CONVENIO DE COOPERACION AL PROCESO DE ELECCIONES PRIMARIAS Y GENERALES DEL AÑO 2017

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Transcripción:

:LIAnahl ASY11:10., UNAH Republica e Hondura. Tribunal CONVENIO DE COOPERACION AL PROCESO DE ELECCIONES PRIMARIAS Y GENERALES DEL AÑO 2017 SUSCRITO ENTRE EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS Tegucigalpa, M.D.C. 11 de octubre de 2016 Honduras, C.A.

t UNAH,1101 República de Honduras Tribunal CONVENIO DE COOPERACION AL PROCESO DE ELECCIONES PRIMARIAS Y GENERALES DEL AÑO 2017, ENTRE EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL (TSE) Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS (UNAH). Nosotros, ERICK MAURICIO RODRIGUEZ GAVARRETE, mayor de edad, Abogado, casado, hondureño, con tarjeta de identidad número 0801-1968-01147 y de este domicilio, actuando en mi condición de Magistrado Presidente y Representante Legal del TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL, cargo al cual fui nombrado para el periodo del 15 de mayo de 2016 al 14 de mayo de 2017, tal como consta en el Punto II del Acta 040-2015/2016 (Certificación 521-2015/2016), de fecha 11 de mayo del año dos mil dieciséis, de Traspaso de la Presidencia del Tribunal, en uso de las facultades que me confiere la Ley y de las Organizaciones Políticas (LEOP), debidamente facultado para la suscripción de este documento según consta en la resolución del Pleno contenida en el punto V, numeral tres (03) del Acta numero 013-2016/2017 (Certificación 215-2016/2017) de fecha 17 de agosto de 2016, quien para los efectos de este Convenio en lo sucesivo se denominará como "TSE" y JULIETA CASTELLANOS RUIZ, mayor de edad, soltera, Licenciada en Sociología y de este domicilio, con tarjeta de identidad número 1518-1954-00075, actuando en mi condición de Rectora y Representante Legal de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, nombrada como tal mediante Acuerdo No.13-2013-JDU-UNAH del 20 de Septiembre del año 2013, y que en adelante se denominará "UNAH", hemos convenido en suscribir el presente CONVENIO DE COOPERACION AL PROCESO DE ELECCIONES PRIMARIAS Y GENERALES DEL AÑO 2017, el que se regirá por las consideraciones y cláusulas siguientes: CONSIDERANDO (1): Que corresponde al Tribunal, todo lo relacionado con los procesos electorales, su organización, dirección, administración y vigilancia, lo cual se rige por lo preceptuado en la Constitución de la República y la Ley y de las Organizaciones Políticas. CONSIDERANDO (2): Que la Ley y de las Organizaciones Políticas en sus Artículos 155 y 157, establece: "El Tribunal diseñará y ejecutará un programa de formación y educación cívica electoral, destinado a fomentar la cultura política de la población y mejorar los conocimientos y aptitudes de las personas que participan en los 1

E Tribunal Repúblieá e Honduiii, procesos electorales". Y se entiende por capacitación electoral, todas aquellas actividades de docencia, investigación y divulgación de la materia electoral, que el Tribunal, los Partidos Políticos e Instituciones Cooperantes realicen de manera exclusiva bajo la modalidad de educación no formal, con el objeto de mejorar los conocimientos, habilidades, destrezas y aptitudes de los ciudadanos que intervienen en el proceso electoral. CONSIDERANDO (3): Que se hace necesario establecer un sistema de cooperación mediante la participación de instituciones y actores claves, que coadyuven a fortalecer y fomentar la confianza en el proceso electoral de los partidos políticos. CONSIDERANDO (4): Que LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS- UNAH, es una institución autónoma del Estado con personalidad Jurídica y patrimonio propio, cuya autonomía se establece en la Constitución de la República y su organización, funcionamiento y atribuciones se regulan por la Ley Orgánica y sus Reglamentos. CONSIDERANDO (5): Que entre los objetivos de la UNAH está formar profesionales del más alto nivel académico, cívico y ético capaces de enfrentar los desafíos que impone la sociedad; que en todo momento la UNAH mantiene y mantendrá un firme compromiso con la Docencia, la Vinculación Universidad- Sociedad y la Investigación. Los vínculos académicos que la Universidad establece con el Estado, los sectores productivos y la sociedad civil posibilitan que los conocimientos científicos técnicos y humanistas de la Universidad sean útiles para orientar y resolver problemas en la nación. Con tal finalidad, el Tribunal y la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, celebran y suscriben el presente Convenio que determina el alcance y la naturaleza del acompañamiento ciudadano que hará la "UNAH" en el proceso electoral del 12 de marzo del año 2017 Elecciones Primarias y el 26 de noviembre de 2017 Elecciones Generales; POR TANTO, ACUERDAN: PRIMERA.- Objeto. El presente Convenio tiene por objeto fortalecer el proceso democrático hondureño promoviendo y garantizando el efectivo cumplimiento de los derechos políticos de los ciudadanos y ciudadanas y las disposiciones emanadas en la legislación nacional en una relación de cooperación y acompañamiento que involucre la participación de la UNAH, a fin de promover una cultura de transparencia, construcción de ciudadanía, además de contribuir a propiciar valores y prácticas democráticas en los universitarios que fomenten la 2

UNAH *TSE Tribunal República de Hondura. gobernabilidad en el marco de las Elecciones Primarias y Generales del año 2017. SEGUNDA.- Cumplimiento Institucional. Para el efectivo cumplimiento de este Convenio las partes se comprometen a: TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL: a) Brindar cooperación técnica y logística, para el desarrollo de las actividades relacionadas directamente con el presente Convenio; b) Proveer expertos en procesos electorales y en materia de formación y educación cívica electoral, para apoyar las acciones de capacitación objeto de este Convenio; c) Respetar lo establecido en este Convenio y darle estricto cumplimiento; d) Para los propósitos de agilizar y eficientar los asuntos de orden logístico, administrativo y financiero, en el caso del proceso de Custodios es/operadores Técnicos, el TSE mediante transferencia de fondos, cubrirá los montos establecidos y verificados por ambas partes, para hacer efectivo el pago convenido. LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS: a) Como instancia autónoma de carácter académica, cooperará con el TSE en la selección y coordinación general del proceso de reclutamiento de Custodios es/operadores Técnicos en los Centros de Votación en los departamentos y/o municipios donde operan sus Centros Universitarios: Centro Universitario Regional del Litoral Atlántico (CURLA) en La Ceiba, Centro Universitario Regional del Valle del Aguán (CURVA) en Yoro, UNAH en el Valle de Sula en San Pedro Sula, Centro Universitario Regional de Occidente (CUROC) en Santa Rosa de Copán, Centro Universitario Regional Nororiental (CURNO) en Olancho, Centro Universitario Regional del Litoral Pacífico (CURLP) en Choluteca, Centro Universitario Regional del Centro (CURC) en Comayagua, UNAH-TEC Danlí, Instituto Tecnológico Superior de Tela (ITS-T) y Ciudad Universitaria en Tegucigalpa así como en sus Centros de Recursos de Aprendizaje en Educación a Distancia (CRAED) ubicados en Tegucigalpa, Siguatepeque, Juticalpa, El Progreso, Tocoa, La Entrada, Choluteca y El Paraíso; sus Telecentros en Ocotepeque, Gracias, Roatán, Choloma y Puerto Cortés; b) Cooperación con el TSE en materia de formación y educación cívica electoral, y la promoción de una cultura política democrática, dirigida a jóvenes, brindando su apoyo en documentación y capacitación en observancia al cumplimiento de la LEOP; c) Presentar a la terminación del presente Convenio, un informe al TSE y a la ciudadanía hondureña sobre la aplicación debida de lo convenido en este instrumento, su evaluación y recomendaciones; d) La UNAH asume la responsabilidad de presentar el informe de índole financiero respecto de las transferencias de fondos realizadas por el TSE, en virtud que la financiación del 3

UNAH República de llondunis E Tribunal Proyecto Custodios es/operadores Técnicos es competencia y obligación exclusiva del TSE. Este informe será entregado a las autoridades del TSE un mes después de celebradas las elecciones primarias y generales 2017, respectivamente. TERCERA. Compromisos conjuntos del TSE y la UNAH.- El TSE y LA UNAH tienen los siguientes compromisos conjuntos: a) Reconocer la importancia de la cooperación de la sociedad como corresponsable de la selección de Custodios es/operadores Técnicos, lo que representa un paso trascendente en la participación de la academia en los procesos electorales y fortalece la confianza de la ciudadanía; b) Propiciar foros, talleres y capacitaciones para promover información a la ciudadanía sobre la relevancia del proceso electoral y otros contenidos democráticos de interés cívico para el fomento de la cultura política del pueblo y el mejoramiento de los conocimientos y aptitudes de la ciudadanía y su participación en los procesos electorales, con énfasis en la juventud; c) Cooperar en la coordinación del proyecto de Custodios es/operadores Técnicos; d) Mantener un canal de comunicación directo para el intercambio de información actualizada y la coordinación relativa al seguimiento del desarrollo del proceso electoral en el ámbito de la aplicación del presente Convenio. CUARTA.- Coordinación. La coordinación de este Convenio estará bajo la responsabilidad directa de: En representación del TSE el señor Marcos Ramiro Lobo Rosales, Magistrado Suplente y en representación de la UNAH, el señor Ayax Irías Coello, Vicerrector de Orientación y Asuntos Estudiantiles, con el propósito de garantizar el intercambio de información en forma continua y asegurar la eficiente ejecución operativa del mismo. Ambas partes acuerdan nombrar una comisión interinstitucional dirigida por los coordinadores del presente convenio a fin de establecer entre otros: perfil, reclutamiento y selección de custodios, capacitación, estipendios, gastos a cubrir así como las demás obligaciones que se deriven del presente convenio. QUINTA.- Ampliaciones o Modificaciones. El presente Convenio podrá ser ampliado o modificado a otras áreas de interés o darlo por terminado antes del tiempo previsto por mutuo acuerdo de las partes, por medio de notificación escrita, con anticipación o menor a quince días calendario a la fecha de su terminación el que se consignará en las agendas respectivas. SEXTA.- Control y Seguimiento. Las entidades suscriptoras del presente Convenio, acuerdan realizar reuniones al más alto nivel, previa convocatoria por escrito formulada por cualquiera de ellas, cuando las circunstancias lo demanden, con el propósito de conocer y analizar los 4

UNAH TS E Tribunal República de Honduras avances en el cumplimiento de los compromisos adquiridos, analizar los problemas o limitaciones afrontadas a fin de encontrarles solución. SEPTIMA.- Originales. El presente Convenio se suscribe en dos originales a fin de que obre un ejemplar por cada una de las partes. OCTAVA.- Vigencia. El presente Convenio entrará en vigencia el día de su suscripción y su duración será de diecisiete (17) meses. En fe de lo cual y en uso de sus facultades los representantes debidamente autorizados del TSE y la UNAH, estando ambas partes de acuerdo con lo estipulado en el presente Convenio, firmamos por duplicado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los once días del mes de octubre del año dos mil dieciséis. -RODRI UEZ G. PRESI NTE 42 ~ JUIÉTA CASTELLANOS RUIZ RECTORA UNAH 5