S Tema 7 del programa CX/NFSDU 13/35/8 PROGRAMA CONJUNTO FAO/OMS SOBRE NORMAS ALIMENTARIAS COMITÉ DEL CODEX SOBRE NUTRICIÓN Y ALIMENTOS PARA REGÍMENES ESPECIALES Trigésima quinta reunión Bad Soden am Taunus (Alemania) 4-8 de noviembre de 2013 ANTEPROYECTO DE REVISIÓN DE LA LISTA DE ADITIVOS ALIMENTARIOS (Preparado por Suiza) Antecedentes En 34. a reunión del Comité del Codex sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales (CCNFSDU), delegación de Suiza presentó un Anteproyecto de revisión de lista de aditivos alimentarios (CX/NFSDU 12/34/12), redactado conforme a propuesta realizada en 33. a reunión del CCNFSDU. En su 43. a reunión, el CCFA examinó el Documento de debate sobre disposiciones sobre aditivos alimentarios en Norma para preparados para ctantes y preparados para usos medicinales especiales destinados a los ctantes (CX/FA 11/43/5), y recomendó el procedimiento a seguir para s disposiciones de lista de aditivos alimentarios (párr. 44 de REP11/FA). Después de que el CCNFSDU aceptara incluir en lista de aditivos s sales del ácido cítrico y fosfórico, que pueden considerarse constituyentes fisiológicos del cuerpo, y en vista de que los citratos sódicos (331i, 331iii) y los citratos potásicos (332i, 332ii) ya estaban incluidos en sección de aditivos de Norma, el Comité acordó remitir al CCFA s disposiciones sobre aditivos alimentarios considerados constituyentes fisiológicos del cuerpo (números del : 339i, 339ii, 339iii, 340i, 340ii y 340iii) para su aprobación. En 44. a reunión del CCFA se aprobó lista de aditivos propuesta por el CCNFSDU (Apéndice IV de REP12/FA). Al objeto de descubrir cuáles de los aditivos alimentarios propuestos estaban justificados desde el punto de vista tecnológico, Suiza solicitó al sector (International Special Dietary Foods Industries, o ISDI) que acrara cuáles de los aditivos alimentarios adicionales resultaban verdaderamente necesarios y que proporcionara información sobre su uso para eboración de preparados para ctantes. A continuación, revisó el Anteproyecto de lista de aditivos alimentarios de Norma para preparados para ctantes y preparados para usos medicinales especiales destinados a los ctantes siguiendo información detalda proporcionada por s ISDI, e introdujo tres columnas (status, observaciones y aprobación) en el cuadro de aditivos alimentarios, incorporando información adicional incluida en el documento CX/NFSDU 12/34/12. El Anteproyecto de revisión de lista de aditivos alimentarios en los preparados para ctantes también se incluye como Apéndice 1 del presente documento. En vista de información y s explicaciones anteriores, Suiza desea realizar s siguientes propuestas:
1. Eliminar los siguientes aditivos alimentarios de lista: Sección A (preparados para ctantes): Espesantes: número del 414 Emulsionantes: números del 472a y 473 Regudores del ph: número del 338 Antioxidantes: números del 306, 308 y 309 Sección B (preparados para ctantes como alimentos para usos medicinales especiales): Espesantes: números del 401, 405, 412, 466 y 414 Emulsionantes: número del 471 2. Solicitar al que evalúe los siguientes aditivos alimentarios: Sección A (preparados para ctantes): Espesantes: número del 415 Emulsionantes: números del 472c y 472e Sección B: (preparados para ctantes como alimentos para usos medicinales especiales): Espesantes: números del 410, 415, 440 y 1450 Emulsionantes: número del 472c Solicitud de observaciones Se insta a los miembros y observadores del Codex a que envíen sus observaciones sobre el Anteproyecto de revisión de lista de aditivos alimentarios (Apéndice I), así como sobre propuesta anterior. Las observaciones deben enviarse a s direcciones de correo electrónico elisabeth.nellen@bag.admin.ch y codex@bag.admin.ch, con copia a codex@fao.org y ccnfsdu@bmelv.bund.de, siendo el pzo límite para el envío el 30 de septiembre de 2013. El Anteproyecto de revisión de lista de aditivos alimentarios, junto con s observaciones remitidas, se examinarán en 35. a reunión del CCNFSDU, que tendrá lugar en Bad Soden am Taunus (Alemania) del 4 al 8 de noviembre de 2013. 2
ADITIVOS ALIMENTARIOS (PREPARADOS PARA LACTANTES) APÉNDICE 1 Solicitud de aditivos alimentarios adicionales para su uso en preparados para ctantes (sección A) y preparados para ctantes como alimentos para usos medicinales especiales (sección B) Sección A (preparados para ctantes): N.º del Aditivo Dosis máxima en 100 ml del producto listo para el consumo 4 Justificación tecnológica Espesantes 415 Goma xantán BPF 414 Goma arábiga (goma de acacia) Emulsionantes BPF Status Observaciones Aprobado en 30. o (1986): IDA N.E.; no se Base de datos toxicológica: estudio de reproducción que abarcó tres generaciones sin detectar efectos adversos achacables a por el anterior a 1998 goma xantán - ISDI: Eliminación no extensible al uso del 414 como sustancia inerte portadora de preparados nutricionales, tal como se autoriza en CAC/GL 10-1979 UE (28 países, 1,2 g/l en AUME) EE. UU. (GRAS* para 3
N.º 472c del Aditivo Ésteres ácidos cítricos y grasos de glicerol* 473 Ésteres de sacarosa de ácidos grasos* Dosis máxima en 100 ml del producto listo para el consumo 4 0,75 g en preparados en polvo 1 0,9 g en los preparados líquidos 2 que contienen proteínas o aminoácidos hidrolizados 12 mg en los preparados 3 que contienen proteínas o aminoácidos hidrolizados Justificación tecnológica Status Observaciones Aprobado en 17. o (1973): IDA N. E. (no limitada); no se 49. o (1997): IDA especificada en 0-30 mg/kg de peso corporal; no se por el por el Australia, Canadá, China, UE (28 países), Masia, Nueva Zenda, EE. UU. (GRAS para alimentos en general) Japón, UE (28 países) 472e Ésteres diacetiltartári cos y de ácidos grasos de glicerol BPF (China) 0,5 g 61. o (2003): IDA especificada en 0-50 mg/kg de peso corporal; no se por el 1998 Australia, Nueva Zenda, EE. UU. (GRAS para 472a Ésteres de ácidos acéticos y grasos de glicerol Regudores del ph BPF (EE. UU.) 17. o (1973): IDA N. E. (no limitada); no se - 1 Si se añade más de una de s sustancias 472c y 473, dosis máxima para cada una de els descenderá en proporción al nivel presente de otra sustancia. 2 Si se añade más de una de s sustancias 472c y 473, dosis máxima para cada una de els descenderá en proporción al nivel presente de otra sustancia. 3 Si se añade más de una de s sustancias 472c y 473, dosis máxima para cada una de els descenderá en proporción al nivel presente de otra sustancia. 4
N.º del Aditivo 338 Ácido fosfórico Antioxidantes 306 Concentrado de vitamina E 309 Gamatocoferol 308 Deltatocoferol Dosis máxima en 100 ml del producto listo para el consumo 4 0,1 g expresados como P 2 O 5, solo o en combinación y dentro de los límites para el sodio, el potasio y el fósforo de sección 3.1.3 (e) en todos los tipos de preparados para ctantes 1 mg en todos los tipos de preparados para ctantes, solos o combinados 1 mg en todos los tipos de preparados para ctantes, solos o combinados 1 mg en todos los tipos de preparados para ctantes, solos o combinados Justificación tecnológica Protege de oxidación Protege de oxidación Protege de oxidación Status Observaciones Aprobado en 15. o (1971): compuesto químico adecuado para alimentos para bebés (no especificados); atención a proporción Ca:P MTDI: 70 mg/kg de peso corporal como P (combinado para todas s fuentes de P) Es equivalente a especificación 307b del, por lo que 306 No se utiliza en preparados para ctantes, por lo que puede eliminarse No se utiliza en preparados para ctantes, por lo que puede eliminarse - Sección B (preparados para ctantes como alimentos para usos medicinales especiales): N.º Sustancia Dosis máxima en Justificación Status Observaciones Aprobado en del 100 ml del producto tecnológica listo para el consumo 4 Espesantes 401 Alginato de sodio 100 mg 4 Excepto cse funcional 4.4 Antioxidantes cuyo nivel máximo se expresa en mg/kg de grasa. 5
405 Alginato de propano- 20 mg 1,2-diol 410 Goma de semils de 0.5 g algarrobo (goma garrofin) 412 Goma guar 1 g 414 Goma arábiga (goma BPF de acacia) 415 Goma xantán 0.12 g 30. o (1986), no especificado puede eliminarse. Eliminación no extensible al uso del 414 como sustancia inerte portadora de preparados nutricionales, tal como se autoriza en CAC/GL 10-1979 1998 UE (1,2 g/l en AUME), EE. UU. (GRAS para 440 Pectinas 1 g 466 Carboximetilcelulosa sódica 1450 Octenil succinato sódico de almidón 1 g 2 g. 25. o (1981), no especificado 26. o (1982), no especificado 2007 1986 Emulsionantes 5 471 Monoglicéridos y 0.5 g Brasil, UE (28 países, en AUME), Indonesia, EE. UU. (GRAS para UE (20 g/l en AUME), EE. UU. (exención para hidrolizados de proteínas en preparados para ctantes) 5 Si los emulsionantes se usan en combinación, los niveles combinados deben mantenerse dentro de los niveles estipudos en lista y ser reducidos proporcionalmente, existiendo en cantidad mínima necesaria para obtener el efecto tecnológico deseado. 6
472c diglicéridos Ésteres cítricos y de 0,75 g en preparados 17. o (1973), ácidos grasos del en polvo sin límites glicerol 0,9 g en los preparados líquidos que contienen proteínas, péptidos o aminoácidos parcialmente hidrolizados 473 Ésteres de sacarosa de ácidos grasos 12 mg en preparados que contienen proteínas, péptidos o aminoácidos hidrolizados * Generalmente reconocido como seguro (GRAS, por sus sigs en inglés) 49. o (1997): IDA especificada en 0-30 mg/kg de peso corporal; no se mencionan ctantes los Australia, Canadá, China, UE (28 países), Masia, Nueva Zenda, EE. UU. (GRAS para alimentos en general) Japón, UE (28 países) 7