁCTICA PROFESIONAL 2. CARTA DE PRESENTACION 3. CARTA DE ACEPTACION 4. INFORME DE PRÁCTICA PROFESIONAL 5. CARTA DE LIBERACION DE PRACTICA PROFESIONAL 12 DIRECTORIO 17

3 INTRODUCCION Debido a la importancia que tiene para nuestro alumnado la vinculación de la teoría impartida en las aulas, con la práctica que se requiere para acceder a la especialización laboral, se instituye la realización de la práctica profesional, como una vía adecuada para tal fin. Esto da como resultado recursos humanos con una formación que les permite relacionarse con las condiciones reales de trabajo en la entidad, convirtiéndose en requisito curricular para la obtención del Certificado de Estudios y del titulo de Técnico en la Carrera correspondiente. La Dirección General del CECyTE-TABASCO, toma como base la normatividad de las prácticas profesionales formulada por la Coordinación de Normatividad y Asistencia de los Colegios de Estudios Científicos y Tecnológicos de los Estados a través del Área de Vinculación con el propósito de dar a conocer los procedimientos para la realización de las mismas.

4 OBJETIVO Proporcionar al estudiante la oportunidad de conocer e identificarse con las áreas de acción, funciones, actividades y la problemática del campo en que se desarrollará profesionalmente.

5 REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL PARA LOS ALUMNOS DEL CECyTE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES ART. 1 El presente reglamento establece la normatividad para la realización de prácticas profesionales por los alumnos del Subsistema CECyTE en el Estado de Tabasco. ART. 2 Se considera como practicas profesionales aquellas actividades que llevan a cabo los alumnos en los Centros de Trabajo Industrial y de servicios afines a la especialidad que cursan y además se realicen de conformidad a los lineamientos establecidos en el presente reglamento. ART. 3 La práctica profesional deberá concertarse bajo convenio entre el plantel y las empresas. ART. 4 Es responsabilidad del alumno ubicarse para la realización de la práctica profesional en las empresas del sector productivo pudiendo ser privadas o publicas. ART. 5 La realización de la práctica profesional no deberá interferir con las actividades académicas del alumno. ART. 6 La realización de la práctica profesional forma y se complementa con las actividades académicas del alumno.

6 ART. 7 La práctica se podrá realizar una vez que haya sido concluido el servicio social de acuerdo al reglamento correspondiente. ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN ART. 8 La Dirección del plantel realizará acciones de vinculación con el sector productivo, con la finalidad de contar con los espacios necesarios para que los alumnos realicen prácticas profesionales. ART. 9 La Coordinación de cada plantel realizará en forma permanente una campaña de orientación a los alumnos acerca de los objetivos, modalidades y obligatoriedad de la realización de las prácticas profesionales, de igual forma realizará su promoción mediante visitas a empresas, conferencias, o bien utilizando folletos, boletines, pósters, etc. ART. 10 La Dirección General establecerá en los convenios que suscriba con las empresas los objetivos de las prácticas. ART. 11 La Coordinación de práctica profesional de cada plantel dará seguimiento para que estas se cumplan de acuerdo a los convenios establecidos. ART. 12 La práctica profesional estará regida por la normatividad de las empresas en que se realicen, además de las establecidas en el presente reglamento.

7 ART. 13 El practicante desarrollará de común acuerdo con la empresa un plan de trabajo, fijando en cada caso el objetivo y el tiempo que se pretende emplear en cada actividad. ART. 14 El practicante no deberá participar en ningún asunto de carácter laboral o sindical relacionado con la empresa. ART. 15 El practicante deberá elaborar y entregar a la Coordinación del plantel un reporte mensual de actividades, con el visto bueno de la empresa (sello y firma). ART. 16 Los reportes mensuales se presentarán mediante la siguiente remisión: a).- Original para la Dirección del plantel b).- Copia para el practicante. ART. 17 Una vez concluido el periodo de prácticas, el alumno deberá presentar un informe final incluyendo en el reporte los siguientes aspectos: a.- Presentación b.- Objetivo de la práctica c.- Periodo de realización d.- Actividades relacionadas con un mínimo de 6 cuartillas, incluyendo la relación que tiene con las materias del plan de estudios de la Carrera. e.- Metas alcanzadas con un minino de 2 cuartillas f.- Comentarios, observaciones y conclusiones Incluirá además los datos generales de la empresa, ejemplo: g.- Nombre de la empresa y/o razón social h.- Domicilio y/o ubicación de la empresa

8 i.- Productos que fabrica y/o distribuye j.- Organigrama de la empresa k.- Nombre del jefe inmediato ART. 18 El informe final de la práctica profesional será elaborado en original y copia, que tendrán la siguiente remisión a).- Original para la Coordinación del plantel, acompañado de la constancia del cumplimiento de las prácticas por la empresa b).- Copia para el practicante ART. 19 El informe final deberá presentarse a la Coordinación del plantel una vez concluida la práctica profesional. ART. 20 La Coordinación del plantel, será la encargada de la revisión y certificación correspondiente. Una vez concluido el periodo de práctica profesional, se remitirán datos estadísticos de las prácticas a la Dirección de Vinculación, quien después de concentrar, y analizar de manera conjunta con la Dirección Académica y Planeación, enviará informe al director general. ART. 21 El practicante y/o empresa podrán solicitar la suspensión o terminación de la prestación de prácticas profesionales siempre y cuando exista causa plenamente justificada, debiendo comunicarlo por escrito a la brevedad posible a la Dirección del plantel. La Dirección del plantel verificará la información y decidirá sobre la procedencia de la continuación de la práctica en otro lugar, computando el tiempo en que fue prestada la practica.

9 ART. 22 La práctica profesional podrá ser suspendida o no reconocida cuando no se apegue a la normatividad establecida en el presente reglamento. ART. 23 Será requisito para el trámite de la entrega de certificado de estudios y del titulo, que se otorgue una copia de la certificación de dicha práctica al departamento de control escolar y estadística de la Dirección General. DURACION Y MODALIDAD ART. 24 La práctica tendrá que ser concertada directamente por el alumno. ART. 25 La práctica que sea gestionada directamente por el alumno deberá ser reportada inmediatamente a la coordinación del plantel, para los trámites formales correspondientes. ART. 26 La duración de la práctica profesional será de 240 horas. ART. 27 4.- Las modalidades en que se podrá cubrir la práctica profesional, serán las siguientes: a).- En jornada de cuatro o más horas diarias b).- 60 días hábiles en jornadas de cuatro horas diarias c).- 2 meses como mínimo y 3 meses como máximo ART. 28 Tendrá como fecha de inicio el primer lunes siguiente al inicio de clases y fecha de terminación el día que ajuste los tres meses.

10 ART. 29 Podrá otorgarse Reconocimiento de la práctica profesional cuando el alumno o egresado, se encuentre trabajando en actividades relacionadas con su Carrera y tenga una duración equivalente a 240 horas efectivas. ART. 30 La práctica profesional se podrá realizar en una o más empresas en los casos de aquellos alumnos que por necesidad de la carrera que cursan requieran más de 240 horas en la industria. REQUISITOS ART. 31 Para iniciar las prácticas profesionales el alumno deberá haber cubierto el servicio social y cubrir los trámites que se señalan en el reglamento y apoyarse en las siguientes instrucciones: A.- Llenar solicitud de práctica profesional. B.- Solicitar carta de presentación, avalada con la firma del Director del plantel. C.- Presentar al plantel carta de aceptación de la empresa con sello y firma. D.- Presentar mensualmente al plantel reporte de práctica profesional y un informe final de su práctica al término de la misma. E.- Solicitar en la empresa la constancia de acreditación de la práctica profesional realizada por el alumno o egresado y entregarla a la Coordinación del plantel adscrito. SANCIONES ART. 32 Cuando el alumno incurra en las siguientes faltas, será suspendido automáticamente en la realización de sus

11 prácticas y no se le permitirá la realización de las mismas durante ese mismo periodo. 1.- Abandono de prácticas 2.- incumplimiento de las mismas 3.- Falsificación de firmas y/o documentos. 4.- Anomalías en la información proporcionada en los reportes de prácticas profesionales. 5.- Inmiscuirse en asuntos de carácter sindical o laboral de la empresa. 6.- Presentarse en estado de ebriedad o bajo alguna droga o enervante. 7.- Falta de respeto al personal que labora en la empresa. 8.- Violación a los reglamentos de la empresa. 9.- Otras causas graves que afecten la imagen del plantel y del subsistema. Solo tendrá derecho a solicitarla en una segunda oportunidad, comprometiéndose a cumplirlas conforme al presente reglamento. VIGENCIA ART. 33 Quedan sin efecto todas las disposiciones que se opongan parcial o totalmente al presente reglamento. ART. 34 Los casos no previstos en el presente reglamento o aclaraciones surgidas en su interpretación, serán sometidos para su estudio y dictamen correspondiente a la Dirección General del CECyTE. ART. 35 El presente reglamento entrará en vigor a partir de su aprobación por la Junta Directiva del Colegio.

12 ANEXOS

DIRECCION GE NERAL DE EDUCACION TECNOLOGICA INDUSTRIAL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE TABASCO COORDINACION DE PRÁCTICAS PROFESIONALES PLANTEL. CLAVE:. SOLICITUD DE PRACTICAS PROFESIONALES DATOS DEL SOLICITANTE: Nombre: foto APELLIDO PATERNO MATERNO NOMBRE (S) No. control: Especialidad: Semestre: Edad: Sexo: Domicilio: Ciudad: Modalidad en que desea realizar sus prácticas profesionales: a) En jornadas de cuatro o más horas diarias b) 60 días hábiles en jornadas de cuatro horas diarias c) 2 meses como mínimo y 3 meses como máximo Empresa en que desea participar: Nombre: Domicilio: Ciudad Giro Tel.: Área en que desea realizar sus prácticas profesionales: a de Firma del Interesado

DIRECCION GENERAL DE EDUCACION TECNOLOGICA INDUSTRIAL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE TABASCO COORDINACION DE PRÁCTICAS PROFESIONALES PLANTEL. CLAVE:. ASUNTO: PRESENTACION, TAB., A DE DEL 20 La Dirección del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Tabasco se permite presentar a sus atenciones al alumno (a): foto De la Especialidad de Con No. de Control: quien desea realizar sus Prácticas Profesionales, en la Empresa y/o institución que Usted dignamente dirige. En espera de informes, evaluación y constancia de nuestros participantes, al término de sus prácticas profesionales, anticipamos a usted las más cumplidas gracias, quedando a sus respetables órdenes. ATENTAMENTE DIRECTOR DEL PLANTEL c.c.p.- Coordinación de Prácticas Profesionales. c.c.p.- Interesado.

DIRECCION GENERAL DE EDUCACION TECNOLOGICA INDUSTRIAL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE TABASCO COORDINACION DE PRÁCTICAS PROFESIONALES PLANTEL. CLAVE:. INFORME DE PRÁCTICAS PROFESIONALES Alumno: Especialidad: APELLIDO PATERNO MATERNO NOMBRE (S) No. de Control Semestre: Empresa y/o Institución: Ubicación: Departamento: Giro: Informe No.: Fecha de Inicio: Horas Laboradas: Fecha de Terminación Fecha de Entrega: Información de Actividades Realizadas: Vo. Bo. De la Empresa Firma del Interesado

DIRECCION GE NERAL DE EDUCACION TECNOLOGICA INDUSTRIAL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE TABASCO COORDINACION DE PRÁCTICAS PROFESIONALES PLANTEL. CLAVE:. A QUIEN CORRESPONDA: LIBERACION DE PRACTICAS PROFESIONALES Por medio de la presente se hace constar que según documentos que obran en los archivos del Departamento de Control Escolar de esta institución, el (la) C. Con No. de Control de la Especialidad de del Nivel Bachillerato Tecnológico realizó sus prácticas profesionales en la Empresa y/o Institución en el departamento de desempeñando actividades de: cubriendo un total de 240 horas durante el periodo comprendido del de al de de. Estas prácticas profesionales fueron realizas de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del artículo 5to. Constitucional relativo al ejercicio de las Profesiones y los Reglamentos que rigen al Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Tabasco. Se extiende la presente para los fines legales que al (a la) interesado (a) convengan en a los días del mes de del año de Coordinador de Prácticas Profesionales Director del Plantel

17 DIRECTORIO LIC. MANUEL ANDRADE DÍAZ GOBERNADOR DEL ESTADO DE TABASCO JUNTA DIRECTIVA DEL CECyTE TABASCO ING, PEDRO PALOMEQUE CALZADA DIRECTOR GENERAL DEL CECyTE TABASCO C. P. EVELIO TORRES TOVILLA DIRECTOR ADMINISTRATIVO LIC. PATRICIA MENDOZA CRUZ DIRECTORA ACADEMICA C. P. ERNESTO PRIEGO LÓPEZ DIRECTOR DE PLANEACION