Bruselas, COM(2016) 541 final. ANNEXES 1 to 5 ANEXOS

Documentos relacionados
Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

F1 71 PE T4.3 TRACTORES

DIRECTIVA 2010/62/UE DE LA COMISIÓN

Protocolo sobre la Ley Aplicable a las Obligaciones Alimenticias

CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE DERECHO AERONÁUTICO. (Montreal, 20 de abril al 2 de mayo de 2009)

REGLAMENTOS. L 72/2 Diario Oficial de la Unión Europea

Proyecto de REGLAMENTO (UE) Nº / DE LA COMISIÓN

(Texto pertinente a efectos del EEE)

JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA

ANEXO. a la. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

ANEXO. DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE Nº.../2014 por la que se modifica el Protocolo 4 (normas de origen) del Acuerdo EEE.

Arreglo de Madrid relativo a la represión de las indicaciones de procedencia falsas o engañosas en los productos del 14 de abril de 1891

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

ANEXO. de la. Propuesta de Decisión del Consejo

(6) La Comunidad debe, por ello, aprobar el Protocolo. (10) De conformidad con el artículo 3 del Protocolo sobre la

ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES

PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD*

Diario Oficial de la Unión Europea C 214 E/1. (Comunicaciones) CONSEJO. POSICIÓN COMÚN (CE) N o 40/2003

ACUERDO SOBRE EL SALVAMENTO Y LA DEVOLUCIÓN DE ASTRONAUTAS Y LA RESTITUCIÓN DE OBJETOS LANZADOS AL ESPACIO ULTRATERRESTRE

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Convenio Europeo de 1983 sobre Indemnización a las Víctimas de Delitos Violentos

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

L 291/36 Diario Oficial de la Unión Europea

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité sobre Comercio de Fauna y Flora Silvestres.

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

7209/18 DSI/laa/ec DGE 2

CONVENIO DEL INSTITUTO FORESTAL EUROPEO

(2) El artículo 10 del Protocolo Adicional establece que este estará abierto a la aprobación de la Unión.

(Actos adoptados en aplicación del título V del Tratado de la Unión Europea) ACCIÓN COMÚN 2006/1002/PESC DEL CONSEJO. de 21 de diciembre de 2006

DECISIONES. (Texto pertinente a efectos del EEE)

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 91,

NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES RONDA URUGUAY

Propuesta de REGLAMENTO (CE) Nº /.. DE LA COMISIÓN

ANEXO. de la propuesta de. Decisión del Consejo

Diario Oficial de la Unión Europea. (Actos no legislativos) REGLAMENTOS

CONVENCIÓN SOBRE LA PRONTA NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTE NUCLEARES

(Texto pertinente a efectos del EEE)

PROTOCOLO ADICIONAL DE LA CONVENCION EUROPEA SOBRE INFORMACION RELATIVA AL DERECHO EXTRANJERO, ADOPTADO EN ESTRASBURGO, EL 15 DE MARZO DE 1978

Diario Oficial de la Unión Europea

L 43/6 Diario Oficial de la Unión Europea

(Texto pertinente a efectos del EEE)

PROTOCOLO DE MODIFICACION DEL CONVENIO MULTILATERAL SOBRE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS CONSIDERANDO

REGLAMENTOS. L 46/8 Diario Oficial de la Unión Europea

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

DIRECTIVAS. (Texto pertinente a efectos del EEE)

16. Protocolo para la represión de actos ilícitos. la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental,

5. Convenio 1 sobre la Competencia del Foro Contractual en el Supuesto de Venta de Carácter Internacional de Objetos Muebles Corporales 2

Diario Oficial de la Unión Europea L 21/3

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Proyecto de REGLAMENTO (UE) Nº / DE LA COMISIÓN

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

DIRECTIVA 2013/8/UE DE LA COMISIÓN

Diario Oficial de la Unión Europea DECISIONES

L 314/6 Diario Oficial de la Unión Europea

(hecho el 4 de mayo de 1971) 2. Han resuelto concluir un Convenio a tal efecto y han acordado las disposiciones siguientes:

BOE 139/1987, de 11 de junio de 1987 Ref Boletín: 87/13701

ANNEX ANEXO. de la. Decisión del Consejo

Cumplidos los requisitos exigidos por la Legislación española.

Circular nº noviembre A: Todos los Miembros de la OMI Partes en el Convenio MARPOL que no son Miembros de la OMI

Convenio 1 sobre Competencia de Autoridades, Ley Aplicable y Reconocimiento de Decisiones en Materia de Adopción

PROTOCOLO FACULTATIVO DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS*

L 176/38 Diario Oficial de la Unión Europea

DECRETO 801/1972, DE 24 DE MARZO, SOBRE ORDENACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO EN MATERIA DE TRATADOS INTERNACIONALES.

(Actos no legislativos) DECISIONES

Arreglo de La Haya relativo al depósito internacional de dibujos y modelos industriales

APÉNDICE 103 LAT UHR-EdKit-03-UHR Educator Guide Interior /08/ :24:42 p.m.

19. Protocolo relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de Contaminación por Sustancias Distintas de los Hidrocarburos

Protocolo a la Convención para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado 1954

REGLAMENTOS. L 256/4 Diario Oficial de la Unión Europea

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO JEFATURA DEL ESTADO

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Proyecto de REGLAMENTO (UE) DE LA COMISIÓN

(Texto pertinente a efectos del EEE)

DECISIONES. (Texto pertinente a efectos del EEE)

Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

Diario Oficial de la Unión Europea L 313/3

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

CONSEJO DE COOPERACIÓN ADUANERA (Organización Mundial de Aduanas)

ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES

Diario Oficial de la Unión Europea

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

L 45/12 Diario Oficial de la Unión Europea

DIRECTIVA 2012/36/UE DE LA COMISIÓN

Diario Oficial de la Unión Europea L 47/51

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 5 de junio de 2015 (OR. en)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

ARTÍCULOS 13 A 25* PROPUESTA DE CHILE Y COSTA RICA

DISPONGO: Disposiciones Finales

Diario Oficial de la Unión Europea L 160/3

200 CALES PARA ESTABILIZACIÓN DE SUELOS

PROTOCOLO DE MONTREAL

Proyecto de REGLAMENTO (UE) Nº / DE LA COMISIÓN

ANEXO 3. RESOLUCIÓN MEPC.278(70) (Adoptada el 28 de octubre de 2016)

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

L 312/28 Diario Oficial de la Unión Europea

Transcripción:

COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 26.8.2016 COM(2016) 541 final ANNEXES 1 to 5 ANEXOS de la propuesta de Decisión del Consejo sobre la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el grupo de expertos sobre el Acuerdo europeo sobre trabajo de tripulaciones de vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR) de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas ES ES

ANEXO I Modificación del artículo 22 y supresión del artículo 22 bis 1) El artículo 22 queda modificado como sigue: a) En el artículo 22, los apartados 1 y 2 se sustituyen por el texto siguiente: «1. Los apéndices 1, 1B, 1C y 2 del anexo del presente Acuerdo podrán modificarse mediante el procedimiento especificado en el presente artículo. 2. A petición de una Parte Contratante, las propuestas de enmienda de los apéndices 1, 1B, 1C o 2 del anexo del presente Acuerdo serán examinadas por el Grupo de trabajo principal sobre transporte por carretera de la Comisión Económica para Europa. b) El apartado 4 se sustituye por el texto siguiente: «4. La enmienda será aceptada si, en el plazo de seis meses a partir de la fecha de notificación, notifican al Secretario General su oposición a la enmienda no más de la mitad de las administraciones competentes de las Partes Contratantes. c) Se añade un nuevo apartado 6: «6. Si una propuesta de enmienda del apéndice 1B o 1C del presente Acuerdo da lugar a la modificación de otros artículos o anexos del Acuerdo, las enmiendas de los apéndices 1B o 1C no podrán entrar en vigor antes de la entrada en vigor de las enmiendas relativas a otras partes del Acuerdo de conformidad con el artículo 21. Si, en tal caso, las enmiendas del apéndice 1B o 1C se presentan simultáneamente con las enmiendas relativas a otras disposiciones del Acuerdo, la fecha de su entrada en vigor será la derivada de la aplicación del procedimiento descrito en el artículo 21.» 2) Se suprime el artículo 22 bis. ANEXO II Modificación del artículo 14 El artículo 14 queda modificado como sigue: a) Después del apartado 1, se inserta el apartado 1 bis siguiente: ES 2 ES

«1 bis. El presente Acuerdo también estará abierto a la firma de las organizaciones regionales de integración. A efectos del presente Acuerdo, se entenderá por "organización regional de integración" una organización constituida por Estados soberanos de una región determinada que tenga competencias respecto de determinados asuntos regidos por el presente Acuerdo y que haya sido debidamente autorizada a firmar y ratificar, aceptar, aprobar o adherirse al presente Acuerdo. El representante de una organización regional de integración que sea Parte Contratante en el Acuerdo emitirá el voto de los Estados miembros que la constituyen sin que sea necesaria su presencia en la votación.» b) El apartado 5 se sustituye por el texto siguiente: «5. Respecto de cada Estado u organización regional de integración que ratifique o se adhiera al presente Acuerdo después del depósito del octavo instrumento de ratificación o adhesión, tal como se menciona en el apartado 4 del presente artículo, el presente Acuerdo entrará en vigor ciento ochenta días después del depósito por dicho Estado u organización regional de integración de su instrumento de ratificación o adhesión.» ES 3 ES

ANEXO III Modificación del artículo 10 En el artículo 10, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente: «3. En relación con los vehículos matriculados por primera vez hasta el 14 de junio de 2019, un aparato de control conforme al Reglamento (CEE) n.º 3821/85 de 20 de diciembre de 1985 y al apéndice 1B del presente Acuerdo en lo que se refiere a la fabricación, instalación, utilización y ensayo se considerará conforme a los requisitos del presente Acuerdo. En relación con los vehículos matriculados por primera vez a partir del 15 de junio de 2019, un aparato de control conforme al Reglamento (UE) n.º 165/2014 de 4 de febrero de 2014 y al apéndice 1C del presente Acuerdo en lo que se refiere a la fabricación, instalación, utilización y ensayo se considerará conforme a los requisitos del presente Acuerdo.» ES 4 ES

ANEXO IV Apéndice 1C El anexo IC del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/799 de la Comisión se añade como apéndice 1C del anexo del AETR. ES 5 ES

ANEXO V Certificado de homologación para productos de conformidad con el apéndice 1B/1C El capítulo III del apéndice 2, titulado «III. Certificado de homologación para productos de conformidad con el apéndice IB» se sustituye por el texto siguiente: «III. Certificado de homologación para productos de conformidad con el apéndice 1B/1C (1) Cuando la Parte Contratante efectúe una homologación, expedirá el certificado correspondiente a favor del solicitante, elaborado de conformidad con el modelo indicado a continuación. Las Partes Contratantes utilizarán ejemplares de este documento para comunicar a las demás Partes Contratantes las homologaciones concedidas o retiradas. Certificado de homologación para productos de conformidad con el apéndice 1B/1C (1) Administración competente Comunicación relativa a (2): Homologación Retirada de una homologación De un modelo de aparato de control De un componente de un aparato de control (3) De una tarjeta de conductor De una tarjeta de taller De una tarjeta de empresa De una tarjeta de inspector N.º de homologación... (1) Marca de fabricación o marca comercial (2) Denominación del modelo (3) Nombre del fabricante (4) Dirección del fabricante (5) Fecha de presentación para homologación (6) Laboratorio o laboratorios de ensayo (7) Fecha y nº de los informes (8) Fecha de homologación (9) Fecha de retirada de la homologación (10) Modelo(s) del (de los) componente(s) del aparato de control con el que, o con los que, el componente esté destinado a ser utilizado. (11) Lugar. (12) Fecha. (13) Documentos descriptivos anexos. (14) Observaciones (incluida la colocación de marchamos, si procede)......... (Firma) (1) Especifíquese si se trata del apéndice 1B o del apéndice 1C (2) Márquense las casillas correspondientes (3) Especifíquese el componente de que se trate en la comunicación ES 6 ES