Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. Número de Informe: de abril de www. contrato rl a.ci

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Transcripción:

DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA e. Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente Número de Informe: 1.00112015 25 de abril de 2016 www. contrato rl a.ci

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA DAA N 1.022/2016 REF.: N 179.876/2016 REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO QUE INDICA. SANTIAGO, 75. AEJH 201 o.ll3o9~8 Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, el Informe de Seguimiento al Informe Final N 1.001, de 2015, sobre auditoría a las adquisiciones de bienes y servicios realizadas por el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. 1 t~141r R~ RERMUIWZ SOTO (. ~uijc,r (icncuil tic Iti República A LA SEÑORA CARMEN CASTILLO TAUCHER MINISTRA DE SALUD PRESENTE

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA DAA N 1.023/2016 REF.: N 179.876/2016 REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO QUE INDICA. SANTIAGO, 25. ABÍI 2615. ~ :~ o A 49 Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, el Informe de Seguimiento al Informe Final N 1.001, de 2015, sobre auditoría a las adquisiciones de bienes y servicios realizadas por el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. 1~ RICARDO PROVOSTF- ACEVEDO Sub~efr División de Auditoria Administrativa AL SEÑOR AUDITOR MINISTERIAL MINISTERIO DE SALUD PRESENTE

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLI DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA DAA N 1.024/2016 REF.: N 179.876/2016 REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO QUE INDICA. SANTIAGO, 5. 48HZ 1)16. g3i; Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, el Informe de Seguimiento al Informe Final N 1.001, de 2015, sobre auditoría a las adquisiciones de bienes y servicios realizadas por el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. 7 7 RICARDO PROVOSTE ACEVEDO S rieh~ División de Auditoria Administrativa AL SEÑOR DIRECTOR SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR ORIENTE PRESENTE 1-

ONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA DAA N 1.025/2016 REF.: N 179.876/2016 REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO QUE INDICA. SANTIAGO, 25. ABíj / 016. 030!~ 51 Adlunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, el Informe de Seguimiento al Informe Final N 1.001, de 2015, sobre auditoría a las adquisiciones de bienes y servicios realizadas por el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. RiCARDO PROVOSTE ACEVEDO Subjefe División de Auditoria Administrativa AL SEÑOR JEFE DEL DEPARTAMENTO DE AUDITORIA INTERNA SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR ORIENTE PRESENTE

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA CH it DAA N 1.026/2016 REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO QUE REF~: N 179.876/2016 INDICA. SANTIAGO, 25. A8H 201 6,0309 ~: 2 Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, el Informe de Seguimiento al Informe Final N 1.001, de 2015, sobre auditoría a las adquisiciones de bienes y servicios realizadas por el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. RICARDO PROVOSTE ACEVEDO :~ujieíø División de Auditoría Administrativa rs ~ /1 -~ A LA SEÑORA RECIBIDO EN FISCALIA 26 ABR 2015 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA PRESENTE y FIScALIA CONTRALORIA GRAL.DE LA REPUBLICA

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA DAA N 1.027/2016 REF.: N 179.876/2016 REMITE INFORME DE SEGUIMIENTO QUE INDICA. SANTIAGO, 25. AIJU / Vi 6. 3Oí~~3 Adjunto remito a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, el Informe de Seguimiento al Informe Final N 1.001, de 2015, sobre auditoría a las adquisiciones de bienes y servicios realizadas por el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. r SERGIO ift~4énez MERINO Jefe (.hjdad Tóaica de Confrd Externo División de ALijitorja Mm~a~Ñ~ RICARDO PROVOSTE ACEVEDO Subjefe Divísjón de Aucjjjorfa Administrativa 26 ABR. 2015 AL SEÑOR JEFE DE LA UNIDAD TÉCNICA DE CONTROL EXTERNO DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA ES E NTE

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA USEG N 59/2016 REF. N 179.876/2016 SEGUIMIENTO AL INFORME FINAL N 1.001, DE 2015, SOBRE AUDITORÍA A LAS ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS REALIZADAS POR EL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR ORIENTE. SANTIAGO 25 PLÜR. 2016 De acuerdo con las facultades establecidas en la ley N 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, se realizó el seguimiento a las observaciones contenidas en el Informe Final N 1.001, de 2015, sobre fiscalización a las adquisiciones de bienes y servicios efectuadas por el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, SSMSO, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las medidas requeridas por este Órgano de Control. El funcionario que ejecutó esta fiscalización fue el señor Luis López Rodríguez. El proceso de seguimiento consideró el referido Informe Final N 1001, de 2015 y la respuesta a dicho documento remitida mediante el oficio Ord. N 476, de 2016. Los antecedentes aportados fueron analizados, con el objeto de comprobar la pertinencia de las acciones correctivas implementadas, arrojando los resultados que en cada caso se indican. 17 AL SEÑOR JORGE BEMÚDEZ SOTO CONTRALOR Gb r~&~wpúbllca c~~repúb!ica

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA OBSERVACIONES QUE SE SUBSANAN N OBSERVACIÓN DESCRIPCIÓN DE LA OBSERVACIÓN RESPUESTA DE LA ENTIDAD ANÁLISIS DE LA RESPUESTA Y CONCLUSIÓN VERIFICACIONES REALIZADAS 1-1 Designación formal de usuarios del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública no actualizada El Jefe del Departamento de Auditoria del servicio, mediante coreo electrónico de fecha 9 de septiembre de 2015, informó que la resolución exenta N 1.654, de 12 de julio de 2012, del SSMSO, que aprueba la nómina y el perfil de las personas autorizadas para operar en el sistema de Mercado Público, se encuentra desactualizada, por cuanto figuran funcionarios que ya no están en la institución y que a su vez, hay nuevas incorporaciones que no se encuentran registradas. Lo anterior, no se ajusta a lo consignado en los numerales 52 y 53, de la resolución exenta N 1.485, de 1996, que Aprueba las Normas de Control Interno de este Organismo Fiscalizador, que señalan, en lo pertinente, que los hechos relevantes solo podrán ser ejecutados por personas que actúen dentro del ámbito de sus competencias cuya autorización debe estar documentada y comunicada. Asimismo, contraviene el principio de escrituración dispuesto en el articulo 5, de la ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en orden a que las decisiones que adopten las autoridades deben materializarse en un documento escrito y aprobarse mediante una resolución, por lo que la expresión formal de la voluntad, sólo puede perfeccionarse con la expedición del respectivo acto administrativo, siendo éste el que produce sus efectos en conformidad a la ley. LC: Observación Levemente Compleja: Incumplimiento de procedimiento administrativo. La entidad manifestó que la designación formal de usuarios del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, fue actualizada a través de la resolución exenta N 3.133, de 31 de noviembre 2015, la que contiene la nómina actualizada de funcionarios para operar en dicho sistema. Agregó que el listado será actualizado dos veces al año, en períodos de acreditación de usuarios de la plataforma, en los meses de mayo y noviembre. Se corroboró que mediante la citada resolución exenta N 3.133, de 2015, se deroga la resolución exenta N 1.654, de 2012 y se aprueba la nómina y perfil de funcionarios para operar el Sistema de Compras y Contratación Pública. La medida adoptada permite subsanar la observación. 2

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORIA ADMINISTRATIVA N OBSERVACIÓN DESCRIPCIÓN DE LA OBSERVACIÓN RESPUESTA DE LA ENTIDAD CONCLUSIÓN La repartición no dispone de procedimientos de control que 1-2. Inexistencia de aseguren que los funcionarios participantes en las comisiones El SSMSO argumenté que se elaboré un formulario de declaración jurada, el que debe ser Se corroboraron los formularios declaraciones juradas sobre ausencia de de La medida adoptada subsanar lo observado, permite mecanismo de evaluadoras de las adquisiciones no mantengan conflictos de completado por los integrantes de las comisiones, conflictos de interés por parte de los miembros verificación respecto intereses con los oferentes, lo que impide verificar el al momento de reunirse a evaluar las respectivas de las comisiones evaluadoras, diseñados por a que los acatamiento del articulo 37, del decreto N 250, de 2004, del ofertas. la entidad auditada. integrantes de las Ministerio de Hacienda, que reglamenta la ley N 19.886, de comisiones Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y evaluadoras no posean conflictos de intereses Prestación de Servicios. MC: Observación Medianamente Compleja: Incumplimiento de procedimiento administrativo. El Manual de Procedimientos de Adquisiciones del SSMSO, El servicio de salud indicó que el Manual de Se ratificó la actualización del aludido manual Por lo expuesto, se subsana la aprobado por la resolución exenta N 3.280, de 10 de diciembre Procedimientos de Adquisiciones del SSMSO, fue a través de la nombrada resolución exenta observación. de 2010, en su letra c), numeral 3.3, estipula que para compras actualizado y formalizado con la dictación de la N 3.823, de 2016, conhrmándose que se y contrataciones superiores a 100 UTM, el servicio deberá resolución exenta N 3.823, de 31 de diciembre de incorporé una modificación a la exigencia de solicitar una boleta de seriedad de la oferta y otra de fiel 2015. emitir las boletas de garantías. cumplimiento. No obstante lo anterior, se comprobó que las bases aprobadas por la resolución exenta N 3.362, de 1 1 de diciembre de 2014, que regularon la licitación pública ID N 884-1-LEI5, realizada 11-8. Licitación para adquirir fármacos para tratamientos oncológicos, pública sin boletas adjudicada al proveedor Tecnofarma S.A. por $20.139.941, no de garantias contemplaron la solicitud de las mencionadas cauciones, infringiendo con ello lo establecido en el citado manual. ~ En respuesta al preinforme, el SSMSO manifestó que no se solicitó caución dado que se trató de una orden de ejecución inmediata, por lo que se modificaría el respectivo manual de procedimientos, revisando la pertinencia de requerir garantías en cada licitación, lo que debía acreditar en la etapa de seguimiento. MC. Observación Medianamente Compleja: Incumplimiento de procedimiento administrativo. 3

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE AUDITORÍA ADMINISTRATIVA CONCLUSIONES En mérito de lo expuesto, cabe concluir que el Servicio cje Salud Metropolitano Sur Oriente realizó gestiones que permitieron subsanar las observaciones contenidas en el presente informe, dándose por finalizado el proceso de seguimiento. Por otra parte, respecto de lo observado en el numeral 4 del examen de la materia auditada, en cuanto a que la comisión técnica que efectuó la evaluación de licitaciones no fue designada formalmente, la efectividad de las medidas adoptadas para evitar la ocurrencia de lo detectado será verificada en una futura auditoría que lleve a cabo esta Contraloría General. A su turno, en relación con las observaciones del acápite III, Examen de cuentas, numerales 1, pago realizado por montos distintos a los establecidos; 2, servicios realizados y pagados no contemplados en el convenio suscrito; 3, Servicios no prestados y 4, pagos excedidos por concepto de servicios contratados; por las que se había otorgado un plazo de 60 días para acreditar el reintegro de sumas por traslados de drogas no realizados y pagados, o de lo contrario se formularla reparo, cabe hacer presente que la repartición proporcionó antecedentes a través del citado oficio Ord. N 476, de 2016, los que se encuentran en análisis en el Área de Salud de este Organismo de Control, cuyo resultado será comunicado oportunamente. Finalmente, se deja constancia que el procedimiento disciplinario ordenado instruir por esta Institución Fiscalizadora al SSMSO, en el referido Informe Final N 1.001, de 2015, en virtud de las observaciones del capítulo II que allí se señalan, se encuentra iniciado mediante la resolución exenta N 121, de 21 de enero de 2016, dei Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. Transcríbase a la Ministra de Salud, al Auditor Ministerial de esa cartera de Estado, al Director y al Jefe del Departamento de Auditoría Interna del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente y a las Unidades de Seguimiento de Fiscalía y Técnica de Control Externo de la División de Auditoría Administrativa, ambas de esta Institución Fiscalizadora. ROSA MORALES CAMPOS Jefe Unidad de Seguimiento División de Auditorie Administrativa

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