Acuerdo de licencia de uso

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Acuerdo de licencia de uso

Acuerdo de licencia de uso La contratación de la aplicación informática Clinics sft implica la aceptación de la presente Licencia de uso del producto, así como la aceptación de las Condiciones Generales de Contratación que son de aplicación en los productos y servicios ofrecidos por CRITIC SL. 1. OBJETO CRITIC SL ofrece la licencia para la utilización del software Clinics sft, en su modalidad online, restando la entidad contratante obligada al pago de la cantidad establecida en las Tarifas Vigentes publicadas en www.clinics.es. El pago de la licencia otorgada bajo el presente contrato, no constituye la compra de los programas ni de los títulos, ni derechos de autor correspondientes. 2. PRECIO Y PAGOS El precio convenido por la licencia de uso de los programas objeto de este contrato se precisa en el documento Tarifas Vigentes, CRITIC SL pondrá a disposición de la entidad mediante su página web o si así lo solicita será enviado por correo ordinario una copia del mismo. El pago se realizará mediante domiciliación bancaria de forma anticipada al periodo de uso, se autoriza expresamente a Critic sl. a realizar el cobro de los productos i servicios contratados mediante este procedimiento. 3. VIGENCIA El presente Contrato tendrá vigencia a partir de la data de aceptación del acuerdo, con carácter mensual prorrogable de manera indefinida mientras no se den las condiciones expuestas en este acuerdo que motiven la rescisión del contrato.

4. PROPIEDAD Y DERECHOS DE AUTOR Los programas amparados por este contrato bajo licencia, las reproducciones originales de los mismos, cualquier copia parcial o total, realizada por CRITIC SL o la entidad contratante o por cualquier otra persona, los derechos legales de copia, las patentes, las marcas, los secretos comerciales, y de cualquier otro derecho intelectual o de propiedad, pertenecen a CRITIC SL, por el que cuenta con las autorizaciones suficientes para otorgar a su vez licencias de uso sobre estos programas. La entidad acepta y reconoce que los programas bajo licencia son secretos comerciales de CRITIC SL, así como toda la información o documentación que le sea proporcionada y que haya sido identificada por este como confidencial. 5. ALCANCE DEL USO AUTORIZADO DE LOS PROGRAMAS CRITIC SL proporciona a la entidad el uso de la aplicación Clinics SFT en cualquier clínica propiedad de la misma entidad contratante, demostrando la propiedad con los documentos legales necesarios, requeridos por CRITIC SL. La entidad tiene capacidad para crear usuarios de la aplicación bajo su responsabilidad y quedando sujetos los mismos usuarios a las condiciones de privacidad, propiedad y derechos de autor que se describen en este contrato, así como a las Condiciones Generales de Contratación que le son de aplicación. La entidad contratante no tendrá derecho a realizar modificaciones sobre el código fuente ni sobre cualquier otro módulo sensible a modificaciones, excepto con autorización expresa y por escrito de CRITIC SL. La entidad no tendrá derecho a comercializar o sublicenciar en ninguna forma los programas de cómputo bajo licencia. Si dentro de las funciones de la entidad no se encuentran las de la prestación de servicios a terceros a través de consulta de información, asesorías o procesamiento remoto de datos; esta no podrá realizarlos con base en los programas bajo licencia, sin la autorización expresa y por escrito de CRITIC SL. 6. CONFIDENCIALIDAD La entidad se compromete a no difundir la información que le haya sido proporcionada por CRITIC SL y que sea identificada por este como Confidencial, a excepción de aquella que sea de dominio público.

7. NUEVAS VERSIONES La entidad dispondrá siempre automáticamente de la última versión del software, mientras este esté al cabo de la calle de los pagos que otorgan la vigencia a esta licencia. Todas las modificaciones y versiones son propiedad de CRITIC SL. 8. PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL SOFTWARE Los programa bajo esta licencia son una herramienta de trabajo en línea vía web. En el momento de aceptación del nuevo usuario, CRITIC SL registrará en sus bases de datos a la entidad, otorgando poderes a un administrador del software. El administrador del software será el único responsable de la introducción de nuevos usuarios con sus permisos correspondientes. Los administradores recibirán el apoyo necesario para la administración pero no se desquitan de la responsabilidad sobre las modificaciones. CRITIC SL no se hace responsable en ningún sentido de los posibles daños causados por los usuarios del software, ni de pérdidas de información que puedan incurrir en cualquier pérdida en los beneficios esperados por la entidad. 8.1 Recomendaciones: aconsejamos al usuario del software Clinics SFT que revise periódicamente el apartado News en la web www.clinics.es que contiene orientaciones sobre la mejor configuración para sacar el máximo partido a la aplicación. 9. PRUEVAS DE ACCEPTACIÓN DEL PROGRAMA El Usuario dispone de un plazo de 7 días hábiles desde del día de recepción del producto o desde el día de celebración del contracto en el caso de la prestación de servicios, para desistir o resolver el contrato suscrito con CRITIC SL. para la adquisición de los productos, sin que esto suponga penalización alguna para el Usuario. Si transcurrido este plazo, la entidad no ha manifestado su disconformidad a CRITIC SL, se entenderá que los programas han ido aceptados. 10. CAPACITACIÓN Y SOPORTE TECNICO Critic sl. garantiza a la entidad la existencia y calidad de la capacitación para el suyo personal, con el fin de operar adecuadamente los programas bajo licencia. Esta capacitación podrá prestarla directamente Critic sl. o bien, a elección de Critic sl. por mediación de un tercero.

La cuota única que concede vigencia a la licencia de uso del software incluye el apoyo técnico necesario para la resolución de las dudas y conflictos que tengan a origen exclusivamente en el software contratado. CRITIC SL garantiza a la entidad, la existencia y calidad de los servicios de apoyo técnico que esta requiera para la correcta operación de los programas bajo licencia. 11. GARANTIA Y RESPONSABILIDAD CRITIC SL garantiza a la entidad el buen estado operacional de los programas bajo licencia y el acceso desde el medio dónde estos se encuentran. Esta garantía debe ser válida siempre que la entidad utilice los programas bajo licencia conforme a las especificaciones técnicas contenidas en los manuales de operación. CRITIC SL corregirá los errores que puedan afectar al buen funcionamiento del programa en aquellas incidencias propias del software CRITIC SL no es responsable en caso alguno de los errores y pérdidas de información motivadas por acción uno omisiones de los usuarios del software así como no se hace responsable de las pérdidas de información resultantes de fallos o averías en los servicios contratados a terceros para almacenar datos. Cualquier alteración, o versión no autorizada del software elimina cualquier tipo de responsabilidad que se genere de la utilización de este. CRITIC SL garantiza la asesoría técnica telefónica y, si procede, la asistencia remota desde las instalaciones de CRITIC SL, en todo el relacionado con la operación y funcionamiento de los programas bajo licencia durante el periodo de vigencia de la licencia contratada. 12. RESPONSABILIDAD LABORAL El presente Contrato no crea ni genera relación jurídica laboral alguna entre la entidad y el personal que contrate CRITIC SL. La entidad no asume ninguna responsabilidad por las obligaciones que contraiga CRITIC SL para la ejecución del servicio. 13. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá poner término al presente contrato mediante aviso cursado a la otra parte por escrito con quince (15) días hábiles de anticipación. En caso de incumplimiento, por causa injustificada de alguna cláusula del presente contrato, éste podrá ser resuelto por cualquiera de las partes, previo aviso por escrito con treinta (30) días de anticipación.

14. MODIFICACIONES Ninguna cláusula del presente contrato podrá ser modificada, suprimida o agregada por una de las partes unilateralmente. Toda proposición de cambio deberá ser comunicada y aceptada por escrito un mes antes de la fecha de realización. 15. ARBITRAJE Las partes se someten al conocimiento y decisión de uno o más árbitros para la solución de las controversias que en el futuro puedan surgir entre ellas como consecuencia del presente contrato. De acuerdo a la Ley de arbitraje los Árbitros resolverán las controversias que se originen con arreglo al derecho aplicable. 16. COMPETÈNCIA Las partes renuncian expresamente al fuero de sus domicilios y se someten a la competencia de los Jueces y Tribunales de Tarragona, asimismo, declaran expresamente que en todo el no previsto en el presente contrato se rigen por el dispuesto en el Código Civil en el que fuera pertinente. En señal de conformidad e invocando a la buena Fe, la entidad acepta el presente contrato para que disponga de la validez legal necesaria a su efecto.