TRÁMITE DE DESCUENTOS EN EL VALOR DE LA MATRÍCULA. (Estudiantes de Pregrado Presencial ANTIGUOS) VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

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Transcripción:

TRÁMITE DE DESCUENTOS EN EL VALOR DE LA MATRÍCULA (Estudiantes de Pregrado Presencial ANTIGUOS) VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA En primer término se hace claridad a los señores estudiantes, que debe darse estricto cumplimiento a las fechas establecidas y deben estar paz y salvo por todo concepto (Financiación de matrículas, laboratorios, biblioteca, entre otros). Para los estudiantes nuevos, reingresos y transferencias se recibe la documentación una vez sean admitidos y se genere el valor de la matrícula financiera. Nota: Recuerde que los descuentos, estímulos y convenios se verán reflejados una vez se realice el cierre académico puesto que se requiere el promedio acumulado para aplicarlo (a excepción del descuento electoral que no requiere promedio). La reliquidación sería el día y 2 de julio según Acuerdo 060 del 26 de Abril de 206. Calendario Académico Pregrado Presencial. Los descuentos, estímulos y convenios no aplican para Premédico. Nota: Según Acuerdo No. 00 del 03 de febrero de 205, por el cual modifica el Artículo 53 del Acuerdo No 86 del 2 de diciembre de 2005 Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado El estudiante sólo podrá acceder a un beneficio, una vez perdido no podrá recuperarse, El beneficio que obtenga el estudiante sólo será acumulable con el descuento electoral. En caso de que la liquidación salga con dos beneficios deben informar a la Vicerrectoría Administrativa antes de realizar el pago y se le tendrá en cuenta el que sea de mayor porcentaje. (Ejemplo: No aplica descuento de Hermanos y Estímulo Deportivo, en ese caso se aplicaría en la liquidación el Estímulo Deportivo que corresponde a 30%). CLASE DE DESCUENTOS:. Electoral 2. Alumnas Madres Cabeza de Hogar 3. Hermanos 4. Desplazados 5. Resguardo Indígena 6. Víctima de Conflicto Armado 7. Héroes de la Nación 8. Descuento para Empleados Activos de la Universidad de Pamplona 9. Descuento para Docentes Activos de la Universidad de Pamplona En Pamplona: Se recepciona en la Vicerrectoría Administrativa del 2 de Mayo al 20 de Mayo de 206 de 8:30 a.m. a :00 a.m. y de 2:30 p.m. a 5:00 p.m En Villa del Rosario: Se recepciona en la oficina de Pagaduría del del 2 de Mayo al 20 de Mayo de 206 de 8:30 a.m. a :00 a.m. y de 2:30 p.m. a 5:00 p.m

DESCUENTO ELECTORAL. (LEY 403 DE 997) El estudiante debe presentarse con el certificado electoral de las últimas elecciones original y copia. (Sufragios 25 de Octubre de 205). INFORMACIÓN GENERAL REQUISITOS DESCUENTO DE HERMANOS: Cuando un padre o madre de familia deba sostener el estudio de dos (2) o más hijos en la Universidad de Pamplona, tendrá derecho a los siguientes descuentos en el valor de los derechos de matrícula de sus hijos, certificando mediante la presentación de los registros civiles, que acrediten parentesco, en la Vicerrectoría Administrativa de la Universidad, así: a. Por dos (2) hijos, el 20% del valor de la matrícula de cada uno de ellos. b. Por tres (3) o más, el 25% del valor de la matrícula de cada uno de ellos. DESCUENTO POR CONDICIONES ESPECIALES: Los estudiantes provenientes de Resguardos Indígenas, los desplazados y las alumnas madres cabeza de familia, por su condición especial, tendrán un descuento del 25% por ciento del valor de la matrícula que les corresponda. Los derechos complementarios se aplicarán sobre el valor de la matrícula antes del descuento, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos: a. PARA ESTUDIANTES PROVENIENTES DE RESGUARDOS INDÍGENAS.- (25% de descuento sobre Derechos de matrícula). Presentar constancia como miembro de su comunidad, expedida por autoridad competente dentro de ella. 2. Haber participado en trabajos en su comunidad. 3. Demostrar capacidad e interés para cursar una carrera universitaria. 4. Certificación expedida por la Autoridad Indígena en la que conste la etnia, comunidad, resguardo (si está constituido legalmente) del cual el aspirante es miembro. 5. Certificado expedido por la Oficina Zonal de Asuntos Indígenas respectiva, previa verificación de su pertenencia a una comunidad legalmente reconocida por la Dirección General de Asuntos Indígenas y estar registrada en el censo. 6. Copia del Acta de la reunión de Asamblea en la cual la comunidad respectiva seleccionó a los bachilleres que presentó como candidatos al programa. Dicha Acta debe contener el lugar y la fecha de la reunión, los nombres de los bachilleres indígenas seleccionados, los nombres, firmas y cargos de los miembros de la comunidad que hayan participado e igualmente las firmas de los estudiantes que asumen compromiso de trabajo comunitario una vez terminada la carrera. El listado de aspirantes presentado por la autoridad indígena debe contener:. Nombre completo del aspirante, como está inscrito en el documento de identidad a presentar el día del examen de admisión. 2. Número y tipo de documento de identidad, incluido el sitio de expedición y lugar de nacimiento. 3. Etnia, comunidad, resguardo y organización indígena, si hace parte, y departamento a los cuales pertenece el aspirante.

4. Nombre y naturaleza (oficial o privada) del colegio donde terminó los estudios. 5. Situación académica del aspirante (activo en grado o egresado). Si es egresado año de terminación. 6. Número del Código del Colegio u número del código del certificado de puntaje del ICFES. 7. Carrera y sede de la Universidad donde desea cursarla. 8. Sitio donde desea presentar el examen. 9. Dirección de la residencia, número telefónico y dirección electrónica si la tiene. b. PARA ESTUDIANTES EN CONDICIÓN DE DESPLAZADOS.- (25% de descuento sobre Derechos de matrícula). Harán constar su condición mediante certificación expedida por la Red de Solidaridad o por la autoridad competente, en donde conste que el candidato a estudiante está en el Sistema Único de Registro de Población desplazada. c. PARA ESTUDIANTES MADRES CABEZA DE FAMILIA.- (25% de descuento sobre Derechos de matrícula) Deben presentar declaración juramentada de que son madres cabeza de familia y que mediante su trabajo provee al sustento de su descendencia, certificación de la empresa donde laboran y registro civil del(os) hijo(s) d. PARA ESTUDIANTES VICTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO.- (25% de descuento sobre Derechos de matrícula) Deben aportar la certificación expedida por el RUV (registro único de victimas) en donde conste que el estudiante está inscrito en dicho registro. e. PARA PERSONA MAYOR DE 62 AÑOS.- (50% de descuento sobre Derechos de matrícula) Para acreditar su condición de persona mayor de 62 años bastará con la presentación de la cédula de ciudadanía o el documento legal que acredite tal condición para los extranjeros. PÉRDIDA DE LOS DERECHOS DE DESCUENTOS: Los privilegios de hermanos, desplazados, resguardos indígenas, madre cabeza de familia y victimas de conflicto armado se otorgarán por una () sola vez, para un programa académico, para estudiantes de la modalidad presencial y se perderán en los siguientes casos: a. Por retiro de la Universidad. b. Por cambio de programa. c. Por sanción disciplinaria. d. Por no conservar un promedio crédito acumulado igual o superior a tres punto cinco cero (3.50) e. Cancelación de matrícula por dos (2) ocasiones.

ACUERDO 059 3 DE SEPTIEMBRE DE 203: Por el cual se otorgan descuentos en derechos pecuniarios a los empleados de la Universidad. ARTICULO PRIMERO. Otorgar descuento del 95% del pago de inscripción, derecho de matrícula, derechos complementarios y derechos de grado en todas las modalidades y niveles de educación de pregrado y postgrado a los empleados activos de la Universidad de Pamplona, a su cónyuge y/o compañero permanente y sus hijos menores de 25 años que dependan económicamente de los mismos. Parágrafo. Para otorgar el descuento en postgrados y en eventos de educación continua el programa debe alcanzar primero como mínimo punto de equilibrio, y en ningún caso el punto de corte podrá ser superior a cinco. Parágrafo 2. Para aplicar al beneficio, el aspirante cumplirá con los requisitos de admisión exigidos por la universidad. ARTICULO SEGUNDO. El beneficiario deberá mantener durante el disfrute de este beneficio un promedio no inferior a 3 5 acumulado en la carrera y no podrá extenderse por un tiempo superior a Cinco años en pregrado y de 2 años en postgrado. ARTICULO TERCERO. El beneficiario del descuento, del que trata este acuerdo, no lo exime del pago de los otros conceptos, exigidos por las normatividad vigente. ACUERDO 060 9 DE SEPTIEMBRE DE 203: Por el cual se otorgan descuentos en derechos pecuniarios a los docentes de la Universidad. ARTICULO PRIMERO. Otorgar descuento del 95% del pago de inscripción, derecho de matrícula, derechos complementarios y derechos de grado en los programas de postgrado a los docentes de la Universidad de Pamplona. Parágrafo. Para otorgar el descuento en postgrados debe alcanzar primero como mínimo punto de equilibrio en ningún caso en ningún caso el cupo por cohorte podrá ser superior a cinco. Para los programas de Ciencias Básicas no se tendrá en cuenta el punto de equilibrio. Parágrafo 2. Para aplicar al beneficio, el aspirante cumplirá con los requisitos de admisión exigidos por la universidad. ARTICULO SEGUNDO. El beneficiario deberá mantener durante el disfrute de este beneficio un promedio no inferior a 3 5 acumulado en la carrera y no podrá extenderse por un tiempo superior a dos años ARTICULO TERCERO. Otorgar descuento del 80% del pago de inscripción, derecho de matrícula, derechos complementarios y derechos de grado en los programas de pregrado a los hijos de los docentes de la Universidad de Pamplona. Parágrafo. Para aplicar al beneficio, el aspirante cumplirá con los requisitos de admisión exigidos por la Universidad. Parágrafo 2. El beneficiario deberá mantener durante el disfrute de este beneficio un promedio no inferior a 3 5 acumulado en la carrera y no podrá extenderse por un tiempo superior a 5 años. ARTICULO CUARTO. El beneficio del descuento de que trata los artículos anteriores no lo exime del pago de los otros conceptos, como impuestos de orden

nacional, departamental exigidos por las normatividad vigente. HEROES DE LA NACION.- ACUERDO 09 DE 2 MARZO DE 204: Por el cual se aplica la ley 08 de 2006. ARTICULO PRIMERO: Los beneficiarios de los Héroes de la Nación definidos en el artículo tercero de la ley 08 de 2006, tendrán derecho a que la Universidad de Pamplona los acepte sin tener que pagar ninguna Contraprestación. VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA UNIVERSIDAD DE PAMPLONA