CONVOCATORIA PÚBLICA DIRIGIDA A LAS CÁMARAS DE COMERCIO Y SUS CONSEJOS AUTONÓMICOS Y REGIONALES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS SINGULARES

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CONVOCATORIA PÚBLICA DIRIGIDA A LAS CÁMARAS DE COMERCIO Y SUS CONSEJOS AUTONÓMICOS Y REGIONALES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS SINGULARES PROMOVIDOS POR TERCERAS ENTIDADES ORIENTADOS A LA MODERNIZACIÓN COMERCIAL EN ZONAS DE GRAN AFLUENCIA TURÍSTICA 1

Cláusula 1.- Antecedentes Con fecha 25 de abril de 2013 se suscribió un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía y Competividad y el Consejo Superior de Cámaras para el desarrollo de los programas de actuación del Plan Integral de Apoyo a la Competitividad del Comercio Minorista 2013. Entre los programas enmarcados dentro de dicho plan, se incluye una actuación específica para la mejora de la competitividad de los equipamientos comerciales en zonas de gran afluencia turística. El objetivo de esta actuación es la realización de proyectos singulares que conlleven la transformación de los equipamientos comerciales y que tengan como finalidad principal la adopción de acciones especiales de modernización comercial en zonas de gran afluencia turística y de equipamientos singulares en mercados municipales ubicados en zonas de gran afluencia turística con una elevada concentración de actividades comerciales y de servicios. Cláusula 2.- Objeto de la Convocatoria El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases de participación de las Cámaras de Comercio y sus Consejos Autonómicos y Regionales de los territorios FEDER a los que hace referencia la cláusula 3, la dotación presupuestaria disponible y el procedimiento de presentación de propuestas para su valoración y eventual aprobación por parte de la Comisión de Seguimiento a que se refiere el Convenio de colaboración para el desarrollo de los programas de actuación del Plan Integral de Apoyo a la Competitividad del Comercio Minorista 2013. 2

Cláusula 3.- Proyectos, solicitudes y beneficiarios Proyectos Podrán presentarse proyectos singulares que tengan como finalidad principal la adopción de acciones especiales de modernización comercial en zonas de gran afluencia turística o de equipamientos singulares en mercados municipales ubicados en zonas de gran afluencia turística con una elevada concentración de actividades comerciales y de servicios, contribuyendo a la mejora de su competitividad y la promoción de las ventas del área o mercado municipal. Tendrán dicha consideración los proyectos de revitalización comercial que contribuyan al desarrollo armónico de la actividad comercial junto con otras áreas de actividad (culturales, turísticas ) con la finalidad de establecer sinergias aprovechables por todos ellos, ubicados en zonas con un régimen de libertad de horarios comerciales, que permita atender las necesidades de compra y de ocio tanto del comprador habitual como del visitante. Los proyectos deberán contar con las siguientes características y requisitos: A) Características: - Proyectos de inversión promovidos por: 1. Ayuntamientos. 2. Asociaciones de comerciantes responsables de la gestión del equipamiento. 3. Consorcios público/privados constituidos, por los dos tipos de promotores anteriores, para la ejecución y gestión de los proyectos. B) Requisitos: Los proyectos deberán estar siendo ejecutados en el ejercicio 2013 (pudiendo haber comenzado su ejecución durante el ejercicio 2012) tener un horizonte plurianual y no haber concluido a la fecha de presentación de la solicitud. 3

Serán subvencionables: a. Realización de estudios previos, incluyendo los correspondientes a la viabilidad del proyecto y de su nuevo modelo de gestión. Los estudios previos han de ser complementarios siempre que los mismos no puedan separarse técnica o económicamente del proyecto de ejecución. b. Redacción del proyecto y dirección facultativa de los trabajos. c. Ejecución material de las obras, incluyendo las correspondientes a las instalaciones provisionales que sean necesarias. d. Equipamiento y puesta en funcionamiento de las instalaciones. Solicitudes Las solicitudes que se presenten deberán contener la documentación requerida de los proyectos que, como mínimo, contendrá: - Memoria descriptiva, con especial referencia al cambio de modelo de negocio y de gestión. - Proyecto técnico - Presupuesto de inversión total y, en su caso, por fases - Inversión inducida que acredita la viabilidad económica-financiera y con medición de la generación de empleo derivado del proyecto - Cofinanciación prevista (delimitando la fase del proyecto para la que se solicita financiación). - Calendario de ejecución. Los proyectos podrán ser presentados a través de las Cámaras o Consejos Autonómicos y Regionales, de manera que se pueda asegurar el cumplimiento del reparto geográfico de las financiaciones procedentes del FEDER (en el caso de los Programas Operativos Regionales de Andalucía, Castilla y León, Castilla La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia y Murcia). Beneficiarios 4

Los beneficiarios de las ayudas podrán ser: 1. Ayuntamientos. 2. Asociaciones de comerciantes responsables de la gestión del equipamiento. 3. Consorcios público/privados constituidos, por ayuntamientos y/o asociaciones de comerciantes, para la ejecución y gestión de los proyectos. Tipificación de los proyectos de inversión A continuación se detallan las iniciativas susceptibles de financiación en el marco de la convocatoria: 1) En áreas o ejes comerciales. Inversiones en calles o ejes público-comerciales para su adecuación funcional y modernización correspondiente, de los que se desprenda una mejor integración de los usos turísticos con los servicios comerciales, tales como: o Ensanchamiento de aceras. o Ornamentación y ajardinamiento. o Señalética (señalización comercial apropiada) o Instalaciones de mejora de la accesibilidad de las calles o ejes comerciales. o Dotación de plazas de aparcamiento en las áreas comerciales. 2) En mercados municipales: Proyectos de remodelación integral de Mercados de Abastos de titularidad municipal, ubicados en Zonas de Gran Afluencia Turística, que impliquen la rehabilitación integral de sus infraestructuras y la reforma de su modelo de negocio y de gestión, con la finalidad última de convertir el mercado en el motor comercial de la zona donde se ubica así como en un referente tanto para el comprador habitual como para el visitante. 5

3) En equipamientos singulares en mercados municipales: Instalaciones para la mejora de la eficiencia energética y medioambiental. Instalaciones para la mejora en la gestión de residuos comerciales. Incorporación de nuevos servicios a usuarios y/u operadores en equipamientos comerciales. Incorporación de mejoras tecnológicas y TICs por parte de los operadores ubicados en equipamientos comerciales. Cláusula 4.- Procedimiento de evaluación de propuestas La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de seguimiento del Plan Integral de Apoyo a la Competitividad del Comercio Minorista 2013. La Comisión estará integrada por miembros del Consejo Superior y de la Dirección General de Comercio Interior del Ministerio de Economía y Competitividad, y será presidida por el titular de la citada Dirección. El análisis y valoración de las propuestas presentadas por parte de la Comisión, determinará qué proyectos pueden ser financiados y su importe, aprobando un máximo de uno por Comunidad Autónoma. Constatada la existencia de disposición presupuestaria podrán atenderse los proyectos, siempre y cuando obtengan la mayor valoración, conforme a los criterios recogidos en esta cláusula. No obstante, en función de la disponibilidad presupuestaria y atendiendo a la calidad y repercusión de los proyectos, la Comisión podrá aprobar otros proyectos. Se podrán financiar proyectos puntuales ó fases de proyectos globales cuyo periodo de ejecución satisfaga las condiciones recogidas en la cláusula séptima. 6

La financiación de proyectos globales será, en todo caso, inferior al 100% de la inversión total prevista. La Comisión de seguimiento, previa justificación, podrá autorizar la actualización del contenido de la convocatoria durante su vigencia para rectificar errores o deficiencias que pudiesen identificarse, siempre que no suponga una modificación al alza de la ayuda concedida o del objeto de la concesión. Criterios valoración 1) Capacidad de generar y mantener empleo en el área comercial. 2) Capacidad de dinamizar el entorno de las actividades económicas del ámbito donde se desarrolle proyecto. 3) Capacidad del proyecto para mejorar la actividad turística y/o los servicios prestados a turistas visitantes de la zona. 4) Grado de innovación y carácter demostrativo del proyecto presentado. La resolución de la Comisión de seguimiento se realizará de forma motivada y por escrito. Se comunicará a los beneficiarios las resoluciones definitivas por escrito. Cláusula 5.- Presupuesto y Ámbito geográfico El presupuesto asignado para el desarrollo de las actuaciones descritas en la presente convocatoria asciende a 1.020.050 euros, financiando el FEDER en concepto de ayuda comunitaria 816.040 euros procedentes en su conjunto de los Programas Operativos Regionales del marco de programación 2007-2013 de Andalucía, Castilla y León, Castilla La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia y Murcia y 204.010 euros procedentes de la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Economía y Competitividad. 7

La financiación aportada por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Economía y Competitividad tiene la consideración de fondos propios no procedentes de la Unión Europea. Cláusula 6.- Requisitos de ejecución Las Cámaras y/o Consejos Autonómicos y Regionales que presenten proyectos promovidos por las entidades a las que se refiere la Cláusula tercera que resulten finalmente seleccionados, así como las entidades promotoras, recibirán las pertinentes instrucciones acerca de los medios operativos para la ejecución del proyecto en lo que se refiere a las condiciones exigibles para su realización, los plazos de ejecución y, en su caso, las exigencias que conllevan las operaciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales. El aporte de la cofinanciación de la Unión Europea (FEDER) exige una serie de elementos de obligado cumplimiento por todas las entidades participantes, de acuerdo a la normativa comunitaria vigente respecto a la gestión de los fondos FEDER. Estos requisitos serán de aplicación a todos los gastos elegibles del programa financiados con fondos comunitarios. Estos elementos están referidos básicamente a: - Contabilidad separada. - Gastos efectivamente realizados y pagados. - Garantía de la disponibilidad de documentos mediante la custodia preceptiva durante un período mínimo de tres años a partir del cierre del Programa Operativo, o bien durante un período mínimo de tres años a partir del año en que haya tenido lugar el cierre parcial del Programa. Cláusula 7.- Plazos de ejecución Las actuaciones deberán estar devengadas, pagadas y presentadas al Consejo Superior antes del 1 de diciembre de 2013 para su aprobación por la Dirección General de Comercio Interior del Ministerio de Economía y Competitividad en la parte que corresponda a la aportación de aquella. En el caso de la cofinanciación procedente del FEDER, la ejecución podrá prolongarse hasta la finalización de la vigencia del Programa Operativo 8

Regional correspondiente. Cláusula 8.- Control y seguimiento Las Cámaras de Comercio y/o Consejos Autonómicos y Regionales, así como las entidades beneficiarias, cuyos proyectos resulten seleccionados, deberán presentar los resultados e informes que le sean solicitados por el Consejo Superior de Cámaras y la Dirección General de Comercio Interior. Cláusula 9.- Publicidad La presente convocatoria se publicará en la página Web del Consejo Superior (http://www.camaras.org). De igual manera, serán publicadas las resoluciones de la Comisión de seguimiento. Deberán respetarse las normas de publicidad en materia comunitaria, de forma que los proyectos finalmente aprobados serán publicados en la Web del Consejo Superior y los beneficiarios quedarán integrados en el listado de beneficiarios de ayudas de FEDER. Concretamente, y conforme al artículo 6 del mencionado Reglamento (CE) 1828/2006, la Dirección General de Fondos Comunitarios, como Autoridad de Gestión, así como el Consejo Superior, en calidad de Organismo Intermedio, informarán a los beneficiarios de que la aceptación de la financiación, implica la aceptación de su inclusión en una lista de beneficiarios con los nombres de las operaciones gestionadas y la cantidad de fondos públicos asignadas a las mismas. Durante la ejecución de la infraestructura, se debe identificar la misma mediante la colocación de un cartel con los logotipos del FEDER y de la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Economía y Competitividad. En dicho cartel se indicará el tipo y nombre del proyecto, el emblema y la referencia a la Unión europea, la referencia al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y el lema Una manera de hacer Europa. La información del cartel ocupará como mínimo el 25% de la misma. 9

En el plazo máximo de 6 meses a partir de la conclusión de la infraestructura, se sustituirá el cartel por una placa explicativa permanente, visible y de gran tamaño, con los logotipos del FEDER y de los organismos públicos cofinanciadores. En dicha placa se indicará el tipo y nombre del proyecto, el emblema y la referencia a la Unión europea, la referencia al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y el lema Una manera de hacer Europa. La información de la placa ocupará como mínimo el 25% de la misma. Cláusula 10.- Sistema de presentación y efectos de entrega de las propuestas Las propuestas presentadas se enviarán, en sobre cerrado, a las oficinas del Consejo Superior de Cámaras situadas en la calle Ribera de Loira nº 12, 28042 Madrid, a la atención de la Dirección de Estructuras Camerales de Apoyo Empresarial hasta las 12 horas del día 28 de junio de 2013. Entre la documentación a presentar, los beneficiarios deberán acreditar que se encuentran al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de seguridad social en los momentos de la concesión y del pago de la ayuda. Durante la vigencia de esta convocatoria, los interesados podrán dirigirse para aclarar cualquier duda al respecto a Jon Bilbao, jon.bilbao@cscamaras.es La Comisión de seguimiento podrá solicitar las aclaraciones, documentación adicional y, en su caso subsanaciones que se estimen pertinentes, respecto a las propuestas presentadas. La Comisión de seguimiento valorará las propuestas, dejando constancia de todo ello en el expediente correspondiente. Se comunicará a los beneficiarios las resoluciones definitivas por escrito. La presentación de propuestas conlleva la aceptación incondicionada de las cláusulas de esta convocatoria sin salvedad alguna. Igualmente, las 10

propuestas presentadas y aprobadas por la Comisión de seguimiento involucran a los beneficiarios hasta la finalización de su participación en el programa. Cláusula 11.- Normativa de Aplicación Los beneficiarios de las ayudas se comprometen a cumplir con la normativa comunitaria (en el caso de percibir ayudas procedentes del FEDER) y nacional en materia de gestión y ejecución de programas cofinanciados con Fondos Estructurales, y específicamente aquélla recogida en: ORDEN EHA/524/2008 DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, de 26 de febrero, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los Programas Operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión. REGLAMENTO (CE) Nº 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) Nº 1260/1999. REGLAMENTO (CE) Nº 85/2009, del Consejo de 19 de enero que modifica el Reglamento (CE) nº 1083/2006 por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, por lo que se refiere a determinadas disposiciones relativas a la gestión financiera. REGLAMENTO (CE) Nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1783/1999. REGLAMENTO (CE) Nº 1828/2006 DE LA COMISIÓN de 8 de diciembre de 2006 por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional. 11

REGLAMENTO (CE) nº 2083/2005 de la COMISIÓN, de 19 de septiembre de 2005, por el que se modifican las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que concierne a sus umbrales de aplicación en materia de procedimientos de adjudicación de contratos, aplicable a partir del 1 de enero de 2006. LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo, se respetará la normativa reguladora de los beneficiarios de las ayudas, en lo que no sea incompatible con la normativa comunitaria que resulte aplicable. 12

Anexo I: Modelo de presentación de propuestas Don/Dña..., con DNI. núm...., mayor de edad, en nombre y representación de la Cámara / Consejo Autonómico de.con C.I.F núm...y domicilio en, en su calidad de., Declara que es conocedor/a de la convocatoria pública, aceptando íntegramente el contenido de la misma: Presenta toda la documentación exigida en esta convocatoria en único sobre. Solicita que se tenga por presentada dicha documentación y por reconocida la condición de participante en esta convocatoria. En, a de de 2013 [Firma y rúbrica] Datos de contacto: Teléfono y FAX:... Dirección:... E-mail:... 13