COMARCA DE GÚDAR-JAVALAMBRE

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44400 Mora de DE DEL GASTOS DE LA COMARCA DE GÚDAR-JAVALAMBRE PARA EL EJERCICIO 2017 1. INTRODUCCIÓN En virtud del Acuerdo de la Comisión de subvenciones y ayudas de fecha 26 de abril de 2013 que sustituye a los acuerdos anteriores adoptados por la Comisión de Subvenciones en materia de Plan de Racionalización de las Entidades Locales, el que se señala entre otras cuestiones que el Plan de Racionalización de gasto tendrá carácter anual. En virtud de lo establecido en el artículo 103.1 de la Constitución Española donde señala que la Administración Pública debe servir con objetividad los intereses generales y actuar de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho. Conforme a lo indicado en el artículo 62 del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril señala que la Administración Pública ajustará su actividad a los principios de eficacia, eficiencia, racionalización, transparencia y servicio efectivo a los ciudadanos. Con base en estos criterios de actuación, y en el actual contexto económico y social, en el que todas las Administraciones Públicas están inmersas en grandes desequilibrios económicos y presupuestarios, la Comarca de Gúdar-Javalambre considera imprescindible adoptar medidas destinadas a lograr una utilización eficiente de los recursos públicos y la contención del gasto en las Administraciones Públicas, que se recojan, de forma global y sistemática, en un Plan de racionalización del gasto. Este Plan redundará, asimismo, en el compromiso adquirido por esta Administración con la aprobación del Código de Conducta el que se establece que la Comarca de Gúdar-Javalambre y todos sus miembros se comprometen a utilizar de forma racional los recursos disponibles, facilitando la consecución de los objetivos y el desarrollo de las actividades establecidas. Para conseguir estos objetivos señalados, el Plan propone iniciativas que incidan en la reducción del gasto en operaciones corrientes y de capital. En consecuencia, se abordan, por un lado, aspectos relacionados con el gasto en bienes corrientes y servicios, entre los que pueden destacarse medidas referidas a la adquisición y el uso racional del material y del equipamiento; al funcionamiento de las instalaciones y la gestión energética eficiente de las mismas; o a las indemnizaciones por razón de servicio. En definitiva, con este Plan de racionalización del gasto la Comarca de Gúdar-Javalambre pretende lograr un importante ahorro económico que contribuya a resolver las necesidades 1

44400 Mora de actuales de las Administraciones Públicas, y por ende, a prestar los servicios públicos de un modo más eficiente a los habitantes de nuestra Comarca. 2. ÁMBITO SUBJETIVO El Plan de Racionalización de Gasto se aplicará a todo el personal o cargos políticos que desarrollen sus actividades en la Comarca de Gúdar-Javalambre. La Comarca de Gúdar-Javalambre no cuenta en la actualidad con Entidades dependientes (organismos públicos y sociedades mercantiles), no obstante si estas se crearán durante el ejercicio también les será de aplicación el presente Plan. 3. DESPLAZAMIENTOS DEL PERSONAL O CARGOS POLÍTICOS Y PAGO DE KILOMETRAJE a) Para que proceda el abono de los gastos relativos a los desplazamientos efectuados por el personal o cargos políticos de la Comarca éste deberá haberse autorizado con carácter previo por la Presidencia de la Comarca, quién previamente habrá sido informada sobre el cometido del desplazamiento y el destino del mismo. b) El criterio básico que debe regir el abono de los gastos derivados de los desplazamientos que efectúen el personal o cargos políticos de la Comarca debe ser el del coste efectivamente realizado, por ello, cuando se deba acudir a actividades tales como jornadas, cursos, reuniones extraordinarias y el lugar de realización coincida con el lugar de residencia del empleado o cargo público, no procederá el abono de kilometraje, salvo que éste efectivamente se hubiere efectuado. c) En cuanto a los viajes que se deban efectuar los empleados y cargos públicos tratarán de no realizar desplazamientos innecesarios, procurando ordenar las diferentes rutas y visitas de tal forma que se realicen los menores desplazamientos posibles. d) Asimismo los trabajadores intentarán, cuando sea posible, compartir vehículos en los desplazamientos que deban efectuarse. e) En relación con los gastos de desplazamientos que deban efectuarse en transportes públicos, estos deberán realizarse en clase turista. f) En cuanto a la distancia kilométrica entre los distintos orígenes y destinos se adjunta tabla con las distancias que se utilizarán para el cálculo del coste del kilometraje desde la capital de la Comarca a los distintos pueblos que la integran, así coma a la capital de la Provincia y de la Comunidad Autónoma. ORIGEN DESTINO KM ORIGEN DESTINO KM Mora de Abejuela 51,30 Abejuela Mora de 51,30 Mora de Albentosa 21,30 Albentosa Mora de 21,30 Mora de Alcalá de la Selva 18,50 Alcalá de la Selva Mora de 18,50 2

44400 Mora de Mora de Arcos de las 50,40 Arcos de las Mora de 50,40 Salinas Salinas Mora de Cabra de Mora 10,70 Cabra de Mora Mora de 10,70 Mora de Camarena de la 35,40 Camarena de la Mora de 35,40 Sierra Sierra Mora de El Castellar 17,30 El Castellar Mora de 17,30 Mora de Formiche Alto 40,90 Formiche Alto Mora de 40,90 Mora de Fuentes de 19,00 Fuentes de Mora de 19,00 Mora de Gúdar 27,00 Gúdar Mora de 27,00 Mora de Linares de 37,00 Linares de Mora de 37,00 Mora Mora Mora de Manzanera 27,00 Manzanera Mora de 27,00 Mora de Mosqueruela 53,70 Mosqueruela Mora de 53,70 Mora de Nogueruelas 18,80 Nogueruelas Mora de 18,80 Mora de Olba 23,60 Olba Mora de 23,60 Mora de La Puebla de 18,50 La Puebla de Mora de 18,50 Valverde Valverde Mora de Puertomingalvo 55,10 Puertomingalvo Mora de 55,10 Mora de de 14,00 de Mora de 14,00 Mora Mora Mora de San Agustín 31,00 San Agustín Mora de 31,00 Mora de Sarrión 21,00 Sarrión Mora de 21,00 Mora de Torrijas 40,10 Torrijas Mora de 40,10 Mora de Valbona 6,30 Valbona Mora de 6,30 Mora de Valdelinares 35,50 Valdelinares Mora de 35,50 Mora de 45,80 Mora de 45,80 Mora de Zaragoza 212,00 Zaragoza Mora de 212,00 3

Mora de COMARCA DE GÚDAR-JAVALAMBRE Valencia 116,00 Valencia Mora de 44400 Mora de 116,00 g) En cuanto a la distancia kilométrica entre los diferentes municipios y dada las múltiples combinaciones existentes se toman como referencia la distancia establecida en la guía REPSOL, por tratarse de una guía consultable a través de Internet de manera gratuita. 4. MANUTENCIÓN POR DESPLAZAMIENTOS DEL PERSONAL O CARGOS POLÍTICOS a) En cuanto a los gastos de manutención derivados de la asistencia a algún acto o reunión cuya duración implique que el trabajador o cargo público que llegue a su domicilio más tarde de las 15:00, tendrá derecho a que se le abone una dieta de 20 para la comida, con independencia del grupo funcionarial/laboral al que corresponda, corriendo de su cargo el importe que exceda de esta cantidad. Dicha cantidad no se abonará cuando ya se reciba algún tipo de indemnización por la asistencia a los referidos actos o dicha contingencia ya haya quedado cubierta por otros medios. b) En cuanto a los gastos de manutención, si se debe asistir a algún acto o reunión cuya duración implique al trabajador o cargo público que llegue a su domicilio más tarde de las 21:00, tendrá derecho a que se le abone una dieta de 20 para la cena, con independencia del grupo funcionarial/laboral al que corresponda, corriendo de su cargo el importe que exceda de esta cantidad. Dicha cantidad no se abonará cuando ya se reciba algún de indemnización por la asistencia a los referidos actos o dicha contingencia ya haya quedado cubierta por otros medios. c) En cuanto a los gastos de hospedaje, si se debe asistir a algún acto o reunión cuya duración implique al trabajador o cargo público que llegue a su domicilio más tarde de las 22:30, tendrá derecho a que se le abone una dieta de 60 para el alojamiento de esa noche, con independencia del grupo funcionarial/laboral al que corresponda, corriendo de su cargo el importe que exceda de esta cantidad. Siempre que dicha contingencia no hubiera quedado ya cubierta por otros medios. 5. TELEFONÍA FIJA Y MÓVIL Y COMUNICACIONES 5.1 Siempre que sea posible, se deberá efectuar las comunicaciones telefónicas a través de la línea fija y sólo con carácter excepcional se llamará a números móviles. 5.2 Se restringirá el uso del fax con carácter general. En el caso de que sea necesario su uso, se evitará la duplicidad de envíos a través de fax y por correo ordinario, salvo de aquellos documentos cuyos originales deban constar de forma preceptiva en los expedientes administrativos. 5.3 Se buscarán formulas de contratación con correos que permitan abaratar los envíos. 5.4 Todas las comunicaciones que se dirijan a los Ayuntamientos se efectuarán por correo electrónico. 5.5 Se tratará de evitar el envío por correo de aquellos elementos (paquetes, material variado) que puedan ser trasladados por personal de la Comarca que de forma regular se desplace a los destinos. 4

44400 Mora de 5.6 Siempre que la disposición del mobiliario lo permita, en los despachos colectivos se ubicarán los aparatos de forma que puedan ser utilizados por más de un miembro de la unidad administrativa. 5.7 Se realizará un seguimiento de consumo de la telefonía móvil y fija. Se remitirá a las diferentes unidades información relativa al mismo, al objeto de que sus responsables corrijan los excesos o gastos injustificados. 5.8 Se estudiarán los bonos y tipos de contrato existentes para reducir los consumos. 5.9 Se utilizarán sistemas de aviso como los SMS enviados a través de Internet o sistemas tipo Whatsapp de forma gratuita para reducir costes. 5.10 Las llamadas de aviso se realizarán a los Portavoces de cada grupo para que éstos la transmitan al resto de Consejeros que forman su grupo. 6. CONSUMO DE PAPEL, RECICLAJE Y FOTOCOPIAS. 6.1 Con carácter general la reproducción de documentos se efectuará en blanco y negro, limitándose el número de copias que se realicen al mínimo imprescindible. 6.2 De forma generalizada todos los documentos se imprimirán a doble cara para reducir el consumo de papel. 6.3 Todo el papel que se haya generado y que por cualquier circunstancia no vaya a utilizarse se deberá reutilizar como papel sucio o papel borrador. 6.4 Las fotocopiadoras e impresoras (salvo el fax principal) solamente estarán en funcionamiento durante la jornada de trabajo, debiendo permanecer desconectadas el resto del tiempo. 6.5 Quedará prohibida la reproducción total o parcial de libros y las fotocopias de carácter particular. 6.6 Se evitará, en la medida de lo posible, el carácter urgente de los envíos, por su alto coste. 6.7 La utilización de acuses de recibo se limitará a las comunicaciones postales que sirvan para cómputo de plazo en recursos, para acreditación de notificaciones recogidas en la normativa vigente o en casos excepcionales o autorizados. 6.8 Se estudiará la compra de material fungible para impresoras y fotocopiadoras que permita su reutilización mediante el sistema de recarga a bajo precio. Asimismo cuando resulte procedente la compra de nuevos equipos se estudiará especialmente el coste de los fungibles que utilice y si es susceptible de utilizar sistema de recarga a bajo precio. 7. COMPRAS DE SUMINISTROS 7.1 Con carácter general y sin perjuicio de la aplicación de la legislación sobre contratos del Sector Público, la compra de cualquier suministro deberá estar previamente autorizada por la Presidencia de la Comarca, debiendo solicitarse al menos tres ofertas de posibles suministradores. 8. CONSUMO ELÉCTRICO 5

44400 Mora de 8.1 Se comprobará si la potencia contratada en los edificios comarcales es acorde a la demandada y se promoverá la modificación en caso necesario. 8.2 En las zonas de paso de los edificios se buscará una distribución más eficiente de los puntos de luz y se utilizarán lámparas de bajo consumo o lámparas de tecnología LED. Donde se utilicen tubos fluorescentes se instalarán balastos electrónicos. 8.3 Se eliminarán progresivamente los alumbrados indirectos. 8.4 Cuando resulte posible, se instalarán elementos automáticos o temporizados para el encendido y apagado de la iluminación, en aquellos supuestos en que no sea posible se colocarán carteles recordatorios para que se apaguen las luces o aparatos conectados. 8.5 En los radiadores y estufas eléctricos que se utilicen, se instalarán dispositivos temporizados para que no funcionen fuera de las horas de trabajo. 8.6 Se solicitará al personal de limpieza que compruebe la desconexión del alumbrado, fotocopiadoras, ordenadores, impresoras y, en general, cualquier equipo que precise electricidad para su funcionamiento. No obstante, cada trabajador será responsable de comprobar que su despacho queda en correctas condiciones cuando finalice su jornada de trabajo. 8.7 En los aparatos que se vayan a adquirir se exigirá que éstos dispongan de función apagado, que suponga la desconexión total del equipo y no deje elementos del mismo trabajando en "stand-by". 8.8 En los aparatos que se vayan a adquirir, se exigirá que sean de clasificación energética AA o similar. 8.9 Cuando proceda la sustitución de luminarias, se deberá comprobar que la potencia y demás características de las mismas coincide con la sustituida. 8.10 Se estudiará la posibilidad de establecer divisiones en la iluminación de los despachos y dependencias al objeto de poder restringir el número de luces encendidas. 8.11 Con carácter general, la iluminación artificial deberá apagase después de la 10:30 horas. 9. ASCENSORES 9.1 Se procederá a dar de baja uno de ellos, de forma que sólo se pague el mantenimiento de aquel que quede en servicio. 9.2 El personal y cargos políticos de la Comarca tratarán, en la medida de lo posible, de no utilizar los mismos, desplazándose a través de las escaleras. 10. CALEFACCIÓN Y AIRE ACONDICIONADO 10.1 La calefacción se limitará a aquellas dependencias que vayan a utilizarse. Cuando alguna sala vaya a ser utilizada de forma puntual se establecerá el horario de funcionamiento de calefacción ajustado a la duración prevista de la actividad que vaya a desarrollarse. 10.2 El programa informático que regula la calefacción no podrá establecer temperaturas superiores a 23º C., siendo la temperatura real ambiente en los despachos la de 20 º y 6

44400 Mora de los termostatos que regulan el aire acondicionado no podrán ser programados a temperaturas inferiores a los 24º C. 10.3 Se procederá al estudio de los aislamientos términos existentes, respecto al frío y calor de la sede comarcal (cristaleras zona de recepción, aislantes planta 1ª, y planta 2ª), de forma que se optimice la temperatura del edificio sin que sobrepase las temperaturas establecidas en el punto 9.2. 11. CONSUMO DE AGUA. 11.1 Se realizarán un seguimiento periódico en las instalaciones para evitar fugas y pérdidas. 11.2 En las posibles reformas o cuando sea necesario su reposición se implantarán mecanismos de ahorro de agua tales como válvulas reguladoras de caudal, reguladores de doble descarga o descarga parcial en cisterna. 11.3 Se estudiará reducir el tiempo que dura la apertura de los grifos para reducir el consumo. 12. FORMACIÓN Y GASTOS EN REUNIONES Y CONFERENCIAS 12.1 Se potenciarán los cursos de formación vía telemática y sin coste para la Comarca. 12.2 Si se efectúan charlas, jornadas o cursos de formación se suministrará el material didáctico a los alumnos, preferentemente en formato digital. 12.3 Todas las reuniones de trabajo organizadas se harán preferentemente en sus propias instalaciones, utilizando medios propios siempre que sea posible, procurando un nivel óptimo de ocupación y aprovechamiento de las instalaciones administrativas. 12.4 La celebración de las reuniones se planificará de manera que, en la medida de lo posible, se evite incurrir en gastos de manutención y alojamiento. 13. ASPECTOS GENERALES SOBRE PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA 13.1 Sólo se instará la celebración de contratos cuando se trate de atender una necesidad pública, debidamente identificada en el expediente, y se carezca de medios propios para su ejecución. 13.2 El informe de justificación de falta de medios propios deberá ser concreto especificando claramente su causa, sin que se pueda aceptar una excesiva generalidad en su contenido. 14. MATERIAL DE OFICINA 14.1 Todos los empleados y cargos públicos cuidarán del material de oficina que tenga a su disposición, evitando gastar más de lo imprescindible. 15. PÓLIZAS DE SEGURO 7

44400 Mora de 15.1 Se estudiarán las pólizas existentes procurando reducir las coberturas que resulten innecesarias y se negociará en los términos que resulten más beneficiosas para la Comarca. 16. OTRAS MEDIDAS APLICABLES AL PERSONAL 16.1 Al objeto de racionalizar los períodos de descanso del personal y equiparar el régimen jurídico de permisos existente para el personal de la Comarca con el de la Diputación General de Aragón se permitirá que se unan los días de asuntos particulares con los períodos de vacaciones. 17. PUBLICIDAD INSTITUCIONAL 17.1 Se procurará reducir el gasto efectuado en publicidad institucional limitándose ésta a aquellas actuaciones que se consideren imprescindibles. 18. MEDIDAS SOBRE GASTOS DE CAPITAL 18.1 Todas las inversiones que se efectúen deberán contar con el informe detallado sobre la necesidad de las mismas, debiendo concretar de forma específica su causa, sin que se pueda aceptar una excesiva generalidad en su contenido. 18.2 Cuando las transferencias de capital se efectúen a favor de los Ayuntamientos que integran la Comarca se comprobará de manera fehaciente la ejecución de las actuaciones que dieron lugar a las referidas transferencias. 19. ENTRADA EN VIGOR 19.1 Las medidas recogidas en los anteriores puntos, son de aplicación inmediata a partir de la aprobación del presente Plan, a excepción de las que requieran una modificación de la normativa actualmente vigente o que se requiera la tramitación de procedimientos para la revisión de los contratos que actualmente están en vigor y les afectan. 19.2 El presente plan permanecerá en vigor hasta la aprobación de un nuevo plan o se proceda a su derogación. 20. SEGUIMIENTO DEL 20.1 Se creará una comisión encargada de supervisar los resultados del Plan que estará compuesta por el Presidente de la Comarca, el Vicepresidente, un representante de los trabajadores, un representante de los funcionarios y la Secretaria-Interventora de la Entidad, sin perjuicio de que puedan acudir a las reuniones cualesquiera otros cargos, personal o asesores que resulten invitados a las mismas. 8

44400 Mora de 20.2 La comisión de seguimiento se reunirá al finalizar el año para valorar el cumplimiento del Plan sin perjuicio de efectuar cuantas reuniones resulten convenientes para la correcta aplicación del mismo. DILIGENCIA: La pongo yo la Secretaria para hacer constar que el Presente Plan de Racionalización del Gasto, fue aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del Pleno de la Corporación de fecha 30 de enero de 2017. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE AL MARGEN 9