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Transcripción:

ESTUDIO DE MERCADO El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, de conformidad con los principios de transparencia para la contratación, convoca públicamente a todos los interesados a participar con sus pre- cotizaciones, como parte del estudio de mercado a registrar del proceso que tiene por OBJETO: Contratar la prestación del servicio de salud asistencial e integral en los niveles 1, 2, 3 y 4 requeridos dentro de la atención general para los beneficiarios del servicio médico asistencial del SENA Regional Quindío y de otras regionales que se encuentren radicados en el Departamento del Quindío y sean autorizados por el médico asesor de la Regional Quindío. Para el desarrollo de la presente contratación, los proponentes podrán comunicarse con el SENA REGIONAL QUINDIO, y así informarse de todos los aspectos relacionados con ella y solicitar aclaraciones a los buzones de correo electrónico, para lo cual se solicita registrar sus pre cotizaciones al siguiente contacto: contrataciondrq@sena.edu.co. Dirección radicación correspondencia: Oficina de Archivo y/o Administración de Documentos, ubicada en la carrera 18 N 7-58 SENA sede -Barrio Galán Armenia En caso de anexar algún archivo digital, este debe venir en formato Word. En ningún caso se aceptan archivos comprimidos. El cotizante debe discriminar en su pre cotización el valor unitario y discriminar el IVA en los casos en que aplique. Fecha Límite para la Recepción de PRE COTIZACIONES: veinte (20) de Abril de 2018 hasta las 6:00 pm. Se presenta la siguiente información como referencia de consulta: DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A PRECOTIZAR: Contratar la prestación del servicio de salud asistencial e integral en los niveles 1, 2, 3 y 4 requeridos dentro de la atención general para los beneficiarios del servicio médico asistencial del SENA Regional Quindío y de otras regionales que se encuentren radicados en el Departamento del Quindío y sean autorizados por el médico asesor de la Regional Quindío. 1. ESPECIFICACIONES TECNICAS REQUERIDAS Los servicios requeridos corresponden a los contemplados en la Resolución No.1262 de 2016 del SENA, adaptado a los grupos y procedimientos del manual ISS 2001. El proponente presentará en su oferta los valores de cada ítem teniendo en cuenta las tarifas del Manual ISS 2001, más el porcentaje de incremento a ofrecer, máximo hasta lo estipulado en cada procedimiento en las fichas técnicas: www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V02 Pág. 1

TARIFA SENA ACTIVIDAD Resolución No. 1262/2016+IPC Hospitalización y Procedimientos Quirúrgicos incrementado máximo hasta un 97%, según nivel de complejidad del prestador 97% Laboratorio Clínico, incrementado máximo hasta en un 72.19% Ayudas Diagnósticas de Imagenología según nivel tecnológico, incrementado máximo hasta el 109.49% para procedimientos intrahospitalarios 72.19% 109.49% Tratamiento Ambulatorio, incrementado máximo hasta un 84.62% ISS 2011 +84.62% Consulta externa especializada, hasta $99.068 $99.068 Consulta externa sub-especializada, hasta $121.083 $121.083 Control con especialista, hasta $67.145 $67.145 Consulta con terapista o nutricionista, hasta $41.828 $41.828 Sesiones con terapista o nutricionista, hasta $41.828 $41.828 Sesiones terapias respiratorias, hasta $26.438 $26.438 Nebulizaciones con medicamentos, hasta $24.326 $24.326 Fisioterapia y/o terapias, hasta $51.736 $51.736 DEMAS SERVICIOS AMBULATORIOS 84.62% TARIFA ISS 2001 + % de Incremento Ofrecido TARIFAS SERVICIOS PORCENTAJE (%)DE INCREMENTO PROPUESTO 1. URGENCIAS *Atención integral % COLUMNA TARIFA OFERTADA (BASE TARIFARIO ISS 2001): TARIFAS QUE HACEN PARTE DE LA RESOLUCION No. 1262 DE 2016 DEL SENA. * Estos son los procedimientos más comúnmente realizados y sobre los cuales se realizara la evaluación de la propuesta, sin embargo dichos valores serán tomados como un punto de referencia, y no serán determinantes dado que de conformidad con la Res.1262 de 2016, la Entidad cancelara los servicios médicos sin sobrepasar los topes establecidos por la Entidad y de acuerdo a la categoría señalada para cada Regional (Quindío C) REQUERIMIENTOS El SENA Regional Quindío, requiere contratar con una Institución Prestadora del Servicio de Salud o Empresas Sociales del Estado en Salud, las cuales deben encontrarse inscritas en el registro especial nacional del Ministerio de la Protección Social de conformidad con la Ley 10 de 1990, y estar debidamente habilitadas por la Dirección territorial de Salud, las cuales deben estar en capacidad de prestar en condiciones de calidad, oportunidad y eficiencia, servicios de servicios de Salud Asistencial en los niveles de atención 2º 3ª y 4ª requeridos dentro de la atención integral de los beneficiarios del Servicio Médico Asistencial del SENA Regional Quindío y de otras regionales que se encuentren radicados en el departamento del Quindío y que sean remitidos por el médico asesor del SENA regional Quindío. www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V02 Pág. 2

El proponente deberá certificar en su propuesta que cuenta con los recursos humanos y físicos especializados y habilitados, la capacidad financiera y de organización, necesaria para prestar en óptimas condiciones de calidad y oportunidad los siguientes servicios de salud, cuando se requieran por el SENA y previo visto bueno del médico asesor del Servicio Médico Asistencial del SENA Regional Quindío: 1. SERVICIOS DE SALUD 2. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Servicios Asistenciales: En las áreas de las especialidades quirúrgicas y médicas. Servicios quirúrgicos: Cirugía Programada, Sala de cirugía, Anestesiólogo, Ayudantías, Otros Servicios con Cirugía, Consulta Pre anestésica, Visitas, Juntas Médicas. Servicios de hospitalización: Habitación, unidad de cuidado intensivo, derecho de sala, otros servicios hospitalarios, otros servicios sin cirugía. Tratamientos ambulatorios: Consultas y controles con especialistas, terapia, nutricionista, psicólogo, psiquiatra, nebulizaciones, fisioterapia, procedimientos de tipo diagnóstico y terapéutico, transporte en ambulancia. Servicios ambulatorios de primer nivel cuando el líder del Servicio Médico Asistencial así lo autorice. Servicios de interconsultas requeridas para 2º, 3º y 4º, previa remisión del médico asesor del Servicio Médico Asistencial del Sena Regional Quindío. Servicios del Laboratorio Clínico de rutina y especializado. Suministrar las prótesis, Válvulas, marcapasos y audífonos, que se requieran dentro del tratamiento médico otorgado a los beneficiarios, previo visto bueno de médico asesor del Servicio Médico Asistencial del SENA Regional Quindío. Expedición de citas médicas, órdenes de atención, fórmulas médicas y cualquier otro tipo de procedimiento que sobre el servicio médico requieran los beneficiarios del Servicio Médico Asistencial del SENA Regional Quindío. Consultas con el médico especialista dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición de la orden de atención expedida por el médico asesor del Servicio Médico Asistencial del SENA Regional Quindío. Atención de urgencias, ya sea un tratamiento quirúrgico o no quirúrgico o una hospitalización. Y los demás servicios de salud derivados o complementarios de los anteriormente referenciados, siempre y cuando la entidad contratista cuente y disponga de ellos en el momento en que se requieran. Igualmente el proponente con la presentación de su oferta estará certificando que está en capacidad de: Llevar la historia clínica debidamente diligenciada, dejar constancia con fecha exacta de cada atención o control que se haya prestado al paciente y cumplir con las exigencias legales y éticas con el manejo de la Historia Clínica de los pacientes. Elaborar mensualmente las cuentas de cobro; las cuentas en ningún caso podrán presentarse por sumas superiores a las tarifas acordadas. Presentar y mantener vigentes los permisos, licencias y títulos especiales exigidos por parte de la Ley o las autoridades www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V02 Pág. 3

3. CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS administrativas, civiles o sanitarias, para el ejercicio del servicio prestado. Rendir informes solicitados por el líder del Servicio Médico Asistencial o por el Coordinador del Grupo Mixto de Apoyo Administrativo de la Regional, elaborar informes sobre enfermedades infectocontagiosas, previo a la presentación de cuenta de cobro mensual. Abstenerse de emitir incapacidades, fórmulas o solicitudes de servicios, que sean improcedentes según la ética profesional y sin diligenciar la historia clínica, que será soporte de estas solicitudes. Atender adecuadamente al paciente mientras se encuentre a su cargo. Cumplir con los ordenamientos éticos y morales que impone la profesión médica. Informar al SENA todos los casos en que se presenten suplantaciones o fraudes de usuarios o cualquier otra irregularidad. Ejecutar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA. Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA. Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, EL CONTRATISTA deberá efectuar el pago oportuno de sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral, y acreditar encontrarse a paz y salvo como requisito previo para cada pago que se le vaya a efectuar. Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente del objeto contractual. Todo tratamiento ordenado por los médicos de la Institución Prestadora del Servicio de Salud o Empresa Social del Estado en Salud, debe ser autorizado por el médico asesor y es de obligatoria aceptación para los beneficiarios. Toda remisión inicial al especialista estará supeditada a una valoración del paciente por parte del médico asesor. Así mismo, toda remisión a consulta y control con especialista requiere de una valoración médica o revisión de historia clínica del paciente por parte del médico asesor. Las órdenes de laboratorio y Rx tienen vigencia de diez (10) días hábiles y la orden de atención especialista treinta (30) días. Cumplir con la implementación de políticas de seguridad del paciente. Garantizar la atención integral a los pacientes remitidos por el médico asesor, de acuerdo a criterios de accesibilidad, oportunidad, seguridad, pertinencia y continuidad. El contratista deberá garantizar las siguientes condiciones de accesibilidad: a) accesibilidad física: el contratista se obliga a tener espacios de fácil acceso para cualquier tipo de usuario (discapacidad, ancianos, niños), así mismo, este contará con una infraestructura que ofrezca comodidad a sus usuarios en las diferentes áreas, tales como: baños de uso exclusivo para pacientes, sala de espera y consultorios independientes para cada uno de los servicios ofrecidos, que garantice privacidad en cada consulta, b) www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V02 Pág. 4

4. EXCLUSIONES DEL SERVICIO MÉDICO ASISTENCIAL: Horario: el contratista se obliga a tener diferentes opciones de escogencia de horario que facilite la asistencia para las actividades ambulatorias. El servicio prestado debe ser con disponibilidad en horario hábil para lo programado y 24 horas para el servicio de urgencias y hospitalización. c) Geográfica: el contratista se obligará a ofrecer a los usuarios sitios de fácil accesibilidad vial. d) Capacidad instalada: el contratista se obliga a tener la capacidad instalada necesaria para el cabal cumplimiento de las actividades contratadas, entendiendo como tal la suficiencia de recursos físicos, arquitectónicos y logísticos para tal fin. En cuanto a recurso físico ésta debe tener espacios que cumplan con los requisitos mínimos exigidos por las autoridades locales, que sean adecuados, ventilados y bien iluminados, con el número de sillas necesarias y en buen estado. e) Recurso tecnológico: el contratista tendrá el recurso tecnológico y suministrará todos los insumos necesarios para la ejecución de las actividades objeto del presente contrato. El Contratista debe tener suficiencia científica, técnica y administrativa que garantice la prestación de los servicios objeto del presente contrato a beneficiarios del servicio médico asistencial. El contratista solo prestará los servicios objeto del contrato a los beneficiarios del Servicio Médico Asistencial presentando los siguientes documentos: Carnet vigente, documento de identidad para adultos y tarjeta de identidad para menores de edad y original de orden de atención El SENA no responderá por el pago de los siguientes servicios en caso de ser suministrados por el contratista a uno de los beneficiarios: Cirugía Estética y las complicaciones que se deriven de las mismas. Tratamiento para la drogadicción y alcoholismo. Acompañante, teléfono e implementos de aseo en caso de hospitalización. Lentes de contacto: Solo se autorizan como única alternativa posible de tratamiento. Elementos de aseo personal, solo se autorizan en caso de una enfermedad crónica debidamente certificada por especialista y autorización del médico /odontólogo del SENA. Vacunas aplicadas por la Secretaría de Salud en niños menores de un año y aquellas reconocidas a la demás población en forma gratuita por las Secretarías de Salud Departamentales. Complementos vitamínicos, tales como (Ensoy plus, Ensure o Calprovit), solo se autorizan en caso de desnutrición comprobada. Filtro solar, champú, crema solar y jabón. Solo procede en caso de una enfermedad crónica debidamente certificada por especialista NOTAS ACLARATORIAS: En la pre cotización se debe establecer el porcentaje de incremento aplicado a cada ítem sobre las tarifas del ISS 2001. Registre el valor total de la pre cotización Registre el porcentaje (%) de incremento aplicado a la pre cotización. Se advierte que ni la formulación de la presente solicitud, ni la presentación de la pre-cotización generan compromiso y obligación por parte del SENA, pues no corresponden a un procedimiento de selección, sino a estudios de mercado con miras a iniciar un futuro proceso de Contratación. www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V02 Pág. 5

2. PRESENTACION DE LA PRECOTIZACION: A los oferentes interesados en participar se recomienda que antes de elaborar y presentar su pre- cotización deberán tener en cuenta los siguientes requisitos: La pre-cotización de los servicios requeridos según especificaciones técnicas del numeral 2, deberá ser presentada tomando como base las TARIFAS del Manual ISS 2001, incrementado máximo hasta en el porcentaje descrito en la ficha técnica, así mismo podrán ser ofertados los servicios con tarifas propias, sin que éstos superen el porcentaje de incremento señalado. Indicar si el valor del IVA está incluido en la pre-cotización. Con relación al IVA el proponente debe discriminar en la oferta este impuesto, si pertenece al régimen común, En caso de no indicarlo, este nuevo valor no será reconocido por el SENA y el proveedor deberá asumir el costo del impuesto. El proponente deberá pre-cotizar todos los servicios requeridos por la entidad en el numeral 2 del presente estudio de mercado. Al formular la pre-cotización el oferente deberá tener en cuenta todos los gastos directos e indirectos en los que incurra por la suscripción, legalización o ejecución del contrato, como impuestos, tributos y constitución de las garantías en caso de que se requiera, son de cargo exclusivo del contratista, suministro, transporte, operarios y demás gastos para el debido cumplimiento. Por lo tanto los precios que se pre-coticen deberán considerar tales conceptos. El oferente deberá tener en cuenta que la entidad efectuara al proponente las retenciones que de materia tributaria tenga establecida la Ley y respecto de las cuales sea su obligación efectuar la retención. Lugar para la prestación del servicio: Armenia, Quindío El SENA solo pagará los precios contratados y por tanto, no reconocerá suma alguna por impuestos ni reajustes a los precios ofertados, a menos que el reajuste se deba efectuar como consecuencia de una modificación del contrato legalmente pactada y registrada presupuestalmente. En la pre-cotización debe constar el NIT, dirección, teléfono, Fax y Correo Electrónico La validez de la oferta debe ser durante el tiempo que dure el proceso. 3. PLAZO DE EJECUCIÓN: A partir de la fecha de la legalización del contrato y aprobación de las garantías, hasta el 31 de diciembre de 2018 y/o hasta agotar presupuesto disponible; evento que ocurra primero. 4. LUGAR DE EJECUCIÓN: Instalaciones del oferente y/o consultorio de la especialidad siempre y cuando sea en la ciudad de Armenia, Quindío. 5. GARANTÍAS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cumplimiento: Para proteger eventuales perjuicios por incumplimiento del contratista en el desarrollo del objeto del contrato y sus obligaciones y será equivalente al 20% del valor del contrato, con una vigencia igual al termino de duración del contrato y dos (2) años más, contados a partir de su perfeccionamiento. www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V02 Pág. 6

Calidad del bien o Servicio: Este amparo se rige con el fin de proteger a la Entidad en la calidad del producto requerido ( servicios de salud) y teniendo en cuenta el grado de complejidad del mismo será equivalente al 30% del valor del contrato, con una vigencia equivalente a la duración del contrato y seis (6) meses más. En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Decreto 1510 de 2013. Pago de Salarios y Prestaciones Sociales: Equivalente al ocho por ciento (8%) del valor del contrato, por el término de duración del mismo y tres (3) años más, a partir de la fecha del acta de inicio. De Responsabilidad Civil Extracontractual para servicios de salud: En cuantía equivalente del valor de 200 SMLMV, y con una vigencia de todo el periodo de ejecución del contrato que cubra daños o perjuicios que se causen a terceros en el desarrollo del contrato. GARANTÍA PRESUNTA: De conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Constitución Política y la Ley 1480 de 2011, todo bien o servicio está amparado por una garantía mínima la cual se entiende pactada en todos los contratos cuyo objeto es la adquisición de bienes y prestación de servicios y constituye un derecho esencial para todos los consumidores por cuanto estos adquieren bienes y servicios para la satisfacción de sus necesidades y en consecuencia, es imperativo que dichos bienes o servicios gocen de unas condiciones mínimas de calidad e idoneidad para que cumplan con el fin para el que fueron adquiridos. Armenia, Abril 20 de 2018 CARLOS FABIO ALVAREZ ANGEL Director Regional SENA Quindío. Elaboró: Paola Andrea Sossa Ospina Apoyo a la contratación Revisó: Isabel Cristina Cardona Osorio Líder de Contratación Vo.Bo.: Carlos Andrés Escobar Echeverri Apoyo Jurídico www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270 GD-F-011 V02 Pág. 7